MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA
Disposición 881/2016
Buenos Aires, 22/06/2016
VISTO el Expediente N° E-8961-2016 del registro del MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL; el Decreto N°. 1023 del 13 de agosto de 2001 y
modificatorios, y el Decreto N° 893 del 07 de junio de 2012 y
modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la contratación
de un efector social para el servicio de confección y terminación de
guardapolvos, solicitado por la SUBSECRETARÍA DE COMERCIALIZACIÓN DE LA
ECONOMÍA SOCIAL, mediante Nota N° 15/2016, señalando que las
condiciones técnicas requeridas son las establecidas en el Convenio
suscripto entre la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL
del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y el INSTITUTO NACIONAL DE
TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), oportunamente protocolizado por
Resolución SCyMI N° 9963 de fecha 16 de Agosto de 2012.
Que, asimismo, la SUBSECRETARÍA citada en el Considerando anterior,
propone para la realización de los trabajos aludidos, a la COOPERATIVA
DE TRABAJO BLANCO PAÍS LIMITADA, cuya inscripción en el REGISTRO
NACIONAL DE EFECTORES DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMÍA SOCIAL fue
aprobada por Resolución MDS N° 380 de fecha 28 de Septiembre de 2006.
Que obran las actualizaciones de los precios por el servicio de
confección y terminación de guardapolvos realizada por el Centro de
Investigación y Desarrollo Textil del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA
INDUSTRIAL (INTI), consignando el costo por mano de obra para la
confección y terminación de cada guardapolvo que asciende a la suma de
PESOS CINCUENTA Y CUATRO CON CINCUENTA CENTAVOS ($54,50.-) y PESOS DIEZ
CON OCHENTA CENTAVOS ($10,80.-) respectivamente.
Que obran Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión celebrado
entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA
NACIÓN, protocolizado según Resolución SCyMI N° 2495 del 31 de Marzo de
2014 y Addenda a dicho Convenio, protocolizada según Resolución SCyMI
N° 4059 del 08 de Mayo de 2014.
Que la Dirección de Patrimonio y Suministros mediante Informe N°
246/2015 - Letra DGA/DPS de fecha 21 de Enero de 2015, en virtud del
Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión mencionado
precedentemente, solicitó se informe si los servicios de industria
—corte, confección y terminación de guardapolvos— se encontraban
contemplados en el Convenio precitado.
Que obra Nota N° 210/2015 - SCyMI de la SINDICATURA GENERAL DE LA
NACION de fecha 23 de Enero de 2015, informando al respecto que el
Control de Precios Testigo no resulta aplicable a aquellas
contrataciones cuyo objeto consista en un trabajo o servicio de
industria, en virtud de lo establecido en el artículo 3 inciso a) del
Anexo I de la Resolución SIGEN N° 122/2010, en concordancia con la
Cláusula Primera inciso a) del citado Convenio Marco.
Que la Dirección de Patrimonio y Suministros mediante Nota de fecha 27
de Abril de 2016, informa que atento a la urgencia de vulnerabilidad
social de los efectores sociales que llevan adelante los servicios de
corte, confección y terminación de guardapolvos y dado que las tareas
que prevee la contratación en curso en el expediente de referencia, son
idénticas a las que dieran origen a la respuesta SIGEN N° 210/2015
SCyMI, resulta oportuno tener en cuenta la recomendación que realizara
dicha SINDICATURA GENERAL en lo relativo al objeto de la presente
contratación.
Que, con fecha 09 de Mayo de 2016, se procedió al acto de apertura del
sobre presentado por la COOPERATIVA DE TRABAJO BLANCO PAÍS LIMITADA.
Que, la Comisión Evaluadora de este Ministerio, en función de lo
expuesto en el párrafo precedente y de la documentación obrante en el
expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación N° 20/2016
estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.
Que se ha remitido el Dictamen de Evaluación N° 20/2016 a los fines de
su difusión en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES, la cual, según Decreto N° 13 del 05 de enero de 2016,
pasó a la órbita del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y acorde lo prescripto
en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/12 y
modificatorios y en el Boletín Oficial.
Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de
difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su
Disposición ONC N° 64/2014 y su modificatoria N° 79/2014 y conforme lo
reglamentado por la Comunicación General N° 14, del 01 de Septiembre de
2014.
Que la Dirección de Patrimonio y Suministros informa que no se
formularon impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 20/2016 precitado.
Que dicha contratación corresponde se encauce en la figura de
Contratación Directa N° 25/2016, enmarcada en las previsiones del
artículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023 del 13 de
agosto de 2001 y sus modificatorios, los artículos 19, 29 y 146 del
Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional,
aprobado mediante Decreto N° 893/12 y modificatorios.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por
el Decreto N° 1023/01 y modificatorios, reglamentado por el Decreto N°
893/12 y modificatorios, y en virtud de las facultades conferidas por
la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la
Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/07 y
modificatorios, y los Decretos N° 357/02 y sus normas modificatorias y
complementarias y N° 140 del 16 de Diciembre de 2015.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcada
en los alcances del artículo 25, inciso d), apartado 10) del Decreto N°
1023/01 y modificatorios, los artículos 19, 29 y 146 del Reglamento del
Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por
Decreto N° 893/12 y modificatorios, tendiente a lograr la contratación
de un efector social para los servicios de confección y terminación de
guardapolvos, solicitados por la SUBSECRETARÍA DE COMERCIALIZACIÓN DE
LA ECONOMÍA SOCIAL.
ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares,
elaborado por la Dirección de Patrimonio y Suministros en un todo de
acuerdo con la SUBSECRETARÍA DE COMERCIALIZACIÓN DE LA ECONOMÍA SOCIAL
para la contratación autorizada en el Artículo precedente, que integra
la presente como Anexo, el que deberá complementarse con el Pliego
Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N°
58/2014 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, la cual, según
Decreto N° 13 del 05 de enero de 2016, pasó a la órbita del MINISTERIO
DE MODERNIZACIÓN.
ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Directa N° 25/2016, conforme
las pautas detalladas, en los Artículos 1° y 2° de la presente.
ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa N° 25/2016 al
efector social COOPERATIVA DE TRABAJO BLANCO PAÍS LIMITADA, señalando
que las condiciones técnicas requeridas son las establecidas en el
Convenio suscripto entre la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO
INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y el INSTITUTO
NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), oportunamente protocolizado
por Resolución SCyMI N° 9963 de fecha 16 de Agosto de 2012, por el
servicio de confección de nueve mil (9.000) guardapolvos, hasta la suma
de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA MIL QUINIENTOS ($490.500.-); y por la
terminación de nueve mil (9.000) guardapolvos, hasta la suma de PESOS
NOVENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS ($97.200.-).
ARTÍCULO 5° — El presente gasto que asciende a la suma total de PESOS
QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS ($587.700.-) se imputará a
los ejercicios que correspondan.
ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.
ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — PABLO CARIDE,
Subsecretaría de Coordinación, Monitoreo y Logística, Ministerio de
Desarrollo Social.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en
la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán
ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha
767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 22/09/2016 N° 69883/16 v. 22/09/2016
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)