MINISTERIO DE TRANSPORTE

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

Disposición 33 - E/2016

Buenos Aires, 30/09/2016

VISTO el Expediente CUDAP N°: S02:0020989/2016 del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la contratación de un servicio de limpieza integral para las distintas dependencias del MINISTERIO DE TRANSPORTE, por el término de DOCE (12) meses, con opción a prórroga por hasta DOCE (12) meses más a favor del citado Ministerio, a solicitud de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS.

Que se encuentra agregada la reserva presupuestaria correspondiente mediante la Solicitud de Gastos N° 40 por un monto de PESOS VEINTIDOS MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA MIL ($ 22.890.000.-)

Que dicha contratación corresponde se encuadre en la figura de Licitación Pública contemplada en el Artículo 25, inciso a), apartado 1 del Decreto N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001, reglamentado mediante los Artículos 15 y 34, inciso c) del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por el Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de 2012 y sus modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.

Que por lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas por el Decreto N° 8/2016 y el Artículo 14 del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por el citado Decreto N° 893/2012 y sus modificatorios, corresponde actuar en consecuencia.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Autorízase el llamado a Licitación Pública relativa a la contratación de un servicio de limpieza integral para las distintas dependencias del MINISTERIO DE TRANSPORTE, por el término de DOCE (12) meses, con opción a prórroga por hasta DOCE (12) meses más a favor del citado Ministerio, a solicitud de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS.

ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que como Anexo (PLIEG-2016-01828275-APN-SSCA#MTR), forma parte integrante a la presente medida.

ARTÍCULO 3° — Encomiéndase a la DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, a determinar la fecha, hora y lugar de las presentaciones y apertura de las ofertas, así como todos los trámites necesarios para llevar a cabo el procedimiento licitatorio.

ARTÍCULO 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará a las Partidas Presupuestarias 1-0-0-1-0-2-335-11-1 y 91-0-0-1-0-2-335-11-1 correspondientes al Ejercicio Financiero 2017, Servicio Administrativo Financiero 327 - Jurisdicción 57 - MINISTERIO DE TRANSPORTE y según surja de su adjudicación definitiva.

ARTÍCULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — JUAN MANUEL GALLO, Subsecretario, Subsecretaría de Coordinación Administrativa.

ANEXO

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES



ARTÍCULO 1°. OBTENCIÓN DEL PLIEGO:

A los efectos de la obtención del Pliego vía internet, se deberá ingresar en la página de la Oficina Nacional de Contrataciones (www.argentinacompra.gov.ar), al link “Contrataciones Vigentes”. La obtención del Pliego por dicha vía no tendrá costo.

Asimismo, podrá retirarse en la Dirección de Contratación de Bienes y Servicios del Ministerio sita en Hipólito Yrigoyen N° 250, piso 12, oficina 1240, CABA., de lunes a viernes en el horario de 11 a 17.00 horas.

ARTÍCULO 2°. CÓMPUTO DE PLAZOS:

Todos los plazos en el presente pliego se computarán en días hábiles administrativos, salvo que se disponga expresamente lo contrario.

ARTÍCULO 3°. NOTIFICACIONES:

Todas las notificaciones entre la jurisdicción o entidad contratante y los interesados, oferentes, adjudicatarios o cocontratantes se efectuaran a la dirección de correo electrónico denunciada por el oferente en el Anexo I. Asimismo, se informa que de habilitarse el “Procedimiento excepcional de difusión” se utilizará como medio de notificación cualquiera de los otros establecidos en el art. 56 del Reglamento aprobado por Decreto N° 893/12, conforme la Disposición N° 64/2014 de la Oficina Nacional de Contrataciones, modificada por la Disposición ONC N° 79/2014.

ARTÍCULO 4°. CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO ESPECIAL:

A todos los efectos legales de la presente contratación, el oferente deberá constituir domicilio especial (Anexo VIII), según lo establecido en el artículo 70, inciso f), del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12.

ARTÍCULO 5°. CONSULTAS AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES:

5.1. Las consultas al Pliego de Bases y Condiciones Particulares deberán efectuarse únicamente por escrito ante la DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS - Hipólito Yrigoyen N° 250 - Piso 12°- Oficina 1240 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes en el horario de 9.00 a 16.00 horas.

5.2. No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquellas que se presenten fuera de término.

5.3. Deberán ser efectuadas hasta el día y hora estipulado en el cronograma de fechas obrante en la caratula del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

5.4. Si la DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS considera que la consulta es pertinente y contribuye a una mejor comprensión e interpretación del Pliego en cuestión, se elaborará una circular aclaratoria y comunicará en forma fehaciente, con CUARENTA Y OCHO (48) horas como mínimo de anticipación a la fecha fijada para la presentación de ofertas, a todas las personas que hubiesen retirado, comprado o descargado el pliego y al que hubiere efectuado la consulta si la circular se emitiera como consecuencia de ello e incluirlas como parte integrante del Pliego y difundirlas en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.

5.5. La DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS podrá de oficio realizar las aclaraciones que sean pertinentes, debiendo comunicarlas, siguiendo el procedimiento mencionado precedentemente e incluirlas en el Pliego correspondiente.

5.6. En cuanto a las modificaciones del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, del mismo modo que las aclaraciones, podrán derivar de consultas de los interesados o efectuarse de oficio por el Organismo contratante, fijándose como límite para su procedencia que no se altere el objeto de la licitación.

5.7. Cuando por la índole de la consulta practicada por un interesado resulte necesario pedir informes o realizar verificaciones técnicas que demanden un plazo superior a CUARENTA Y OCHO (48) horas contadas desde que se presentase la solicitud, la DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS podrá posponer de oficio la fecha de apertura. El cambio de fecha de la apertura de ofertas o la de presentación de las ofertas podrán ser emitidas por el titular de la unidad operativa de contrataciones y deberán ser difundidas, publicadas y comunicadas por los mismos medios en que hubiera sido difundido, publicado y comunicado el llamado original con VEINTICUATRO (24) horas como mínimo de anticipación a la fecha originaria fijada para la presentación de las ofertas. Asimismo deberán ser comunicadas, a todas las personas que hubiesen retirado, comprado o descargado el pliego de la página de Argentina Compra suministrando obligatoriamente su nombre o razón social, domicilio, fax y dirección de correo electrónico en los que serán válidas las comunicaciones que deban cursarse hasta el día de apertura de las ofertas, como así también, al que hubiere efectuado la consulta si la circular se emitiera como consecuencia de ello, con el mismo plazo mínimo de antelación. También deberán incluirse como parte integrante del Pliego y difundirse en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.

5.8. La presentación de la oferta implica que los oferentes han estudiado las especificaciones del Pliego y han obtenido informes del trabajo o cualquier otro dato que pudiera incidir en la determinación de los costos de la provisión objeto del presente llamado.

ARTÍCULO 6°. REQUISITOS Y PRESENTACIÓN DE LA OFERTA: Deberán ser redactadas en idioma nacional.

6.1. El original deberá estar firmado, en todas y cada una de sus hojas, por el oferente o su representante legal.

6.2. Acompañar con UNA (1) copia de la oferta provista en CD debidamente identificado.

6.3. Las testaduras, enmiendas, raspaduras o interlíneas, si las hubiere, deberán estar debidamente salvadas por el firmante de la oferta.

6.4. Los sobres, cajas o paquetes que las contengan se deberán presentar perfectamente cerrados consignando en su cubierta la identificación del procedimiento de selección precisándose el lugar, día y hora límite para la presentación de las ofertas y el lugar, día y hora del acto de apertura.

ARTÍCULO 7°. VISITAS

Los oferentes deberán realizar visitas a los lugares donde se prestará el servicio. Para ello, deberán previamente coordinar dicha visita con la Dirección de Organización y Racionalización de Espacios Físicos, al teléfono (011) 4335-1287/1286, de lunes a viernes de 10 a 18 hs.

A su vez, deberán presentar con su oferta el certificado extendido conformado por la Dirección de Organización y Racionalización de Espacios Físicos que acredita su presencia y conocimiento de los lugares donde se prestará el servicio, que como Anexo XI forma parte del presente Pliego.

El Ministerio facilitará todas las visitas e inspecciones que le sean solicitadas por los oferentes, de modo tal que la Adjudicataria no podrá alegar posteriormente ignorancia y/o desconocimiento de las condiciones en que deba prestarse el servicio.

ARTÍCULO 8°. EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

8.1. La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación de las normas y cláusulas que rigen este procedimiento de selección. No será necesario acompañar este pliego firmado junto con la oferta.

8.2. La presentación de la oferta implica que los oferentes han estudiado las especificaciones del Pliego y han obtenido informes del trabajo o cualquier otro dato que pudiera incidir en la determinación de los costos de la provisión objeto del presente llamado.

8.3. Implicará además la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, sin que pueda alegar en adelante el oferente su desconocimiento.

8.4. INMODIFICABILIDAD DE LA OFERTA

8.4.1. La posibilidad de modificar la oferta precluirá con el vencimiento del plazo para presentarla, sin que sea admisible alteración alguna en la esencia de las propuestas después de esa circunstancia.

8.4.2. Si en forma previa al vencimiento del plazo para presentar ofertas, un oferente quisiera corregir, completar o reemplazar una oferta ya presentada, se considerará como válida la última oferta presentada en término.

