Resolución 309 - E/2016
Buenos Aires, 21/09/2016
VISTO el Expediente N° S02:0052133/2016 del registro del MINISTERIO DEL
INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, el Decreto N° 2098 de fecha 3 de
diciembre de 2008 y modificatorios, mediante el cual se homologó el
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema
Nacional de Empleo Público (SINEP), la Decisión Administrativa N° 212
de fecha 21 de marzo de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Decisión Administrativa N° 212/16 se aprobó la
estructura organizativa del primer nivel operativo del MINISTERIO DE
TRANSPORTE.
Que a través del Artículo 4° de la indicada decisión administrativa se
facultó al Ministro de Transporte a aprobar, previa intervención de la
SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE
EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, la estructura
organizativa de nivel inferior.
Que por tal motivo, resulta menester aprobar las aperturas de segundo
nivel operativo de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE tendientes a
la optimización de la gestión en función de las competencias
establecidas para la Jurisdicción.
Que, por otra parte, deviene menester incorporar, homologar y derogar
diversas unidades pertenecientes a la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE
TRANSPORTE, en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de dicha
Jurisdicción.
Que la medida propiciada contribuirá a lograr un adecuado cumplimiento
de los criterios de eficacia y eficiencia necesarios para el logro de
los objetivos estratégicos establecidos para el MINISTERIO DE
TRANSPORTE.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto vigente del
MINISTERIO DE TRANSPORTE para atender el gasto resultante de la
presente medida.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE
TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.
Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la
SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado
la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 17 del Decreto N° 1545/94 y el artículo 4°
de la Decisión Administrativa N° 212/16.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase la estructura organizativa de segundo nivel
operativo de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE
TRANSPORTE, de acuerdo al Organigrama y Acciones que como Anexos I, Ia,
Ib, Ic y Id, y II (IF-2016-01547184-APN-MTR, IF-2016-01547396-APN-MTR,
IF-2016-01547496-APN -MTR, IF-2016-01547908-APN-MTR,
IF-2016-01547973-APN-MTR, e IF-2016-01549633-APN-MTR respectivamente)
forman parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2° — Incorpóranse, homológanse y deróganse en el Nomenclador
de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes al MINISTERIO DE
TRANSPORTE, según el detalle obrante en las Planillas Anexas
(IF-2016-01549777-APN-MTR) al presente artículo, que forman parte
integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 3° — Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las
áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las
aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las aprobadas
por la presente medida, las que transitoriamente mantendrán las
acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles,
grados de revista previstas en el Decreto N° 2098/08 y modificatorios.
ARTÍCULO 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente
resolución será atendido con cargo a las partidas específicas del
presupuesto vigente para el corriente Ejercicio de la Jurisdicción 57 –
MINISTERIO DE TRANSPORTE.
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — GUILLERMO JAVIER DIETRICH, Ministro,
Ministerio de Transporte.
ANEXO I
IF-2016-01547184-APN-MTR
ANEXO Ia
IF-2016-01547396-APN-MTR
ANEXO Ib
IF-2016-01547496-APN-MTR
ANEXO Ic
IF-2016-01547908-APN-MTR
ANEXO Id
IF-2016-01547973-APN-MTR
ANEXO II
SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO
DIRECCIÓN NACIONAL TÉCNICA DE TRANSPORTE FERROVIARIO
DIRECCIÓN DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS DE TRANSPORTE FERROVIARIO
ACCIONES:
1. Asesorar al Director Nacional en cuestiones relacionadas con la
normativa ferroviaria, brindando su interpretación desde el punto de
vista técnico-jurídico y proponiendo las modificaciones y
actualizaciones que correspondan.
2. Coordinar el despacho de expedientes administrativos de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO.
3. Participar en la elaboración y redacción de proyectos de contratos,
convenios, acuerdos y actos administrativos relacionados a la materia
ferroviaria, así como, en proyectos de actas, cédulas y demás actos
procedimentales.
4. Participar en los reclamos y recursos administrativos interpuestos,
relacionados a la materia ferroviaria, colaborando asimismo con el
servicio jurídico permanente de la jurisdicción en la contestación de
las demandas contra el ESTADO NACIONAL.
