MINISTERIO DE TRANSPORTE
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
Disposición 33 - E/2016
Buenos Aires, 30/09/2016
VISTO el Expediente CUDAP N°: S02:0020989/2016 del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la contratación de un
servicio de limpieza integral para las distintas dependencias del
MINISTERIO DE TRANSPORTE, por el término de DOCE (12) meses, con opción
a prórroga por hasta DOCE (12) meses más a favor del citado Ministerio,
a solicitud de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS.
Que se encuentra agregada la reserva presupuestaria correspondiente
mediante la Solicitud de Gastos N° 40 por un monto de PESOS VEINTIDOS
MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA MIL ($ 22.890.000.-)
Que dicha contratación corresponde se encuadre en la figura de
Licitación Pública contemplada en el Artículo 25, inciso a), apartado 1
del Decreto N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001, reglamentado
mediante los Artículos 15 y 34, inciso c) del “Reglamento del Régimen
de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por el
Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de 2012 y sus modificatorios.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la
intervención que le compete.
Que por lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas por
el Decreto N° 8/2016 y el Artículo 14 del “Reglamento del Régimen de
Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por el citado
Decreto N° 893/2012 y sus modificatorios, corresponde actuar en
consecuencia.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Autorízase el llamado a Licitación Pública relativa a la
contratación de un servicio de limpieza integral para las distintas
dependencias del MINISTERIO DE TRANSPORTE, por el término de DOCE (12)
meses, con opción a prórroga por hasta DOCE (12) meses más a favor del
citado Ministerio, a solicitud de la DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS.
ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares
que como Anexo (PLIEG-2016-01828275-APN-SSCA#MTR), forma parte
integrante a la presente medida.
ARTÍCULO 3° — Encomiéndase a la DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN DE BIENES Y
SERVICIOS de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE
TRANSPORTE, a determinar la fecha, hora y lugar de las presentaciones y
apertura de las ofertas, así como todos los trámites necesarios para
llevar a cabo el procedimiento licitatorio.
ARTÍCULO 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida se imputará a las Partidas Presupuestarias 1-0-0-1-0-2-335-11-1
y 91-0-0-1-0-2-335-11-1 correspondientes al Ejercicio Financiero 2017,
Servicio Administrativo Financiero 327 - Jurisdicción 57 - MINISTERIO
DE TRANSPORTE y según surja de su adjudicación definitiva.
ARTÍCULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — JUAN MANUEL GALLO,
Subsecretario, Subsecretaría de Coordinación Administrativa.
ANEXO
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
ARTÍCULO 1°. OBTENCIÓN DEL PLIEGO:
A los efectos de la obtención del Pliego vía internet, se deberá
ingresar en la página de la Oficina Nacional de Contrataciones
(www.argentinacompra.gov.ar), al link “Contrataciones Vigentes”. La
obtención del Pliego por dicha vía no tendrá costo.
Asimismo, podrá retirarse en la Dirección de Contratación de Bienes y
Servicios del Ministerio sita en Hipólito Yrigoyen N° 250, piso 12,
oficina 1240, CABA., de lunes a viernes en el horario de 11 a 17.00
horas.
ARTÍCULO 2°. CÓMPUTO DE PLAZOS:
Todos los plazos en el presente pliego se computarán en días hábiles
administrativos, salvo que se disponga expresamente lo contrario.
ARTÍCULO 3°. NOTIFICACIONES:
Todas las notificaciones entre la jurisdicción o entidad contratante y
los interesados, oferentes, adjudicatarios o cocontratantes se
efectuaran a la dirección de correo electrónico denunciada por el
oferente en el Anexo I. Asimismo, se informa que de habilitarse el
“Procedimiento excepcional de difusión” se utilizará como medio de
notificación cualquiera de los otros establecidos en el art. 56 del
Reglamento aprobado por Decreto N° 893/12, conforme la Disposición N°
64/2014 de la Oficina Nacional de Contrataciones, modificada por la
Disposición ONC N° 79/2014.
ARTÍCULO 4°. CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO ESPECIAL:
A todos los efectos legales de la presente contratación, el oferente
deberá constituir domicilio especial (Anexo VIII), según lo establecido
en el artículo 70, inciso f), del Reglamento aprobado por el Decreto N°
893/12.
ARTÍCULO 5°. CONSULTAS AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES:
5.1. Las consultas al Pliego de Bases y Condiciones Particulares
deberán efectuarse únicamente por escrito ante la DIRECCIÓN DE
CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS - Hipólito Yrigoyen N° 250 - Piso
12°- Oficina 1240 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes
en el horario de 9.00 a 16.00 horas.
5.2. No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquellas que se presenten fuera de término.
5.3. Deberán ser efectuadas hasta el día y hora estipulado en el
cronograma de fechas obrante en la caratula del presente Pliego de
Bases y Condiciones Particulares.
5.4. Si la DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS considera
que la consulta es pertinente y contribuye a una mejor comprensión e
interpretación del Pliego en cuestión, se elaborará una circular
aclaratoria y comunicará en forma fehaciente, con CUARENTA Y OCHO (48)
horas como mínimo de anticipación a la fecha fijada para la
presentación de ofertas, a todas las personas que hubiesen retirado,
comprado o descargado el pliego y al que hubiere efectuado la consulta
si la circular se emitiera como consecuencia de ello e incluirlas como
parte integrante del Pliego y difundirlas en el sitio de Internet de la
OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.
5.5. La DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS podrá de oficio
realizar las aclaraciones que sean pertinentes, debiendo comunicarlas,
siguiendo el procedimiento mencionado precedentemente e incluirlas en
el Pliego correspondiente.
5.6. En cuanto a las modificaciones del Pliego de Bases y Condiciones
Particulares, del mismo modo que las aclaraciones, podrán derivar de
consultas de los interesados o efectuarse de oficio por el Organismo
contratante, fijándose como límite para su procedencia que no se altere
el objeto de la licitación.
5.7. Cuando por la índole de la consulta practicada por un interesado
resulte necesario pedir informes o realizar verificaciones técnicas que
demanden un plazo superior a CUARENTA Y OCHO (48) horas contadas desde
que se presentase la solicitud, la DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN DE BIENES
Y SERVICIOS podrá posponer de oficio la fecha de apertura. El cambio de
fecha de la apertura de ofertas o la de presentación de las ofertas
podrán ser emitidas por el titular de la unidad operativa de
contrataciones y deberán ser difundidas, publicadas y comunicadas por
los mismos medios en que hubiera sido difundido, publicado y comunicado
el llamado original con VEINTICUATRO (24) horas como mínimo de
anticipación a la fecha originaria fijada para la presentación de las
ofertas. Asimismo deberán ser comunicadas, a todas las personas que
hubiesen retirado, comprado o descargado el pliego de la página de
Argentina Compra suministrando obligatoriamente su nombre o razón
social, domicilio, fax y dirección de correo electrónico en los que
serán válidas las comunicaciones que deban cursarse hasta el día de
apertura de las ofertas, como así también, al que hubiere efectuado la
consulta si la circular se emitiera como consecuencia de ello, con el
mismo plazo mínimo de antelación. También deberán incluirse como parte
integrante del Pliego y difundirse en el sitio de Internet de la
OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.
5.8. La presentación de la oferta implica que los oferentes han
estudiado las especificaciones del Pliego y han obtenido informes del
trabajo o cualquier otro dato que pudiera incidir en la determinación
de los costos de la provisión objeto del presente llamado.
ARTÍCULO 6°. REQUISITOS Y PRESENTACIÓN DE LA OFERTA: Deberán ser redactadas en idioma nacional.
6.1. El original deberá estar firmado, en todas y cada una de sus hojas, por el oferente o su representante legal.
6.2. Acompañar con UNA (1) copia de la oferta provista en CD debidamente identificado.
6.3. Las testaduras, enmiendas, raspaduras o interlíneas, si las
hubiere, deberán estar debidamente salvadas por el firmante de la
oferta.
6.4. Los sobres, cajas o paquetes que las contengan se deberán
presentar perfectamente cerrados consignando en su cubierta la
identificación del procedimiento de selección precisándose el lugar,
día y hora límite para la presentación de las ofertas y el lugar, día y
hora del acto de apertura.
ARTÍCULO 7°. VISITAS
Los oferentes deberán realizar visitas a los lugares donde se prestará
el servicio. Para ello, deberán previamente coordinar dicha visita con
la Dirección de Organización y Racionalización de Espacios Físicos, al
teléfono (011) 4335-1287/1286, de lunes a viernes de 10 a 18 hs.
A su vez, deberán presentar con su oferta el certificado extendido
conformado por la Dirección de Organización y Racionalización de
Espacios Físicos que acredita su presencia y conocimiento de los
lugares donde se prestará el servicio, que como Anexo XI forma parte
del presente Pliego.
El Ministerio facilitará todas las visitas e inspecciones que le sean
solicitadas por los oferentes, de modo tal que la Adjudicataria no
podrá alegar posteriormente ignorancia y/o desconocimiento de las
condiciones en que deba prestarse el servicio.
ARTÍCULO 8°. EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
8.1. La presentación de la oferta significará de parte del oferente el
pleno conocimiento y aceptación de las normas y cláusulas que rigen
este procedimiento de selección. No será necesario acompañar este
pliego firmado junto con la oferta.
8.2. La presentación de la oferta implica que los oferentes han
estudiado las especificaciones del Pliego y han obtenido informes del
trabajo o cualquier otro dato que pudiera incidir en la determinación
de los costos de la provisión objeto del presente llamado.
8.3. Implicará además la evaluación de todas las circunstancias, la
previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las
bases y condiciones estipuladas, sin que pueda alegar en adelante el
oferente su desconocimiento.
8.4. INMODIFICABILIDAD DE LA OFERTA
8.4.1. La posibilidad de modificar la oferta precluirá con el
vencimiento del plazo para presentarla, sin que sea admisible
alteración alguna en la esencia de las propuestas después de esa
circunstancia.
8.4.2. Si en forma previa al vencimiento del plazo para presentar
ofertas, un oferente quisiera corregir, completar o reemplazar una
oferta ya presentada, se considerará como válida la última oferta
presentada en término.
ARTÍCULO 9°. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
9.1. Las ofertas se admitirán desde la fecha de la convocatoria durante
los días hábiles, en el horario y hasta el día indicados en la carátula
de este Pliego.
9.2. Las ofertas presentadas fuera del término fijado para su
recepción, serán rechazadas sin más trámite, aún cuando el acto de
apertura no se hubiera iniciado.
9.3. Las ofertas que se reciban por correo postal se considerarán
presentadas en el momento de su recepción por parte de la DIRECCIÓN DE
CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS - Hipólito Yrigoyen N° 250 - Piso
12° - Oficina 1240 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
9.4. El oferente que presente una propuesta por correo postal deberá
identificar en el sobre, caja o paquete que la contenga: el tipo y
número de procedimiento de selección a que corresponda, precisando el
lugar, día y hora límite para la presentación de las ofertas y el
lugar, día y hora de apertura.
9.5. Si la oferta no estuviera así identificada y aún presentada en
término no estuviere disponible para ser abierta en el momento de
celebrarse el acto de apertura, se considerará como presentada fuera de
término y será devuelta al presentante.
ARTÍCULO 10. DOCUMENTACIÓN PARTICULAR
Las ofertas deberán contener:
Todas las características técnicas solicitadas en el presente pliego
deberán estar avaladas por documentación técnica del fabricante en caso
de corresponder.
10.1. Para esto el oferente deberá indicar para cada característica
solicitada, en qué lugar de la oferta (número de página) se encuentra
la documentación técnica de respaldo que demuestra el cumplimiento de
lo solicitado.
10.2. Toda la documentación técnica respaldatoria deberá ser adjuntada
a la oferta. No se admitirán referencias a páginas web u otras fuentes
de información que no figuren explícitamente en la oferta.
10.3. Toda otra documentación técnica que complemente la descripción de los productos y servicios ofertados.
10.4. Acreditar Antigüedad empresarial cómo mínimo CUATRO (4) años en el rubro.
10.5. Antecedentes Comerciales: deberá presentar una carpeta de
referencias mediante la que se acredite la prestación de servicios en
el rubro limpieza, en empresas u otros organismos. Dentro de la misma
deberá incluirse: denominación del servicio, duración y periodo de
ejecución de los trabajos, cantidad de personal afectado, monto
contratado, empresa u organismo contratante, contacto dirección y
teléfono. Asimismo deberá presentarse documentación respaldatoria que
acredite los antecedentes informados.
10.6. Certificados emitidos por otras empresas u organismos
contratantes en los cuales consta la evaluación de la prestación
brindada.
10.7. El oferente deberá reflejar su situación financiera con sus
correspondientes índices de liquidez, demostrando la factibilidad de
pago de los sueldos y las cargas sociales correspondientes.
10.8. Dicha documentación deberá encontrarse firmada por el
representante legal y certificada por Contador Público, cuya firma
deberá encontrarse certificada por el Consejo Profesional de Ciencias
Económicas.
10.9. Se ponderará a aquellos oferentes que posean y acrediten un
Sistema de Gestión Ambiental que actué bajo la Norma ISO 14001 aplicado
a las actividades objeto de la presente licitación (Conf. Comunicación
General ONC N° 30 de fecha 11 de agosto de 2015).
10.10. Se ponderará a aquellos oferentes que posean y acrediten un
Sistema de Gestión de Salud y Seguridad Ocupacional que actué bajo la
Norma O.H.S.A.S. 18001 aplicado a las actividades objeto de la presente
licitación.
ARTÍCULO 11. OFERTA ECONÓMICA:
11.1. La oferta económica expresada a través de precios unitarios y
ciertos en números, correctamente volcados en el Formulario Oficial de
la Oferta que como Anexo I planilla de cotización forma parte del
presente Pliego, ponderadas según los factores de cálculo que para
dicho anexo se establecen. Las ofertas que no se ajusten estrictamente
al principio de cotización precedentemente establecido, podrán no ser
consideradas.
11.2. Si el total consignado para el renglón no respondiera al precio unitario, se tomará este último como precio cotizado.
11.3. El precio cotizado será el precio final que deba pagar el
organismo contratante por todo concepto conforme el artículo 70 del
Reglamento aprobado por el Decreto N° 893.
11.4. El MINISTERIO no reconocerá ningún adicional o gasto por
cualquier concepto que no esté taxativamente especificado en las
ofertas.
11.5. Los precios cotizados serán considerados a todos los efectos
fijos e inamovibles, por aplicación del Artículo 10 de la Ley N° 23.928
conforme las modificaciones establecidas en el Artículo 4° de la Ley N°
25.561, resultando inadmisible cualquier sistema de variación de costos
y/o repotenciación de precios.
11.6. Moneda de Cotización: Las ofertas deberán cotizarse en PESOS,
incluyendo el I.V.A. sin discriminar. No se podrá estipular el pago en
moneda distinta de la establecida. Las cotizaciones en Moneda Nacional
no podrán referirse en ningún caso, a la eventual fluctuación de su
valor. (Conforme el Artículo 73 del Anexo del Decreto N° 893 de fecha 7
de junio de 2012).