ARTÍCULO 9°. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS

9.1. Las ofertas se admitirán desde la fecha de la convocatoria durante los días hábiles, en el horario y hasta el día indicados en la carátula de este Pliego.

9.2. Las ofertas presentadas fuera del término fijado para su recepción, serán rechazadas sin más trámite, aún cuando el acto de apertura no se hubiera iniciado.

9.3. Las ofertas que se reciban por correo postal se considerarán presentadas en el momento de su recepción por parte de la DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS - Hipólito Yrigoyen N° 250 - Piso 12° - Oficina 1240 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

9.4. El oferente que presente una propuesta por correo postal deberá identificar en el sobre, caja o paquete que la contenga: el tipo y número de procedimiento de selección a que corresponda, precisando el lugar, día y hora límite para la presentación de las ofertas y el lugar, día y hora de apertura.

9.5. Si la oferta no estuviera así identificada y aún presentada en término no estuviere disponible para ser abierta en el momento de celebrarse el acto de apertura, se considerará como presentada fuera de término y será devuelta al presentante.

ARTÍCULO 10. DOCUMENTACIÓN PARTICULAR

Las ofertas deberán contener:

Todas las características técnicas solicitadas en el presente pliego deberán estar avaladas por documentación técnica del fabricante en caso de corresponder.

10.1. Para esto el oferente deberá indicar para cada característica solicitada, en qué lugar de la oferta (número de página) se encuentra la documentación técnica de respaldo que demuestra el cumplimiento de lo solicitado.

10.2. Toda la documentación técnica respaldatoria deberá ser adjuntada a la oferta. No se admitirán referencias a páginas web u otras fuentes de información que no figuren explícitamente en la oferta.

10.3. Toda otra documentación técnica que complemente la descripción de los productos y servicios ofertados.

10.4. Acreditar Antigüedad empresarial cómo mínimo CUATRO (4) años en el rubro.

10.5. Antecedentes Comerciales: deberá presentar una carpeta de referencias mediante la que se acredite la prestación de servicios en el rubro limpieza, en empresas u otros organismos. Dentro de la misma deberá incluirse: denominación del servicio, duración y periodo de ejecución de los trabajos, cantidad de personal afectado, monto contratado, empresa u organismo contratante, contacto dirección y teléfono. Asimismo deberá presentarse documentación respaldatoria que acredite los antecedentes informados.

10.6. Certificados emitidos por otras empresas u organismos contratantes en los cuales consta la evaluación de la prestación brindada.

10.7. El oferente deberá reflejar su situación financiera con sus correspondientes índices de liquidez, demostrando la factibilidad de pago de los sueldos y las cargas sociales correspondientes.

10.8. Dicha documentación deberá encontrarse firmada por el representante legal y certificada por Contador Público, cuya firma deberá encontrarse certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.

10.9. Se ponderará a aquellos oferentes que posean y acrediten un Sistema de Gestión Ambiental que actué bajo la Norma ISO 14001 aplicado a las actividades objeto de la presente licitación (Conf. Comunicación General ONC N° 30 de fecha 11 de agosto de 2015).

10.10. Se ponderará a aquellos oferentes que posean y acrediten un Sistema de Gestión de Salud y Seguridad Ocupacional que actué bajo la Norma O.H.S.A.S. 18001 aplicado a las actividades objeto de la presente licitación.

ARTÍCULO 11. OFERTA ECONÓMICA:

11.1. La oferta económica expresada a través de precios unitarios y ciertos en números, correctamente volcados en el Formulario Oficial de la Oferta que como Anexo I planilla de cotización forma parte del presente Pliego, ponderadas según los factores de cálculo que para dicho anexo se establecen. Las ofertas que no se ajusten estrictamente al principio de cotización precedentemente establecido, podrán no ser consideradas.

11.2. Si el total consignado para el renglón no respondiera al precio unitario, se tomará este último como precio cotizado.

11.3. El precio cotizado será el precio final que deba pagar el organismo contratante por todo concepto conforme el artículo 70 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893.

11.4. El MINISTERIO no reconocerá ningún adicional o gasto por cualquier concepto que no esté taxativamente especificado en las ofertas.

11.5. Los precios cotizados serán considerados a todos los efectos fijos e inamovibles, por aplicación del Artículo 10 de la Ley N° 23.928 conforme las modificaciones establecidas en el Artículo 4° de la Ley N° 25.561, resultando inadmisible cualquier sistema de variación de costos y/o repotenciación de precios.

11.6. Moneda de Cotización: Las ofertas deberán cotizarse en PESOS, incluyendo el I.V.A. sin discriminar. No se podrá estipular el pago en moneda distinta de la establecida. Las cotizaciones en Moneda Nacional no podrán referirse en ningún caso, a la eventual fluctuación de su valor. (Conforme el Artículo 73 del Anexo del Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de 2012).

11.7. PRECIO VIL O PRECIO NO SERIO: La Comisión Evaluadora o la unidad operativa de contrataciones podrá solicitar informes técnicos, cuando presuma fundadamente que la oferta no podrá ser cumplida en la forma debida por tratarse de precios excesivamente bajos de acuerdo con los criterios objetivos que surjan de los precios de mercado y de la evaluación de la capacidad del oferente.

Cuando de los informes técnicos surja que la oferta no podrá ser cumplida, corresponderá la desestimación de la oferta en los renglones pertinentes.

A tales fines se podrá solicitar a los oferentes precisiones sobre la composición de su oferta que no impliquen la alteración de la misma.

11.8. ESTRUCTURA DE COSTOS

Se deberá acompañar junto con la oferta la estructura de costos del servicio indicando la incidencia porcentual de cada uno de los rubros que la componen de conformidad con lo que se establece en los ANEXOS XIII y XIV.

ARTÍCULO 12. DOCUMENTACIÓN:

12.1. La DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS podrá requerir la presentación de la documentación que estime necesaria en mérito a los datos del Anexo II, debiendo el oferente presentarla en el plazo que se le indique, quedando a exclusivo criterio del Ministerio la desestimación de la oferta cuando dichas omisiones afectaren partes esenciales de la oferta.

Los oferentes deberán contemplar la posibilidad de brindar a solicitud del Ministerio y durante el período de evaluación de las ofertas, respuestas a todo tipo de aclaraciones, incluyendo la provisión de documentación adicional, detalles de ciertos antecedentes, etc., sin que ello represente costo adicional alguno o causal de reclamo. A través de dichos datos evaluará la capacidad para proveer los elementos y/o prestar el servicio objeto de la presente licitación.

12.2. Toda oferta deberá contener la declaración jurada adjunta al presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares como Anexo III, de cumplimiento de la legislación laboral vigente.

12.3. Toda oferta nacional deberá ser acompañada por una declaración jurada (Anexo V) mediante la cual se acredite el cumplimiento de las condiciones requeridas para ser considerada como tal, de acuerdo a la normativa vigente sobre la materia (Artículo 70, inciso g, punto 3 del Anexo del Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de 2012), Ley 25.551 y Decreto Reglamentario 1600/02.

12.4. Toda oferta deberá ser acompañada por una declaración jurada mediante la cual se informe, a los fines estadísticos y para el correcto análisis y valoración del desarrollo de los complejos industriales nacionales, la provisión y/o uso de bienes y/o materiales importados, así como el resultado de su balanza comercial en el último ejercicio y la proyectada para el ejercicio corriente (Artículo 70, inciso g, punto 4 del Anexo del Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de 2012) correctamente volcada en el formulario que como Anexo VI forma parte del presente Pliego.

12.5. Toda oferta deberá contener la declaración jurada adjunta al presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares como Anexo VII, de cumplimiento de los criterios de sustentabilidad que garanticen el mejor impacto al ambiente, mejores condiciones éticas y económicas, así como el cumplimiento de la legislación laboral vigente, en especial lo que se relaciona con condiciones dignas y equitativas de trabajo y ausencia de trabajo infantil (Título VI del Anexo del Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de 2012).

Los oferentes que cumplan con los criterios de sustentabilidad podrán presentar oferta por parte del renglón, que no podrá ser inferior al VEINTE POR CIENTO (20%) del mismo, en los términos del punto 19 del Artículo 21 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, aprobado por la Disposición N° 58 de fecha 12 de agosto de 2014 de la Oficina Nacional de Contrataciones dependiente de la entonces SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

12.6. Deberá entenderse que los requerimientos técnicos y formales de este Pliego son considerados mínimos y se deberán explicar todas aquellas ventajas y/o facilidades que mejoren las especificaciones solicitadas. Estas características deberán constar en la oferta. El Ministerio se reserva el derecho a exigir oportunamente a las firmas oferentes o adjudicataria, la documentación que respalde las citadas características.

12.7. La DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS podrá requerir copia del balance correspondiente al último ejercicio cerrado inmediato anterior a la fecha de presentación de ofertas, certificados por Contador Público y legalizados por el Consejo Profesional respectivo. Cuando la fecha de cierre del último balance distara en más de CUATRO (4) meses de la fecha de apertura de la presente licitación, la DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS podrá solicitar la presentación de un Estado de Situación Patrimonial bajo iguales requisitos formales, y con una antigüedad de hasta TREINTA (30) días respecto de la fecha de presentación de ofertas antes mencionada.