5. Colaborar en la respuesta de los oficios judiciales y demás
requerimientos dirigidos a la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO.
6. Colaborar en las respuestas a brindar a la Defensorías del Pueblo,
SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, AUDITORÍA GENERAL DE LA NACIÓN y a
las presentaciones de los usuarios y de la ciudadanía en general.
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR
DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS
DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE PERMISOS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS
ACCIONES:
1. Recibir y tramitar las solicitudes de adjudicación y renovación de
permisos de transporte urbano, suburbano e interjurisdiccional, en las
distintas modalidades establecidas por la normativa vigente.
2. Recibir y tramitar las solicitudes de adjudicación y renovación de
permisos de transporte internacional de pasajeros en las distintas
modalidades establecidas por la normativa vigente.
3. Efectuar las propuestas necesarias para la modificación de los
parámetros operativos, gerenciamiento, cesión y transferencia de
permisos, encomiendas precarias y llamados a concurso público y
licitación pública de transporte urbano y suburbano,
interjurisdiccional e internacional de pasajeros.
4. Asesorar a la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE
PASAJEROS en cuestiones referidas a la gestión y tramitación de
permisos, autorizaciones, habilitaciones e inscripciones del transporte
de pasajeros de jurisdicción nacional.
5. Desarrollar procesos digitales y más eficientes para reducir el tiempo de aprobación de los permisos y ahorrar recursos.
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR
DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS
DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN DE POLÍTICAS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS
ACCIONES:
1. Participar en la evaluación de los estudios referentes a oferta,
demanda y necesidades públicas de transporte urbano, suburbano e
interurbano de pasajeros, proponiendo medidas tendientes a
satisfacerlas mediante la modificación y diversificación de la oferta
de servicios.
2. Participar en la elaboración de propuestas de normativa tendiente a
la actualización de la reglamentación vigente respecto a modalidades
operativas, aptitud técnica de equipos, seguros, política y regímenes
tarifarios y toda otra reglamentación vinculada con las acciones de su
competencia.
3. Participar en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones
para los llamados a concurso o licitaciones en que intervenga la
DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS y asistirla en
materia de definición de los parámetros técnicos y operativos a
requerirse a las empresas prestadoras, al personal de conducción, a los
servicios y a los vehículos e infraestructura destinados a la atención
de los mismos.
4. Asistir a la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS
en la realización de los estudios necesarios para la definición de
políticas fiscales y crediticias para el desarrollo y mejoramiento del
parque móvil, estaciones terminales y centros de transferencia de los
servicios del transporte automotor.
5. Propiciar la realización de los estudios técnicos necesarios para
las reuniones de consulta, reuniones técnicas o negociaciones con
autoridades de transporte terrestre provinciales.
6. Elaborar los informes técnicos para tramitar los recursos
administrativos y/o requerimientos judiciales y/o administrativos
inherentes al área.
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR
DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS
DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE PERMISOS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS
ACCIONES:
1. Recibir y tramitar las solicitudes de adjudicación de autorizaciones
originarias y/o complementarias para el transporte internacional de
cargas por carretera comprendidas en el ACUERDO DE TRANSPORTE
INTERNACIONAL TERRESTRE, aprobado como ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL en el
marco de la ASOCIACIÓN LATINOAMERICANA DE INTEGRACIÓN (A.L.A.D.I.).
2. Recibir y tramitar las solicitudes de renovación de autorizaciones
originarias y/o complementarias para el transporte internacional de
cargas por carretera.
3. Recibir y tramitar los pedidos tendientes a obtener el otorgamiento
de las autorizaciones a las empresas de origen extranjero que tramiten
autorizaciones complementarias.
4. Ejercer la secretaría de actas de las reuniones del Directorio de
Coordinación del Registro Único del Transporte Automotor y comunicar
sus decisiones a los organismos que deban intervenir en las mismas.
5. Desarrollar procesos digitales y más eficientes para reducir el tiempo de aprobación de los permisos y ahorrar recursos.
