Resolución 173 - E/2016
Buenos Aires, 07/09/2016
VISTO el Expediente N° EX-2016-00788687-APN-DDYME#MEM, la Resolución N°
163 de fecha 25 de agosto de 2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA
(RESOL-2016-163-E-APN-MEM), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Artículo 4° de la Resolución N° 152 de fecha 18 de
agosto de 2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA se instruyó al ENTE
NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS) a convocar a Audiencia Pública
para el tratamiento de la adecuación tarifaria transitoria de los
servicios públicos de transporte y distribución de gas natural por
redes, aplicable hasta tanto se establezcan los cuadros tarifarios que
resulten de la Revisión Tarifaria Integral, y se ordenó incluir en el
objeto de la convocatoria la consideración de todos los componentes de
los cuadros tarifarios contemplados en el Artículo 37 de la Ley N°
24.076, entre ellos, el tratamiento de los precios del gas.
Que en función de ello, el ENARGAS convocó a Audiencia Pública para el
día 16 de septiembre de 2016, a las 9:00 horas, mediante las
Resoluciones Nros. 3.953 de fecha 18 de agosto de 2016 y 3.957 de fecha
22 de agosto de 2016.
Que a los fines de la realización de la Audiencia Pública y con el
objeto de promover una efectiva participación ciudadana con alcance
federal, garantizando a los usuarios del servicio de gas natural de las
distintas regiones del país la posibilidad de expresar las distintas
opiniones y propuestas sobre las cuestiones puestas en consulta, se
dictó la Resolución N° 163 de fecha 25 de agosto de 2016 del MINISTERIO
DE ENERGÍA Y MINERÍA (RESOL-2016-163-E-APN-MEM) por la que se
estableció que deberán disponerse mecanismos para la participación
simultánea de usuarios e interesados correspondientes a cada una de las
Áreas de Servicio comprendidas en las Licencias de Distribución de Gas.
Que a tal efecto, se estableció que el ENARGAS deberá habilitar sedes
que cuenten con herramientas tecnológicas para su conexión con la sede
dispuesta para dicha audiencia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
en las ciudades y para el Área de Servicio que en cada caso se indica
en el Artículo 1° de la Resolución N° 163/2016 de este Ministerio.
Que con el objeto de facilitar el acceso de los interesados y promover
una mayor concurrencia a la Audiencia Pública, resulta conveniente
modificar las ciudades en donde habrán de habilitarse las sedes
mencionadas en las Provincias de ENTRE RÍOS y TIERRA DEL FUEGO,
estableciendo como sedes sus ciudades capitales, en reemplazo de las
previstas en el Artículo 1° de la Resolución N° 163/2016 de este
Ministerio.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el Artículo 23 nonies de la Ley de Ministerios (Texto Ordenado por
Decreto N° 438 de fecha 12 de marzo de 1992) y sus modificaciones.
Por ello,
EL MINISTRO DE ENERGÍA Y MINERÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Establécese que a los fines de la realización de la
Audiencia Pública convocada mediante las Resoluciones Nros. 3.953 de
fecha 18 de agosto de 2016 y 3.957 de fecha 22 de agosto de 2016, ambas
del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), las sedes
correspondientes a las Provincias de ENTRE RÍOS y de TIERRA DEL FUEGO,
en los términos del Artículo 1° de la Resolución N° 163 de fecha 25 de
agosto de 2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA
(RESOL-2016-163-E-APN-MEM), deberán habilitarse en las ciudades de
Paraná y de Ushuaia, respectivamente.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — JUAN JOSÉ ARANGUREN, Ministro,
Ministerio de Energía y Minería.
e. 08/09/2016 N° 65873/16 v. 08/09/2016