12.8. DECLARACIÓN JURADA PREVISIONAL: Los oferentes que efectúen ofertas cuyos importes sean inferiores a PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000), deberán presentar una declaración jurada respecto de la no existencia de deuda exigible en concepto de aportes, contribuciones y toda otra obligación previsional (Anexo X). Asimismo deberán adjuntar la presente Declaración Jurada los oferentes que, sin perjuicio de haber solicitado la renovación del Certificado Fiscal para Contratar, de conformidad con lo establecido por la Resolución General N° 1.814 de fecha 11 de enero de 2005 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, no cuenten con la vigencia del mismo.

12.9. Certificado Fiscal para Contratar vigente, expedido por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, en los casos que corresponda y con las formalidades legales pertinentes, de conformidad con lo establecido en el Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de 2012 y en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, aprobado por la Disposición N° 58/2014 de la citada Oficina Nacional de Contrataciones.

12.10. La sola presentación de la oferta implicará la aceptación por parte del oferente de todos y cada uno de los términos y cláusulas de la documentación que rige el presente procedimiento de selección.

12.11. No será requisito para presentar ofertas, ni para la admisibilidad de las mismas, ni para contratar, haber retirado o comprado pliegos en el organismo contratante o haberlos descargado del sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES. No obstante quienes no los hubiesen retirado, comprado o descargado, no podrán alegar el desconocimiento de las actuaciones que se hubieren producido hasta el día de la apertura de las ofertas, quedando bajo su responsabilidad llevar adelante las gestiones necesarias para tomar conocimiento de aquéllas (Artículo 59 del Anexo del Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de 2012).

ARTÍCULO 13. INSCRIPCIÓN EN EL SIPRO (Sistema de Información de Proveedores):

13.1. Quienes presenten ofertas en los procedimientos de selección llevados a cabo por las jurisdicciones y entidades comprendidas dentro del ámbito de aplicación del Decreto Delegado N° 1023/01 y sus modificatorios, deberán estar inscriptos en el SIPRO y cumplirán con lo establecido en la Disposición N° 6/2012 de la entonces Subsecretaría de Tecnologías de Gestión de la ex - Secretaría de Gabinete y Coordinación Administrativa dependiente de la Jefatura de Ministros.

13.2. Inscripción. Los interesados en participar en el presente procedimiento de selección y a los efectos de obtener su inscripción, deberán previamente realizar la preinscripción en el SIPRO suministrando la información detallada en el artículo 234 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/2012. Para ello, accederá al sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (ONC) www.argentinacompra.gov.ar - Proveedores - Preinscripción de Proveedores, y completar los formularios existentes dentro de la persona física o jurídica a la que corresponda; una vez completos, realizar una impresión de los mismos en papel y “a posteriori” colocar firma y aclaración del representante, gerente o dueño de la empresa al pie de cada uno. Luego ir hasta el Punto OCHO (8) e imprimir la constancia de Preinscripción (Artículo 233 del Anexo del Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de 2012).

Asimismo los oferentes no inscriptos en el Sistema de Información de Proveedores, deberán acompañar la documentación respaldatoria de los datos cargados en la preinscripción, según lo detallado en el Anexo I del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, aprobado por la Disposición N° 58/2014 de la citada Oficina Nacional de Contrataciones.

13.3. Oferentes inscriptos. En caso de encontrarse inscripto en el Sistema de Información de Proveedores, deberán proporcionar a este organismo la actualización de los datos que hubieren variado desde su última presentación.

13.4. Vigencia de la inscripción. La inscripción en el SIPRO tendrá una vigencia de un año. Se podrá renovar la vigencia de la inscripción abonando la matrícula anual que fije la ONC y actualizando los datos que correspondan. Los organismos contratantes no podrán adjudicar a proveedores que no tuvieran vigente su inscripción en el SIPRO.

13.5. Actualización de datos: El proveedor inscripto en el SIPRO tendrá la obligación de mantener actualizada la información. Al efecto, deberá proceder de la misma forma que para realizar la preinscripción, modificando únicamente los datos que hubieren variado. Los formularios correspondientes y la documentación respaldatoria deberán ser presentados junto con la oferta para su posterior aprobación por parte del Ministerio de Transporte. La modificación del número de teléfono, número de fax, de la dirección de correo electrónico o del domicilio constituido podrá realizarla el interesado sin necesidad de la intervención posterior de un organismo para su aprobación.

13.6. Documentación respaldatoria: En el caso en que la preinscripción o bien en la actualización de los datos, se hubiera modificado información correspondiente al balance de cierre de ejercicio, o bien al estatuto de la sociedad y/o respecto de sus autoridades, como documentación respaldatoria junto con la oferta económica se deberá agregar copia del balance general de cierre de ejercicio, firmado por Contador Público Nacional y certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, junto con la copia del estatuto societario y última acta de designación de autoridades.

13.7. Si bien no es requisito indispensable estar inscripto como proveedor del Estado al momento de la presentación de ofertas, los organismos contratantes no podrán adjudicar a proveedores que no tuvieren vigente su inscripción en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) (Conforme lo establecido en los Artículos 229 y 232 del Anexo del Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de 2012).

ARTÍCULO 14. OFERTA ALTERNATIVA:

Los oferentes podrán en alternativa presentar propuestas que representen un mejor precio o una mayor calidad de la prestación que se desea realizar, las que serán tenidas en cuenta en el momento de seleccionar la propuesta más conveniente. A este efecto se considerarán válidas las propuestas que dando cobertura a los requisitos básicos del Pliego oferten además otras soluciones técnicas y/o económicas (por ejemplo: marcas alternativas de equivalentes o superiores capacidades o prestaciones que la sugerida; bonificaciones en los términos del Artículo 71 del Anexo del Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de 2012), las que no se considerarán modificaciones ni oferta variante respecto de dicho Pliego, como tampoco en contradicción con el principio de igualdad.

ARTÍCULO 15.- OFERTA VARIANTE:

Los oferentes podrán presentar una oferta variante al presentar la propuesta, que modificando las Especificaciones Técnicas, ofrece una solución con una mejora que no sería posible en caso de cumplimiento estricto de las mismas.

Este organismo sólo podrá considerar la oferta variante del oferente que tuviera la oferta base más conveniente (Artículo 72 del Anexo del Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de 2012).

ARTÍCULO 16.- MANTENIMIENTO DE OFERTA:

Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos desde la fecha de apertura de ofertas, este plazo se prorrogará automáticamente por períodos iguales al inicial y sucesivos, salvo comunicación en contrario por parte del oferente. Dicha comunicación deberá efectuarse con una antelación mínima de DIEZ (10) días corridos al vencimiento del período respectivo.

DESISTIMIENTO DE OFERTAS: El desistimiento de la oferta antes del vencimiento del plazo de validez establecido respecto de la misma acarreará la pérdida de la garantía de oferta. En caso de desistimiento parcial, esa garantía se perderá en forma proporcional.

El plazo de mantenimiento de oferta prorrogado en forma automática por períodos consecutivos no podrá exceder de UN (1) año contado a partir de la fecha del acto de apertura.

El oferente podrá manifestar en su oferta que no renueva el plazo de mantenimiento de la misma al segundo período o que la mantiene por una determinada cantidad de períodos, conforme lo estipulado en el Artículo 8° del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, aprobado por la Disposición N° 58/2014 de la citada Oficina Nacional de Contrataciones.

ARTÍCULO 17.- APERTURA Y VISTA DE LAS OFERTAS:

17.1. APERTURA DE LAS OFERTAS

17.1.1. En el lugar, día y hora determinados para celebrar el acto se procederá a abrir las ofertas, en acto público, en presencia de funcionarios del Ministerio, y de todos aquellos que desearen presenciarlo, quienes podrán verificar la existencia, número y procedencia de los sobres, cajas o paquetes dispuestos para ser abiertos.

17.1.2. Si el día señalado para la apertura de las ofertas deviniera inhábil, el acto tendrá lugar el día hábil siguiente, en el mismo lugar y a la misma hora, según lo establecido en el artículo 74 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12.

17.1.3. El Acta que contenga los datos de las ofertas económicas, será firmada por los funcionarios y por los oferentes presentes que desearan hacerlo.

17.2. VISTA DE LAS OFERTAS

17.2.1. Los originales de las ofertas, serán rubricados por los funcionarios que presidan el Acto de apertura, y se exhibirán a los oferentes por el término de DOS (2) días, contados a partir del día hábil siguiente al de la apertura. Los oferentes podrán solicitar copias a su costa.

17.2.2. En el supuesto en que exista un único oferente, este organismo podrá prescindir del cumplimiento del término indicado en artículo 76 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/2012 y su modificatorio, quedando facultado para proseguir con el trámite correspondiente de acuerdo con el procedimiento elegido.

ARTÍCULO 18.- CRITERIO DE EVALUACIÓN DE OFERTAS:

18.1.- CRITERIO DE SELECCIÓN:

La adjudicación se efectuará a favor de la oferta más conveniente para los intereses de éste Ministerio, teniendo en cuenta el precio, la calidad, idoneidad y demás condiciones de la oferta.

En atención a la importancia del servicio que se licita y las características de los edificios en los cuales deberá prestarse, se efectuará la evaluación de los oferentes según el Anexo XVI “Matriz de Evaluación de ofertas”. Dicha evaluación se efectuará a aquellos oferentes que hayan cumplido los requisitos de admisibilidad de las propuestas exigidas en el presente pliego, y los demás recaudos previstos en la normativa aplicable a la materia.