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR
DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS
DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN DE POLÍTICAS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS
ACCIONES:
1. Participar en la evaluación de los estudios referentes a la oferta,
demanda y necesidades públicas de transporte de cargas de jurisdicción
nacional, proponiendo medidas tendientes a satisfacerlas mediante la
modificación y diversificación de la oferta de servicios.
2. Participar en la elaboración de propuestas de normativa tendiente a
la actualización de la reglamentación vigente respecto a modalidades
operativas, aptitud técnica de equipos, seguros, política y regímenes
tarifarios y toda otra reglamentación vinculada con las acciones de su
competencia.
3. Asistir a la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS en
la realización de los estudios necesarios para la definición de
políticas fiscales y crediticias para el desarrollo y mejoramiento del
parque móvil e infraestructura necesaria para el desarrollo de los
servicios del transporte automotor de cargas.
4. Propiciar la realización de estudios técnicos necesarios para las
reuniones de consulta, reuniones técnicas o negociaciones con
autoridades de transporte terrestre provinciales.
SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES
DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL DE CONCESIONES DE OBRAS
DIRECCIÓN DE SUPERVISIÓN TÉCNICA DE OBRAS
ACCIONES:
1. Supervisar e inspeccionar las concesiones de obras en el aspecto técnico.
2. Supervisar el cumplimiento de los aspectos ambientales en
coordinación con los órganos técnicos competentes de las jurisdicciones
que correspondan.
3. Verificar el cumplimiento de los objetivos de las etapas de dragado.
4. Realizar inspecciones técnicas periódicas sobre las obras y servicios a cargo del concesionario.
5. Evaluar todo tipo de propuestas vinculadas con la ejecución de las
obras y elevarlas a consideración de la autoridad competente para
resolver.
6. Recabar, procesar y analizar la información que periódicamente deben
presentar los concesionarios en función de lo previsto en los pliegos.
7. Elevar los informes correspondientes dando cuenta de las irregularidades que se verifiquen en la materia de su competencia.
8. Proponer la aplicación de sanciones en caso de que se verifiquen incumplimientos en la materia de su competencia.
SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES
DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL DE CONCESIONES DE OBRAS
DIRECCIÓN DE CONTROL CONTABLE Y PATRIMONIAL DE OBRAS
ACCIONES:
1. Realizar controles sobre los aspectos contables y patrimoniales de las concesiones de obra.
2. Proveer la información y documentación pertinente a efectos de que
la autoridad competente evalúe la ecuación económica del contrato.
3. Evaluar las propuestas de concesionarios según lo previsto en los
pliegos de bases y condiciones aplicables y elevarlas a consideración
de la autoridad competente para resolver.
4. Recabar, procesar y analizar la información que periódicamente deben
presentar los concesionarios en función de lo previsto en los pliegos.
5. Controlar que los bienes aportados por el concedente sean
debidamente utilizados, y verificar el correcto mantenimiento técnico
de los equipos e instalaciones entregados al concesionario.
6. Elevar los informes correspondientes dando cuenta de las irregularidades que se verifiquen en la materia de su competencia.
7. Proponer la aplicación de sanciones en caso de que se verifiquen incumplimientos en la materia de su competencia.
SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES
DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL DE CONCESIONES DE OBRAS
DIRECCIÓN DE CONTROL LEGAL Y ADMINISTRATIVO
ACCIONES:
1. Realizar controles sobre los aspectos administrativos y legales de las concesiones de obra.
2. Evaluar legalmente los requerimientos del concesionario que
correspondan según lo previsto en los pliegos correspondientes, y
elevarlos a consideración de la autoridad competente para resolver.
3. Recabar, procesar y analizar la información que periódicamente deben
presentar los concesionarios en función de lo previsto en los pliegos.
