Tesorería General de la Nación
DEUDA PÚBLICA
Disposición 33 - E/2016
Letras del Tesoro en Dólares Estadounidenses. Ampliación.
Buenos Aires, 16/09/2016
VISTO la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, la Ley N°
27.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el
Ejercicio 2016, el Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus
modificaciones, la Disposición N° 30 de fecha 29 de agosto de 2016 de
la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE
PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y
FINANZAS PÚBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 82 de la Ley de Administración Financiera y de los
Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 faculta a la
TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE
PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y
FINANZAS PÚBLICAS, a emitir instrumentos financieros denominados Letras
del Tesoro para cubrir deficiencias estacionales de caja hasta el monto
que fije anualmente la Ley de Presupuesto General de la Administración
Nacional.
Que el Artículo 82 del Anexo al Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre
de 2007 fija las pautas que deberán observarse para la emisión y
colocación de las Letras del Tesoro.
Que ante la propuesta de las autoridades del MINISTERIO DE HACIENDA Y
FINANZAS PÚBLICAS, el GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, ha aceptado
suscribir Letras del Tesoro en dólares estadounidenses a corto plazo.
Que en el marco del programa financiero del presente ejercicio se
considera conveniente proceder a la ampliación de las Letras del Tesoro
con vencimiento 19 de diciembre de 2016, originalmente emitidas por el
Artículo 1° de la Disposición N° 30 de fecha 29 de agosto de 2016 de la
TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN.
Que la emisión que se dispone está contenida dentro del límite que al
respecto establece el Artículo 36 de la Ley N° 27.198 de Presupuesto
General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.
Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos que rigen la emisión y colocación de las precitadas Letras.
Que asimismo, se ha previsto que los gastos que irrogue la emisión y
colocación de estos instrumentos, como así también los intereses que
devenguen deberán ser imputados a los créditos previstos en la
Jurisdicción 90 SERVICIO DE LA DEUDA PÚBLICA.
Que la presente medida se dicta de acuerdo a lo establecido por el
Artículo 82 de la Ley N° 24.156, su reglamentación y sus respectivas
modificaciones.
Por ello,
EL TESORERO GENERAL DE LA NACIÓN
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Amplíase, con fecha 19 de septiembre de 2016, la emisión
de las Letras del Tesoro en dólares estadounidenses con vencimiento 19
de diciembre de 2016, originalmente emitidas por el Artículo 1° de la
Disposición N° 30 de fecha 29 de agosto de 2016 de la TESORERÍA GENERAL
DE LA NACIÓN, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la
SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS.
El monto de la ampliación será por un importe de DÓLARES
ESTADOUNIDENSES VALOR NOMINAL DOSCIENTOS MILLONES (U$S VN 200.000.000),
las que tendrán las mismas condiciones financieras previstas en el
Artículo 1° de la citada disposición, con las siguientes
características de colocación:
MODALIDAD: Suscripción directa por parte del GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA.
MONEDA DE SUSCRIPCIÓN: Dólares Estadounidenses.
PRECIO DE SUSCRIPCIÓN C/VN U$S 1.000: DÓLARES ESTADOUNIDENSES NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS CON 52/100 (U$S 992,52).
ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge H. Domper.