18.1.1.- Capacidad de los oferentes - Documentación a presentar para su evaluación:

18.1.1.1.- Capacidad e idoneidad técnica:

Mediante la matriz de evaluación que como Anexo XVI forma parte integrante del presente pliego, se ponderarán aspectos relevantes y determinantes que permitan una adecuada valoración de la idoneidad de los proponentes. En ese orden, y efectos de evaluar la capacidad e idoneidad técnica, los oferentes deberán acreditar mediante la documentación pertinente la información detallada a continuación:

a) Se valorará los oferentes que posean y acrediten un Sistema de Gestión de Salud y Seguridad Ocupacional que actué bajo la Norma O.H.S.A.S. 18001 aplicado a las actividades objeto de la presente licitación.

b) Se valorará lo oferentes que posean y acrediten un Sistema de Gestión Ambiental propio que actúen bajo Norma ISO 14001, aplicados a las actividades objeto de la presente licitación.

c) Acreditar una antigüedad en el rubro y en la constitución de la empresa no menor a CUATRO (4) años con la misma constitución societaria, requisito sin el cual no será considerada la oferta.

d) Carpeta de referencias mediante la que se acredite la prestación de servicios como los que se licitan en el presente llamado a contratación, llevados a cabo en edificios de similares características y superficies, que involucren una cantidad de operarios en edificios de similar superficie a las que se tramitan presente pliego. Dentro de la misma deberá incluirse: denominación del servicio, duración y período de ejecución de los trabajos, empresa u organismo contratante, cantidad de personal afectado, monto contratado, contacto, dirección y teléfono. Deberá presentarse la documentación respaldatoria que acredite los antecedentes informados.

f) Certificados emitidos por Organismo u empresa contratante en los cuáles conste la evaluación de la prestación.

g) Cantidad de empleados en relación de dependencia. Se considerará la cantidad de personal declarado que surja de conciliar los datos de certificado Libre deuda extendido por el Sindicato de Obreros de Maestranza y la nómina de empleado emitida por la AFIP, que haya sido presentado en la oferta con DIEZ (10) días hábiles anteriores a la apertura.

Nota: SE TENDRÁN POR NO PRESENTADAS, LAS APORTACIONES DOCUMENTALES EN FOTOCOPIA SIN AUTENTICAR.
Dichos antecedentes podrán ser verificados por este Ministerio, si así lo considerara pertinente.

18.1.2. Capacidad económica - financiera:

La capacidad económica - financiera de los oferentes, será analizada según los indicadores y términos indicados en la matriz del Anexo XVI.

A tales efectos, se tendrán en cuenta los balances de los DOS (2) últimos ejercicios cerrados, firmados por el representante legal y certificados por Contador Público. El oferente deberá reflejar la situación financiera con sus correspondientes índices de liquidez, demostrando la factibilidad de pago de los sueldos y las cargas sociales correspondientes.

a) Se desestimarán con causa, las ofertas de aquellas firmas que exhiban reiterados incumplimientos de sus obligaciones conforme los datos obrantes en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) administrado por la Oficina Nacional de Contrataciones, en los términos del artículo 16° del Decreto N° 1023/2001, y/u otros registros similares que posean organismos públicos o instituciones privadas, de similares características a aquel.

18.1.3. Factor económico - precio:

Se procederá a analizar la oferta económica según la matriz de evaluación que como Anexo XVI forma parte integrante del presente pliego.

18.1.6.- Puntaje Final:

Una vez analizados los tres factores, se aplicará a cada oferente la fórmula matemática mencionada en la matriz (P(f)= (F(I) x 0,35) + (F(II) x 0,15) + (F(III) x 0,50)). La empresa que obtenga el mayor puntaje, será la que se propicie como adjudicataria del servicio que se licita.

ARTÍCULO 19.- COMUNICACIÓN DE EVALUACIÓN:

El dictamen de evaluación se comunicará a todos los oferentes dentro de los DOS (2) días de emitido, a la dirección de correo electrónico denunciada por el oferente en el Anexo II.

IMPUGNACIONES AL DICTAMEN DE EVALUACIÓN

Las impugnaciones al Dictamen de Evaluación deberán presentarse dentro de los CINCO (5) días de su comunicación. Quienes no revistan el carácter de oferentes podrán impugnarlo dentro de los CINCO (5) días de su difusión en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.

ARTÍCULO 20.- FORMA DE ADJUDICACIÓN:

La adjudicación se realizará por renglones, según el criterio de evaluación establecido, pudiendo los oferentes presentar la oferta por renglones.

Sin perjuicio de lo mencionado anteriormente, el Ministerio se reserva la facultad de adjudicar en forma global o por grupo de renglones a un único oferente si esto resultara más conveniente para el organismo.

ARTÍCULO 21.- OBJETO SOCIAL DE LOS OFERENTES:

El objeto social de la firma oferente deberá contemplar la adquisición o la prestación del servicio que se requiere. Para esto, acompañará en su oferta copia del estatuto societario o la documentación necesaria que acredite la atinencia con el objeto del procedimiento de selección en caso que el oferente no posea estatuto o contrato social por tratarse de una persona humana.

ARTÍCULO 22.- PODER DEL FIRMANTE:

A los efectos de corroborar el poder del firmante de la oferta, los oferentes deberán acompañar en la misma una copia de la siguiente documentación según corresponda:

- D.N.I.

- Última designación de cargos vigente al momento del acto de apertura.

- Poder especial para el caso que la oferta sea firmada por un apoderado.

ARTÍCULO 23.- ANTECEDENTES POR SANCIONES Y O PENALIDADES:

Las sanciones aplicadas en el ámbito del Régimen aprobado por el Decreto N° 1023/01, reglamentado mediante el Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de 2012, serán consideradas antecedente negativo en la evaluación de las ofertas presentadas para este llamado, como así también los incumplimientos registrados en las propias bases de los organismos contratantes. Las sanciones aplicadas por la Oficina Nacional de Contrataciones son difundidas en el sitio web www.argentinacompra.gob.ar, en el menú “Proveedores”.

ARTÍCULO 24.- PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO - PRÓRROGA:

El servicio requerido se prestará por el plazo de DOCE (12) meses contado a partir de la notificación de la Orden de Compra, con opción a prórroga por igual período o fracción menor, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124, inciso b, del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12.

ARTÍCULO 25. - LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO:

El servicio deberá prestarse en cada uno de los edificios que se describen en los renglones que componen el presente pliego.

ARTÍCULO 26.- CONFORMIDAD DE LA PRESTACION DEL SERVICIO:

La conformidad de la prestación del servicio se otorgará dentro del plazo de DIEZ (10) días de vencido cada uno de los meses en los que se realice dicha prestación, en el marco de lo establecido por el Artículo N° 115 del Decreto N° 893/12.

ARTÍCULO 27.- OBLIGACIONES DE LA ADJUDICATARIA:

27.1. Es de exclusiva responsabilidad de la Adjudicataria, todo accidente de trabajo que ocurra a su personal o a terceros vinculados con la entrega de los materiales y/o prestación del servicio, como asimismo, el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes de las leyes laborales, quedando establecido que la misma debe contar con un seguro a su cargo de acuerdo al siguiente detalle:

Accidentes de trabajo de acuerdo con la legislación aplicable y en la forma más amplia permitida por las reglamentaciones y cualquier otro seguro requerido por leyes de beneficios para empleados o cualquier otra reglamentación aplicable donde el trabajo debe ser realizado.

27.2. Documentación a presentar:

- Al momento de la suscripción de la respectiva Orden de Compra, deberá presentar la nómina del personal afectado al servicio detallando: nombre completo, D.N.I., horario en el que prestará servicios y edificio al que será asignado.

- En caso que el Ministerio lo requiera, se deberá presentar Certificado de cobertura de la ART vigente, firmado en original por responsable del servicio, con cláusula de no repetición de la ART, a favor del Ministerio de Transporte, firmado en original por responsable de la empresa. Para el caso de Monotributistas o Autónomos, deberá presentarse seguro de accidentes personales con cobertura mínima de hasta $500.000.-, vigentes con comprobantes de pago, firmado en original por responsable del servicio o titular del seguro con las actualizaciones pertinentes cada vez, sin la cual podrá no ser habilitado el ingreso del personal al edificio en el cual preste el servicio correspondiente.

Todos estos seguros serán por montos suficientes para proteger a la adjudicataria de responsabilidad por lesiones, enfermedades o incapacidades de cualquier clase, sean totales o parciales, permanentes o temporales, de los empleados o dependientes, incluyendo reclamación o indemnización que pudiera resultar en virtud de las reglamentaciones o leyes en vigencia.

27.3. La adjudicataria deberá presentar mensualmente, en caso que se requiera, lo siguiente:

- Certificado de ART con fecha de emisión vigente.

- Copia del formulario N° 931.

- Nómina de empleados emitida por sistema S.I.A.P. de la AFIP.

- Copia de acuse de recibo (ticket de la AFIP) de dicha declaración jurada.

- Copia de ticket de pago (emitida por el banco) de la DDJJ de SUSS.

- En caso de ser necesario, copia de los recibos de sueldo del personal vinculado al servicio.

- Monotributistas: copia del comprobante de pago del régimen de monotributo. El pago del monotributo debe corresponder al período de la facturación.

- En caso de acogerse al Régimen de Asistencia Financiera tendrá que presentar el formulario correspondiente, junto con la constancia de pago a la Obra Social y a la ART.