4. Intervenir previamente a la aplicación de sanciones.
5. Proponer la aplicación de sanciones en caso de que se verifiquen incumplimientos.
6. Fiscalizar el cumplimiento de las normas aplicables en materia de seguros.
7. Tramitar los requerimientos de información pública.
SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES
DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE FLUVIAL Y MARÍTIMO
DIRECCIÓN DE ACTIVIDADES NAVIERAS
ACCIONES:
1. Intervenir en las autorizaciones de ceses e incorporaciones de
buques y artefactos navales a la matrícula nacional, excluidos los
buques pesqueros, llevando los correspondientes registros.
2. Verificar el cumplimiento de la Ley de Cabotaje Nacional (Decreto N°
12.942/44, ratificado por la Ley N° 12.980) y tramitar las excepciones
a la misma.
3. Ejercer el control del tráfico de los buques nominados en conferencias y acuerdos bilaterales o multilaterales.
4. Elaborar estudios técnico-económicos relativos al transporte por
agua en la Hidrovía Paraguay-Paraná, asesorando en los acuerdos
institucionales.
5. Intervenir en el control de los servicios de transporte por agua de
pasajeros y cargas en tráficos internacionales e interjurisdiccionales
en cuanto al cumplimiento de las disposiciones en vigor y elaborar
informes estadísticos de los mismos.
6. Intervenir en el control de las operaciones y de las tarifas del
servicio de practicaje y pilotaje para los ríos, puertos y canales de
todo el país.
SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES
DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE FLUVIAL Y MARÍTIMO
DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN NAVIERA
ACCIONES:
1. Realizar los estudios vinculados con el transporte marítimo, fluvial y lacustre.
2. Participar en las negociaciones de los acuerdos y convenios
gubernamentales de transporte por agua y de cooperación en la materia,
así como también en las reuniones de los organismos internacionales
vinculados con el sector.
3. Proponer el dictado de normas legales para la instrumentación de las políticas del sector.
4. Proyectar las medidas necesarias para que el armamento nacional
fortalezca su participación en el mercado internacional de fletes.
5. Elaborar las estadísticas en materia de transporte marítimo, fluvial
y lacustre que sirvan de apoyo para cumplir con los fines de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE FLUVIAL Y MARÍTIMO.
SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES
DIRECCIÓN NACIONAL DE PUERTOS
DIRECCIÓN DE PROYECTOS Y OBRAS PORTUARIAS
ACCIONES:
1. Evaluar los proyectos de construcciones nuevas, ampliaciones y/o
mejoras, en instalaciones existentes dentro del ámbito portuario.
2. Intervenir en las modificaciones, ampliaciones, construcciones,
demoliciones y otras obras de la infraestructura portuaria y
equipamiento.
3. Intervenir en las propuestas tendientes a la modernización, eficiencia y economicidad de los complejos portuarios.
4. Intervenir en la elaboración de pliegos y bases de condiciones para llamados a concursos y/o licitaciones.
5. Coordinar el seguimiento e inspección de las obras contratadas por el ESTADO NACIONAL.
6. Participar en los estudios de establecimientos de nuevos complejos portuarios.
7. Participar en la elaboración y gestión de convenios de transferencia de recursos a distintas Provincias y Entes Públicos.
8. Intervenir en materia catastral y dominial con relación a los inmuebles que integran los complejos portuarios.
9. Prestar asesoramiento a las provincias y/o municipios que promuevan la instalación de puertos en sus respectivos territorios.
SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES
DIRECCIÓN NACIONAL DE PUERTOS
DIRECCIÓN DE CONTROL DE LA OPERATORIA PORTUARIA
ACCIONES:
1. Promover disposiciones legales y reglamentarias que permitan la
estructuración, la racionalización y la economicidad de la operación
portuaria.
2. Propiciar normas de desempeño de las empresas y personas que
desarrollen sus actividades comerciales y laborales en el ámbito de la
operativa portuaria destinada a producir el movimiento, depósito y
transferencia de cargas.
3. Supervisar la fiscalización técnica y operativa del funcionamiento
de los complejos portuarios de acuerdo a la legislación vigente, en las
materias de Ambiente Sustentable, Seguridad e Higiene Laboral, los
requisitos mínimos del servicio público y la protección del usuario y
del consumidor frente a posibles violaciones a los principios de la
sana competencia.
