PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 471/2016

Buenos Aires, 06/09/2016

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario N° 1390/98, la norma AR 10.16.1 “Transporte de Materiales Radiactivos”, la Resolución ARN N° 438/16, el procedimiento de esta ARN P-TMR-04 “Emisión del Certificado de Aprobación para el Transporte de Material Radiactivo”, el expediente TMR-EXP-7144/16, lo actuado por el Sector CONTROL DEL TRANSPORTE DE MATERIALES RADIACTIVOS y,

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9 Inciso a) de la Ley N° 24.804, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la licencia, permiso o autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.

Que la Resolución ARN N° 438/16 resolvió aprobar las tareas regulatorias y servicios de desmontaje para proceder al retiro del inventario radiactivo del Irradiador Modular EMI-9, perteneciente a la empresa CONSULT NOA S.A. con el objeto de garantizar la seguridad radiológica de la población.

Que la norma AR 10.16.1 “Transporte de Materiales Radiactivos” establece criterios de seguridad radiológica para el transporte de materiales radiactivos.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) ha solicitado a esta ARN la emisión del Certificado de Aprobación de la Autoridad Competente, Transporte en Virtud de Arreglos Especiales del Modelo de Bulto EMI-9 Número de Serie 01”, RA/0107/X (Versión Original), como consecuencia de las tareas de transporte que le fueran encomendadas por esta ARN, en el marco de lo decidido en la Resolución ARN N° 438/16.

Que el Sector CONTROL DEL TRANSPORTE DE MATERIALES RADIACTIVOS ha tomado en el trámite la intervención que le compete en razón de lo establecido en el procedimiento P-TMR-04 de esta ARN, manifestando que la institución solicitante ha dado cumplimiento a los requisitos exigidos por la Norma AR 10.16.1 citada en el VISTO.

Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS ha prestado su conformidad a la aprobación de la emisión del Certificado de Aprobación de la Autoridad Competente, Transporte en Virtud de Arreglos Especiales del Modelo de Bulto EMI-9 Número de Serie 01”, RA/0107/X (Versión Original), solicitado por CNEA.

Que como se detalla en la Resolución ARN N° 438/16, el retiro del irradiador modular es un requerimiento de la ARN, dado que en las condiciones actuales no se puede garantizar la seguridad radiológica y física del inventario radiactivo. Asimismo, en su NOTA-CNA: REF.: 420.100-055/2016 de fecha 5 de agosto de 2016, la CNEA no ha contemplado el monto de la Tasa T1 en el presupuesto para las tareas regulatorias solicitadas por la ARN.

Que el otorgamiento de un certificado de aprobación para el transporte de materiales radiactivos a un usuario de material radiactivo que no ha dado cumplimiento al pago de la tasa regulatoria exigido por el Artículo 26 de la Ley N° 24.804, conlleva una excepción a lo dispuesto en la citada normativa que la ARN debe analizar, quedando a consideración del Directorio de esta ARN, la eventual emisión por vía de excepción de la versión original del Certificado de Aprobación de la Autoridad Competente RA/0107/X.

Que en las actuaciones no se ha abonado la tasa regulatoria y que el importe de la misma será cobrado a la empresa CONSULT NOA S.A.

Que la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado en el trámite la intervención que le compete.

Que el Artículo 16 Inciso k) de la Ley señalada en el VISTO, faculta a la ARN a establecer, de acuerdo con parámetros internacionales, normas de seguridad radiológica y nuclear para el transporte terrestre, fluvial, marítimo o aéreo de material nuclear y radiactivo y de protección física del material transportado.

Que atento a lo dispuesto en el Artículo antes mencionado, es facultad de esta ARN aprobar las emisiones en versión original de los certificados de aprobación o de las renovaciones de dichos certificados que contengan modificaciones de importancia para la seguridad radiológica.

Que el Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR es competente para el dictado del presente acto, conforme lo establece el Artículo 22 Inciso a) de la Ley N° 24.804.

Por ello, en su reunión del día 31 de agosto de 2016 (Acta N° 35)

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1° — Aprobar la emisión, por vía de excepción, del “Certificado de Aprobación de la Autoridad Competente, Transporte en Virtud de Arreglos Especiales del Modelo de Bulto EMI-9 Número de Serie 01”, RA/0107/X (Versión Original), solicitado por CNEA.

ARTÍCULO 2° — Instruir a la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS a iniciar las acciones tendientes a recuperar el monto de la tasa regulatoria.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS y a la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS. Dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA, publíquese en el Boletín de este organismo y archívese en el REGISTRO CENTRAL. — Ing. NÉSTOR ALEJANDRO MASRIERA, Presidente del Directorio.

e. 09/09/2016 N° 65288/16 v. 09/09/2016