PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 477/2016

Buenos Aires, 06/09/2016

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario N° 1390/98, la Norma Regulatoria 0.0.1, Revisión 2, las Resoluciones del Directorio de la ARN N° 116/07 y N° 098/12, la Actuación N° 64/16 que tramita en la GERENCIA LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE REACTORES NUCLEARES y,

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9, Inciso a) de la Ley N° 24.804 citada en el VISTO, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la REPÚBLICA ARGENTINA, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la licencia, permiso o autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.

Que la referida Ley en su Artículo 16, Inciso b), establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar las licencias de construcción, puesta en marcha, operación y retiro de servicio de centrales de generación nucleoeléctrica.

Que de conformidad con la normativa citada en los párrafos anteriores se otorgó a Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima (NA-SA) la Licencia de Operación de la CENTRAL NUCLEAR EMBALSE, mediante Resolución del Directorio ARN N° 116/07.

Que la vigencia de dicha Licencia de Operación fue modificada por Resolución del Directorio de la ARN N° 098/12 fijando un tope máximo a esa vigencia en 225.000 horas equivalentes de operación a plena potencia (HEPP).

Que el 31/12/2015 la CENTRAL NUCLEAR EMBALSE salió de servicio e inició el vaciado del núcleo del reactor de acuerdo a lo requerido por la ARN por Nota ARN N° 5155/15 cerrando su primer ciclo de operación, sin haber alcanzado el tope máximo de las horas equivalentes de operación a plena potencia.

Que en consecuencia a lo expresado en el párrafo previo, el estado actual de la instalación no permite su operación.

Que NA-SA inició, las actividades de reacondicionamiento y montaje de nuevos sistemas enmarcados en el Proyecto de Extensión de Vida.

Que la GERENCIA LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE REACTORES NUCLEARES, recomienda realizar la Enmienda a la Licencia de Operación de la CENTRAL NUCLEAR EMBALSE mediante la cual se modifiquen las condiciones establecidas en la misma, de manera de cubrir especificidades de la parada de reacondicionamiento y excluir de la vigencia de la Licencia de Operación el retorno al servicio tras el reacondicionamiento enmarcado en el Proyecto de Extensión de Vida.

Que las GERENCIAS SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, y ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención que les compete.

Que el Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR es competente para el dictado del presente acto, conforme lo establece el Artículo 22 de la Ley N° 24.804.

Por ello, en su reunión del día 20 de julio de 2016 (Acta N° 29)

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1° — Dejar sin efecto la Resolución N° 098/12.

ARTÍCULO 2° — Modificar la LICENCIA DE OPERACIÓN de la CENTRAL NUCLEAR EMBALSE de acuerdo a lo indicado en la Enmienda a la misma, en la que se enumeran los artículos que se reemplazan o se suspenden, y que se adjunta como Anexo a la presente Resolución.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a las GERENCIAS LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE REACTORES NUCLEARES, SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, MEDICIONES Y EVALUACIONES EN PROTECCIÓN RADIOLÓGICA y a NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA a los fines correspondientes. Dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA. Publíquese en el Boletín de este organismo y archívese en el REGISTRO CENTRAL. — Ing. NÉSTOR ALEJANDRO MASRIERA, Presidente del Directorio.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.

e. 09/09/2016 N° 65446/16 v. 09/09/2016