ARTÍCULO 28.- PERSONAL DE LA ADJUDICATARIA:

El personal de la Adjudicataria deberá ser idóneo y estar provisto de vestimenta adecuada y de los elementos necesarios que requiera su actividad. La misma quedará obligada a ocupar el personal que necesite, con arreglo a las disposiciones laborales vigentes.

La Adjudicataria sólo empleará personal competente y en suficiente número como para que la ejecución del objeto contractual sea regular y acorde al exacto cumplimiento del mismo.

El personal ocupado por la Adjudicataria no tiene ningún tipo o forma de relación de dependencia con el Ministerio, siendo por cuenta de aquélla todas las responsabilidades emergentes de la relación laboral con el personal empleado en la ejecución del contrato. Si el Ministerio fuese demandado por un empleado o subcontratista de la Adjudicataria, en razón de su relación de empleo o subcontratación con aquél, el Ministerio estará facultado para retener de la facturación a pagar a la misma, las sumas necesarias para responder a dicho reclamo y sus accesorias.

Queda bajo exclusiva responsabilidad de la firma adjudicataria todo accidente de trabajo que ocurra a su personal o a terceros vinculados o no con la prestación del servicio. Asimismo se destaca que resultan de aplicación a este procedimiento las normas sobre seguridad e higiene en el trabajo contendidas en la Ley N° 19.587, su Decreto Reglamentario N° 351 del 5 de febrero de 1979; la Ley N° 24.557 de Riesgos del Trabajo; el Decreto N° 911 del 5 de agosto de 1996; Resolución N° 231 del 27 de noviembre de 1996 y la Resolución N° 51 del 7 de julio de 1997, ambas de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo sobre condiciones de seguridad e higiene y toda otra norma modificatoria o complementaria que pueda resultar de aplicación.

ARTÍCULO 29.- SISTEMA DE GARANTÍAS.

SISTEMA DE GARANTÍAS. CLASES:

I. INTEGRACIÓN DE LA GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA, DE ADJUDICACIÓN Y CONTRAGARANTÍA O ANTICIPO FINANCIERO

29.1. Los oferentes deberán constituir una Garantía de Mantenimiento de Oferta conforme se establece en el Artículo 100 del Anexo del Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de 2012. En el caso de que el monto de esta garantía no alcance los CINCO (5) módulos PESOS CINCO MIL ($ 5.000), su presentación no será obligatoria, conforme lo estipulado en los Artículos 35 y 103 inciso c) del Anexo del citado ordenamiento jurídico.

29.2. En aquellos casos en que la garantía tanto de oferta como de adjudicación se instrumente mediante un PAGARÉ deberán seguirse las siguientes pautas:

29.2.1. Deberán aclararse las firmas con nombre y apellido en sello o letra imprenta mayúscula legible y número de Documento Nacional de Identidad (DNI) como mínimo; completándose además los datos de domicilio, teléfono y empresa que figuran en los formularios usuales.

29.2.2. En caso de diferencia entre la cifra expresada en números y en letras se estará a esta última como válida, razón por la cual se requiere de su expresión en letra imprenta con claridad.

29.2.3. En ningún caso se admitirán leyendas escritas con lápiz.

29.2.4. En todos los casos se deberá extender el documento a la orden del MINISTERIO DE TRANSPORTE en forma completa.

29.2.5. Deberán indicarse en forma expresa el número de expediente y contratación que garantiza; si se trata de garantías de adjudicación consignar además el número de orden de compra respectivo.

29.2.5.1. Los pagarés que se presenten como garantía de oferta deberán tener como fecha de emisión el día de la apertura o anterior.

29.2.5.2. Aquellos que se extiendan como garantía de adjudicación deberán estar fechados en el día del retiro de la Orden de Compra o posterior, no se admitirán fechas de emisión en blanco.

29.2.5.3. En caso de omisión se tomará como fecha de emisión la fecha cierta otorgada por el cargo de recepción de la Dirección de Mesa de Entradas y Notificaciones.

29.3. En aquellos casos en que la garantía de oferta como de adjudicación se instrumente mediante cheque, deberán seguirse las siguientes pautas:

29.3.1. El Cheque deberá ser certificado.

29.3.2. Los cheques certificados deberán emitirse a la orden del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA.

29.3.3. Deberá estar endosado al MINISTERIO DE TRANSPORTE (SAF 327) Cuenta N° 3596/37 del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA - Casa Central.

29.4. Perfeccionado el contrato en los términos del artículo 96 del Decreto 893/2012b, el Adjudicatario deberá constituir la Garantía de Cumplimiento de Contrato, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 98 y 100, inciso b), 101 y 102 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12. La integración de la garantía de cumplimiento del contrato debe efectuarse dentro del término de CINCO (5) días de recibida la orden de compra o de la firma del contrato. Vencido dicho plazo se rescindirá el contrato con pérdida de la garantía de oferta.

29.5. “GARANTÍA DE ANTICIPO FINANCIERO”: para el caso del pago anticipado en que la orden de compra sea abonada en su totalidad o en parte, deberá constituirse la respectiva GARANTÍA DE ANTICIPO FINANCIERO por el monto total del anticipo acordado.

Será declarada inadmisible aquella cotización que no cumpla con la Garantía de Oferta en el total del porcentaje que fija la normativa vigente en la especie (CINCO POR CIENTO (5%) del valor total de la oferta, Artículo 100, inciso a) del Anexo del Decreto 893 de fecha 7 de junio de 2012) al momento del presentarse las ofertas, ya sea directamente por no presentarla o, presentada, aquella sea por un monto menor al que corresponda en más de un DIEZ POR CIENTO (10%) del monto correcto. Dicho total se tomará sobre el mayor valor de las ofertas presentadas por cada oferente; sea ésta la propuesta básica o una alternativa, según el caso.

De tales supuestos NO resulta factible subsanar posteriormente tales errores ya que el Artículo 84, inciso d) del Anexo del mencionado decreto, sólo contempla los errores intranscendentes de forma, mientras que el error en el monto de la garantía no encuadra en esa disposición.

En ese orden tampoco se admitirá el cambio de pagarés después de la apertura de más de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000) que hayan sido presentados erróneamente como garantía de ofertas superiores a PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000) por otra forma válida de garantía.

II. GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN

29.6. Al Dictamen de Evaluación: Será exigible, únicamente, cuando el interesado u oferente hubiere presentado más de DOS (2) impugnaciones en UN (1) año calendario contra dictámenes de evaluación emitidos en el ámbito de la Unidad Operativa de Contrataciones que gestiona el procedimiento.

El importe de la garantía de impugnación será equivalente al TRES POR CIENTO (3%) del monto de la oferta del renglón o los renglones en cuyo favor se hubiere aconsejado adjudicar el contrato. Si el dictamen de evaluación para el renglón o renglones que se impugnen no aconsejare la adjudicación a ninguna oferta, el importe de la garantía de impugnación se calculará sobre la base del monto de la oferta del renglón o renglones del impugnante.

Si el impugnante fuera alguien que no reviste la calidad de oferente en ese procedimiento o para el renglón o los renglones en discusión y el dictamen de evaluación para el renglón o los renglones que se impugnen no aconsejare la adjudicación a ninguna oferta, el importe de la garantía de impugnación será de PESOS SIESCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL ($693.000.-)

Cuando se impugnaren sólo cuestiones generales o particulares del dictamen de evaluación, y no renglones específicos, el importe de la garantía será equivalente a PESOS SIESCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL ($693.000.-)

Cuando se impugnen ambas situaciones precedentemente mencionadas, el importe de la garantía de impugnación se calculará acumulando los importes que surjan de aplicar los criterios estipulados con anterioridad.

29.7. Al Dictamen de Preselección: en los casos de impugnaciones contra la precalificación, en las licitaciones o concursos de etapa múltiple, la garantía será por el monto de PESOS SIESCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL ($693.000.-)

En aquellos procedimientos de selección en los que se previera que las cotizaciones pudieran contemplar la gratuidad de la prestación, o bien implicar un ingreso para la jurisdicción o entidad contratante, las garantías de impugnación al dictamen de evaluación e impugnación al dictamen de preselección serán establecidas en PESOS SIESCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL ($ 693.000.-).

29.8. Procedimiento para la impugnación del Dictamen de Evaluación.

Los oferentes o interesados podrán impugnar el dictamen de evaluación en el plazo estipulado en el artículo 93 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12, previa integración de la garantía de impugnación, en caso de corresponder.

En caso de verificarse que el impugnante no ha constituido la garantía de impugnación, o que la misma no se encuentra debidamente constituida, cualquiera fuera la omisión o defecto, será intimado por la unidad operativa de contrataciones a subsanar dicha omisión o defecto dentro del término mínimo de DOS (2) días de notificada dicha intimación. Si dicha omisión o defecto no fuera subsanado en el plazo establecido, la impugnación podrá ser rechazada sin más trámite.

III. LIMITACIÓN A LA EXCEPCIÓN DEL ARTÍCULO 103 inciso e) del Anexo al Decreto N° 893/12.

29.9. Para el caso de recepción de mercaderías conforme al Artículo 114 último párrafo en que se produjera RECHAZO, que fueran entregadas dentro del plazo de integración de la garantía, el plazo para la integración de la misma se contará a partir de la comunicación del rechazo y no desde la notificación de la orden de compra o de la firma del respectivo contrato. Los elementos rechazados quedarán en caución y no podrán ser retirados sin, previamente, integrar la garantía que corresponda.