4. Tramitar las actuaciones correspondientes a las sanciones previstas
por violación de disposiciones legales y reglamentarias vigentes que
regulan la actividad portuaria.
5. Promover mejoras al régimen de penalidades vigente.
6. Coordinar acciones con organismos públicos y entes privados en materia de fiscalización.
7. Asegurar la mayor eficiencia y calidad en las prestaciones de los
servicios portuarios, el control de las tarifas y el movimiento
comercial e industrial de cada puerto.
8. Supervisar la informatización de datos relacionados con la operatoria portuaria.
9. Propiciar censos y encuestas, estadísticas y estudios especiales relativos a su competencia.
SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES
DIRECCIÓN NACIONAL DE VÍAS NAVEGABLES
DIRECCIÓN DE LOGÍSTICA Y OPERACIONES
ACCIONES:
1. Planificar el mantenimiento predictivo, preventivo, restitutivo y
modificativo de las unidades flotantes y del material terrestre.
2. Proveer el alistamiento logístico general de los buques y artefactos
navales y asegurar el completamiento de las Planillas de Armamento de
Personal para la operación segura y eficiente de los mismos, asegurando
la instrucción y adiestramiento de las respectivas tripulaciones.
3. Formular los planes de renovación del plantel flotante y terrestre.
4. Asistir en las concesiones y declaratorias para la ejecución de obras en áreas de jurisdicción nacional.
5. Disponer la realización de inspecciones técnicas a los distritos, delegaciones, buques y artefactos navales.
6. Participar en la elaboración de normas sobre contaminación ambiental en el área de su competencia.
7. Formular los Planes de Campaña y Operaciones de balizamiento y dragado y ejecutarlos conforme a la normativa internacional.
SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES
DIRECCIÓN NACIONAL DE VÍAS NAVEGABLES
DIRECCIÓN DE ESTUDIOS Y PROGRAMACIÓN
ACCIONES:
1. Dirigir y supervisar la ejecución de los Planes y Programas aprobados por la DIRECCIÓN NACIONAL DE VÍAS NAVEGABLES.
2. Mantener los sistemas de ayudas a la navegación acorde con los
adelantos en la materia y los acuerdos internacionales que el país
suscriba en relación a planos batimétricos convencionales y especiales
para su posterior procesamiento como cartas náuticas, Boletín Fluvial e
información hidrométrica en tiempo diferido.
3. Publicar el estado de novedades de la vía navegable troncal y confeccionar la memoria anual de dragado y señalización.
4. Realizar estudios de sedimentación y manejo costero de márgenes fluviales e hidrométricos.
5. Asistir en la elaboración de políticas del sector y proponer
acciones relacionadas con el mantenimiento de las profundidades en las
vías navegables y canales de acceso portuario.
6. Realizar estudios a fin de asegurar la minimización del impacto ambiental de las obras de dragado y balizamiento.
7. Estudiar y proponer las obras de remediación en caso de contaminación y elaborar los respectivos planes contingentes.
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE TRANSPORTE
DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN ECONÓMICA
DIRECCIÓN DE ANÁLISIS Y SEGUIMIENTO PRESUPUESTARIO DE TRANSPORTE
ACCIONES:
1. Asistir en la elaboración de la propuesta de diseño de la política presupuestaria de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE.
2. Asistir en la confección del anteproyecto de presupuesto de la
SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE en función de las asignaciones
financieras y sus fuentes.
3. Asistir en materia de programación y control de presupuesto, en
relación a las cuotas de compromiso y devengado asignadas a los
distintos programas.
4. Intervenir en toda actuación con contenido presupuestario-financiero
en cumplimiento de proyectos, obras, programas, planes y acciones de la
SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE.
5. Asistir en materia de programación y control de las metas físicas de los distintos programas.
6. Constituir el enlace técnico entre la DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA y la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE.
7. Constituir el enlace técnico con la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
ADMINISTRATIVA, en las actividades vinculadas a la administración de
los bienes y servicios de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE.