11.7. PRECIO VIL O PRECIO NO SERIO: La Comisión Evaluadora o la unidad
operativa de contrataciones podrá solicitar informes técnicos, cuando
presuma fundadamente que la oferta no podrá ser cumplida en la forma
debida por tratarse de precios excesivamente bajos de acuerdo con los
criterios objetivos que surjan de los precios de mercado y de la
evaluación de la capacidad del oferente.
Cuando de los informes técnicos surja que la oferta no podrá ser
cumplida, corresponderá la desestimación de la oferta en los renglones
pertinentes.
A tales fines se podrá solicitar a los oferentes precisiones sobre la
composición de su oferta que no impliquen la alteración de la misma.
11.8. ESTRUCTURA DE COSTOS
Se deberá acompañar junto con la oferta la estructura de costos del
servicio indicando la incidencia porcentual de cada uno de los rubros
que la componen de conformidad con lo que se establece en los ANEXOS
XIII y XIV.
ARTÍCULO 12. DOCUMENTACIÓN:
12.1. La DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS podrá requerir
la presentación de la documentación que estime necesaria en mérito a
los datos del Anexo II, debiendo el oferente presentarla en el plazo
que se le indique, quedando a exclusivo criterio del Ministerio la
desestimación de la oferta cuando dichas omisiones afectaren partes
esenciales de la oferta.
Los oferentes deberán contemplar la posibilidad de brindar a solicitud
del Ministerio y durante el período de evaluación de las ofertas,
respuestas a todo tipo de aclaraciones, incluyendo la provisión de
documentación adicional, detalles de ciertos antecedentes, etc., sin
que ello represente costo adicional alguno o causal de reclamo. A
través de dichos datos evaluará la capacidad para proveer los elementos
y/o prestar el servicio objeto de la presente licitación.
12.2. Toda oferta deberá contener la declaración jurada adjunta al
presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares como Anexo III, de
cumplimiento de la legislación laboral vigente.
12.3. Toda oferta nacional deberá ser acompañada por una declaración
jurada (Anexo V) mediante la cual se acredite el cumplimiento de las
condiciones requeridas para ser considerada como tal, de acuerdo a la
normativa vigente sobre la materia (Artículo 70, inciso g, punto 3 del
Anexo del Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de 2012), Ley 25.551 y
Decreto Reglamentario 1600/02.
12.4. Toda oferta deberá ser acompañada por una declaración jurada
mediante la cual se informe, a los fines estadísticos y para el
correcto análisis y valoración del desarrollo de los complejos
industriales nacionales, la provisión y/o uso de bienes y/o materiales
importados, así como el resultado de su balanza comercial en el último
ejercicio y la proyectada para el ejercicio corriente (Artículo 70,
inciso g, punto 4 del Anexo del Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de
2012) correctamente volcada en el formulario que como Anexo VI forma
parte del presente Pliego.
12.5. Toda oferta deberá contener la declaración jurada adjunta al
presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares como Anexo VII, de
cumplimiento de los criterios de sustentabilidad que garanticen el
mejor impacto al ambiente, mejores condiciones éticas y económicas, así
como el cumplimiento de la legislación laboral vigente, en especial lo
que se relaciona con condiciones dignas y equitativas de trabajo y
ausencia de trabajo infantil (Título VI del Anexo del Decreto N° 893 de
fecha 7 de junio de 2012).
Los oferentes que cumplan con los criterios de sustentabilidad podrán
presentar oferta por parte del renglón, que no podrá ser inferior al
VEINTE POR CIENTO (20%) del mismo, en los términos del punto 19 del
Artículo 21 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, aprobado
por la Disposición N° 58 de fecha 12 de agosto de 2014 de la Oficina
Nacional de Contrataciones dependiente de la entonces SUBSECRETARÍA DE
TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
12.6. Deberá entenderse que los requerimientos técnicos y formales de
este Pliego son considerados mínimos y se deberán explicar todas
aquellas ventajas y/o facilidades que mejoren las especificaciones
solicitadas. Estas características deberán constar en la oferta. El
Ministerio se reserva el derecho a exigir oportunamente a las firmas
oferentes o adjudicataria, la documentación que respalde las citadas
características.
12.7. La DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS podrá requerir
copia del balance correspondiente al último ejercicio cerrado inmediato
anterior a la fecha de presentación de ofertas, certificados por
Contador Público y legalizados por el Consejo Profesional respectivo.
Cuando la fecha de cierre del último balance distara en más de CUATRO
(4) meses de la fecha de apertura de la presente licitación, la
DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS podrá solicitar la
presentación de un Estado de Situación Patrimonial bajo iguales
requisitos formales, y con una antigüedad de hasta TREINTA (30) días
respecto de la fecha de presentación de ofertas antes mencionada.
12.8. DECLARACIÓN JURADA PREVISIONAL: Los oferentes que efectúen
ofertas cuyos importes sean inferiores a PESOS CINCUENTA MIL ($
50.000), deberán presentar una declaración jurada respecto de la no
existencia de deuda exigible en concepto de aportes, contribuciones y
toda otra obligación previsional (Anexo X). Asimismo deberán adjuntar
la presente Declaración Jurada los oferentes que, sin perjuicio de
haber solicitado la renovación del Certificado Fiscal para Contratar,
de conformidad con lo establecido por la Resolución General N° 1.814 de
fecha 11 de enero de 2005 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS
PÚBLICOS, no cuenten con la vigencia del mismo.
12.9. Certificado Fiscal para Contratar vigente, expedido por la
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS entidad autárquica en el
ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, en los casos que
corresponda y con las formalidades legales pertinentes, de conformidad
con lo establecido en el Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de 2012 y
en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, aprobado por la
Disposición N° 58/2014 de la citada Oficina Nacional de Contrataciones.
12.10. La sola presentación de la oferta implicará la aceptación por
parte del oferente de todos y cada uno de los términos y cláusulas de
la documentación que rige el presente procedimiento de selección.
12.11. No será requisito para presentar ofertas, ni para la
admisibilidad de las mismas, ni para contratar, haber retirado o
comprado pliegos en el organismo contratante o haberlos descargado del
sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES. No obstante
quienes no los hubiesen retirado, comprado o descargado, no podrán
alegar el desconocimiento de las actuaciones que se hubieren producido
hasta el día de la apertura de las ofertas, quedando bajo su
responsabilidad llevar adelante las gestiones necesarias para tomar
conocimiento de aquéllas (Artículo 59 del Anexo del Decreto N° 893 de
fecha 7 de junio de 2012).
ARTÍCULO 13. INSCRIPCIÓN EN EL SIPRO (Sistema de Información de Proveedores):
13.1. Quienes presenten ofertas en los procedimientos de selección
llevados a cabo por las jurisdicciones y entidades comprendidas dentro
del ámbito de aplicación del Decreto Delegado N° 1023/01 y sus
modificatorios, deberán estar inscriptos en el SIPRO y cumplirán con lo
establecido en la Disposición N° 6/2012 de la entonces Subsecretaría de
Tecnologías de Gestión de la ex - Secretaría de Gabinete y Coordinación
Administrativa dependiente de la Jefatura de Ministros.
13.2. Inscripción. Los interesados en participar en el presente
procedimiento de selección y a los efectos de obtener su inscripción,
deberán previamente realizar la preinscripción en el SIPRO
suministrando la información detallada en el artículo 234 del
Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/2012. Para ello, accederá al
sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC)
www.argentinacompra.gov.ar - Proveedores - Preinscripción de
Proveedores, y completar los formularios existentes dentro de la
persona física o jurídica a la que corresponda; una vez completos,
realizar una impresión de los mismos en papel y “a posteriori” colocar
firma y aclaración del representante, gerente o dueño de la empresa al
pie de cada uno. Luego ir hasta el Punto OCHO (8) e imprimir la
constancia de Preinscripción (Artículo 233 del Anexo del Decreto N° 893
de fecha 7 de junio de 2012).
Asimismo los oferentes no inscriptos en el Sistema de Información de
Proveedores, deberán acompañar la documentación respaldatoria de los
datos cargados en la preinscripción, según lo detallado en el Anexo I
del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, aprobado por la
Disposición N° 58/2014 de la citada Oficina Nacional de Contrataciones.
13.3. Oferentes inscriptos. En caso de encontrarse inscripto en el
Sistema de Información de Proveedores, deberán proporcionar a este
organismo la actualización de los datos que hubieren variado desde su
última presentación.
13.4. Vigencia de la inscripción. La inscripción en el SIPRO tendrá una
vigencia de un año. Se podrá renovar la vigencia de la inscripción
abonando la matrícula anual que fije la ONC y actualizando los datos
que correspondan. Los organismos contratantes no podrán adjudicar a
proveedores que no tuvieran vigente su inscripción en el SIPRO.
13.5. Actualización de datos: El proveedor inscripto en el SIPRO tendrá
la obligación de mantener actualizada la información. Al efecto, deberá
proceder de la misma forma que para realizar la preinscripción,
modificando únicamente los datos que hubieren variado. Los formularios
correspondientes y la documentación respaldatoria deberán ser
presentados junto con la oferta para su posterior aprobación por parte
del Ministerio de Transporte. La modificación del número de teléfono,
número de fax, de la dirección de correo electrónico o del domicilio
constituido podrá realizarla el interesado sin necesidad de la
intervención posterior de un organismo para su aprobación.
13.6. Documentación respaldatoria: En el caso en que la preinscripción
o bien en la actualización de los datos, se hubiera modificado
información correspondiente al balance de cierre de ejercicio, o bien
al estatuto de la sociedad y/o respecto de sus autoridades, como
documentación respaldatoria junto con la oferta económica se deberá
agregar copia del balance general de cierre de ejercicio, firmado por
Contador Público Nacional y certificado por el Consejo Profesional de
Ciencias Económicas, junto con la copia del estatuto societario y
última acta de designación de autoridades.
13.7. Si bien no es requisito indispensable estar inscripto como
proveedor del Estado al momento de la presentación de ofertas, los
organismos contratantes no podrán adjudicar a proveedores que no
tuvieren vigente su inscripción en el Sistema de Información de
Proveedores (SIPRO) (Conforme lo establecido en los Artículos 229 y 232
del Anexo del Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de 2012).
ARTÍCULO 14. OFERTA ALTERNATIVA:
Los oferentes podrán en alternativa presentar propuestas que
representen un mejor precio o una mayor calidad de la prestación que se
desea realizar, las que serán tenidas en cuenta en el momento de
seleccionar la propuesta más conveniente. A este efecto se considerarán
válidas las propuestas que dando cobertura a los requisitos básicos del
Pliego oferten además otras soluciones técnicas y/o económicas (por
ejemplo: marcas alternativas de equivalentes o superiores capacidades o
prestaciones que la sugerida; bonificaciones en los términos del
Artículo 71 del Anexo del Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de 2012),
las que no se considerarán modificaciones ni oferta variante respecto
de dicho Pliego, como tampoco en contradicción con el principio de
igualdad.
ARTÍCULO 15.- OFERTA VARIANTE:
Los oferentes podrán presentar una oferta variante al presentar la
propuesta, que modificando las Especificaciones Técnicas, ofrece una
solución con una mejora que no sería posible en caso de cumplimiento
estricto de las mismas.
Este organismo sólo podrá considerar la oferta variante del oferente
que tuviera la oferta base más conveniente (Artículo 72 del Anexo del
Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de 2012).
ARTÍCULO 16.- MANTENIMIENTO DE OFERTA:
Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA
(60) días corridos desde la fecha de apertura de ofertas, este plazo se
prorrogará automáticamente por períodos iguales al inicial y sucesivos,
salvo comunicación en contrario por parte del oferente. Dicha
comunicación deberá efectuarse con una antelación mínima de DIEZ (10)
días corridos al vencimiento del período respectivo.
DESISTIMIENTO DE OFERTAS: El desistimiento de la oferta antes del
vencimiento del plazo de validez establecido respecto de la misma
acarreará la pérdida de la garantía de oferta. En caso de desistimiento
parcial, esa garantía se perderá en forma proporcional.
El plazo de mantenimiento de oferta prorrogado en forma automática por
períodos consecutivos no podrá exceder de UN (1) año contado a partir
de la fecha del acto de apertura.
El oferente podrá manifestar en su oferta que no renueva el plazo de
mantenimiento de la misma al segundo período o que la mantiene por una
determinada cantidad de períodos, conforme lo estipulado en el Artículo
8° del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, aprobado por la
Disposición N° 58/2014 de la citada Oficina Nacional de Contrataciones.
ARTÍCULO 17.- APERTURA Y VISTA DE LAS OFERTAS:
17.1. APERTURA DE LAS OFERTAS
17.1.1. En el lugar, día y hora determinados para celebrar el acto se
procederá a abrir las ofertas, en acto público, en presencia de
funcionarios del Ministerio, y de todos aquellos que desearen
presenciarlo, quienes podrán verificar la existencia, número y
procedencia de los sobres, cajas o paquetes dispuestos para ser
abiertos.
17.1.2. Si el día señalado para la apertura de las ofertas deviniera
inhábil, el acto tendrá lugar el día hábil siguiente, en el mismo lugar
y a la misma hora, según lo establecido en el artículo 74 del
Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12.
17.1.3. El Acta que contenga los datos de las ofertas económicas, será
firmada por los funcionarios y por los oferentes presentes que desearan
hacerlo.
17.2. VISTA DE LAS OFERTAS
17.2.1. Los originales de las ofertas, serán rubricados por los
funcionarios que presidan el Acto de apertura, y se exhibirán a los
oferentes por el término de DOS (2) días, contados a partir del día
hábil siguiente al de la apertura. Los oferentes podrán solicitar
copias a su costa.
17.2.2. En el supuesto en que exista un único oferente, este organismo
podrá prescindir del cumplimiento del término indicado en artículo 76
del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/2012 y su modificatorio,
quedando facultado para proseguir con el trámite correspondiente de
acuerdo con el procedimiento elegido.
ARTÍCULO 18.- CRITERIO DE EVALUACIÓN DE OFERTAS:
18.1.- CRITERIO DE SELECCIÓN:
La adjudicación se efectuará a favor de la oferta más conveniente para
los intereses de éste Ministerio, teniendo en cuenta el precio, la
calidad, idoneidad y demás condiciones de la oferta.
En atención a la importancia del servicio que se licita y las
características de los edificios en los cuales deberá prestarse, se
efectuará la evaluación de los oferentes según el Anexo XVI “Matriz de
Evaluación de ofertas”. Dicha evaluación se efectuará a aquellos
oferentes que hayan cumplido los requisitos de admisibilidad de las
propuestas exigidas en el presente pliego, y los demás recaudos
previstos en la normativa aplicable a la materia.
