SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS REGISTRALES
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL
Disposición Técnico Registral 18/2016
Buenos Aires, 13/09/2016
VISTO el servicio de publicidad WEB regulado por DTR 5/2014, DTR 1/2015 y DTR 5/2016 y
CONSIDERANDO:
Que la ley 17801 delegó en la reglamentación local la forma en la cual
se deberá consultar la documentación registral (Art. 21 y 27, ley
17801; Art. 66 Dto. N° 2080/80 - T.O. s/Dto. N° 466/1999).
Que el artículo 23 de la ley 17801 exige la certificación por
anotaciones personales a efectos de autorizar actos de transmisión,
constitución, modificación o cesión de derechos reales sobre inmuebles.
Que por Disposición Técnico Registral N° 5/2014 fue creado el Sistema
de Publicidad en Línea (SIPEL) para las solicitudes de informes N° 3,
luego, dicho servicio se extendió a los informes por anotaciones
personales (DTR N° 1/2015).
Que, asimismo, el artículo 2° de la DTR 5/2014 prevé la gradual
extensión del servicio online a otros servicios de publicidad registral.
Que, en ese sentido, se han desarrollado las capacidades técnicas
necesarias para la expedición de certificados de inhibiciones y
anotaciones personales a través del SIPEL.
Que las condiciones y modalidades del nuevo servicio resultan
esencialmente análogas a las utilizadas para la expedición de informes
de inhibiciones, salvo que los abonados deberán firmar digitalmente el
formulario de solicitud de los referidos certificados WEB.
Que los importes por contribuciones de la Ley 17050 establecidas en la
Disposición N° 52/2016, y las que en consecuencia se dicten, serán
aplicables al trámite aquí establecido.
Que en relación con los plazos de entrega de la documentación
registral, la Orden de Servicio N° 77/2003 establece un plazo máximo de
cuatro días hábiles para los certificados de inhibiciones presentados
en soporte papel y admite la modalidad de trámite urgente con la
entrega de la documentación el día de su presentación.
Que la herramienta informática permite reducir los tiempos de
procesamiento del trámite, como consecuencia de ello, el autorizante
tendrá a su disposición el certificado WEB al segundo día hábil de su
presentación. El trámite urgente, en cambio, se encontrará disponible
el día de su presentación.
Que la presente disposición técnico registral se dicta en uso de las
facultades establecidas por los artículos 173, inc. a, y 174 del
decreto 2080/80 - T.O. s/Dto. 466/1999.
Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Extiéndase el servicio SIPEL a la expedición de
certificados de inhibiciones y anotaciones personales, ello, en los
términos de la DTR 5/2014.
ARTÍCULO 2° — El formulario Web de solicitud de certificación de
anotaciones personales deberá ser suscripto por el escribano
peticionante con firma digital avalada por autoridad certificante a
nivel Nacional. Las contribuciones de la Ley 17050 se abonarán conforme
con lo establecido en la Disposición N° 52/2016 y las que en su
consecuencia se dicten.
ARTÍCULO 3° — Modifíquese la Orden de Servicio N° 77/2003 e incorpórese
las modalidades de trámite común y urgente para la expedición WEB del
certificado de inhibiciones y anotaciones personales. La primera
modalidad tendrá un tiempo máximo de procesamiento de dos días hábiles,
el trámite urgente estará disponible el día de su presentación.
ARTÍCULO 4° — La presente disposición entrará en vigencia el día 19 de septiembre de 2016.
ARTÍCULO 5° — Póngase en conocimiento de la Subsecretaría de Asuntos
Registrales. Hágase saber al Colegio de Escribanos de la Ciudad de
Buenos Aires. Hágase saber a todos los Colegios de Escribanos de la
República Argentina. Notifíquese a las Direcciones de Registraciones
Especiales y Publicidad lndiciaria, de Registraciones Reales y
Publicidad, de Apoyo Técnico y Fiscalización Interna y de
Interpretación Normativa y Procedimiento Recursivo y, por su
intermedio, a sus respectivos Departamentos y Divisiones.
ARTÍCULO 6° — Publíquese en el Boletín Oficial. Regístrese. Cumplido,
archívese. — Esc. M. C. HERRERO DE PRATESI, Directora General, Registro
de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal, Ministerio de Justicia
y Derechos Humanos.
e. 15/09/2016 N° 67293/16 v. 15/09/2016