JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Resolución 223 - E/2016
Buenos Aires, 20/09/2016
VISTO, el Expediente EX-2016-1207275-APN-JGM del registro de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley de Ministerios N° 22.520
(t.o. Decreto N° 438/92), el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de
2002, sus modificatorios y complementarios, la Disposición 93 del 05 de
Julio de 2016 de OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO del MINISTERIO DE
HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, la Decisión Administrativa N° 892 del 22
de agosto de 2016 y
CONSIDERANDO:
Que conforme surge del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002,
sus modificatorios y complementarios, se encuentran dentro de los
objetivos de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el de proveer información al Jefe de
Gabinete de Ministros que resulte necesaria para la toma de decisiones,
entender en la coordinación interministerial de aquellos temas que
requieren la intervención de distintas áreas del gobierno y desarrollar
e instrumentar mecanismos de coordinación interinstitucional con otros
Organismos del Estado, Poderes y Jurisdicciones.
Que en el ámbito de la referida Secretaría se creó el Programa de
Coordinación de Proyectos Sociocomunitarios, que tiene como objetivo la
coordinación y desarrollo de planes, proyectos y programas de abordaje
sociocomunitario, a los fines del acceso de las poblaciones vulnerables
a los servicios gubernamentales que abarquen distintas políticas
sociales como salud, educación, acceso a derechos, trabajo y acceso a
la tecnología, entre otros.
Que en este sentido, resulta esencial para el ESTADO NACIONAL contar
con un registro actualizado que contenga información básica sobre los
asentamientos informales de zonas urbanas del territorio nacional, para
una mejor toma de decisiones en lo que respecta a la implementación de
políticas sociales sobre las poblaciones vulnerables.
Que dicha tarea requiere la coordinación de esfuerzos con actores de la
sociedad civil y del tercer sector, de manera de aprovechar
eficientemente los recursos y el trabajo ya realizado por las mismas.
Que a fin de lograr un desarrollo e instrumentación más eficiente de
los objetivos del Programa y obtener mayor celeridad, resulta
conveniente aprobar un modelo de convenio a suscribirse con entidades
de la sociedad civil y del tercer sector, y en ese marco, autorizar al
SECRETARIO DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL a la firma de los mismos,
en representación de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que por otro lado, por el Decreto N° 336 del 10 de febrero de 2016 se
estableció, entre otras cosas, que a partir del 1° de abril de 2016
quedarán sin efecto los convenios celebrados entre los organismos
dependientes de la Administración Pública Nacional centralizada y
descentralizada y Universidades nacionales, provinciales o privadas u
otras instituciones de enseñanza pública, ya sean nacionales,
provinciales, municipales o privadas, cuya continuidad no hubiera sido
expresamente solicitada hasta el 29 de febrero de 2016 por los Señores
Ministros, Secretarios de la Presidencia de la Nación o los titulares
de los entes descentralizados.
Que asimismo, se estableció que el requerimiento de continuidad o, en
su caso, la firma de un nuevo convenio, deberán ser solicitados por los
Señores Ministros, Secretarios de Presidencia y titulares de entes
descentralizados respectivos ante el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS,
detallando las características del programa y fundamentando su
necesidad y razonabilidad.
Que en atención a la gran cantidad de solicitudes en tal sentido que
ingresan a la Jurisdicción, y en virtud de las competencias de la
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL antes referidas, resulta
oportuno delegar en el titular de esta última el otorgamiento de dicha
autorización.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por la Ley N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92,
sus modificatorios y complementarios), y el Decreto N° 977 de fecha 6
de julio de 1995.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el modelo de CONVENIO DE COOPERACIÓN a ser
suscripto entre la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y entidades de la
sociedad civil y del denominado tercer sector, que como Anexo
IF-2017-13984551-APN-JGM, forma parte integrante de la presente
resolución.
(Artículo sustituido por art. 1° de la Resolución
N° 259/2017 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 12/07/2017)
ARTÍCULO 2° — Autorízase al señor SECRETARIO DE COORDINACIÓN
INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a suscribir
los Convenios mencionados en el artículo anterior.
ARTÍCULO 3° — Autorízase al señor SECRETARIO DE COORDINACIÓN
INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a otorgar las
conformidades para la continuidad o firma de nuevos convenios a los que
hace referencia el artículo 1° del Decreto N° 336 de fecha 10 de
febrero de 2016.
ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — MARCOS PEÑA, Jefe de Gabinete de
Ministros, Jefatura de Gabinete de Ministros.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en la Dirección de Despacho y
Mesa de Entradas cita en Av. Julio A. Roca 782, 4° Piso, CABA.
e. 22/09/2016 N° 69866/16 v. 22/09/2016