Para el caso de recibir un monto como adelanto, salvo que el oferente sea una jurisdicción o entidad perteneciente al Sector Público Nacional en los términos del Artículo 8° de la Ley N° 24.156, o un organismo provincial, municipal o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se deberá constituir la respectiva contragarantía.

IV. Requisitos que deberán reunir las compañías aseguradoras con el fin de preservar el eventual cobro del seguro de caución.

29.10. Las pólizas de seguro de caución presentadas en concepto de garantía de mantenimiento de oferta o cualquier otro concepto vinculado a la presente licitación, deberán ser emitidas por compañías autorizadas a operar como tales por la Superintendencia de Seguros de la Nación, y las cláusulas de dichas pólizas deberán ajustarse a las aprobadas por la citada Superintendencia, obligándose la aseguradora en carácter de fiador solidario, con renuncia a los beneficios de división y excusión. Dichas pólizas deberán ser contratadas en compañías aseguradoras que tengan domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de reconocida solvencia y seriedad, a juicio exclusivo de este Organismo.

ARTÍCULO 30.- PENALIDADES Y SANCIONES:

Los oferentes o cocontratantes podrán ser pasibles de las siguientes penalidades y sanciones, de acuerdo a lo enunciado por el artículo 126 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/2012:

A) PENALIDADES:

1. Pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta o de cumplimiento del contrato.

2. Multa por mora en el cumplimiento de sus obligaciones.

3. Rescisión por su culpa.

B) SANCIONES: Sin perjuicio de las correspondientes penalidades, los oferentes o cocontratantes podrán ser pasibles de las siguientes sanciones, en los supuestos de incumplimiento de sus obligaciones:

1. Apercibimiento.

2. Suspensión

3. Inhabilitación.

Las sanciones son aplicadas por el órgano Rector, la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, y se deberán remitir copia fiel de los actos administrativo firmes mediante los cuales se hubieren aplicado penalidades a los oferentes o cocontratantes.

ARTÍCULO 31.- MULTAS

Sin perjuicio del artículo anterior y ante el incumplimiento de los plazos de intervención estipulados en el presente pliego, el prestador del servicio será pasible de las siguientes multas:

A) Por incumplimiento en la cantidad mínima contratada de operarios o turnos de operarios por categoría de funciones, según la organización del personal requerida.

Para los casos en los que se observen faltantes o ausencias del personal afectado al servicio que se trata, que superen el DIEZ POR CIENTO (10%) respecto de la cantidad contratada, se aplicara una penalidad de acuerdo a la siguiente formula y criterio, realizándose la conversión entre turnos y horas:
VALOR DE LA MULTA: CMO x (HA/HC) x 2,65

Donde:

CMO: Costo de Mano de Obra (Costo total x Incidencia de la Mano de Obra).

HA: Horas Ausentes

HC: Horas Contratadas

Por cada falta o ausencia del personal de supervisión o encargados sin la debida justificación, se aplicara, e, forma directa, un reclamo escrito en el Libro de Ordenes y Servicios, conforme lo detallado en el punto b.2, considerándose como antecedente para la aplicación de la multa detallada en el punto b.3 (acumulación de DOS (2) reclamos), con idénticos porcentajes de descuentos en la liquidación mensual de servicios.

B) Por observaciones en la prestación del servicio y en el cumplimiento de cualquiera de las condiciones de la presente contratación.

Este Ministerio controlará minuciosamente la prestación del servicio y sus resultados. Por lo tanto, el incumplimiento de las pautas establecidas o la falta de resultados satisfactorios, darán lugar a la aplicación de Penalidades, de acuerdo al siguiente detalle:

1) Observaciones: Todas las observaciones que el Ministerio realice, deberán ser subsanadas de inmediato en forma adecuada y ser tenidas en consideración a efectos de que no se reiteren.

2) Reclamos: Los reclamos serán formulados por escrito en el Libro de Ordenes y Servicios que a tal efecto se establezca.

3) Multas: La acumulación de DOS (2) reclamos motivará la aplicación de una multa, consistente en distintos descuentos en la facturación mensual, de acuerdo al siguiente criterio:

- Primera Multa: UNO (1) % de la facturación

- Segunda Multa: TRES (3) % de la facturación

- Tercera Multa: CINCO (5) % de la facturación

- Cuarta Multa: SIETE (7) % de la facturación

- Quinta Multa: DIEZ (10) % de la facturación

- Sexta Multa: Rescisión del Contrato

La aplicación de la multa podrá obedecer a un mismo antecedente o a distintas causales. Aplicada y notificada la primera multa, las infracciones sucesivas darán lugar a la aplicación de una segunda multa y así sucesivamente.

A los efectos de la acumulación, cada falta dejará de computarse como antecedente a los NOVENTA (90) días hábiles, contados a partir de la notificación del reclamo.

C) Calidad de Insumos

Se procederá en este caso en forma similar al apartado B) de Penalidades.

ARTÍCULO 32. INTERPRETACIÓN:

25.1. Los errores que eventualmente pudiese contener la documentación técnica de la presente contratación y no hubiesen merecido consultas o solicitud de aclaraciones en el período correspondiente antes de la fecha de apertura de ofertas no serán motivo de reconocimiento de adicional alguno ni circunstancia liberatoria de sus responsabilidades.

25.2. Toda omisión en el desarrollo del presente Pliego deberá considerarse accidental, y no implicará la falta de provisión de bienes y/o materiales y/o mano de obra que afecte la correcta ejecución del objeto contractual. Este Organismo no admitirá ningún tipo de reclamo por desconocimiento del Pliego y/o de los trabajos a realizar.

ARTÍCULO 33. SUSTENTABILIDAD:

Para el desarrollo de las tareas a contratar a través de la presente Licitación deberá darse cumplimiento a los siguientes estándares que indican sustentabilidad en el desarrollo del servicio:

Los productos de limpieza que el adjudicatario utilice deberá contar con el registro de la ANMAT, asimismo los productos a utilizar no deben contener ninguna de las sustancias químicas prohibidas y/o restringidas según lo establece la ANMAT. Todos los productos de limpieza a utilizar deben estar formulados en la medida de lo posible de forma tal que sean biodegradables de manera aeróbica.

Los productos a utilizar deberán contener las instrucciones precisas de dosificación, manipulación y almacenamiento. También se deberá indicar si el envase podrá ser recargado o no con el mismo producto. Se deberán indicar también las incompatibilidades de mezcla de productos si las hubiera así como superficies en las que no podrá ser aplicado.

Los oferentes deberán contar con procedimientos de limpieza para cada tipo de tarea, en el cual se detalle el modo de realizarlo, productos a emplear, equipo de protección personal (EPP), por ej. guantes, barbijos, etc., registros de capacitación de los empleados en dichos procedimientos. Estos procedimientos deberán tender al uso responsable de energía no renovable así como también la preservación del medio ambiente.

Los contenedores de los productos de limpieza deberán ser reutilizados, reciclados o gestionados de acuerdo a las disposiciones legales.

Todo el personal que desarrolle las tareas de limpieza deberá ser capacitado para las mismas. La capacitación incluirá prácticas ambientales, políticas de seguridad e higiene laboral y la implementación de procedimientos de trabajo.

ARTÍCULO 34.- CLAÚSULA DE CONFIDENCIALIDAD:

Con respecto a cualquier información que las partes contratantes identifiquen como reservada y sea entregada por una de las partes a la otra para cualquiera de los fines de esta contratación, el Organismo y el Adjudicatario se comprometen a mantenerla en forma completamente confidencial.

ARTÍCULO 35.- SISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS DISCAPACITADOS:

Toda oferta deberá contener la declaración jurada adjunta al presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares como Anexo IV, en cumplimiento del Decreto N° 312/10 y de la Disposición ONC N° 21/2015. El oferente deberá declarar bajo juramento al momento de presentar su oferta que de resultar adjudicatario se obliga a ocupar a personas con discapacidad, en una proporción no inferior al CUATRO POR CIENTO (4%) de la totalidad de personal afectado a la prestación del servicio, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto N° 312/2010.

Si por las particularidades del servicio, no resultara posible contar con personas con discapacidad que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo, referidas en el artículo 8 de la Ley N° 22.431, el oferente deberá manifestar dicha circunstancia al momento de presentar su oferta y en el caso de resultar adjudicatario, acreditar tal imposibilidad dentro del plazo de CINCO (5) días de notificado el acto de adjudicación. Ante la falta de acreditación, la jurisdicción o entidad contratante lo intimará para que en el plazo de DIEZ (10) días incorpore el porcentaje de personas con discapacidad en la forma y términos establecidos en la presente, bajo apercibimiento de rescindir el contrato o de aplicar una multa CERO COMA CINCO POR CIENTO (0,5%) del valor del contrato por cada día de retraso hasta la efectiva incorporación o hasta el límite establecido en el artículo 127 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12.

El Adjudicatario deberá presentar junto con la factura la documentación que acredite el vínculo laboral con el personal con discapacidad, como así también el correspondiente Certificado Único de Discapacidad otorgado por el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN. En el caso de no adjuntar dicha documentación no se abonará la factura hasta tanto no sea presentada la misma.

