ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución 523/2016
Acta N° 1443
Expediente ENRE N° 46.636/2016
Buenos Aires, 28/09/2016
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.- Instruir a la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE
SOCIEDAD ANÓNIMA (EDENOR S.A.) y a la EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR
SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESUR S.A.), en relación a los montos no abonados
(facturados o no facturados a la fecha de publicación del presente
acto) por los usuarios de cualquier categoría, como consecuencia de la
aplicación de la medida cautelar dispuesta en los autos “ABARCA, WALTER
JOSÉ Y OTRO C/ESTADO NACIONAL, MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA Y OTRO
S/ AMPARO LEY 16.986” (Expte. 1319/16), a otorgar a dichos usuarios,
como facilidad de pago, la cancelación de los montos adeudados hasta el
momento de su facturación, en CUATRO (4) cuotas mensuales iguales y
consecutivas, sin intereses ni recargos relacionados con la falta de
pago, la primera de ellas, con vencimiento en el mes de octubre de
2016.
2.- EDENOR S.A. y EDESUR S.A. no podrán aplicar, por el término de
SESENTA (60) días corridos, contados desde la entrada en vigencia de la
presente Resolución, los mecanismos de notificación de deuda previos al
corte de suministro por falta de pago previstos en el Reglamento de
Suministro respecto de la facturación de consumos referenciados en el
Artículo 1 de este acto.
3.- Notifíquese a EDESUR S.A., a EDENOR S.A. y a las Asociaciones de
Defensa del Usuario y/o Consumidor registradas. Firmado: Vocal Tercero
Ing. Ricardo Sericano - Vocal Primero Ing. Carlos Manuel Bastos -
Vicepresidente Dra. Marta Roscardi - Presidente Ing. Ricardo Martínez
Leone. — Dra. MA. GRACIELA ANDINA SILVA DE ALFANO, Secretaria del
Directorio, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.
e. 29/09/2016 N° 72550/16 v. 29/09/2016