18.1.1.- Capacidad de los oferentes - Documentación a presentar para su evaluación:
18.1.1.1.- Capacidad e idoneidad técnica:
Mediante la matriz de evaluación que como Anexo XVI forma parte
integrante del presente pliego, se ponderarán aspectos relevantes y
determinantes que permitan una adecuada valoración de la idoneidad de
los proponentes. En ese orden, y efectos de evaluar la capacidad e
idoneidad técnica, los oferentes deberán acreditar mediante la
documentación pertinente la información detallada a continuación:
a) Se valorará los oferentes que posean y acrediten un Sistema de
Gestión de Salud y Seguridad Ocupacional que actué bajo la Norma
O.H.S.A.S. 18001 aplicado a las actividades objeto de la presente
licitación.
b) Se valorará lo oferentes que posean y acrediten un Sistema de
Gestión Ambiental propio que actúen bajo Norma ISO 14001, aplicados a
las actividades objeto de la presente licitación.
c) Acreditar una antigüedad en el rubro y en la constitución de la
empresa no menor a CUATRO (4) años con la misma constitución
societaria, requisito sin el cual no será considerada la oferta.
d) Carpeta de referencias mediante la que se acredite la prestación de
servicios como los que se licitan en el presente llamado a
contratación, llevados a cabo en edificios de similares características
y superficies, que involucren una cantidad de operarios en edificios de
similar superficie a las que se tramitan presente pliego. Dentro de la
misma deberá incluirse: denominación del servicio, duración y período
de ejecución de los trabajos, empresa u organismo contratante, cantidad
de personal afectado, monto contratado, contacto, dirección y teléfono.
Deberá presentarse la documentación respaldatoria que acredite los
antecedentes informados.
f) Certificados emitidos por Organismo u empresa contratante en los cuáles conste la evaluación de la prestación.
g) Cantidad de empleados en relación de dependencia. Se considerará la
cantidad de personal declarado que surja de conciliar los datos de
certificado Libre deuda extendido por el Sindicato de Obreros de
Maestranza y la nómina de empleado emitida por la AFIP, que haya sido
presentado en la oferta con DIEZ (10) días hábiles anteriores a la
apertura.
Nota: SE TENDRÁN POR NO PRESENTADAS, LAS APORTACIONES DOCUMENTALES EN FOTOCOPIA SIN AUTENTICAR.
Dichos antecedentes podrán ser verificados por este Ministerio, si así lo considerara pertinente.
18.1.2. Capacidad económica - financiera:
La capacidad económica - financiera de los oferentes, será analizada
según los indicadores y términos indicados en la matriz del Anexo XVI.
A tales efectos, se tendrán en cuenta los balances de los DOS (2)
últimos ejercicios cerrados, firmados por el representante legal y
certificados por Contador Público. El oferente deberá reflejar la
situación financiera con sus correspondientes índices de liquidez,
demostrando la factibilidad de pago de los sueldos y las cargas
sociales correspondientes.
a) Se desestimarán con causa, las ofertas de aquellas firmas que
exhiban reiterados incumplimientos de sus obligaciones conforme los
datos obrantes en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO)
administrado por la Oficina Nacional de Contrataciones, en los términos
del artículo 16° del Decreto N° 1023/2001, y/u otros registros
similares que posean organismos públicos o instituciones privadas, de
similares características a aquel.
18.1.3. Factor económico - precio:
Se procederá a analizar la oferta económica según la matriz de
evaluación que como Anexo XVI forma parte integrante del presente
pliego.
18.1.6.- Puntaje Final:
Una vez analizados los tres factores, se aplicará a cada oferente la
fórmula matemática mencionada en la matriz (P(f)= (F(I) x 0,35) +
(F(II) x 0,15) + (F(III) x 0,50)). La empresa que obtenga el mayor
puntaje, será la que se propicie como adjudicataria del servicio que se
licita.
ARTÍCULO 19.- COMUNICACIÓN DE EVALUACIÓN:
El dictamen de evaluación se comunicará a todos los oferentes dentro de
los DOS (2) días de emitido, a la dirección de correo electrónico
denunciada por el oferente en el Anexo II.
IMPUGNACIONES AL DICTAMEN DE EVALUACIÓN
Las impugnaciones al Dictamen de Evaluación deberán presentarse dentro
de los CINCO (5) días de su comunicación. Quienes no revistan el
carácter de oferentes podrán impugnarlo dentro de los CINCO (5) días de
su difusión en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES.
ARTÍCULO 20.- FORMA DE ADJUDICACIÓN:
La adjudicación se realizará por renglones, según el criterio de
evaluación establecido, pudiendo los oferentes presentar la oferta por
renglones.
Sin perjuicio de lo mencionado anteriormente, el Ministerio se reserva
la facultad de adjudicar en forma global o por grupo de renglones a un
único oferente si esto resultara más conveniente para el organismo.
ARTÍCULO 21.- OBJETO SOCIAL DE LOS OFERENTES:
El objeto social de la firma oferente deberá contemplar la adquisición
o la prestación del servicio que se requiere. Para esto, acompañará en
su oferta copia del estatuto societario o la documentación necesaria
que acredite la atinencia con el objeto del procedimiento de selección
en caso que el oferente no posea estatuto o contrato social por
tratarse de una persona humana.
ARTÍCULO 22.- PODER DEL FIRMANTE:
A los efectos de corroborar el poder del firmante de la oferta, los
oferentes deberán acompañar en la misma una copia de la siguiente
documentación según corresponda:
- D.N.I.
- Última designación de cargos vigente al momento del acto de apertura.
- Poder especial para el caso que la oferta sea firmada por un apoderado.
ARTÍCULO 23.- ANTECEDENTES POR SANCIONES Y O PENALIDADES:
Las sanciones aplicadas en el ámbito del Régimen aprobado por el
Decreto N° 1023/01, reglamentado mediante el Decreto N° 893 de fecha 7
de junio de 2012, serán consideradas antecedente negativo en la
evaluación de las ofertas presentadas para este llamado, como así
también los incumplimientos registrados en las propias bases de los
organismos contratantes. Las sanciones aplicadas por la Oficina
Nacional de Contrataciones son difundidas en el sitio web
www.argentinacompra.gob.ar, en el menú “Proveedores”.
ARTÍCULO 24.- PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO - PRÓRROGA:
El servicio requerido se prestará por el plazo de DOCE (12) meses
contado a partir de la notificación de la Orden de Compra, con opción a
prórroga por igual período o fracción menor, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 124, inciso b, del Reglamento aprobado por el
Decreto N° 893/12.
ARTÍCULO 25. - LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO:
El servicio deberá prestarse en cada uno de los edificios que se describen en los renglones que componen el presente pliego.
ARTÍCULO 26.- CONFORMIDAD DE LA PRESTACION DEL SERVICIO:
La conformidad de la prestación del servicio se otorgará dentro del
plazo de DIEZ (10) días de vencido cada uno de los meses en los que se
realice dicha prestación, en el marco de lo establecido por el Artículo
N° 115 del Decreto N° 893/12.
ARTÍCULO 27.- OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA:
27.1. Es de exclusiva responsabilidad de la Adjudicataria, todo
accidente de trabajo que ocurra a su personal o a terceros vinculados
con la entrega de los materiales y/o prestación del servicio, como
asimismo, el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes de las
leyes laborales, quedando establecido que la misma debe contar con un
seguro a su cargo de acuerdo al siguiente detalle:
Accidentes de trabajo de acuerdo con la legislación aplicable y en la
forma más amplia permitida por las reglamentaciones y cualquier otro
seguro requerido por leyes de beneficios para empleados o cualquier
otra reglamentación aplicable donde el trabajo debe ser realizado.
27.2. Documentación a presentar:
- Al momento de la suscripción de la respectiva Orden de Compra, deberá
presentar la nómina del personal afectado al servicio detallando:
nombre completo, D.N.I., horario en el que prestará servicios y
edificio al que será asignado.
- En caso que el Ministerio lo requiera, se deberá presentar
Certificado de cobertura de la ART vigente, firmado en original por
responsable del servicio, con cláusula de no repetición de la ART, a
favor del Ministerio de Transporte, firmado en original por responsable
de la empresa. Para el caso de Monotributistas o Autónomos, deberá
presentarse seguro de accidentes personales con cobertura mínima de
hasta $500.000.-, vigentes con comprobantes de pago, firmado en
original por responsable del servicio o titular del seguro con las
actualizaciones pertinentes cada vez, sin la cual podrá no ser
habilitado el ingreso del personal al edificio en el cual preste el
servicio correspondiente.
Todos estos seguros serán por montos suficientes para proteger a la
adjudicataria de responsabilidad por lesiones, enfermedades o
incapacidades de cualquier clase, sean totales o parciales, permanentes
o temporales, de los empleados o dependientes, incluyendo reclamación o
indemnización que pudiera resultar en virtud de las reglamentaciones o
leyes en vigencia.
27.3. La adjudicataria deberá presentar mensualmente, en caso que se requiera, lo siguiente:
- Certificado de ART con fecha de emisión vigente.
- Copia del formulario N° 931.
- Nómina de empleados emitida por sistema S.I.A.P. de la AFIP.
- Copia de acuse de recibo (ticket de la AFIP) de dicha declaración jurada.
- Copia de ticket de pago (emitida por el banco) de la DDJJ de SUSS.
- En caso de ser necesario, copia de los recibos de sueldo del personal vinculado al servicio.
- Monotributistas: copia del comprobante de pago del régimen de
monotributo. El pago del monotributo debe corresponder al período de la
facturación.
- En caso de acogerse al Régimen de Asistencia Financiera tendrá que
presentar el formulario correspondiente, junto con la constancia de
pago a la Obra Social y a la ART.
ARTÍCULO 28.- PERSONAL DE LA ADJUDICATARIA:
El personal de la Adjudicataria deberá ser idóneo y estar provisto de
vestimenta adecuada y de los elementos necesarios que requiera su
actividad. La misma quedará obligada a ocupar el personal que necesite,
con arreglo a las disposiciones laborales vigentes.
La Adjudicataria sólo empleará personal competente y en suficiente
número como para que la ejecución del objeto contractual sea regular y
acorde al exacto cumplimiento del mismo.
El personal ocupado por la Adjudicataria no tiene ningún tipo o forma
de relación de dependencia con el Ministerio, siendo por cuenta de
aquélla todas las responsabilidades emergentes de la relación laboral
con el personal empleado en la ejecución del contrato. Si el Ministerio
fuese demandado por un empleado o subcontratista de la Adjudicataria,
en razón de su relación de empleo o subcontratación con aquél, el
Ministerio estará facultado para retener de la facturación a pagar a la
misma, las sumas necesarias para responder a dicho reclamo y sus
accesorias.
Queda bajo exclusiva responsabilidad de la firma adjudicataria todo
accidente de trabajo que ocurra a su personal o a terceros vinculados o
no con la prestación del servicio. Asimismo se destaca que resultan de
aplicación a este procedimiento las normas sobre seguridad e higiene en
el trabajo contendidas en la Ley N° 19.587, su Decreto Reglamentario N°
351 del 5 de febrero de 1979; la Ley N° 24.557 de Riesgos del Trabajo;
el Decreto N° 911 del 5 de agosto de 1996; Resolución N° 231 del 27 de
noviembre de 1996 y la Resolución N° 51 del 7 de julio de 1997, ambas
de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo sobre condiciones de
seguridad e higiene y toda otra norma modificatoria o complementaria
que pueda resultar de aplicación.
ARTÍCULO 29.- SISTEMA DE GARANTÍAS.
SISTEMA DE GARANTÍAS. CLASES:
I. INTEGRACIÓN DE LA GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA, DE ADJUDICACIÓN Y CONTRAGARANTÍA O ANTICIPO FINANCIERO
29.1. Los oferentes deberán constituir una Garantía de Mantenimiento de
Oferta conforme se establece en el Artículo 100 del Anexo del Decreto
N° 893 de fecha 7 de junio de 2012. En el caso de que el monto de esta
garantía no alcance los CINCO (5) módulos PESOS CINCO MIL ($ 5.000), su
presentación no será obligatoria, conforme lo estipulado en los
Artículos 35 y 103 inciso c) del Anexo del citado ordenamiento jurídico.
29.2. En aquellos casos en que la garantía tanto de oferta como de
adjudicación se instrumente mediante un PAGARÉ deberán seguirse las
siguientes pautas:
29.2.1. Deberán aclararse las firmas con nombre y apellido en sello o
letra imprenta mayúscula legible y número de Documento Nacional de
Identidad (DNI) como mínimo; completándose además los datos de
domicilio, teléfono y empresa que figuran en los formularios usuales.
29.2.2. En caso de diferencia entre la cifra expresada en números y en
letras se estará a esta última como válida, razón por la cual se
requiere de su expresión en letra imprenta con claridad.
29.2.3. En ningún caso se admitirán leyendas escritas con lápiz.
29.2.4. En todos los casos se deberá extender el documento a la orden del MINISTERIO DE TRANSPORTE en forma completa.
29.2.5. Deberán indicarse en forma expresa el número de expediente y
contratación que garantiza; si se trata de garantías de adjudicación
consignar además el número de orden de compra respectivo.
29.2.5.1. Los pagarés que se presenten como garantía de oferta deberán
tener como fecha de emisión el día de la apertura o anterior.
29.2.5.2. Aquellos que se extiendan como garantía de adjudicación
deberán estar fechados en el día del retiro de la Orden de Compra o
posterior, no se admitirán fechas de emisión en blanco.
29.2.5.3. En caso de omisión se tomará como fecha de emisión la fecha
cierta otorgada por el cargo de recepción de la Dirección de Mesa de
Entradas y Notificaciones.
29.3. En aquellos casos en que la garantía de oferta como de
adjudicación se instrumente mediante cheque, deberán seguirse las
siguientes pautas:
29.3.1. El Cheque deberá ser certificado.
29.3.2. Los cheques certificados deberán emitirse a la orden del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA.
29.3.3. Deberá estar endosado al MINISTERIO DE TRANSPORTE (SAF 327)
Cuenta N° 3596/37 del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA - Casa Central.
29.4. Perfeccionado el contrato en los términos del artículo 96 del
Decreto 893/2012b, el Adjudicatario deberá constituir la Garantía de
Cumplimiento de Contrato, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 98 y 100, inciso b), 101 y 102 del Reglamento aprobado por el
Decreto N° 893/12. La integración de la garantía de cumplimiento del
contrato debe efectuarse dentro del término de CINCO (5) días de
recibida la orden de compra o de la firma del contrato. Vencido dicho
plazo se rescindirá el contrato con pérdida de la garantía de oferta.
29.5. “GARANTÍA DE ANTICIPO FINANCIERO”: para el caso del pago
anticipado en que la orden de compra sea abonada en su totalidad o en
parte, deberá constituirse la respectiva GARANTÍA DE ANTICIPO
FINANCIERO por el monto total del anticipo acordado.
