MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE EMPLEO
Resolución 1154 - E/2016
Buenos Aires, 16/09/2016
VISTO el Expediente N° 1.107.561/2005 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley de Promoción del Trabajo
Registrado y Prevención del Fraude Laboral N° 26.940, la Resolución del
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 45 del 16 de enero
de 2006 y sus modificatorias, y N° 753 del 28 de julio de 2014, la
Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 2.186 del 29 de diciembre de
2010 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL N° 45/06, se creó el PROGRAMA DE INSERCIÓN LABORAL que tiene por
objeto promover la incorporación de trabajadores y trabajadoras
desocupados en empleos de calidad, mediante la asignación de una ayuda
económica mensual que podrá ser descontada de su salario por los
empleadores con los que celebren un contrato laboral.
Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 2.186/10, se aprobó
el Reglamento del PROGRAMA DE INSERCIÓN LABORAL y sus instrumentos
operativos.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL N° 753/14, modificatoria de la Resolución del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 45/06, se amplió el objeto del
PROGRAMA DE INSERCIÓN LABORAL incluyendo como destinatarios de sus
acciones a trabajadores y trabajadoras que sean incorporados por sus
empleadores en un proceso de mejora de las condiciones de empleo
promovido por esta Secretaria.
Que resulta pertinente utilizar esta herramienta de apoyo al empleo a
fin de promover y consolidar procesos de regularización y mejora de las
condiciones de empleo de aquellos trabajadores y trabajadoras que
vienen prestando servicios en oficinas públicas de la Red de Servicios
de Empleo fortalecidas por este Ministerio.
Que a través de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL N° 1964/14 se extendió hasta VEINTICUATRO (24) meses
el plazo máximo de adhesión al PROGRAMA DE INSERCIÓN LABORAL para los
trabajadores mayores de DIECIOCHO (18) años que prestaren servicios en
Oficinas públicas de la Red de Servicios de Empleo, fortalecidas por la
SECRETARIA DE EMPLEO.
Que a fin de dar continuidad a las acciones y servicios prestados por
las mencionadas Oficinas públicas corresponde actualizar el texto del
Reglamento del PROGRAMA DE INSERCIÓN LABORAL en función de la nueva
estructura organizativa de esta Secretaria.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el artículo 17 de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL N° 45/06.
Por ello,
EL SECRETARIO DE EMPLEO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Los proyectos del PROGRAMA DE INSERCIÓN LABORAL
comprendidos por el artículo 3°, inciso 7), del REGLAMENTO DEL PROGRAMA
DE INSERCIÓN LABORAL, aprobado como ANEXO I de la Resolución de la
SECRETARÍA DE EMPLEO N° 2.186/10 que completen la duración total
oportunamente aprobada en los meses de septiembre de 2016 a febrero de
2017, serán prorrogados hasta el 31 de marzo de 2017.
ARTÍCULO 2° — Las oficinas de empleo cuyos proyectos venzan en los
meses de septiembre de 2016 a febrero 2017 que se encuentren en
condiciones de abonar por sí la totalidad de la remuneración
correspondiente a los trabajadores comprendidos en ellos, deberán
solicitar su baja en forma expresa. A tal efecto, la solicitud de baja
deberá interponerse ante la Gerencia de Empleo y Capacitación Laboral
de su respectiva jurisdicción hasta el quinto día hábil del mes para el
cual se requiera, a fin de inhibir la liquidación de las ayudas
económicas correspondientes.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de
Registro Oficial y archívese. — MIGUEL A. PONTE, Secretario, Secretaría
de Empleo.
e. 22/09/2016 N° 69747/16 v. 22/09/2016