MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE EMPLEO

Resolución 1154 - E/2016

Buenos Aires, 16/09/2016

VISTO el Expediente N° 1.107.561/2005 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley de Promoción del Trabajo Registrado y Prevención del Fraude Laboral N° 26.940, la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 45 del 16 de enero de 2006 y sus modificatorias, y N° 753 del 28 de julio de 2014, la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 2.186 del 29 de diciembre de 2010 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 45/06, se creó el PROGRAMA DE INSERCIÓN LABORAL que tiene por objeto promover la incorporación de trabajadores y trabajadoras desocupados en empleos de calidad, mediante la asignación de una ayuda económica mensual que podrá ser descontada de su salario por los empleadores con los que celebren un contrato laboral.

Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 2.186/10, se aprobó el Reglamento del PROGRAMA DE INSERCIÓN LABORAL y sus instrumentos operativos.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 753/14, modificatoria de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 45/06, se amplió el objeto del PROGRAMA DE INSERCIÓN LABORAL incluyendo como destinatarios de sus acciones a trabajadores y trabajadoras que sean incorporados por sus empleadores en un proceso de mejora de las condiciones de empleo promovido por esta Secretaria.

Que resulta pertinente utilizar esta herramienta de apoyo al empleo a fin de promover y consolidar procesos de regularización y mejora de las condiciones de empleo de aquellos trabajadores y trabajadoras que vienen prestando servicios en oficinas públicas de la Red de Servicios de Empleo fortalecidas por este Ministerio.

Que a través de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 1964/14 se extendió hasta VEINTICUATRO (24) meses el plazo máximo de adhesión al PROGRAMA DE INSERCIÓN LABORAL para los trabajadores mayores de DIECIOCHO (18) años que prestaren servicios en Oficinas públicas de la Red de Servicios de Empleo, fortalecidas por la SECRETARIA DE EMPLEO.

Que a fin de dar continuidad a las acciones y servicios prestados por las mencionadas Oficinas públicas corresponde actualizar el texto del Reglamento del PROGRAMA DE INSERCIÓN LABORAL en función de la nueva estructura organizativa de esta Secretaria.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 17 de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 45/06.

Por ello,

EL SECRETARIO DE EMPLEO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Los proyectos del PROGRAMA DE INSERCIÓN LABORAL comprendidos por el artículo 3°, inciso 7), del REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE INSERCIÓN LABORAL, aprobado como ANEXO I de la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 2.186/10 que completen la duración total oportunamente aprobada en los meses de septiembre de 2016 a febrero de 2017, serán prorrogados hasta el 31 de marzo de 2017.

ARTÍCULO 2° — Las oficinas de empleo cuyos proyectos venzan en los meses de septiembre de 2016 a febrero 2017 que se encuentren en condiciones de abonar por sí la totalidad de la remuneración correspondiente a los trabajadores comprendidos en ellos, deberán solicitar su baja en forma expresa. A tal efecto, la solicitud de baja deberá interponerse ante la Gerencia de Empleo y Capacitación Laboral de su respectiva jurisdicción hasta el quinto día hábil del mes para el cual se requiera, a fin de inhibir la liquidación de las ayudas económicas correspondientes.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — MIGUEL A. PONTE, Secretario, Secretaría de Empleo.

e. 22/09/2016 N° 69747/16 v. 22/09/2016