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE TRANSPORTE
DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN ECONÓMICA
DIRECCIÓN DE GESTIÓN ECONÓMICA DE TRANSPORTE
ACCIONES:
1. Intervenir en toda actuación con contenido económico-financiero en
cumplimiento de proyectos, obras, programas, planes y acciones de la
SECRETARÍA DE GESTIÓN DEL TRANSPORTE.
2. Asistir e intervenir en los aspectos económicos, financieros,
legales y técnicos, en la redacción de los anteproyectos de leyes,
decretos, convenios y otros actos administrativos que le sean
requeridos a la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN ECONÓMICA.
3. Participar en el análisis costo-beneficio de los diferentes
proyectos de inversión en transporte y los procesos de redeterminación
de precios que se tramiten en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
4. Asistir a la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN ECONÓMICA en el análisis
de la dinámica económica del sistema de transporte público y los costos
de explotación asociados al mismo.
5. Participar en la realización de estudios de costos de explotación de
los servicios de transporte, y en la construcción de los índices
respectivos.
6. Colaborar, a demanda de las Secretarías y de los organismos
descentralizados del MINISTERIO DE TRANSPORTE, en estudios de tarifas,
subsidios y todo tipo de análisis sobre el impacto económico,
financiero y social de los servicios de transporte.
7. Participar en la realización de estudios regulares de costos de
producción, mantenimiento, etc., de material de transporte, y de
construcción y mantenimiento de vías de transporte y de infraestructura
de transporte en general; y de todas las actividades colaterales
relevantes.
8. Efectuar propuestas en toda actuación por la que se gestionen
modificaciones en programas y proyectos relacionados con las
compensaciones tarifarias y de costos de explotación del transporte.
9. Analizar la ecuación económico-financiera de las empresas en las
cuales el MINISTERIO DE TRANSPORTE es autoridad de aplicación y/o tiene
participación accionaria.
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE TRANSPORTE
DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN ECONÓMICA
DIRECCIÓN DE SUPERVISIÓN Y CONTROL FINANCIERO DE TRANSPORTE
ACCIONES:
1. Estudiar y proponer acciones de relevamiento y monitoreo del Sistema Único de Boleto Electrónico (SUBE).
2. Evaluar la información del Sistema Único de Boleto Electrónico
(SUBE), a los efectos estadísticos y asistir a la DIRECCIÓN NACIONAL DE
GESTIÓN ECONÓMICA en materia de política de transporte.
3. Dictaminar sobre el componente financiero de las rendiciones de cuentas de los operadores ferroviarios.
4. Aportar propuestas al estudio de la ecuación económico-financiera de
las empresas en las cuales el MINISTERIO DE TRANSPORTE es autoridad de
aplicación y/o tiene participación accionaria.
5. Supervisar la rendición financiera de los subsidios y compensaciones
de costos erogados a empresas y operadores del transporte automotor.
6. Proponer mecanismos que coadyuven a un eficiente control de la gestión económica del sistema de transporte.
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE TRANSPORTE
DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE FONDOS FIDUCIARIOS
DIRECCIÓN DE SUBSIDIOS AL TRANSPORTE
ACCIONES:
1. Participar en reuniones técnicas y de consulta para el tratamiento
de temas vinculados a la elaboración y ejecución de las políticas,
planes y programas financiados a través de fondos fiduciarios.
2. Opinar en las actuaciones vinculadas con la asignación de las compensaciones tarifarias al transporte público por automotor.
3. Estudiar la normativa vigente en materia de compensaciones
tarifarias, elevar propuestas de actualización y de acciones dirigidas
al mejoramiento del sistema de compensaciones tarifarias.
4. Asistir en la confección de los actos mediante los cuales se
promuevan compensaciones tarifarias y pagos que se financien con fondos
fiduciarios, destinados al transporte público por automotor y
ferrocarril de pasajeros y cargas.
5. Efectuar controles de los actos vinculados con la gestión
administrativa, contable, económica y financiera de las compensaciones,
erogaciones y/o autorizaciones de pago dispuestas en cumplimiento de
proyectos, obras, programas, planes y acciones financiadas a través de
fondos fiduciarios.