Será declarada inadmisible aquella cotización que no cumpla con la
Garantía de Oferta en el total del porcentaje que fija la normativa
vigente en la especie (CINCO POR CIENTO (5%) del valor total de la
oferta, Artículo 100, inciso a) del Anexo del Decreto 893 de fecha 7 de
junio de 2012) al momento del presentarse las ofertas, ya sea
directamente por no presentarla o, presentada, aquella sea por un monto
menor al que corresponda en más de un DIEZ POR CIENTO (10%) del monto
correcto. Dicho total se tomará sobre el mayor valor de las ofertas
presentadas por cada oferente; sea ésta la propuesta básica o una
alternativa, según el caso.
De tales supuestos NO resulta factible subsanar posteriormente tales
errores ya que el Artículo 84, inciso d) del Anexo del mencionado
decreto, sólo contempla los errores intranscendentes de forma, mientras
que el error en el monto de la garantía no encuadra en esa disposición.
En ese orden tampoco se admitirá el cambio de pagarés después de la
apertura de más de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000) que hayan sido
presentados erróneamente como garantía de ofertas superiores a PESOS
TRESCIENTOS MIL ($ 300.000) por otra forma válida de garantía. |
II. GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN
29.6. Al Dictamen de Evaluación: Será exigible, únicamente, cuando el
interesado u oferente hubiere presentado más de DOS (2) impugnaciones
en UN (1) año calendario contra dictámenes de evaluación emitidos en el
ámbito de la Unidad Operativa de Contrataciones que gestiona el
procedimiento.
El importe de la garantía de impugnación será equivalente al TRES POR
CIENTO (3%) del monto de la oferta del renglón o los renglones en cuyo
favor se hubiere aconsejado adjudicar el contrato. Si el dictamen de
evaluación para el renglón o renglones que se impugnen no aconsejare la
adjudicación a ninguna oferta, el importe de la garantía de impugnación
se calculará sobre la base del monto de la oferta del renglón o
renglones del impugnante.
Si el impugnante fuera alguien que no reviste la calidad de oferente en
ese procedimiento o para el renglón o los renglones en discusión y el
dictamen de evaluación para el renglón o los renglones que se impugnen
no aconsejare la adjudicación a ninguna oferta, el importe de la
garantía de impugnación será de PESOS SIESCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL
($693.000.-)
Cuando se impugnaren sólo cuestiones generales o particulares del
dictamen de evaluación, y no renglones específicos, el importe de la
garantía será equivalente a PESOS SIESCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL
($693.000.-)
Cuando se impugnen ambas situaciones precedentemente mencionadas, el
importe de la garantía de impugnación se calculará acumulando los
importes que surjan de aplicar los criterios estipulados con
anterioridad.
29.7. Al Dictamen de Preselección: en los casos de impugnaciones contra
la precalificación, en las licitaciones o concursos de etapa múltiple,
la garantía será por el monto de PESOS SIESCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL
($693.000.-)
En aquellos procedimientos de selección en los que se previera que las
cotizaciones pudieran contemplar la gratuidad de la prestación, o bien
implicar un ingreso para la jurisdicción o entidad contratante, las
garantías de impugnación al dictamen de evaluación e impugnación al
dictamen de preselección serán establecidas en PESOS SIESCIENTOS
NOVENTA Y TRES MIL ($ 693.000.-).
29.8. Procedimiento para la impugnación del Dictamen de Evaluación.
Los oferentes o interesados podrán impugnar el dictamen de evaluación
en el plazo estipulado en el artículo 93 del Reglamento aprobado por el
Decreto N° 893/12, previa integración de la garantía de impugnación, en
caso de corresponder.
En caso de verificarse que el impugnante no ha constituido la garantía
de impugnación, o que la misma no se encuentra debidamente constituida,
cualquiera fuera la omisión o defecto, será intimado por la unidad
operativa de contrataciones a subsanar dicha omisión o defecto dentro
del término mínimo de DOS (2) días de notificada dicha intimación. Si
dicha omisión o defecto no fuera subsanado en el plazo establecido, la
impugnación podrá ser rechazada sin más trámite.
III. LIMITACIÓN A LA EXCEPCIÓN DEL ARTÍCULO 103 inciso e) del Anexo al Decreto N° 893/12.
29.9. Para el caso de recepción de mercaderías conforme al Artículo 114
último párrafo en que se produjera RECHAZO, que fueran entregadas
dentro del plazo de integración de la garantía, el plazo para la
integración de la misma se contará a partir de la comunicación del
rechazo y no desde la notificación de la orden de compra o de la firma
del respectivo contrato. Los elementos rechazados quedarán en caución y
no podrán ser retirados sin, previamente, integrar la garantía que
corresponda.
Para el caso de recibir un monto como adelanto, salvo que el oferente
sea una jurisdicción o entidad perteneciente al Sector Público Nacional
en los términos del Artículo 8° de la Ley N° 24.156, o un organismo
provincial, municipal o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, se deberá constituir la respectiva contragarantía.
IV. Requisitos que deberán reunir las compañías aseguradoras con el fin de preservar el eventual cobro del seguro de caución.
29.10. Las pólizas de seguro de caución presentadas en concepto de
garantía de mantenimiento de oferta o cualquier otro concepto vinculado
a la presente licitación, deberán ser emitidas por compañías
autorizadas a operar como tales por la Superintendencia de Seguros de
la Nación, y las cláusulas de dichas pólizas deberán ajustarse a las
aprobadas por la citada Superintendencia, obligándose la aseguradora en
carácter de fiador solidario, con renuncia a los beneficios de división
y excusión. Dichas pólizas deberán ser contratadas en compañías
aseguradoras que tengan domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, de reconocida solvencia y seriedad, a juicio exclusivo de este
Organismo.
ARTÍCULO 30.- PENALIDADES Y SANCIONES:
Los oferentes o cocontratantes podrán ser pasibles de las siguientes
penalidades y sanciones, de acuerdo a lo enunciado por el artículo 126
del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/2012:
A) PENALIDADES:
1. Pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta o de cumplimiento del contrato.
2. Multa por mora en el cumplimiento de sus obligaciones.
3. Rescisión por su culpa.
B) SANCIONES: Sin perjuicio de las correspondientes penalidades, los
oferentes o cocontratantes podrán ser pasibles de las siguientes
sanciones, en los supuestos de incumplimiento de sus obligaciones:
1. Apercibimiento.
2. Suspensión
3. Inhabilitación.
Las sanciones son aplicadas por el órgano Rector, la OFICINA NACIONAL
DE CONTRATACIONES, y se deberán remitir copia fiel de los actos
administrativo firmes mediante los cuales se hubieren aplicado
penalidades a los oferentes o cocontratantes.
ARTÍCULO 31.- MULTAS
Sin perjuicio del artículo anterior y ante el incumplimiento de los
plazos de intervención estipulados en el presente pliego, el prestador
del servicio será pasible de las siguientes multas:
A) Por incumplimiento en la cantidad mínima contratada de operarios o
turnos de operarios por categoría de funciones, según la organización
del personal requerida.
Para los casos en los que se observen faltantes o ausencias del
personal afectado al servicio que se trata, que superen el DIEZ POR
CIENTO (10%) respecto de la cantidad contratada, se aplicara una
penalidad de acuerdo a la siguiente formula y criterio, realizándose la
conversión entre turnos y horas:
VALOR DE LA MULTA: CMO x (HA/HC) x 2,65
Donde:
CMO: Costo de Mano de Obra (Costo total x Incidencia de la Mano de Obra).
HA: Horas Ausentes
HC: Horas Contratadas |
Por cada falta o ausencia del personal de supervisión o encargados sin
la debida justificación, se aplicara, e, forma directa, un reclamo
escrito en el Libro de Ordenes y Servicios, conforme lo detallado en el
punto b.2, considerándose como antecedente para la aplicación de la
multa detallada en el punto b.3 (acumulación de DOS (2) reclamos), con
idénticos porcentajes de descuentos en la liquidación mensual de
servicios.
B) Por observaciones en la prestación del servicio y en el cumplimiento
de cualquiera de las condiciones de la presente contratación.
Este Ministerio controlará minuciosamente la prestación del servicio y
sus resultados. Por lo tanto, el incumplimiento de las pautas
establecidas o la falta de resultados satisfactorios, darán lugar a la
aplicación de Penalidades, de acuerdo al siguiente detalle:
1) Observaciones: Todas las observaciones que el Ministerio realice,
deberán ser subsanadas de inmediato en forma adecuada y ser tenidas en
consideración a efectos de que no se reiteren.
2) Reclamos: Los reclamos serán formulados por escrito en el Libro de Ordenes y Servicios que a tal efecto se establezca.
3) Multas: La acumulación de DOS (2) reclamos motivará la aplicación de
una multa, consistente en distintos descuentos en la facturación
mensual, de acuerdo al siguiente criterio:
- Primera Multa: UNO (1) % de la facturación
- Segunda Multa: TRES (3) % de la facturación
- Tercera Multa: CINCO (5) % de la facturación
- Cuarta Multa: SIETE (7) % de la facturación
- Quinta Multa: DIEZ (10) % de la facturación
- Sexta Multa: Rescisión del Contrato
La aplicación de la multa podrá obedecer a un mismo antecedente o a
distintas causales. Aplicada y notificada la primera multa, las
infracciones sucesivas darán lugar a la aplicación de una segunda multa
y así sucesivamente.
A los efectos de la acumulación, cada falta dejará de computarse como
antecedente a los NOVENTA (90) días hábiles, contados a partir de la
notificación del reclamo.
C) Calidad de Insumos
Se procederá en este caso en forma similar al apartado B) de Penalidades.
ARTÍCULO 32. INTERPRETACIÓN:
25.1. Los errores que eventualmente pudiese contener la documentación
técnica de la presente contratación y no hubiesen merecido consultas o
solicitud de aclaraciones en el período correspondiente antes de la
fecha de apertura de ofertas no serán motivo de reconocimiento de
adicional alguno ni circunstancia liberatoria de sus responsabilidades.
25.2. Toda omisión en el desarrollo del presente Pliego deberá
considerarse accidental, y no implicará la falta de provisión de bienes
y/o materiales y/o mano de obra que afecte la correcta ejecución del
objeto contractual. Este Organismo no admitirá ningún tipo de reclamo
por desconocimiento del Pliego y/o de los trabajos a realizar.
ARTÍCULO 33. SUSTENTABILIDAD:
Para el desarrollo de las tareas a contratar a través de la presente
Licitación deberá darse cumplimiento a los siguientes estándares que
indican sustentabilidad en el desarrollo del servicio:
Los productos de limpieza que el adjudicatario utilice deberá contar
con el registro de la ANMAT, asimismo los productos a utilizar no deben
contener ninguna de las sustancias químicas prohibidas y/o restringidas
según lo establece la ANMAT. Todos los productos de limpieza a utilizar
deben estar formulados en la medida de lo posible de forma tal que sean
biodegradables de manera aeróbica.
Los productos a utilizar deberán contener las instrucciones precisas de
dosificación, manipulación y almacenamiento. También se deberá indicar
si el envase podrá ser recargado o no con el mismo producto. Se deberán
indicar también las incompatibilidades de mezcla de productos si las
hubiera así como superficies en las que no podrá ser aplicado.
Los oferentes deberán contar con procedimientos de limpieza para cada
tipo de tarea, en el cual se detalle el modo de realizarlo, productos a
emplear, equipo de protección personal (EPP), por ej. guantes,
barbijos, etc., registros de capacitación de los empleados en dichos
procedimientos. Estos procedimientos deberán tender al uso responsable
de energía no renovable así como también la preservación del medio
ambiente.
Los contenedores de los productos de limpieza deberán ser reutilizados,
reciclados o gestionados de acuerdo a las disposiciones legales.
Todo el personal que desarrolle las tareas de limpieza deberá ser
capacitado para las mismas. La capacitación incluirá prácticas
ambientales, políticas de seguridad e higiene laboral y la
implementación de procedimientos de trabajo.
ARTÍCULO 34.- CLAÚSULA DE CONFIDENCIALIDAD:
Con respecto a cualquier información que las partes contratantes
identifiquen como reservada y sea entregada por una de las partes a la
otra para cualquiera de los fines de esta contratación, el Organismo y
el Adjudicatario se comprometen a mantenerla en forma completamente
confidencial.
ARTÍCULO 35.- SISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS DISCAPACITADOS:
Toda oferta deberá contener la declaración jurada adjunta al presente
Pliego de Bases y Condiciones Particulares como Anexo IV, en
cumplimiento del Decreto N° 312/10 y de la Disposición ONC N° 21/2015.
El oferente deberá declarar bajo juramento al momento de presentar su
oferta que de resultar adjudicatario se obliga a ocupar a personas con
discapacidad, en una proporción no inferior al CUATRO POR CIENTO (4%)
de la totalidad de personal afectado a la prestación del servicio, de
conformidad con lo dispuesto en el Decreto N° 312/2010.
Si por las particularidades del servicio, no resultara posible contar
con personas con discapacidad que reúnan las condiciones de idoneidad
para el cargo, referidas en el artículo 8 de la Ley N° 22.431, el
oferente deberá manifestar dicha circunstancia al momento de presentar
su oferta y en el caso de resultar adjudicatario, acreditar tal
imposibilidad dentro del plazo de CINCO (5) días de notificado el acto
de adjudicación. Ante la falta de acreditación, la jurisdicción o
entidad contratante lo intimará para que en el plazo de DIEZ (10) días
incorpore el porcentaje de personas con discapacidad en la forma y
términos establecidos en la presente, bajo apercibimiento de rescindir
el contrato o de aplicar una multa CERO COMA CINCO POR CIENTO (0,5%)
del valor del contrato por cada día de retraso hasta la efectiva
incorporación o hasta el límite establecido en el artículo 127 del
Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12.
El Adjudicatario deberá presentar junto con la factura la documentación
que acredite el vínculo laboral con el personal con discapacidad, como
así también el correspondiente Certificado Único de Discapacidad
otorgado por el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN. En el caso de no
adjuntar dicha documentación no se abonará la factura hasta tanto no
sea presentada la misma.
En caso de empate de ofertas, a fin de hacer valer la preferencia
establecida en el artículo 8 del Decreto N° 312/10, los oferentes
deberán acreditar fehacientemente, la contratación de personal con
discapacidad y en su caso, la cantidad mediante la presentación de la
documentación que acredite el vínculo laboral con dicho personal, como
así también el correspondiente Certificado Único de Discapacidad
otorgado por el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 36.- FACULTAD DE LA ADMINISTRACIÓN:
El Ministerio ser reserva el derecho de dejar sin efecto la presente
contratación, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto
Delegado N° 1023/01 y el Decreto N° 893/12.
En ningún caso, ya sea por la desestimación de las ofertas, por quedar
sin efecto o anularse el acto licitatorio, el oferente tendrá derecho a
reclamo alguno por cobro de indemnizaciones y/o reembolsos por gastos
efectuados para la participación en el presente procedimiento de
selección.