En caso de empate de ofertas, a fin de hacer valer la preferencia establecida en el artículo 8 del Decreto N° 312/10, los oferentes deberán acreditar fehacientemente, la contratación de personal con discapacidad y en su caso, la cantidad mediante la presentación de la documentación que acredite el vínculo laboral con dicho personal, como así también el correspondiente Certificado Único de Discapacidad otorgado por el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 36.- FACULTAD DE LA ADMINISTRACIÓN:

El Ministerio ser reserva el derecho de dejar sin efecto la presente contratación, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto Delegado N° 1023/01 y el Decreto N° 893/12.

En ningún caso, ya sea por la desestimación de las ofertas, por quedar sin efecto o anularse el acto licitatorio, el oferente tendrá derecho a reclamo alguno por cobro de indemnizaciones y/o reembolsos por gastos efectuados para la participación en el presente procedimiento de selección.

ARTÍCULO 37.- COMPRE MIPYME (LEY 25.300 y Decreto N° 1075/01):

A fin de garantizar el efectivo cumplimiento del Régimen de Compre MIPYME, todo oferente incluido en el mismo deberá cumplimentar el Anexo IX DATOS COMPLEMENTARIOS- LEY COMPRE MIPYME del presente pliego detallando el valor de las ventas anuales a fin de poder extraer el promedio de los TRES (3) últimos años a partir del último balance exigible o documentación contable equivalente al momento de la apertura de la licitación. Dichos valores serán verificados en el SIPRO por lo que en caso de no contar con dicha información deberán presentar los balances (personas jurídicas) o información contable equivalente (personas físicas) respaldatoria debidamente suscriptas por Contador Público y certificadas ante el Consejo Profesional respectivo de los datos que se deberán consignar en el anexo citado.

Serán consideradas MIPYMES aquellas que registren hasta el nivel máximo de ventas totales anuales (excluidos el Impuesto al Valor Agregado y los impuestos internos expresados en pesos) de acuerdo a los valores fijados por la SECRETARIA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA para cada sector.

A los efectos de la categorización, será utilizada la escala vigente al momento de la apertura considerando, valor de ventas totales anuales al que surja del promedio de los últimos TRES (3) años, a partir del último balance inclusive o información contable equivalente, adecuadamente documentada.

A dicho fin podrán presentar oferta por hasta un TREINTA POR CIENTO (30%) del renglón, conforme lo estipulado en el punto 18 del artículo 21 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, aprobado por la Disposición N° 58/2014 de la citada Oficina Nacional de Contrataciones.

Conforme lo dispuesto por el Artículo 39 de la Ley N° 25.300: “Las jurisdicciones y entidades del sector público nacional comprendidas en el artículo 8° de la ley 24.156 deberán otorgar un derecho de preferencia del cinco por ciento (5%) para igualar la mejor oferta y ser adjudicatarias de las licitaciones o concursos para la provisión de bienes o servicios, a las MIPyMEs y formas asociativas comprendidas en el artículo 1° de la presente ley que ofrezcan bienes o servicios producidos en el país.

Complementariamente, establécese un porcentaje de al menos un diez por ciento (10%) en las licitaciones y concursos relativos a la adquisición de bienes y servicios donde solamente compitan empresas MIPyMES.”

Lo estipulado en el presente artículo resultará viable, siempre que la adjudicación del procedimiento no esté prevista por el Organismo de manera global.

ARTÍCULO 38.- EXTENSION DEL PLAZO DE CUMPLIMIENTO DE LA PRESTACIÓN:

La extensión del plazo de cumplimiento de la prestación solo será admisible cuando existieran causas debidamente justificadas y las necesidades del MINISTERIO DE TRANSPORTE admitan la satisfacción de la prestación fuera de término. La solicitud deberá hacerse antes del vencimiento del plazo de cumplimiento de la prestación, exponiendo los motivos de la demora y de resultar admisible deberá ser aceptada por la Comisión de Recepción. No obstante la aceptación corresponderá la aplicación de la multa por mora, de acuerdo a lo previsto en el inciso c) del Artículo 126 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12.

ARTÍCULO 39.- FORMA DE PAGO:

El pago de la factura se realizará luego de labrada el acta de conformidad de prestación de servicios por parte del área requirente.

Se facturará en forma mensual y por mes vencido, debiendo el adjudicatario presentar conjuntamente con la factura los correspondientes remitos, previamente conformados por la Dirección de Organización y Racionalización de Espacios Físicos.

El pago será efectuado dentro de los TREINTA (30) días corridos desde la presentación de la correspondiente factura. A los efectos tributarios se deberá considerar al MINISTERIO DE TRANSPORTE como exento. La/s factura/s que deberán ser C o B, se emitirá/n en cabeza del “MINISTERIO DE TRANSPORTE”, CUIT N° 30-71512720-9, (en el segundo caso con IVA incluido, sin discriminar).

No obstante, en caso en que el porcentaje de IVA aplicado a cada factura sea distinto del VEINTIUNO POR CIENTO (21%), la empresa deberá declararlo con una inscripción informativa en el frente de la factura, indicando cuál es el porcentaje aplicado para ese rubro o actividad y el monto correspondiente.

La factura deberá ser presentada en la Dirección de Mesa de Entradas, Notificaciones y Despacho del MINISTERIO DE TRANSPORTE, en original y duplicado, acompañada de remito/s u otra certificación/es de ejecución —si correspondiere—, copia de la orden de compra y copia de la constancia de la situación impositiva de la empresa ante la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS.

Los pagos que realiza el Tesoro Nacional se efectúan mediante acreditaciones en cuentas bancarias, corrientes o de ahorro, en moneda nacional. A tal fin, los beneficiarios de pago, cualquiera sea su carácter, deberán informar solo una cuenta, la que deberá encontrarse abierta en alguno de los bancos adheridos al sistema, autorizados a operar como agentes pagadores, siendo hasta la fecha los siguientes:

BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A. BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA
BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES CITIBANK N.A.
BBVA BANCO FRANCÉS S.A. BANCO SUPERVIELLE S.A.
BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES BANCO PATAGONIA S.A.
BANCO HIPOTECARIO S.A. BANCO SAN JUAN S.A.
BANCO DEL TUCUMÁN S.A. BANCO SANTANDER RÍO S.A.
BANCO DEL CHUBUT S.A. BANCO PROVINCIA DEL NEUQUÉN S.A.
HSBC BANK ARGENTINA S.A. BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LIMITADO
BANCO DE VALORES S.A. BANCO ITAÚ ARGENTINA S.A.
BANCO DE TIERRA DEL FUEGO BANCO MACRO S.A.
NUEVO BANCO DEL CHACO S.A. NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A.
NUEVO BANCO DE ENTRE RÍOS S.A.

A los efectos de ajustarse a esta modalidad de pago, quienes no posean número de beneficiario, deberán concurrir al MINISTERIO DE TRANSPORTE sito en Hipólito Yrigoyen 250, piso 12°, oficina 1235, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en horario de 09:30 a 13:00 y de 13:30 a 18:00 horas. Consultas telefónicas a los Nros.: 4349-7144.

ARTÍCULO 40.- AUTORIZACIÓN DE LA PUBLICIDAD Y/O CESIÓN O TRANSFERENCIA DE LA ORDEN DE COMPRA:

El adjudicatario no podrá vender, ceder o de cualquier forma transferir parte alguna o la totalidad de la Orden de Compra resultante ni efectuar algún tipo de publicidad en cualquier medio de difusión sin contar con la autorización previa y por escrito del MINISTERIO. Si así lo hiciere, se podrá dar por rescindido de pleno derecho con culpa del proveedor.

ARTÍCULO 41.- RESCISIÓN:

41.1. Rigen las disposiciones de los artículos 121 y 122 de la Reglamentación aprobada por el Decreto N° 893/2012.

41.2. Vencido el plazo de cumplimiento del contrato, de su prórroga o, en su caso, del contrato rehabilitado, sin que los bienes fueran entregados o prestados los servicios de conformidad, el Ministerio deberá declarar rescindido el contrato sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial, con pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato, sin perjuicio de ser responsable el proveedor por los daños y perjuicios que sufriere el Organismo con motivo de la celebración de un nuevo contrato con el mismo objeto. La rescisión del contrato y la consiguiente pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato podrán ser totales o parciales, afectando en este último caso a la parte no cumplida de aquél.

ARTÍCULO 42.- DAÑOS Y PERJUICIOS:

El adjudicatario y/o cocontratante será responsable por los daños y perjuicios que ocasionen al Ministerio el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a su cargo, sin perjuicio de las responsabilidades emergentes del régimen de penalidades y/o sanciones previstas en los capítulos V y VI, respectivamente, del Reglamento aprobado por el Decreto N° 893/12.

ARTÍCULO 43.- NORMATIVA APLICABLE:

El presente procedimiento de selección, el contrato y su posterior ejecución se regirán por el Decreto N° 1.023/01 y sus modificatorios, el reglamento aprobado por el Decreto N° 893 de fecha 7 de junio de 2012 y su modificatorio, por el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por la Disposición N° 58 de fecha 12 de agosto de 2014 de la Oficina Nacional de Contrataciones de la entonces SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y por el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Asimismo, resultan de aplicación la Ley N° 25.551 de “Compre Trabajo Argentino” y su reglamentación Decreto N° 1.600/02 y normas complementarias, así como la Ley N° 25.300 de “Fomento para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa” y el Decreto N° 1.075 de fecha 24 de agosto de 2001.

