MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS
SECRETARÍA DE HACIENDA
Resolución 211 - E/2016
Ciudad de Buenos Aires, 05/10/2016
VISTO el EX-2016-01926077-APN-DMEYN#MH del Registro del MINISTERIO DE
HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, el Artículo 147 de la Ley N° 11.683,
texto ordenado 1998 y sus modificaciones y la Resolución N° 209-E de
fecha 4 de octubre de 2016 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO
DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 147 de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y
sus modificaciones se dispuso que los Vocales del TRIBUNAL FISCAL DE LA
NACIÓN, organismo descentralizado en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE
INGRESOS PÚBLICOS de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE
HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, sean designados por el PODER EJECUTIVO
NACIONAL, previo concurso de antecedentes que acrediten competencia en
cuestiones impositivas o aduaneras, según el caso.
Que por la Resolución N° 209-E de fecha 4 de octubre de 2016 de la
SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENCIA Y FINANZAS PÚBLICAS
se aprobó el Reglamento para la provisión de cargos de Vocales del
TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN, con competencia impositiva o aduanera, de
conformidad con lo previsto en el referido Artículo 147 de la Ley
11.683, texto ordenado 1998 y sus modificaciones, que luce como Anexo
(IF-2016-01735019-APN-SSIP#MH) de la citada resolución.
Que mediante el Artículo 9° y siguientes de dicho Reglamento se
determinó la conformación del Comité de Selección del concurso, sus
atribuciones y funcionamiento.
Que asimismo el referido Reglamento contiene la Grilla de Calificación
por medio de la cual serán considerados, mediante la asignación de los
puntajes allí establecidos, los antecedentes Profesionales y Académicos
que acrediten el desempeño de funciones públicas o labores
profesionales vinculadas con la materia de la vacante a cubrir, como
asimismo los contenidos o aspectos a ponderar en la etapa de entrevista
personal ante el Comité de Selección del concurso.
Que por la Nota N° 44 de fecha 27 de septiembre de 2016 de la
SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS de la SECRETARÍA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, se informa de la existencia
de CUATRO (4) cargos vacantes de Vocal con competencia impositiva con
título de Abogado; TRES (3) cargos vacantes de Vocal con competencia
impositiva con título de Contador Público Nacional y TRES (3) cargos
vacantes de Vocal con competencia aduanera con título de Abogado,
solicitando la cobertura de las mismas a los efectos de la correcta
conformación del Tribunal y sus Salas.
Que en atención a lo expuesto precedentemente corresponde disponer el
llamado a concurso destinado a cubrir los cargos de Vocales con
competencia impositiva y aduanera vacantes en el TRIBUNAL FISCAL DE LA
NACIÓN en el marco del Reglamento aprobado por la citada Resolución N°
209-E/2016 de esta SECRETARÍA DE HACIENDA.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención de su
competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el
Decreto N° 442 del 7 de marzo de 2016 y por la Resolución N° 209-E/16
de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
PÚBLICAS.
Por ello,
EL SECRETARIO DE HACIENDA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Dispónese la convocatoria para el llamado a Concurso de
Antecedentes para la cobertura de CUATRO (4) cargos de Vocal con título
de grado de Abogado con competencia en materia impositiva del TRIBUNAL
FISCAL DE LA NACIÓN, organismo descentralizado en el ámbito de la
SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS de la SECRETARÍA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, de acuerdo con lo previsto
en la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones.
ARTÍCULO 2° — Dispónese la convocatoria para el llamado a Concurso de
Antecedentes para la cobertura de TRES (3) cargos de Vocal con título
de grado de Contador Público Nacional con competencia en materia
impositiva del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN, organismo descentralizado
en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS de la SECRETARÍA
DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, de acuerdo
con lo previsto en la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus
modificaciones.
ARTÍCULO 3° — Dispónese la convocatoria para el llamado a Concurso de
Antecedentes para la cobertura de TRES (3) cargos de Vocal con título
de grado de Abogado con competencia en materia aduanera del TRIBUNAL
FISCAL DE LA NACIÓN, organismo descentralizado en el ámbito de la
SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS de la SECRETARÍA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, de acuerdo con lo previsto
en la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones.
ARTÍCULO 4° — Determínase que de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo
4°, inciso a), apartado (i) del Reglamento para la provisión de cargos
de Vocales del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION, Anexo
(IF-2016-01735019-APN-SSIP#MH) de la Resolución N° 209-E de fecha 4 de
octubre de 2016 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA
Y FINANZAS PÚBLICAS la pre-inscripción electrónica comenzará el día 7
de noviembre de 2016 y se extenderá por el término de DIEZ (10) días
hábiles administrativos. Dicha inscripción se realizará en el
aplicativo disponible en el dominio www.mecon.gov.ar/concursos/TFN. Las
disposiciones del presente artículo serán de aplicación común para los
concursos convocados por los Artículos 1°, 2° y 3° de esta Resolución.
ARTÍCULO 5° — Establécese que de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo
4°, inciso a), apartado (ii) del Reglamento para la provisión de cargos
de Vocales del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN, Anexo
(IF-2016-01735019-APN-SSIP#MH) de la Resolución N° 209-E/16 de la
SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS
la fecha de inicio de la inscripción en forma documental será el día 29
de noviembre de 2016 por el término de DIEZ (10) días hábiles
administrativos. Las presentaciones deberán efectuarse en Hipólito
Yrigoyen N° 250, Oficina 627 de lunes a viernes en el horario de 09.00
a 17.00 horas. Solamente podrán efectuar la presentación documental
prevista en el presente artículo aquellos postulantes que hayan
cumplimentado lo dispuesto en el Artículo 4° de la presente resolución
en lo que respecta a la pre-inscripción electrónica. Las disposiciones
del presente artículo serán de aplicación común para los concursos
convocados por los Artículos 1°, 2° y 3° de la presente medida.
ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — GUSTAVO ANGEL MARCONATO, Secretario,
Secretaría de Hacienda, Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas.
e. 06/10/2016 N° 74970/16 v. 06/10/2016