ARTÍCULO 37.- COMPRE MIPYME (LEY 25.300 y Decreto N° 1075/01):
A fin de garantizar el efectivo cumplimiento del Régimen de Compre
MIPYME, todo oferente incluido en el mismo deberá cumplimentar el Anexo
IX DATOS COMPLEMENTARIOS- LEY COMPRE MIPYME del presente pliego
detallando el valor de las ventas anuales a fin de poder extraer el
promedio de los TRES (3) últimos años a partir del último balance
exigible o documentación contable equivalente al momento de la apertura
de la licitación. Dichos valores serán verificados en el SIPRO por lo
que en caso de no contar con dicha información deberán presentar los
balances (personas jurídicas) o información contable equivalente
(personas físicas) respaldatoria debidamente suscriptas por Contador
Público y certificadas ante el Consejo Profesional respectivo de los
datos que se deberán consignar en el anexo citado.
Serán consideradas MIPYMES aquellas que registren hasta el nivel máximo
de ventas totales anuales (excluidos el Impuesto al Valor Agregado y
los impuestos internos expresados en pesos) de acuerdo a los valores
fijados por la SECRETARIA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA para cada sector.
A los efectos de la categorización, será utilizada la escala vigente al
momento de la apertura considerando, valor de ventas totales anuales al
que surja del promedio de los últimos TRES (3) años, a partir del
último balance inclusive o información contable equivalente,
adecuadamente documentada.
A dicho fin podrán presentar oferta por hasta un TREINTA POR CIENTO
(30%) del renglón, conforme lo estipulado en el punto 18 del artículo
21 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, aprobado por la
Disposición N° 58/2014 de la citada Oficina Nacional de Contrataciones.
Conforme lo dispuesto por el Artículo 39 de la Ley N° 25.300: “Las
jurisdicciones y entidades del sector público nacional comprendidas en
el artículo 8° de la ley 24.156 deberán otorgar un derecho de
preferencia del cinco por ciento (5%) para igualar la mejor oferta y
ser adjudicatarias de las licitaciones o concursos para la provisión de
bienes o servicios, a las MIPyMEs y formas asociativas comprendidas en
el artículo 1° de la presente ley que ofrezcan bienes o servicios
producidos en el país.
Complementariamente, establécese un porcentaje de al menos un diez por
ciento (10%) en las licitaciones y concursos relativos a la adquisición
de bienes y servicios donde solamente compitan empresas MIPyMES.”
Lo estipulado en el presente artículo resultará viable, siempre que la
adjudicación del procedimiento no esté prevista por el Organismo de
manera global.
ARTÍCULO 38.- EXTENSION DEL PLAZO DE CUMPLIMIENTO DE LA PRESTACIÓN:
La extensión del plazo de cumplimiento de la prestación solo será
admisible cuando existieran causas debidamente justificadas y las
necesidades del MINISTERIO DE TRANSPORTE admitan la satisfacción de la
prestación fuera de término. La solicitud deberá hacerse antes del
vencimiento del plazo de cumplimiento de la prestación, exponiendo los
motivos de la demora y de resultar admisible deberá ser aceptada por la
Comisión de Recepción. No obstante la aceptación corresponderá la
aplicación de la multa por mora, de acuerdo a lo previsto en el inciso
c) del Artículo 126 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12.
ARTÍCULO 39.- FORMA DE PAGO:
El pago de la factura se realizará luego de labrada el acta de
conformidad de prestación de servicios por parte del área requirente.
Se facturará en forma mensual y por mes vencido, debiendo el
adjudicatario presentar conjuntamente con la factura los
correspondientes remitos, previamente conformados por la Dirección de
Organización y Racionalización de Espacios Físicos.
El pago será efectuado dentro de los TREINTA (30) días corridos desde
la presentación de la correspondiente factura. A los efectos
tributarios se deberá considerar al MINISTERIO DE TRANSPORTE como
exento. La/s factura/s que deberán ser C o B, se emitirá/n en cabeza
del “MINISTERIO DE TRANSPORTE”, CUIT N° 30-71512720-9, (en el segundo
caso con IVA incluido, sin discriminar).
No obstante, en caso en que el porcentaje de IVA aplicado a cada
factura sea distinto del VEINTIUNO POR CIENTO (21%), la empresa deberá
declararlo con una inscripción informativa en el frente de la factura,
indicando cuál es el porcentaje aplicado para ese rubro o actividad y
el monto correspondiente.
La factura deberá ser presentada en la Dirección de Mesa de Entradas,
Notificaciones y Despacho del MINISTERIO DE TRANSPORTE, en original y
duplicado, acompañada de remito/s u otra certificación/es de ejecución
—si correspondiere—, copia de la orden de compra y copia de la
constancia de la situación impositiva de la empresa ante la
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS.
Los pagos que realiza el Tesoro Nacional se efectúan mediante
acreditaciones en cuentas bancarias, corrientes o de ahorro, en moneda
nacional. A tal fin, los beneficiarios de pago, cualquiera sea su
carácter, deberán informar solo una cuenta, la que deberá encontrarse
abierta en alguno de los bancos adheridos al sistema, autorizados a
operar como agentes pagadores, siendo hasta la fecha los siguientes:
BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A. |
BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA |
BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES |
CITIBANK N.A. |
BBVA BANCO FRANCÉS S.A. |
BANCO SUPERVIELLE S.A. |
BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES |
BANCO PATAGONIA S.A. |
BANCO HIPOTECARIO S.A. |
BANCO SAN JUAN S.A. |
BANCO DEL TUCUMÁN S.A. |
BANCO SANTANDER RÍO S.A. |
BANCO DEL CHUBUT S.A. |
BANCO PROVINCIA DEL NEUQUÉN S.A. |
HSBC BANK ARGENTINA S.A. |
BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LIMITADO |
BANCO DE VALORES S.A. |
BANCO ITAÚ ARGENTINA S.A. |
BANCO DE TIERRA DEL FUEGO |
BANCO MACRO S.A. |
NUEVO BANCO DEL CHACO S.A. |
NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. |
NUEVO BANCO DE ENTRE RÍOS S.A. |
|
A los efectos de ajustarse a esta modalidad de pago, quienes no posean
número de beneficiario, deberán concurrir al MINISTERIO DE TRANSPORTE
sito en Hipólito Yrigoyen 250, piso 12°, oficina 1235, Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, en horario de 09:30 a 13:00 y de 13:30 a 18:00 horas.
Consultas telefónicas a los Nros.: 4349-7144.
ARTÍCULO 40.- AUTORIZACIÓN DE LA PUBLICIDAD Y/O CESIÓN O TRANSFERENCIA DE LA ORDEN DE COMPRA:
El adjudicatario no podrá vender, ceder o de cualquier forma transferir
parte alguna o la totalidad de la Orden de Compra resultante ni
efectuar algún tipo de publicidad en cualquier medio de difusión sin
contar con la autorización previa y por escrito del MINISTERIO. Si así
lo hiciere, se podrá dar por rescindido de pleno derecho con culpa del
proveedor.
ARTÍCULO 41.- RESCISIÓN:
41.1. Rigen las disposiciones de los artículos 121 y 122 de la Reglamentación aprobada por el Decreto N° 893/2012.
41.2. Vencido el plazo de cumplimiento del contrato, de su prórroga o,
en su caso, del contrato rehabilitado, sin que los bienes fueran
entregados o prestados los servicios de conformidad, el Ministerio
deberá declarar rescindido el contrato sin necesidad de interpelación
judicial o extrajudicial, con pérdida de la garantía de cumplimiento
del contrato, sin perjuicio de ser responsable el proveedor por los
daños y perjuicios que sufriere el Organismo con motivo de la
celebración de un nuevo contrato con el mismo objeto. La rescisión del
contrato y la consiguiente pérdida de la garantía de cumplimiento del
contrato podrán ser totales o parciales, afectando en este último caso
a la parte no cumplida de aquél.
ARTÍCULO 42.- DAÑOS Y PERJUICIOS:
El adjudicatario y/o cocontratante será responsable por los daños y
perjuicios que ocasionen al Ministerio el incumplimiento de cualquiera
de las obligaciones a su cargo, sin perjuicio de las responsabilidades
emergentes del régimen de penalidades y/o sanciones previstas en los
capítulos V y VI, respectivamente, del Reglamento aprobado por el
Decreto N° 893/12.
ARTÍCULO 43.- NORMATIVA APLICABLE:
El presente procedimiento de selección, el contrato y su posterior
ejecución se regirán por el Decreto N° 1.023/01 y sus modificatorios,
el reglamento aprobado por el Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de
2012 y su modificatorio, por el Pliego Único de Bases y Condiciones
Generales aprobado por la Disposición N° 58 de fecha 12 de agosto de
2014 de la Oficina Nacional de Contrataciones de la entonces
SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la ex SECRETARÍA DE GABINETE
Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
y por el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Asimismo,
resultan de aplicación la Ley N° 25.551 de “Compre Trabajo Argentino” y
su reglamentación Decreto N° 1.600/02 y normas complementarias, así
como la Ley N° 25.300 de “Fomento para la Micro, Pequeña y Mediana
Empresa” y el Decreto N° 1.075 de fecha 24 de agosto de 2001.
Todos los documentos que integran el contrato serán considerados como
recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias se
seguirá el siguiente orden de prelación:
a) Decreto Delegado N° 1.023/01 y sus modificaciones.
b) Decreto N° 893/12.
c) Las normas que se dicten en consecuencia del Decreto N° 893/12.
d) Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por la
Disposición N° 58/2014 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.
e) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
f) La oferta.
g) Las muestras que se hubieran acompañado.
h) La adjudicación.
i) La orden de compra, de venta o el contrato, en su caso.
ARTÍCULO 44.- JURISDICCIÓN:
A todos los efectos legales emergentes de la presente Contratación
serán competentes los Tribunales Nacionales en lo Contencioso
Administrativo Federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
A los efectos del seguimiento de novedades que puedan producirse
respecto de la presente licitación e independientemente de la
notificación que le cursemos, se recomienda visitar la página de
Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES:
www.argentinacompra.gov.ar link “contrataciones vigentes”. Igualmente
el pliego de bases y condiciones particulares de este procedimiento
podrá ser obtenido con el fin de presentarse a cotizar o consultado en
el sitio web y link citados anteriormente.
Asimismo se informa, que para descargar y/o consultar el Pliego Único
de Bases y Condiciones Generales, deberán ingresar al siguiente link:
www.argentinacompra.gov.ar |
ARTÍCULO 45.- DETALLE DE ANEXOS
• ANEXO I - PLANILLA DE COTIZACIÓN: LICITACION PUBLICA N° /2016
• ANEXO II - Declaración Jurada
• ANEXO III - Declaración Jurada de Cumplimiento de Legislación Laboral Vigente
• ANEXO IV - Declaración Jurada de cumplimiento del Decreto N° 312/10 y la Disposición ONC N° 21/2015
• ANEXO V -Declaración Jurada Ley 25.551 “Compre Trabajo Argentino”
• ANEXO VI - Declaración Jurada de Importaciones y Balanza Comercial
• ANEXO VII - Declaración Jurada de Contrataciones Públicas Sustentables
• ANEXO VIII - Constitución Domicilio Especial
• ANEXO IX - Datos Complementarios - LEY COMPRE MIPYME
• ANEXO X - Declaración Jurada de Libre Deuda Previsional
• ANEXO XI - Certificado de visita obligatoria a los edificios.
• ANEXO XII - Declaración Jurada de que los productos a utilizar no contienen sustancias prohibidas y/o restringidas
• ANEXO XIII - Estructura de costos
• ANEXO XIV - Detalle de estructura de costos
• ANEXO XV - Planilla de equipos, máquinas y herramientas.
• ANEXO XVI - Matriz de evaluación.
• ANEXO XVII - Especificaciones Técnicas
ANEXO I - PLANILLA DE COTIZACIÓN: LICITACION PUBLICA N° /2016
El que suscribe ………………………………… Documento …………………… en nombre y
representación de la Empresa …………………………………. con domicilio legal en la
Calle …………………..N° ………. Localidad ……………………………………………. Teléfono
…………………….Fax. ………………………….
E-MAIL........................................................ N° de
CUIT ……………………………………y con poder suficiente para obrar en su nombre,
según consta en acta poder que acompaña, luego de interiorizarse de las
condiciones particulares y técnicas que rigen la presente compulsa,
cotiza los siguientes precios:
Renglón |
Cantidad |
Indicación de marca y/o modelo, o Especificación Técnica |
Precio
UNITARIO
(IVA incluido)
$ |
Precio
TOTAL
(IVA incluido)
$ |
1 |
12 (meses) |
(335-01688-00001) Por la contratación de un servicio de limpieza con
criterios de sustentabilidad de los edificios del Ministerio de
Transporte que se detallan, en un todo de acuerdo a las condiciones del
presente Llamado para las locaciones ubicadas en la calle Maipú 255
Pisos; PB, 2°B, 12, 15,16° A y B y 20. CABA |
|
|
2 |
12 (meses) |
(335-01688-00001) Por la contratación de un servicio de limpieza con
criterios de sustentabilidad de los edificios del Ministerio de
Transporte que se detallan, en un todo de acuerdo a las condiciones del
presente Llamado para las locaciones ubicadas en la Bouchard 547 Pisos
5; 6 y 7 CABA |
|
|
3 |
12 (meses) |
(335-01688-00001) Por la contratación de un servicio de limpieza con
criterios de sustentabilidad de los edificios del Ministerio de
Transporte que se detallan, en un todo de acuerdo a las condiciones del
presente Llamado para el edificio de la calle Esmeralda 117 CABA, pisos:
PB, 1 y 2 CABA |
|
|
4 |
12 (meses) |
(335-01688-00001) Por la contratación de un servicio de limpieza con
criterios de sustentabilidad de los edificios del Ministerio de
Transporte que se detallan, en un todo de acuerdo a las condiciones del
presente Llamado para el edificio de la calle España 2221 edificio
completo CABA |
|
|
5 |
12 (meses) |
(335-01688-00001) Por la contratación de un servicio de limpieza con
criterios de sustentabilidad de los edificios del Ministerio de
Transporte que se detallan, en un todo de acuerdo a las condiciones del
presente Llamado para el edificio ubicado en la intersección de las
calles Alferez y Lavaisse 1600 CABA |
|
|
6 |
12 (meses) |
(335-01688-00001) Por la contratación de un servicio de limpieza con
criterios de sustentabilidad de los edificios del Ministerio de
Transporte que se detallan, en un todo de acuerdo a las condiciones del
presente Llamado para el edificio de la calle Av Belgrano y 27 de
Febrero, Rosario, Santa Fe. |
|
|
7 |
12 (meses) |
(335-01688-00001) Por la contratación de un servicio de limpieza con
criterios de sustentabilidad de los edificios del Ministerio de
Transporte que se detallan, en un todo de acuerdo a las condiciones del
presente Llamado para el edificio de la calle Liniers 395, Paraná, Entre
Ríos |
|
|
8 |
12 (meses) |
(335-01688-00001) Por la contratación de un servicio de limpieza con
criterios de sustentabilidad de los edificios del Ministerio de
Transporte que se detallan, en un todo de acuerdo a las condiciones del
presente llamado del edificio ubicado en la calle San Martin 1301,
Corrientes |
|
|
9 |
12 (meses) |
(335-01688-00001) Por la contratación de un servicio de limpieza con
criterios de sustentabilidad de los edificios del Ministerio de
Transporte que se detallan, en un todo de acuerdo a las condiciones del
presente Llamado para el edificio ubicado en la calle Jordana 748,
Concepción del Uruguay, Entre Ríos |
|
|
10 |
12 (meses) |
(335-01688-00001) Por la contratación de un servicio de limpieza con
criterios de sustentabilidad de los edificios del Ministerio de
Transporte que se detallan, en un todo de acuerdo a las condiciones del
presente Llamado para el edificio ubicado en la Calle 507 y 520,
Quequen, Buenos Aires |
|
|
11 |
12 (meses) |
335-01688-00001) Por la contratación de un servicio de limpieza con
criterios de sustentabilidad de los edificios del Ministerio de
Transporte que se detallan, en un todo de acuerdo a las condiciones del
presente Llamado para el edificio ubicado en la Calle Av Salustio S/N,
Bahia Blanca, Buenos Aires |
|
|
12 |
12 (meses) |
335-01688-00001) Por la contratación de un servicio de limpieza con
criterios de sustentabilidad de los edificios del Ministerio de
Transporte que se detallan, en un todo de acuerdo a las condiciones del
presente Llamado para el edificio ubicado en la Calle San Juan 777 Piso
3° CABA |
|
|
13 |
12 (meses) |
335-01688-00001) Por la contratación de un servicio de limpieza con
criterios de sustentabilidad de los edificios del Ministerio de
Transporte que se detallan, en un todo de acuerdo a las condiciones del
presente Llamado para el edificio ubicado en la Paseo Colón 315 CABA |
|
|
Total de la oferta (IVA incluido) |
|
|
SON PESOS .....………………………………………………………………………………………........………………………………………………………………………………………………………………...……..
