ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 6879 - E/2016

Buenos Aires, 23/09/2016

VISTO el Expediente N° 8733/16 del registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes N° 27.078 y 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que las actuaciones del Visto documentan la voluntad de MICROSOFT DE ARGENTINA S.A. de generar un ámbito institucional para la realización de actividades de cooperación y de asistencia técnica y tecnológica orientadas al desarrollo y fortalecimiento de la función social de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, las Telecomunicaciones, y sus recursos asociados, en condiciones sociales y geográficas equitativas y de calidad.

Que en el marco de sus funciones, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES deberá mantener una política pública de acción rápida y eficaz que establezca un sendero racional en el desarrollo del sector, adaptando la regulación a los requerimientos del sector y la sociedad y colaborando en el reordenamiento del mercado de las comunicaciones.

Que los objetivos enunciados por MICROSOFT DE ARGENTINA S.A. son concordantes con los objetivos de este Ente Nacional de Comunicaciones. (Considerando rectificado por art. 1° de la Resolución N° 7374/2016 del Ente Nacional de Comunicaciones B.O. 26/10/2016).

Que en tal sentido, con fecha 05 de agosto de 2016 el Presidente del ENACOM suscribió ad referéndum del Directorio un Convenio Marco de Cooperación y Asistencia Tecnológica con MICROSOFT DE ARGENTINA S.A.

Que, en el marco del Convenio referido ut supra, se estableció las actividades a realizarse, a saber: a) Intercambiar información, en cualquier tipo de formato, relativa a nuevas tecnologías y/o tecnologías existentes; b) Promover evaluaciones de implementación de nuevas tecnologías; c) Proponer herramientas y mecanismos para mejorar las tecnologías existentes; d) Promover herramientas tecnológicas de inclusión social; e) Evaluar conjuntamente el impacto social de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, las Telecomunicaciones; entre otras.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del Acta Nº 10 de fecha 18 de agosto de 2016.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 267/2015 y el Acta Nº 1 de fecha 5 de enero de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Ratifíquese el Convenio Marco de Cooperación y Asistencia Tecnológica suscripto entre el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES y MICROSOFT DE ARGENTINA S.A., que como ANEXO IF-2016-01617366-APN-ENACOM#MCO forma parte como un todo de la presente resolución.

ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MIGUEL ANGEL DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 30/09/2016 N° 72439/16 v. 30/09/2016

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)