MINISTERIO DE CULTURA

DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN Y PROGRAMACIÓN

Disposición 4 - E/2016

Buenos Aires, 27/09/2016

VISTO el Expediente CUDAP N° 2756/2016 del registro del MINISTERIO DE CULTURA, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92), y modificatorio, la Ley N° 19.549, la Decisión Administrativa N° 213/2016 y la Resolución M.C. N° 212 del 26 de mayo de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución M.C. N° 212/2016 se crea el PROGRAMA FESTEJAR en la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN Y PROGRAMACIÓN, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE CULTURA CIUDADANA de la SECRETARÍA DE CULTURA Y CREATIVIDAD.

Que la mencionada Resolución establece en su artículo 4° como Autoridad de Aplicación del Programa a la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN Y PROGRAMACIÓN.

Que asimismo, del ANEXO I de la citada Resolución surge que se abrirán dos convocatorias por año.

Que para cumplir con los objetivos establecidos en dicho Programa, se requiere la apertura de la inscripción de la Segunda Convocatoria Concursable para Organizadores de Festivales, Carnavales y Celebraciones Populares.

Que dicha acción resulta competencia de la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN Y PROGRAMACIÓN.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS.

Que la presente medida se dicta en virtud de las competencias asignadas a esta Cartera Ministerial por la Ley N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y su modificatorio, y el artículo 4° de la Resolución M.C. N° 212/16.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE GESTIÓN Y PROGRAMACIÓN

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Declárese abierta la Segunda Convocatoria Concursable 2016 del PROGRAMA FESTEJAR para Organizadores de Festivales, Carnavales y Celebraciones Populares, desde el 3 al 31 de octubre del 2016 inclusive, para festejos que tengan fecha de realización entre el 1 de febrero y el 30 de junio de 2017, conforme las Bases y Condiciones que conforman el ANEXO II de la Resolución MC 212, publicada en el Boletín Oficial con fecha 30 de mayo de 2016.

ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — OMARA BARRA, Directora Nacional, Dirección Nacional de Gestión y Programación.

e. 29/09/2016 N° 72392/16 v. 29/09/2016