ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución 523/2016

Acta N° 1443

Expediente ENRE N° 46.636/2016

Buenos Aires, 28/09/2016

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:

1.- Instruir a la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDENOR S.A.) y a la EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESUR S.A.), en relación a los montos no abonados (facturados o no facturados a la fecha de publicación del presente acto) por los usuarios de cualquier categoría, como consecuencia de la aplicación de la medida cautelar dispuesta en los autos “ABARCA, WALTER JOSÉ Y OTRO C/ESTADO NACIONAL, MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA Y OTRO S/ AMPARO LEY 16.986” (Expte. 1319/16), a otorgar a dichos usuarios, como facilidad de pago, la cancelación de los montos adeudados hasta el momento de su facturación, en CUATRO (4) cuotas mensuales iguales y consecutivas, sin intereses ni recargos relacionados con la falta de pago, la primera de ellas, con vencimiento en el mes de octubre de 2016.

2.- EDENOR S.A. y EDESUR S.A. no podrán aplicar, por el término de SESENTA (60) días corridos, contados desde la entrada en vigencia de la presente Resolución, los mecanismos de notificación de deuda previos al corte de suministro por falta de pago previstos en el Reglamento de Suministro respecto de la facturación de consumos referenciados en el Artículo 1 de este acto.

3.- Notifíquese a EDESUR S.A., a EDENOR S.A. y a las Asociaciones de Defensa del Usuario y/o Consumidor registradas. Firmado: Vocal Tercero Ing. Ricardo Sericano - Vocal Primero Ing. Carlos Manuel Bastos - Vicepresidente Dra. Marta Roscardi - Presidente Ing. Ricardo Martínez Leone. — Dra. MA. GRACIELA ANDINA SILVA DE ALFANO, Secretaria del Directorio, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.

e. 29/09/2016 N° 72550/16 v. 29/09/2016