INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA
Resolución 296 - E/2016
Buenos Aires, 19/08/2016
VISTO el Expediente 14323/15 de la Subsecretaría de Coordinación
Administrativa del Ministerio de Educación, el artículo 38 de la Ley de
Educación Nacional N° 26.206, los artículos 22, 32, 33, 36, 38, 39, 42
inciso d), 43 incisos a), b) y e), 45 de la Ley de Educación Técnico
Profesional N° 26.058, la Resolución CFCyE N° 261/06, las Resoluciones
CFE N° 13/07, N° 229/14, N° 15/07 (Anexo XV) y las Resoluciones N°
1497-ME-2015 y N° 3342-ME-2015 del Ministerio de Educación de la
Provincia de San Juan.
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Educación Nacional N° 26.206 establece que la Educación
Técnico Profesional se rige por las disposiciones de la Ley N° 26.058.
Que la Ley de Educación Técnico Profesional establece que el MINISTERIO
DE EDUCACIÓN, a través del INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA
y con participación jurisdiccional, garantizará el proceso de
homologación para los diferentes títulos y/o certificaciones
profesionales.
Que el MINISTERIO DE EDUCACIÓN en acuerdo con el CONSEJO FEDERAL DE
EDUCACIÓN, ha establecido las políticas, los criterios y parámetros
para la homologación de los títulos de Educación Técnico Profesional.
Que el proceso de homologación, como instrumento para la mejora
continua de la Educación Técnico Profesional, tiene como propósitos:
dar unidad nacional y organicidad a la misma, respetando la diversidad
federal de las propuestas formativas; garantizar el derecho de los
alumnos y egresados a que sus estudios sean reconocidos en cualquier
jurisdicción; promover la calidad, pertinencia y actualización
permanente de las ofertas formativas de Educación Técnico Profesional;
y facilitar el reconocimiento de los estudios de los egresados por los
respectivos Colegios, Consejos Profesionales y organismos de control
del ejercicio profesional.
Que el INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA en virtud de las
atribuciones que le otorga la Ley de Educación Técnico Profesional
administra el Proceso de Homologación de Títulos y Certificados de
Educación Técnico Profesional.
Que el MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN ha
solicitado la homologación en el orden nacional del Título de “Técnico
en Minería”, para lo cual ha presentado en forma la documentación de
los planes de estudio de la jurisdicción.
Que en consecuencia el INET a través de la coordinación de Educación
Secundaria Técnica ha elaborado el correspondiente dictamen técnico en
el que consta la evaluación favorable del contenido de la documentación
presentada dada la concordancia de los títulos y sus correspondientes
planes de estudio con el Marco de Referencia para los procesos de
homologación, aprobado por Res. CFE N° 15/07 (Anexo XV).
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Homologar al título de referencia “Técnico Minero” del
Marco de Referencia Res. CFE N° 15/07 (Anexo XV) el Título “Técnico en
Minería” aprobado por las Resoluciones N° 1497-ME-2015 y N°
3342-ME-2015 del Ministerio de Educación de la Provincia de San Juan.
ARTÍCULO 2° — Enviar las actuaciones realizadas a la Dirección de
Validez Nacional de Títulos y Estudios del Ministerio de Educación y
Deportes en virtud del ARTÍCULO 1° de la presente que habilita el
trámite de validez nacional de los títulos según Res. CFE N° 261/06.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — GABRIEL SANCHEZ ZINNY,
Director Ejecutivo, Instituto Nacional de Educación Tecnológica.
e. 06/10/2016 N° 74135/16 v. 06/10/2016