Indicar la propuesta de ALTERNATIVAS: |
SI ___ |
NO ___ |
Página ___ |
Indicar la propuesta de VARIANTES: |
SI ___ |
NO ___ |
Página ___ |
En caso de tratarse de una oferta alternativa, indicarlo aquí con una cruz: …………
IMPORTANTE: Se admitirán únicamente cotizaciones con DOS (2) decimales. |
.................................................
FIRMA
ANEXO II-DECLARACIÓN JURADA
N° DE CUIT:
..........................................................................................................................................
DENOMINACIÓN:
...................................................................................................................................
CALLE
.....................................................................................
N°..........................................................
PISO ........................................... DEPTO
..................................TEL
…...............................................
LOCALIDAD
…..................................................................
CODIGO POSTAL .....................................
PROVINCIA
.............................................................................................................................................
1. DECLARO BAJO JURAMENTO ESTAR HABILITADO PARA INTERVENIR EN LA
LICITACIÓN SEÑALADA PRECEDENTEMENTE, EN RAZÓN QUE LA FIRMA CUMPLE LOS
REQUISITOS ENUMERADOS EN EL ARTÍCULO 27 DEL DECRETO N° 1.023/01.
2. DECLARO BAJO JURAMENTO QUE LOS RESPONSABLES DE LA OFERTA NO TIENEN
IMPEDIMENTO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO NACIONAL POR CUANTO NO SE
ENCUENTRAN COMPRENDIDOS EN NINGUNA DE LAS SIGUIENTES CAUSALES,
ENUNCIADAS EN EL ARTÍCULO 28 DEL DECRETO N° 1.023/01, Y SU
MODIFICATORIA (ARTÍCULO 45 DE LA LEY N° 26.940):
2.1.- LAS PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS QUE SE ENCONTRAREN SANCIONADAS
EN VIRTUD DE LAS DISPOSICIONES PREVISTAS EN LOS APARTADOS 2. Y 3. DEL
INCISO B) DEL ARTÍCULO 29 DEL DECRETO 1023/01.
2.2.- LOS AGENTES Y FUNCIONARIOS DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL Y LAS
EMPRESAS EN LAS CUALES AQUÉLLOS TUVIEREN UNA PARTICIPACIÓN SUFICIENTE
PARA FORMAR LA VOLUNTAD SOCIAL, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LA
LEY DE ÉTICA PÚBLICA N° 25.188.
2.3.- LOS CONDENADOS POR DELITOS DOLOSOS, POR UN LAPSO IGUAL AL DOBLE DE LA CONDENA.
2.4.- LAS PERSONAS QUE SE ENCONTRAREN PROCESADAS POR DELITOS CONTRA LA
PROPIEDAD, O CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, O CONTRA LA FE
PÚBLICA O POR DELITOS COMPRENDIDOS EN LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA
CONTRA LA CORRUPCIÓN.
2.5.- LAS PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS QUE NO HUBIERAN CUMPLIDO CON SUS
OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y PREVISIONALES, DE ACUERDO CON LO QUE
ESTABLEZCA LA REGLAMENTACIÓN.
2.6.- LAS PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS QUE NO HUBIEREN CUMPLIDO EN
TIEMPO OPORTUNO CON LAS EXIGENCIAS ESTABLECIDAS POR EL ÚLTIMO PÁRRAFO
DEL ARTÍCULO 8° DE LA LEY N° 24.156.
2.7.- LOS EMPLEADORES INCLUIDOS EN EL REGISTRO PÚBLICO DE EMPLEADORES
CON SANCIONES LABORALES (REPSAL) DURANTE EL TIEMPO QUE PERMANEZCAN EN
DICHO REGISTRO.
3. DECLARO BAJO JURAMENTO QUE LOS DATOS CONSIGNADOS EN EL PRESENTE
FORMULARIO SON CORRECTOS Y ME COMPROMETO A PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN
QUE PERMITA SU VERIFICACIÓN EN CASO DE RESULTAR CALIFICADO EN LA
LICITACIÓN DE REFERENCIA, DENTRO DEL PLAZO DE DOS (2) DÍAS A CONTAR DE
LA PUBLICACIÓN DE LA CALIFICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL.
4. DECLARO BAJO JURAMENTO APORTAR AL ORGANISMO CONTRATANTE, CUANDO ME
SEA SOLICITADA, TODA LA INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN RESPALDATORIA QUE
LA ACREDITE, EN UN TODO DE CONFORMIDAD CON EL ALCANCE Y LA EXTENSIÓN
ESTABLECIDAS EN EL ARTÍCULO 234 DEL ANEXO DEL DECRETO N° 893/12 PARA SU
INCLUSIÓN EN EL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE PROVEEDORES (SIPRO).
5. DECLARO BAJO JURAMENTO APORTAR EN TIEMPO ÚTIL CUANDO ME SEA
SOLICITADA LA INFORMACIÓN QUE REQUIERA LA SINDICATURA GENERAL DE LA
NACIÓN (SIGEN) A LOS EFECTOS DE DETERMINAR EL PRECIO TESTIGO PARA UNA
CONTRATACIÓN DETERMINADA.
6. DECLARO BAJO JURAMENTO CONOCER Y ACEPTAR TODAS Y CADA UNA DE LAS
CLÁUSULAS QUE CONFORMAN EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, SUS NOTAS
ACLARATORIAS Y CUADROS ANEXOS OBLIGÁNDOME A RESPETAR CADA UNA DE SUS
ESTIPULACIONES TANTO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA CUANTO PARA LA
EJECUCIÓN DE SU EVENTUAL CONTRATACIÓN.
7. DECLARO BAJO JURAMENTO NO ESTAR INCURSO EN NINGUNA DE LAS CAUSALES
DE INELEGIBILIDAD PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 86 DEL ANEXO DEL DECRETO N°
893/12, HASTA TANTO SE DECLARE BAJO JURAMENTO LO CONTRARIO.
FECHA: _________/_________/_________
FIRMA Y ACLARACIÓN DEL OFERENTE
Tipo y N° de Documento: ...................................................... Cargo: ………….................................
ANEXO III - Declaración Jurada de Cumplimiento de Legislación Laboral Vigente
ANEXO IV - Declaración Jurada de cumplimiento del Decreto N° 312/10 y la Disposición ONC N° 21/2015
ANEXO V - Declaración Jurada Ley 25.551 “Compre Trabajo Argentino”
N° DE CUIT: ...........................................................................
N° DE INGRESOS BRUTOS ................................................
DENOMINACIÓN:
....................................................................................................................................
CALLE ......................................................... N°
..................... PISO .............................. DPTO
..............
TE …………..................................... LOCALIDAD
.................................................................................
CÓDIGO POSTAL …….......................... PROVINCIA. .......................................................................
Declaro bajo juramento que los bienes/servicios ofertados por la Firma
se encuentran comprendidos dentro de la Ley N° 25.551 (Compre Trabajo
Argentino) y su reglamentación Decreto N° 1.600 de fecha 28 de agosto
de 2002 y que la oferta presentada para la presente contratación debe
ser considerada nacional en los términos de lo dispuesto en el Artículo
70 inciso g) apartado 3) del Anexo al Decreto N° 893/2012.
FECHA: _________/_________/_________
FIRMA Y ACLARACIÓN DEL OFERENTE
ANEXO VI: Declaración Jurada de Importaciones y Balanza Comercial
FECHA: _________/_________/_________
FIRMA
(DEL OFERENTE, APODERADO O REPRESENTANTE LEGAL.)
ANEXO VII
ANEXO VIII - Constitución Domicilio Especial
N° DE CUIT: ………………………………..……………………………........……………………………….
DENOMINACIÓN: ……….....………………….......……………………………………………………………
CALLE: ………...………..…….....……………N° …….……..… PISO ……..…. DPTO …………..…………..
LOCALIDAD ………………...…………….....………… PROVINCIA...........................................................
CÓDIGO POSTAL ………………….............……………………………….…………………………………..
FECHA: _________/_________/_________
FIRMA Y ACLARACIÓN DEL OFERENTE
ANEXO IX- Datos Complementarios - LEY COMPRE MIPYME
OFERENTE:
N° DE CUIT:
AÑO |
MONTO DE VENTAS TOTALES ANUALES |
|
$ |
|
$ |
|
$ |
FIRMA
(DEL OFERENTE, APODERADO O REPRESENTANTE LEGAL)
ANEXO X - Declaración Jurada de Libre Deuda Previsional
Quien suscribe ………………………………………………………………………, en carácter de ……………….. de
la firma …………………………….., declaro bajo juramento que la mencionada firma
no cuenta con ninguna deuda previsional exigible a la fecha, ello en el
marco de la Ley N° 17.250, artículo 4°.
FIRMA: ……………………………………………..
ACLARACIÓN: ………………………….………...
En …………….................………………, a los ………. días del mes de ………………. de 20……….
ANEXO XI
CERTIFICADO DE VISITA OBILGATORIA A LOS EDIFICIOS
Por la presente se deja constancia que el Señor ……………………………………………………,
DNI ………………….., perteneciente a la firma …………………………………….., con relación
a la LICITACIÓN PÚBLICA N° ………………………. Expediente N° 20989/2016 por
contratación de un servicio de limpieza general para las distintas
dependencias del Ministerio de Transporte, ha visitado los edificios
que más abajo se detallan:
DEPENDENCIA |
FECHA DE VISITA |
FIRMA DEPENDENCIA |
ACLARACIÓN |
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|
|
|
|
|
|
|
|
________________________________________________________________________
Autorización de la Dirección de Organización y Racionalización de Espacios Físicos
ANEXO XII - DECLARACION JURADA DE
LEGISLACION LABORAL Y DE QUE LOS PRODUCTOS A UTILIZAR NO CONTIENEN
SUSTANCIAS PROHIBIDAS Y/O RESTRINGIDAS.
Quien suscribe la presente declara bajo juramento que cumple con la legislación sobre protección de medio ambiente vigente.
Se declara que ninguno de los productos a utilizar contiene sustancias
prohibidas y/o restringidas y se compromete a que los productos de
limpieza a utilizar deben estar formulados en la medida de lo posible
de forma tal que sean biodegradables de manera aeróbica.
El que suscribe se compromete a presentar un listado de productos a
utilizar en donde figure el nombre del mismo, empresa fabricante, uso
al que se destina y certificado de que dichos productos se encuentran
vigentes en el registro de ANMAT.
FECHA: …………./…………./……...…….
FIRMA Y ACLARACIÓN DEL OFERENTE
ANEXO XIII - ESTRUCTURA DE COSTOS
En dicho Anexo deberán discriminarse los porcentajes asignados a cada uno de los ítems detallados:
Ver Anexo I A - Detalle Estructura de Costos, se traslada el valor total al Anexo IA.
(*) Se aclara que para la presentación de la oferta, deberá completarse
la totalidad de los datos indicados en el cuadro precedente, y
ampliarlos de resultar necesario.
ANEXO XIV - DETALLE DE ESTRUCTURA DE COSTOS:
En dicho cuadro deberán discriminarse los valores y porcentajes
asignados a cada uno de los ítems detallados, relacionados con los
salarios del personal que prestarán servicios de limpieza en este
Ministerio:
(**) Se deberá presentar detalle de las contribuciones en porcentaje (%)
FIRMA y ACLARACIÓN DEL OFERENTE:
TIPO y N° DE DOCUMENTO:
CARGO:
ANEXO XV - PLANILLA DE EQUIPOS, MAQUINAS Y HERRAMIENTAS.
NOTA: Se deja constancia que las cantidades y tipo de maquinaria
solicitadas, responden al mínimo requerido para brindar un servicio
óptimo, pudiendo la oferente proponer cualquier otro tipo de maquinaria
que amplíe y/o mejore las cantidades previstas. Para ello podrá
utilizarse la cantidad de planillas que resulten necesarias.
FIRMA y ACLARACIÓN DEL OFERENTE:
TIPO y N° DE DOCUMENTO:
CARGO:
ANEXO XVI - MATRIZ DE EVALUACION
Donde:
P(f) define el total de puntuación obtenida por el oferente.
F(I) corresponde al total de puntuación obtenida para el Factor I de evaluación.
F(II) corresponde al total de puntuación obtenida para el Factor II de evaluación.
F(III) corresponde al total de puntuación obtenida para el Factor III de evaluación.
ANEXO XVII - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
ESPECIFICACIONES TECNICAS PARA EL
SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DIARIA DE LOS EDIFICIONES Y LOCACIONES
DEL MINISTERIO DE TRANPORTE DE LA NACION
1. OBJETO
Por la contratación de un servicio integral de limpieza destinado a las
locaciones dependiente del Ministerio de Transporte, por un período de
DOCE (12) meses, con opción a prórroga por un plazo igual o fracción
menor.
