MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 1060/2016

Prorrógase designación del Director de Regulación Sanitaria y Calidad en Servicios de Salud.

Buenos Aires, 28/09/2016

VISTO los Decretos Nros. 536 del 31 de marzo de 2008, 1305 del 17 de septiembre de 2009, 1647 del 15 de noviembre de 2010, 1204 del 9 de agosto de 2011, 1380 del 9 de agosto de 2012, 1362 del 10 de septiembre de 2013, 920 del 11 de junio de 2014, 895 del 20 de mayo de 2015, 2217 del 20 de octubre de 2015, 2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, 114 de fecha 12 de enero de 2016 y 227 de fecha 20 de enero de 2016, la Decisión Administrativa N° 498 del 19 de mayo de 2016, lo propuesto por el MINISTERIO DE SALUD y el Expediente N° 1-2002-12801/05-1 del registro del citado Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 1° del Decreto Nº 227/16 quedó establecido que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que por el artículo 3° del Decreto Nº 114/16, se aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO DE SALUD, de acuerdo con el organigrama establecido en dicho decreto.

Que por la Decisión Administrativa Nº 498/16 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE SALUD.

Que por el Decreto N° 2217/15 se prorrogó en último término la designación con carácter transitorio del doctor D. Guillermo Ismael WILLIAMS (D.N.I. Nº 10.809.123) en el cargo de Director de la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN SANITARIA Y CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD, Nivel A Grado 0, Función Ejecutiva de Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), instituido por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios.

Que el referido plazo se encuentra actualmente vencido.

Que no habiendo podido procederse a la cobertura del mencionado cargo en forma definitiva y manteniéndose vigentes las razones que dieron lugar al dictado del Decreto Nº 536/08, el MINISTERIO DE SALUD, solicita se prorrogue la designación del citado funcionario, por igual período al establecido en el referido Decreto.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y de lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 227/16.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º — Prorrógase, desde el 3 de mayo de 2016 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la designación transitoria del doctor D. Guillermo Ismael WILLIAMS (D.N.I. Nº 10.809.123), en un cargo Nivel A - Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08 y modificatorios, en el cargo de Director de la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN SANITARIA Y CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD dependiente de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD.

ARTÍCULO 2° — El cargo involucrado en el artículo 1º deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098/08 y modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha indicada en el artículo 1º.

ARTÍCULO 3º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD.

ARTÍCULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Jorge D. Lemus.