SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 319 - E/2016
Buenos Aires, 16/08/2016
VISTO el Expediente Nº 1.695.580/15 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES DEL TRABAJO Nº 321 del 27 de mayo de 2016 y
la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N°
132 del 16 de junio de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 13/17 del Expediente Nº 1.695.580/15 obra el acuerdo
celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR,
ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresa CASINO DE VICTORIA
SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio
Colectivo de Empresa N° 1036/09 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que el acuerdo fue homologado por la Resolución Ss.R.L Nº 321/16 y
registrado bajo el Nº 351/16, conforme surge de fojas 50/52 y 55,
respectivamente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976)
y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las
remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio
resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las
remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos
considerados.
Que mediante la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones
del Trabajo N° 132 del 16 de junio de 2015 se fijaron los promedios de
las remuneraciones de los cuales surgen los topes indemnizatorios
vigentes a partir del 1° de agosto de 2014, 1° de enero de 2015 y 1° de
julio de 2015 correspondientes al Acuerdo N° 12/15, homologado por la
Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N° 524
del 29 de diciembre de 2014.
Que atento a que las partes en el Acuerdo N° 351/16 han establecido los
nuevos valores de las escalas salariales vigentes desde el mes de julio
de 2015, deviene necesario actualizar los montos del promedio de las
remuneraciones anteriormente fijado y del respectivo tope
indemnizatorio que surge del mismo, por el nuevo importe que se detalla
en el Anexo de la presente, para esa vigencia.
Que, cabe destacar que la Disposición de la Dirección Nacional de
Regulaciones del Trabajo N° 132 del 16 de junio de 2015, conserva su
eficacia y demás efectos en aquello que no resulte modificado por el
presente acto.
Que a fojas 61/61 vuelta y 62/64, obra el informe técnico elaborado por
la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, por el que se
indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el
cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y
del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta
instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en
el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº
20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto Nº 357 del 21
de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de
fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º — Déjase sin efecto el importe del promedio de las
remuneraciones vigente desde el 1° de julio de 2015, fijado por la
Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 132
del 16 de junio de 2015, y el tope indemnizatorio resultante,
correspondiente al Acuerdo N° 12/15, suscripto entre el SINDICATO DE
TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO,
RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y
la empresa CASINO DE VICTORIA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora.
ARTÍCULO 2º — Fíjase los importes promedios de las remuneraciones de
los cuales surgen los topes indemnizatorios, según los términos del
artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y
sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la
Resolución de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES DEL TRABAJO Nº 321 del 27
de mayo de 2016 y registrado bajo el Nº 351/16 suscripto entre el
SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO,
ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la
parte sindical, y la empresa CASINO DE VICTORIA SOCIEDAD ANÓNIMA, por
la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO
IF-2016-00738762-APN-SECT#MT, forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 3º — Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y
Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN.
Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a
fin de que el Departamento Coordinación tome conocimiento de la
presente medida en relación con el promedio de las remuneraciones
fijado por la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del
Trabajo N° 132 del 16 de junio de 2015 y del respectivo tope
indemnizatorio, correspondiente al Acuerdo N° 12/15 y homologado por la
Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N° 524
del 29 de diciembre de 2014 y registre el importe del promedio de las
remuneraciones fijado por este acto y el tope indemnizatorio resultante.
ARTÍCULO 4º — Remítase a la Dirección de Negociación Colectiva para la
notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la
guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — EZEQUIEL SABOR, Secretario, Secretaría
de Trabajo.
ANEXO
Expediente Nº 1.695.580/15
Partes Signatarias: SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR,
ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA C/ CASINO DE VICTORIA SOCIEDAD ANÓNIMA
CCT N° 1036/09 “E”
Fecha de entrada en vigencia |
Promedio de las Remuneraciones |
Tope indemnizatorio Resultante |
01/07/2015 |
$ 8.941,58 |
$ 26.824,74 |
01/08/2015 |
$ 10.461,65 |
$ 31.384,95 |
01/01/2016 |
$ 11.507,82 |
$ 34.523,46 |
Expediente N° 1.695.580/15
Buenos Aires, 24 de agosto de 2016
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 319/16 se ha
tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de
referencia, quedando registrado con el número 364/16 T. — Lic ALEJANDRO
INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.