2. PARA LA EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD E IDONEIDAD, LOS OFERENTES DEBERÁN:
• Acreditar un sistema de calidad de gestión aplicado al rubro
limpieza, de acuerdo a los lineamientos establecidos por la Norma ISO
9001, certificado y vigente a la fecha de apertura de las ofertas,
requisitos sin el cual no se considerará la oferta.
• Acreditar antigüedad en el rubro y en la constitución de la empresa,
no menor a 4 (CUATRO) años, requisito sin el cual no se considerará la
oferta.
• Presentar una carpeta de referencias mediante la que se acredite la
prestación de servicios en el rubro limpieza, en empresas u otros
Organismo. Dentro de la misma, deberá incluirse: denominación del
servicio, duración y periodo de ejecución de los trabajos, cantidad de
personal afectado, monto contratado, empresa u organismo contratante,
contacto, dirección y teléfono. Asimismo, deberá presentarse
documentación respaldatoria que acredite los antecedentes informados,
requisito sin el cual no será considerada la oferta.
• Certificados emitidos por otras empresas u organismos contratantes en
los cuales consta la evaluación de la prestación brindada.
• El oferente deberá reflejar su situación financiera con sus
correspondientes índices de liquidez, demostrando la factibilidad de
pago de los sueldos y las cargas sociales correspondientes.
Dicha documentación deberá encontrarse firmada por el representante
legal y certificada por Contador Público, cuya firma deberá encontrarse
certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.
• Se ponderará a aquellos oferentes que posean y acrediten un Sistema
de Gestión Ambiental que actúe bajo la Norma ISO 14001, aplicado a las
actividades objeto de la presente licitación.
• Se ponderará a aquellos oferentes que posean y acrediten un Sistema
de Gestión de Salud y Seguridad Ocupacional que actúe bajo la Norma
O.H.S.A.S. 18001, aplicado a las actividades objeto de la presente
licitación.
3. PERSONAL
El personal debe ser idóneo y contar con buenos antecedentes,
presencia, conducta y educación, actuando con la mayor discreción
posible en el desempeño de las tareas, observando expresamente el trato
con agentes, funcionarios y/o visitantes del Organismo.
La totalidad del personal está bajo exclusivo cargo y responsabilidad
de la Adjudicataria, como así también los sueldos, cagas sociales,
seguros, beneficios, y otras obligaciones que existan o pudieran surgir
durante la vigencia del contrato. Los mismos deberán registrar su
ingreso y egreso a diario en sistema de control de acceso del Organismo.
La Adjudicataria se responsabiliza por los reclamos de cualquier
naturaleza que pudieran generarse con motivo de la prestación del
servicio, manteniendo indemne a este Organismo por responsabilidades
y/o requerimientos que se relacionen directa o indirectamente con la
prestación del servicio cuya contratación se licita.
Asimismo, la Adjudicataria se obliga a reponer y/o reparar todo
elemento de propiedad del Organismo que resultare dañado o destruido
por acción u omisión del personal actuante, debidamente comprobado,
durante su permanencia en esta.
4. ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL A PROVEER:
- Ropa de trabajo con logo de la empresa
- Botines de seguridad
- Botas de goma
- Protección facial y auditivo (Barbijos, etc.)
- Anteojos
- Cascos
- Guantes
- Delantal protector
El uniforme adecuado para la totalidad del personal con membrete de la
empresa, previamente aprobado por el Departamento de Servicios
generales, deberá ser provisto por la Adjudicataria al inicio de la
prestación y conservarse el mismo en perfecto estado durante la
duración del respectivo contrato (se estima que se necesitarán
mínimamente TRES (3) mudas al año, distinguiéndose entre verano e
invierno para todo el personal afectado). Se entiende por uniformes
completos, chaquetas o remeras, pantalón, buzo y camperas en invierno,
botas para baldeo, zapatos de seguridad, si corresponde, entre otros.
En caso de que los uniformes se encuentren deteriorados deberán ser
reemplazados, caso contrario, el operario no podrá prestar servicios.
Deberá implementarse la identificación personal con carteles legibles,
con etiquetas inalterables con el membrete de la Empresa y el nombre
del operario. El personal asignado para tareas en el sector exterior,
debe contar con ropa adecuada para trabajos en la intemperie, con
detalles en flúo reactivos, zapatos de seguridad, etcétera.
Está a cargo de la Adjudicataria la provisión, según la normativa legal
vigente, de los elementos de protección personal de acuerdo a la tarea
desarrollada (botas, calzado de seguridad, barbijos, etcétera) y la
capacitación en su uso continuo y correcto. La no utilización de dichos
elementos da lugar a la no prestación del servicio.
5. SUPERVISOR
La Supervisión general del personal destacado en cada uno de los
sectores de trabajo. Objeto de la presente, será por cuenta de la
empresa Adjudicataria, pudiendo el Ministerio de Transporte requerir la
presencia del Supervisor ante una eventual necesidad del mismo.
El o los supervisores generales deben permanecer en forma exclusiva
durante todo el tiempo que se encuentre el personal de la firma, siendo
los referentes principales ante el Organismo y los edificios en los que
preste servicio. Los mismos deberán registrar su ingreso y egreso a
diario en sistema de control de acceso del Organismo. La distribución
de los supervisores queda a criterio de la Adjudicataria, siendo
comunicada fehacientemente al Departamento de Servicios Generales, la
que a su vez verificará la presencia en los edificios. Si por algún
motivo el o los supervisores generales deben ausentarse, deben ser
reemplazados por personal externo de la Adjudicataria, debidamente
autorizado por el Departamento de Servicios, no pudiendo ser suplidos
por ningún operario, ni encargado asignado a este Organismo. Dicho
supervisor contará con la suficiente idoneidad, autoridad y facultad
para cumplir de inmediato cualquier requerimiento que se le formule
referente a las tareas o al personal. Además, deberá contar con la
correspondiente autorización de la empresa para notificarse de las
indicaciones que se le impartan en la ejecución del servicio.
Asimismo y además de los días previstos, el Supervisor podrá
desplazarse a cada uno de los lugares incluidos en la presente
Especificación Técnica, toda vez que considere necesario y en el
horario que lo considere oportuno, para el control de su personal y
tareas, debiendo en cada uno de los casos notificar de su presencia al
Responsable en Servicios Generales.
El Departamento de Servicios Generales podrá solicitar al Supervisor
disponer del personal para el movimiento de muebles u otros elementos
para la limpieza de lugares ocultos (pisos, zócalos, estanterías, etc.)
o para el mejoramiento de los sectores.
Presentará como mínimo CINCO (5) DIAS hábiles antes de iniciar las
actividades como Adjudicataria del Ministerio de Transporte, la NOMINA
DEL PERSONAL ACTUALIZADO que designará para los edificios incluidos en
la presente Especificación Técnica.
En el caso de alguna anormalidad o incumplimiento en los servicios
prestados por la Adjudicataria, se confeccionará un Acta para dejar
constancia de lo sucedido.
6. EQUIPOS, MAQUINAS, HERRAMIENTAS Y ELEMENTOS A PROVEER:
La Adjudicataria deberá prever y proveer la totalidad de los elementos
necesarios para la eficiente ejecución de las tareas contratadas
(exigidos por la Ley 19.587 “HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO” y sus
modificatorios), principalmente: máquinas aspiradoras, aspiradoras de
mano, máquinas lustradoras - enceradoras industriales, hidrolavadora,
letrero piso mojado, carro para elementos de limpieza, alargues,
escalera, plumeros, palas, baldes, escobillones, recipientes para
fluidos, escobas, cepillos, trapos para piso, mopas, esponjas, trapos
rejillas, franelas, secador de vidrios, bolsas de residuos normales y
tipo consorcio, dispositivo surtidor de alcohol en gel, silleta, soga
para arnés, juego de arnés (para la limpieza de vidrios en el
exterior), y todo aquella herramienta o maquinaria necesaria para el
correcto desempeño del servicio.
Además, queda a cargo de la Adjudicataria los elementos de limpieza
necesarios, para la eficiente ejecución de las tareas contratadas,
principalmente: alcohol en gel, lustrador tipo “BLEM”, quitasarro,
detergente, pastilla para baño, lavandina liquida y en gel,
desinfectante para pisos, multiuso para muebles, limpiador tipo “CIF”,
jabón líquido para manos, desodorante de ambientes y todo aquel
elemento de limpieza necesario para el correcto desempeño del servicio.
Los equipos deberán encontrarse en perfecto estado de conservación y
funcionamiento. En caso de desperfecto deberán ser reemplazados por
equipos de iguales características. Asimismo, la Adjudicataria porveerá
y repondrá de manera constante la totalidad de los dispensers (de jabón
líquido, papel higiénico, toallas de papel, protector higiénico
descartable para inodoros y alcohol en gel) ubicados en cada uno de los
baños.
Del relevamiento que se realice a la visita de cada uno de los distritos y locaciones surgirá la oferta.
7. UBICACIÓN DE LOS EDIFICIOS
Maipú 255 CABA, pisos: PB; 2 B; 12; 15; 16 A y B; 20
Bouchard 547 CABA pisos: 5; 6 y 7
Esmeralda 117 CABA, pisos: PB, 1 y 2
España 2221, CABA Edificio completo
Alférez y Lavaisse 1600, CABA
Av. Belgrano y 27 de Febrero, Rosario, Santa Fe
Liniers 395, Paraná, Entre Ríos
San Martin 1301, Corrientes
Jordana 748, Concepción del Uruguay, Entre Ríos
Calle 507 y 520, Quequen, Buenos Aires
Av. Salustio S/N, Bahía Blanca, Buenos Aires
San Juan 777 CABA, piso 3
Av. Paseo Colón 315, CABA
8. HORARIOS DEL PERSONAL
Se propondrá la cantidad MÍNIMA de personal que se requiere para
abarcar tareas de limpieza general y su mantenimiento. Mediante la
visita a las instalaciones por parte del oferente se detallará la
función de los operarios, respondiendo a las necesidades particulares
de las locaciones.
El adjudicatario destinará para la cobertura del servicio, en los
horarios que se especifican, la cantidad de personal que se detallen en
cada caso:
MAIPÚ 255
Secretaría de gestión
Lunes a Viernes de 07:00 Hs. A 15:00 Hs.: CINCO (5) OPERARIOS
Lunes a Viernes de 12:00 Hs. A 20:00 Hs.: DOS (2) OPERARIOS
ACLARACIÓN: Los Operarios del turno mañana no deberán ser los mismos que los del turno tarde.
BOUCHARD 547
Secretaría de planeamiento
Lunes a Viernes de 06:00 a 14:00 Hs: TRES (3) OPERARIOS
Lunes a Viernes de 12:00 a 20:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS
Sábados de 06:00 a 14:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS
ACLARACIÓN: Los Operarios del turno mañana no deberán ser los mismos que los del turno tarde.
ESMERALDA 117
Instituto Argentino del Transporte
Lunes a Viernes de 08:00 a 14:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS
Lunes a Viernes de 14:00 a 20:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS
ESPAÑA 2221
Puertos y Vías Navegables
Lunes a Viernes de 06:00 a 10:00 Hs: DOCE (12) OPERARIOS
Lunes a Viernes de 10:00 a 16:00 Hs: SEIS (6) OPERARIOS
Lunes a Viernes de 16:00 a 20:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS
Sábados de 08:00 a 13:00 Hs: CUATRO (4) OPERARIOS (para tareas programadas no realizables en semana)
ACLARACIÓN: Los Operarios del turno mañana no deberán ser los mismos que los del turno tarde.
ALFÉREZ Y LAVAISSE 1600
Delegación Río de la Plata
Lunes a Viernes de 06:00 a 10:00 Hs: CUATRO (4) OPERARIOS
Lunes a Viernes de 10:00 a 16:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS
Sábados de 08:00 a 13:00 Hs: TRES (3) OPERARIOS
ACLARACIÓN: Los Operarios del turno mañana no deberán ser los mismos que los del turno tarde.
AV. BELGRANO Y 27 DE FEBRERO
Delegación Paraná Inferior
Lunes a Viernes de 06:00 a 10:00 Hs: SEIS (6) OPERARIOS
Lunes a Viernes de 10:00 a 16:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS
Sábados de 08:00 a 13:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS
ACLARACIÓN: Los Operarios del turno mañana no deberán ser los mismos que los del turno tarde.
LINIERS 395
Delegación Paraná Medio
Lunes a Viernes de 06:00 a 10:00 Hs: CUATRO (4) OPERARIOS
Lunes a Viernes de 10:00 a 16:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS
Sábados de 08:00 a 13:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS
ACLARACIÓN: Los Operarios del turno mañana no deberán ser los mismos que los del turno tarde.
SAN MARTÍN 1301
Delegación Paraná Superior
Lunes a Viernes de 06:00 a 10:00 Hs: SEIS (6) OPERARIOS
Lunes a Viernes de 10:00 a 16:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS
Sábados de 08:00 a 13:00 Hs: TRES (3) OPERARIOS
ACLARACIÓN: Los Operarios del turno mañana no deberán ser los mismos que los del turno tarde.
JORDANA 741
Delegación Río Uruguay
Lunes a Viernes de 06:00 a 10:00 Hs: SEIS (6) OPERARIOS
Lunes a Viernes de 10:00 a 16:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS
Sábados de 08:00 a 13:00 Hs: TRES (3) OPERARIOS
ACLARACIÓN: Los Operarios del turno mañana no deberán ser los mismos que los del turno tarde.
CALLE 520 Y 507
Delegación Quequen
Lunes a Viernes de 08:00 a 14:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS
Lunes a Viernes de 14:00 a 20:00 Hs: UN (1) OPERARIO
Sábados de 08:00 a 13:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS
ACLARACIÓN: Los Operarios del turno mañana no deberán ser los mismos que los del turno tarde.
AV. SALUSTIO S/N
Delegación Bahía Blanca
Lunes a Viernes de 08:00 a 14:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS
Lunes a Viernes de 14:00 a 20:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS
Sábados de 08:00 a 13:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS
ACLARACIÓN: Los Operarios del turno mañana no deberán ser los mismos que los del turno tarde.
SAN JUAN 777
Comisión Nacional de Seguridad de Transporte
Lunes a Viernes de 08:00 a 14:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS
Lunes a Viernes de 14:00 a 20:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS
ACLARACIÓN: Los Operarios del turno mañana no deberán ser los mismos que los del turno tarde.
AV. PASEO COLÓN 315
Secretaría de planeamiento
Lunes a Viernes de 06:00 a 14:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS
Lunes a Viernes de 12:00 a 20:00 Hs: UN (1) OPERARIO
Sábados de 06:00 a 14:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS
ACLARACIÓN: Los Operarios del turno mañana no deberán ser los mismos que los del turno tarde.