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE TRANSPORTE
DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE FONDOS FIDUCIARIOS
DIRECCIÓN DE FONDOS FIDUCIARIOS
ACCIONES:
1. Realizar el cálculo de recursos que conforman el fideicomiso
destinado a las compensaciones tarifarias al transporte público y al
régimen de gasoil a precio diferencial.
2. Analizar el comportamiento dinámico de los fondos fiduciarios.
3. Participar en la programación financiera de los servicios de transporte que sean solventados con fondos fiduciarios.
4. Opinar en las actuaciones vinculadas con el cálculo de las
compensaciones tarifarias al transporte público por automotor, y del
régimen de gasoil a precio diferencial al transporte de pasajeros.
5. Asistir al Director Nacional de Gestión de Fondos Fiduciarios en la
coordinación de las acciones tendientes a que las empresas de
transporte tengan un funcionamiento eficiente y eficaz.
SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN NORMATIVA DE TRANSPORTE
DIRECCIÓN DE POLÍTICAS REGULATORIAS DE TRANSPORTE
ACCIONES:
1. Proponer los criterios para definir los aspectos legales de la
gestión del transporte, los marcos regulatorios de las distintas
modalidades y los aspectos jurídicos básicos que determinen la
asignación de derechos y obligaciones de quienes lleven adelante la
prestación de los mismos.
2. Elaborar los anteproyectos y proyectos de actos administrativos,
necesarios para establecer el diseño legal aplicable al sistema de
transporte.
3. Confeccionar los informes técnicos-jurídicos que demande la
SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE, en el ámbito de su competencia.
4. Colaborar en la creación de las agencias metropolitanas de transporte y asesorarlas en el diseño de su régimen jurídico.
5. Desarrollar acciones de manera coordinada con los organismos con
competencia específica, para el diseño del régimen jurídico de las
aguas de los ríos interprovinciales y sus afluentes (en el uso de vías
e infraestructura pública).
6. Colaborar con la DIRECCIÓN DE ASUNTOS CONTRACTUALES Y FINANZAS de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN NORMATIVA DE TRANSPORTE en la
elaboración de pliegos de bases y condiciones de procesos para la
contratación de bienes y servicios.
SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN NORMATIVA DE TRANSPORTE
DIRECCIÓN DE ASUNTOS CONTRACTUALES Y FINANZAS
ACCIONES:
1. Asistir a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN NORMATIVA DE
TRANSPORTE en la elaboración de la propuesta de diseño de la política
presupuestaria y en la confección del anteproyecto de presupuesto de la
SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE.
2. Elaborar los pliegos de bases y condiciones de procesos para la
contratación de bienes y servicios de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE
TRANSPORTE para el cumplimiento de sus objetivos.
3. Refrendar toda actuación con contenido presupuestario-financiero que
se realice en cumplimiento de proyectos, obras, programas, planes y
acciones de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE TRANSPORTE.
4. Elaborar los informes técnicos que demande la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE.
5. Constituir el enlace técnico con la DIRECCIÓN DE GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
ADMINISTRATIVA.
SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN NORMATIVA DE TRANSPORTE
DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN TÉCNICA DE TRANSPORTE
ACCIONES:
1. Elaborar acciones coordinadas de apoyo a la gestión administrativa.
2. Diseñar y coordinar la implementación de registros y la
sistematización de los datos referidos a la gestión de las distintas
dependencias de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE.
3. Establecer criterios para el aprovechamiento racional de los
recursos de las distintas dependencias de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE
TRANSPORTE.
4. Elaborar las respuestas a consultas e informes técnicos que demande la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE.
5. Elaborar los informes necesarios para evacuar los requerimientos
judiciales y/o administrativos que ingresen a la SECRETARÍA DE GESTIÓN
DE TRANSPORTE.
6. Elaborar los informes necesarios y recopilar la información
pertinente para proveer a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN NORMATIVA
DE TRANSPORTE de los elementos adecuados para su elevación a la
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, en lo atinente a la
representación judicial del ESTADO NACIONAL.
7. Constituir el enlace técnico con la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA.
IF-2016-01549633-APN-MTR
Planilla Anexa al artículo 2°
(Planillas Anexas sustituidas por art. 3° de la Resolución N° 424/2016 del Ministerio de Transporte B.O. 9/11/2016).
MINISTERIO DE TRANSPORTE
INCORPORACIONES
Unidad organizativa |
Nivel |
SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE |
|
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN NORMATIVA DE TRANSPORTE |
|
DIRECCIÓN DE POLÍTICAS REGULATORIAS DE TRANSPORTE |
III |
DIRECCIÓN DE ASUNTOS CONTRACTUALES Y FINANZAS |
III |
DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN TÉCNICA DE TRANSPORTE |
III |
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO |
|
DIRECCIÓN NACIONAL TÉCNICA DE TRANSPORTE FERROVIARIO |
|
DIRECCIÓN DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS DE TRANSPORTE FERROVIARIO |
III |
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR |
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DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS |
|
DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE PERMISOS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS |
III |
DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN DE POLÍTICAS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS |
III |
DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS |
|
DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE PERMISOS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS |
III |
DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN DE POLÍTICAS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS |
III |
HOMOLOGACIONES Y REASIGNACIONES
Unidad organizativa |
Nivel |
SECRETARÍA DE GESTIÓN DEL TRANSPORTE |
|
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE TRANSPORTE |
|
DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN ECONÓMICA |
|
DIRECCIÓN DE ANÁLISIS Y SEGUIMIENTO PRESUPUESTARIO DE TRANSPORTE (Nivel Anterior: II) |
III |
DIRECCIÓN DE GESTIÓN ECONÓMICA DE TRANSPORTE (Nivel Anterior: II) |
III |
DIRECCIÓN DE SUPERVISIÓN Y CONTROL FINANCIERO DE TRANSPORTE (Nivel Anterior: II) |
III |
DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE FONDOS FIDUCIARIOS |
|
DIRECCIÓN DE SUBSIDIOS AL TRANSPORTE (Nivel Anterior: II) |
III |
DIRECCIÓN DE FONDOS FIDUCIARIOS (Nivel Anterior: II) |
III |
SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES |
|
DIRECCIÓN NACIONAL DE PUERTOS |
|
DIRECCIÓN DE CONTROL DE LA OPERATORIA PORTUARIA
(Ex Dirección de Infraestructura Portuaria – Nivel Anterior: II) |
III |
DIRECCIÓN DE PROYECTOS Y OBRAS PORTUARIAS
(Ex Dirección de Actividades Portuarias - Nivel Anterior: II) |
III |
DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL DE CONCESION DE OBRAS |
|
DIRECCIÓN DE SUPERVISIÓN TÉCNICA DE OBRAS |
III |
DIRECCIÓN DE CONTROL CONTABLE Y PATRIMONIAL DE OBRAS |
III |
DIRECCIÓN DE CONTROL LEGAL Y ADMINISTRATIVO |
III |
DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE FLUVIAL Y MARÍTIMO |
|
DIRECCIÓN DE ACTIVIDADES NAVIERAS |
III |
(DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN NAVIERA |
III |
(DIRECCIÓN NACIONAL DE VÍAS NAVEGABLES |
|
DIRECCIÓN DE LOGÍSTICA Y OPERACIONES |
III |
DIRECCIÓN DE ESTUDIOS Y PROGRAMACIÓN |
III |
DEROGACIONES
Unidad organizativa |
Nivel |
SECRETARÍA DE GESTIÓN DEL TRANSPORTE |
|
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO |
|
DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE FERROVIARIO |
|
DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE FERROVIARIO |
III |
SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR |
|
DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR |
|
DIRECCIÓN DE PLANES, ESTUDIOS Y NORMATIVA |
III |
DIRECCIÓN DE TRANSPORTE DE PASAJEROS |
III |
DIRECCIÓN DE TRANSPORTE DE CARGAS |
III |
IF-2016-01549777-APN-MTR
e. 03/10/2016 N° 73305/16 v. 03/10/2016