9. RESPONSABILIDAD DE HORARIOS.
El adjudicatario será responsable del cumplimiento del horario y
asistencia de su personal destacado en las distintas áreas de trabajo,
respondiendo por sus llegadas tarde y/o ausencias imprevistas o no por
distintas causas, en cuyo caso deberá prever el o los reemplazos
necesarios y permanentes para cubrir esas circunstancias, reemplazos
que deberán presentarse en el/los lugares de trabajo dentro de las DOS
(2) HORAS de producida la novedad de ausencia del personal fijo. Para
ello el adjudicatario deberá proveer lista de personal designado a
dicho reemplazo.
El Adjudicatario proporcionará por su exclusiva cuenta y riesgo los
medios de traslado a su personal, a fin de dar cumplimiento con los
trabajos contratados, aún en días de huelga o paro de actividades de
cualquier sector o actividad, teniendo en cuenta que el Ministerio de
Transporte mantiene una actividad continua las VEINTICUATRO (24) HORAS
DE TODOS LOS DIAS DEL AÑO.
Si por falta de personal, maquinarias, materiales u otras causas, no se
efectuara el servicio en la forma que estipule la orden de compra, este
Ministerio se reserva el derecho a rescindir el contrato con la
aplicación de penalidades correspondientes.
10. DETALLE DE LAS TAREAS A REALIZAR.
Oficinas y locales de trabajo.
Diariamente se efectuará la limpieza general de las oficinas, locales
de trabajo, cocinas de piso, baños, patios, comedores, pasillos,
escaleras, terraza, vereda, etc.; teniendo en cuenta que la gran
mayoría del personal del Ministerio de Transporte desempeña sus tareas
de 09:00 a 17:00 Hs., tales tareas se realizarán dentro de ese horario
(en especial las oficinas), mientras que en horas de la tarde se
procederá a realizar la limpieza de los espacios comunes.
La limpieza de los cestos de papeles se realizará cada vez que se
efectúe la limpieza de las oficinas ó locales, con recambio de la bolsa
de residuos (toda vez que sea necesario), especialmente, en las cocinas
de piso, baños, y en todo otro local que expresamente se indique.
El último día hábil de cada semana y especialmente, sábados y feriados,
deberá realizarse una limpieza en forma profunda en todos los espacios
comunes.
Paredes y cielorrasos.
Se mantendrán perfectamente limpios empleando plumeros y otros
elementos sin recurrir a aquellos que dañen la pintura, empapelados o
revestimientos en general, realizando las tareas que sean necesarias
para que en todo momento, tanto paredes como cielorrasos se encuentren
limpias de polvo, telarañas, etc.
Lámparas de oficina, puertas, ventanas, zócalos, persianas, ventiluces y revestimientos de madera.
Diariamente se repasarán con gamuzas y aspiradoras. Semanalmente se
limpiarán todas las superficies con esponja humedecida con agua
jabonosa empleando productos no corrosivos.
Pisos de madera, goma y tipo flexiplast.
Se lustrará dos (2) veces por semana. Bimestralmente se removerá la cera acumulada, volviendo a encerar y lustrar.
Pisos de mosaico granítico.
Diariamente se efectuará el barrido de todas sus superficies sacando
las manchas que pudieran tener y luego se realizará el lustrado con
máquinas.
Semanalmente se lavarán, eliminando los residuos de cera y manchas, se
encerará y lustrará debidamente con productos y máquinas adecuadas.
Este trabajo se realizará el último día hábil de cada semana.
Alfombras.
Diariamente se procederá al aspirado de todas las superficies empleando
máquinas aspiradoras industriales y quitando todas las manchas que
hubiere en las mismas.
Bimestralmente o cada vez que sea necesario, se limpiarán con espuma a
seco el total de las superficies, empleando productos químicos
adecuados que eviten la decoloración o encogimiento.
Escaleras.
Diariamente se limpiarán los escalones, descansos, zócalos, barandas,
empleando detergente o productos adecuados antideslizantes.
Vidrios y cristales.
Diariamente se repasarán las cubiertas vítreas ubicados sobre mesas y
escritorios, asimismo se repasarán los vidrios y cristales de todas las
puertas del edificio.
Diariamente se repasarán los vidrios correspondientes de mamparas divisorias y muebles (armarios, vitrinas, etc.).
Semanalmente se lavarán todos los vidrios correspondientes al lado interior de las ventanas y cerramientos todos los edificios.
Trimestralmente se lavarán todos los vidrios correspondientes al lado
exterior de las ventanas, frente y contra frente y la de todos los
patios internos. Para la limpieza de los vidrios exterior de todos los
edificios del Ministerio de Transporte en Capital Federal.
Cortinas.
Diariamente se repasarán con plumero para eliminar el polvillo.
Mensualmente se repasarán las de tipo venecianas, con trapo rejilla
húmedo para eliminar posibles manchas que pudieran quedar.
Todas las cortinas de tela del organismo, serán retiradas, lavadas y
planchadas una vez cada tres meses o toda vez que ante un acto o
ceremonia de importancia, el Ministerio de Transporte considere
oportuno realizarlo.
Muebles en general.
Diariamente se limpiarán todos los escritorios, mesas, sillas,
sillones, armarios, archivos, bibliotecas, etc., con trapo rejilla
humedecido con agua jabonosa o productos adecuados para cada caso,
repasando luego con franela seca (incluyéndose la totalidad de los
muebles existentes en el edificio).
Se procederá a repasar para eliminar el polvo utilizando paño
humedecido o usando productos adecuados en: Teléfonos, máquinas de
calcular, de escribir, intercomunicadores, computadoras, impresoras,
con conocimiento o bajo la supervisión de personal responsable de cada
oficina o lugar de trabajo, teniendo la precaución que aquellos equipos
que funcionen con corriente eléctrica, deberán desenchufarse para que
se efectúe la limpieza correspondiente.
Semanalmente se procederá a la limpieza profunda de todas las sillas,
sillones, sofás, etc. (Tapizados en cuero ó cuerina, u alguna otra
tela) con productos que no afecten y/o deterioren los mismos.
Diariamente se limpiará la parte interior de todos aquellos armarios
que en forma permanente o circunstancial, tengan sus puertas abiertas,
estanterías (desocupadas parcial o totalmente), pero respetando siempre
toda documentación archivada, la cual bajo ningún concepto podrá ser
tocada por el personal de limpieza, solicitando autorización al
personal más antiguo de la oficina.
Artefactos de iluminación.
Los artefactos de iluminación instalados en techos y paredes, serán
repasados conforme lo determinado para paredes y cielorrasos,
manteniéndolos limpios, eliminando el polvo y manchas que pudieran
tener.
Hall de entrada.
Diariamente se procederán a limpiar todo el sector, incluyendo pisos,
zócalos, paredes, techos, vidrios internos y externos, columnas,
puertas de ascensores, sector de vigilancia, etc.
Semanalmente o cada vez que sea necesario, se procederá al lustrado con
productos especiales, de las plaquetas de bronce instaladas sobre las
paredes, al igual que tapas y otros elementos metálicos del lugar.
Baños.
Diariamente se procederá a una limpieza profunda de todos los baños del
edificio, plumereando las paredes, cielorrasos, puertas, ventanas,
artefactos de iluminación y además lavado de artefactos sanitarios,
pisos y revestimientos con productos desinfectantes, empleando una
solución de agua con un 3% de lavandina pura (IRAM/ ISO, etc.).
Se mantendrá en forma permanente pastillas desodorantes en artefactos
sanitarios (inodoros y mingitorios), siendo estos elementos provistos
por la Adjudicataria.
Ascensores.
Diariamente se limpiarán con materiales y elementos adecuados los pisos, cielorrasos y revestimientos de paredes.
Semanalmente se limpiarán los aparatos de iluminación.
Subsuelo.
Quincenalmente se efectuará el limpiado y lavado de pisos y escaleras,
como así también la limpieza de paredes, cielorrasos, cañerías,
tableros y muebles en general.
Revestimiento de mármol y granito.
Diariamente se efectuará el plumereado de todas las superficies y
posteriormente se lustrar con una franela seca o máquina especial de
mano.
Semanalmente serán lavados con agua jabonosa y posterior a su secado, se realizará el lustrado correspondiente.
Elementos de contra - incendio.
Diariamente se repasarán con trapos humedecidos en agua jabonosa los
elementos destinados a la lucha contra incendios (matafuegos, baldes,
etc.).
Terraza.
Semanalmente se efectuará el barrido y lavado de los pisos, plumereado
de las paredes y cielorrasos de las galerías y se retirarán todos los
elementos sueltos que puedan obstruir las bocas de los desagües.
Vestuarios.
El Ministerio de Transporte pondrá a disposición de la Empresa un lugar
para uso como vestuario, oficina y depósito de elementos y herramientas
de propiedad de la Adjudicataria.
El lugar mencionado deberá permanecer en perfectas condiciones de uso,
limpieza y pintado, como así también el mobiliario cedido por el
Ministerio de Transporte, en calidad de préstamo, el cual será devuelto
en las mismas condiciones al finalizar el Contrato o a requerimiento
del Ministerio de Transporte.
Patios y pasillo central.
Diariamente se efectuará el barrido completo de los mismos.
Semanalmente se lavarán todos los patios (internos y externos, pasillos
y galerías), empleando agua jabonosa y desinfectantes líquidos.
Veredas de exterior.
Se limpiarán de lunes a viernes. Se efectuará el barrido y lavado de
las veredas empleando agua jabonosa. Se procederá al secado de las
mismas por medio de secadores de goma. Las aguas servidas serán
arrojadas sobre el 1er. metro de la calzada junto al cordón, y con
escobas se procederá al barrido de los residuos que se juntaren,
colocándose luego en bolsas de residuos.
Bibliotecas.
Durante todos los días hábiles, entre las 09:00 y las 17:00 Hs, un (1)
operario realizará las tareas de limpieza integral (repaso de
alfombras, muebles, sillas, estanterías, paredes, limpieza de libros,
limpieza de baño, etc.) e inclusive las que el personal encargado del
sector o del Departamento Servicios pueda indicar. El personal afectado
deberá concurrir con barbijo y guantes descartables.
Se utilizará máquina aspiradora de polvo de mano, para el aspirado diario de los libros.
Departamento Comunicaciones y Pronósticos
Diariamente a primera hora (entre las 07:00 y 08:00 Hs.), se procederá
a la limpieza de todas las oficinas en las que se efectúan tareas
durante la noche, retirando la totalidad de los papeles y residuos de
las mismas.
Sala de archivo.
Diariamente, un (1) operario realizará la limpieza integral en el
horario en el cual se encuentre trabajando personal de esa dependencia,
que consistirá en repaso de muebles, sillas, armarios, estanterías,
paredes, limpieza del material archivado, limpieza de baño e inclusive
las que el personal encargado del sector o del Dpto. Servicios pueda
indicar al respecto. Se utilizarán máquinas aspiradoras de polvo, para
el aspirado diario del material en Archivo.
Cocinas de piso.
Diariamente se limpiarán profundamente los revestimientos, pisos,
zócalos, piletas y alacenas usando productos adecuados y desinfectantes
no tóxicos para seres humanos. Se retirará diariamente y cada vez que
sea necesario toda la basura existente del lugar con el recambio de
bolsas correspondientes.
Techos.
Una (1) vez por semana se efectuará un barrido general para evitar la
obstrucción de las bocas de desagüe, para eso el adjudicatario
designara un (1) personal masculino para realizar dichas tareas.
Estacionamiento.
Se deberá barrer y lavar cada 72 Hs, despeje de basura, elementos de acumulación que entorpezcan el tránsito.
Vidrios de Altura:
La limpieza de los mismos deberá realizarse por personal especializado
para trabajos en altura, contando con los certificados emitidos por la
Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART), en el cual figure la
certificación de la capacitación recibida para efectuar este tipo de
trabajos.
La limpieza de los vidrios de altura exteriores e interiores (plumones)
debe efectuarse manteniéndose una rutina de periodicidad establecida
entre el Área Servicios Generales y la empresa Adjudicataria; excepto
que la Dirección Técnica Operativa establezca alguna normativa
relacionada con la diagramación y realización de tareas en función de
las necesidades operativas de cada edificio.
De acuerdo a la acción del clima y en caso de ser requerido, podrá ser modificada la periodicidad de ejecución del servicio.
La Adjudicataria deberá contar con el equipo adecuado para los trabajos
en altura como ser silletas, arnés, soga, etc., cumpliendo con las
normas de seguridad y la legislación correspondiente, la cual podrá ser
verificada por la Coordinación de Higiene y Seguridad en el Trabajo de
este Ministerio. Asimismo, deberá adjuntar la metodología operativa que
se desarrollará para la prevención de riesgos y accidentes personales,
así como certificados de capacitación de trabajos en altura.
Tareas de repaso (en horario diurno).
Consistirán de repaso de los muebles, pisos, alfombras, baños, etc., en despacho de jefatura y demás despachos de funcionarios.
Los sábados, previo al encerado, se efectuará limpieza y/o rasqueteado
si fuera necesario en los pisos de madera y el lavado de los pisos del
tipo mosaico granítico.
MAIPÚ 255, CABA.
Planificación de Movilidad
BOUCHARD 547, CABA.
Movilidad urbana
ESMERALDA 117, CABA.
Instituto Argentino del Transporte
ESPAÑA 2221, CABA.
Puertos y Vías Navegables
ALFÉRES LAVAISSE 1600, CABA.
Delegación Río de la Plata
AV. BELGRANO Y 27 DE FEBRERO, Rosario, Pcia. Santa Fe.
Delegación Paraná Inferior
LINIERS 395, Paraná, Pcia. Entre Ríos.
Delegación Paraná Medio
SAN MARTÍN 1301, Corrientes.
Delegación Paraná Superior
JORDANA 741, Concepción del Uruguay, Pcia. Entre Ríos.
Delegación Río Uruguay
CALLE 520 Y 507, Ququén, Pcia. Buenos Aires.
Delegación Quequen
AV. SALUSTIO S/N, Bahía Blanca, Pcia. Buenos Aires.
Delegación Bahía Blanca
SAN JUAN 777, CABA.
Comisión Nacional de Seguridad de Transporte
AV. PASEO COLÓN 315
Secretaría de planeamiento
11. CONTROL DEL SERVICIO
El control del servicio será establecido por el Ministerio de Transporte. El mismo consta de tres ejes:
• Registro de asistencia: Se definirá por cada edificio, el registro de
asistencia del personal que asigne el prestador, teniendo en cuenta los
horarios dispuestos para cada uno de los diferentes sitios.
• Calidad de insumos: Serán utilizados solamente productos de limpieza de primera calidad, como “CIF”, “AYUDIN”, “BLEM”, etc.
• Auditorias: Las auditorias serán implementadas por el Ministerio de
Transporte, con el fin de controlar la calidad del proceso de limpieza
en cada uno de los sitios.
Se emitirán dos copias de un formulario de control que deberán ser
firmadas, una por el Adjudicatario y otra copia por el Ministerio de
Transporte, para evaluar con puntajes el nivel de prestación de los
tres ejes.
PLIEG-2016-01828275-APN-SSCA#MTR
e. 06/10/2016 N° 74034/16 v. 06/10/2016