Todos los documentos que integran el contrato serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias se seguirá el siguiente orden de prelación:

a) Decreto Delegado N° 1.023/01 y sus modificaciones.

b) Decreto N° 893/12.

c) Las normas que se dicten en consecuencia del Decreto N° 893/12.

d) Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por la Disposición N° 58/2014 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.

e) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

f) La oferta.

g) Las muestras que se hubieran acompañado.

h) La adjudicación.

i) La orden de compra, de venta o el contrato, en su caso.

ARTÍCULO 44.- JURISDICCIÓN:

A todos los efectos legales emergentes de la presente Contratación serán competentes los Tribunales Nacionales en lo Contencioso Administrativo Federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

A los efectos del seguimiento de novedades que puedan producirse respecto de la presente licitación e independientemente de la notificación que le cursemos, se recomienda visitar la página de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES: www.argentinacompra.gov.ar link “contrataciones vigentes”. Igualmente el pliego de bases y condiciones particulares de este procedimiento podrá ser obtenido con el fin de presentarse a cotizar o consultado en el sitio web y link citados anteriormente.

Asimismo se informa, que para descargar y/o consultar el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, deberán ingresar al siguiente link: www.argentinacompra.gov.ar

ARTÍCULO 45.- DETALLE DE ANEXOS

• ANEXO I - PLANILLA DE COTIZACIÓN: LICITACION PUBLICA N°  /2016

• ANEXO II - Declaración Jurada

• ANEXO III - Declaración Jurada de Cumplimiento de Legislación Laboral Vigente

• ANEXO IV - Declaración Jurada de cumplimiento del Decreto N° 312/10 y la Disposición ONC N° 21/2015

• ANEXO V -Declaración Jurada Ley 25.551 “Compre Trabajo Argentino”

• ANEXO VI - Declaración Jurada de Importaciones y Balanza Comercial

• ANEXO VII - Declaración Jurada de Contrataciones Públicas Sustentables

• ANEXO VIII - Constitución Domicilio Especial

• ANEXO IX - Datos Complementarios - LEY COMPRE MIPYME

• ANEXO X - Declaración Jurada de Libre Deuda Previsional

• ANEXO XI - Certificado de visita obligatoria a los edificios.

• ANEXO XII - Declaración Jurada de que los productos a utilizar no contienen sustancias prohibidas y/o restringidas

• ANEXO XIII - Estructura de costos

• ANEXO XIV - Detalle de estructura de costos

• ANEXO XV - Planilla de equipos, máquinas y herramientas.

• ANEXO XVI - Matriz de evaluación.

• ANEXO XVII - Especificaciones Técnicas

ANEXO I - PLANILLA DE COTIZACIÓN: LICITACION PUBLICA N°  /2016

El que suscribe ………………………………… Documento …………………… en nombre y representación de la Empresa …………………………………. con domicilio legal en la Calle …………………..N° ………. Localidad ……………………………………………. Teléfono …………………….Fax. …………………………. E-MAIL........................................................ N° de CUIT ……………………………………y con poder suficiente para obrar en su nombre, según consta en acta poder que acompaña, luego de interiorizarse de las condiciones particulares y técnicas que rigen la presente compulsa, cotiza los siguientes precios:
    
Renglón Cantidad Indicación de marca y/o modelo, o Especificación Técnica Precio
UNITARIO
(IVA incluido)
$
Precio
TOTAL
(IVA incluido)
$
1 12 (meses) (335-01688-00001) Por la contratación de un servicio de limpieza con criterios de sustentabilidad de los edificios del Ministerio de Transporte que se detallan, en un todo de acuerdo a las condiciones del presente Llamado para las locaciones ubicadas en la calle Maipú 255 Pisos; PB, 2°B, 12, 15,16° A y B y 20. CABA

2 12 (meses) (335-01688-00001) Por la contratación de un servicio de limpieza con criterios de sustentabilidad de los edificios del Ministerio de Transporte que se detallan, en un todo de acuerdo a las condiciones del presente Llamado para las locaciones ubicadas en la Bouchard 547 Pisos 5; 6 y 7 CABA

3 12 (meses) (335-01688-00001) Por la contratación de un servicio de limpieza con criterios de sustentabilidad de los edificios del Ministerio de Transporte que se detallan, en un todo de acuerdo a las condiciones del presente Llamado para el edificio de la calle Esmeralda 117 CABA, pisos: PB, 1 y 2 CABA

4 12 (meses) (335-01688-00001) Por la contratación de un servicio de limpieza con criterios de sustentabilidad de los edificios del Ministerio de Transporte que se detallan, en un todo de acuerdo a las condiciones del presente Llamado para el edificio de la calle España 2221 edificio completo CABA

5 12 (meses) (335-01688-00001) Por la contratación de un servicio de limpieza con criterios de sustentabilidad de los edificios del Ministerio de Transporte que se detallan, en un todo de acuerdo a las condiciones del presente Llamado para el edificio ubicado en la intersección de las calles Alferez y Lavaisse 1600 CABA

6 12 (meses) (335-01688-00001) Por la contratación de un servicio de limpieza con criterios de sustentabilidad de los edificios del Ministerio de Transporte que se detallan, en un todo de acuerdo a las condiciones del presente Llamado para el edificio de la calle Av Belgrano y 27 de Febrero, Rosario, Santa Fe.

7 12 (meses) (335-01688-00001) Por la contratación de un servicio de limpieza con criterios de sustentabilidad de los edificios del Ministerio de Transporte que se detallan, en un todo de acuerdo a las condiciones del presente Llamado para el edificio de la calle Liniers 395, Paraná, Entre Ríos

8 12 (meses) (335-01688-00001) Por la contratación de un servicio de limpieza con criterios de sustentabilidad de los edificios del Ministerio de Transporte que se detallan, en un todo de acuerdo a las condiciones del presente llamado del edificio ubicado en la calle San Martin 1301, Corrientes

9 12 (meses) (335-01688-00001) Por la contratación de un servicio de limpieza con criterios de sustentabilidad de los edificios del Ministerio de Transporte que se detallan, en un todo de acuerdo a las condiciones del presente Llamado para el edificio ubicado en la calle Jordana 748, Concepción del Uruguay, Entre Ríos

10 12 (meses) (335-01688-00001) Por la contratación de un servicio de limpieza con criterios de sustentabilidad de los edificios del Ministerio de Transporte que se detallan, en un todo de acuerdo a las condiciones del presente Llamado para el edificio ubicado en la Calle 507 y 520, Quequen, Buenos Aires

11 12 (meses) 335-01688-00001) Por la contratación de un servicio de limpieza con criterios de sustentabilidad de los edificios del Ministerio de Transporte que se detallan, en un todo de acuerdo a las condiciones del presente Llamado para el edificio ubicado en la Calle Av Salustio S/N, Bahia Blanca, Buenos Aires

12 12 (meses) 335-01688-00001) Por la contratación de un servicio de limpieza con criterios de sustentabilidad de los edificios del Ministerio de Transporte que se detallan, en un todo de acuerdo a las condiciones del presente Llamado para el edificio ubicado en la Calle San Juan 777 Piso 3° CABA

13 12 (meses) 335-01688-00001) Por la contratación de un servicio de limpieza con criterios de sustentabilidad de los edificios del Ministerio de Transporte que se detallan, en un todo de acuerdo a las condiciones del presente Llamado para el edificio ubicado en la Paseo Colón 315 CABA

Total de la oferta (IVA incluido)



SON PESOS .....………………………………………………………………………………………........………………………………………………………………………………………………………………...……..

Indicar la propuesta de ALTERNATIVAS: SI ___ NO ___ Página ___
Indicar la propuesta de VARIANTES: SI ___ NO ___ Página ___

En caso de tratarse de una oferta alternativa, indicarlo aquí con una cruz: …………

IMPORTANTE: Se admitirán únicamente cotizaciones con DOS (2) decimales.


.................................................

FIRMA

ANEXO II-DECLARACIÓN JURADA

N° DE CUIT: ..........................................................................................................................................

DENOMINACIÓN: ...................................................................................................................................

CALLE ..................................................................................... N°..........................................................

PISO ........................................... DEPTO ..................................TEL …...............................................

LOCALIDAD ….................................................................. CODIGO POSTAL .....................................

PROVINCIA .............................................................................................................................................

1. DECLARO BAJO JURAMENTO ESTAR HABILITADO PARA INTERVENIR EN LA LICITACIÓN SEÑALADA PRECEDENTEMENTE, EN RAZÓN QUE LA FIRMA CUMPLE LOS REQUISITOS ENUMERADOS EN EL ARTÍCULO 27 DEL DECRETO N° 1.023/01.

2. DECLARO BAJO JURAMENTO QUE LOS RESPONSABLES DE LA OFERTA NO TIENEN IMPEDIMENTO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO NACIONAL POR CUANTO NO SE ENCUENTRAN COMPRENDIDOS EN NINGUNA DE LAS SIGUIENTES CAUSALES, ENUNCIADAS EN EL ARTÍCULO 28 DEL DECRETO N° 1.023/01, Y SU MODIFICATORIA (ARTÍCULO 45 DE LA LEY N° 26.940):

2.1.- LAS PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS QUE SE ENCONTRAREN SANCIONADAS EN VIRTUD DE LAS DISPOSICIONES PREVISTAS EN LOS APARTADOS 2. Y 3. DEL INCISO B) DEL ARTÍCULO 29 DEL DECRETO 1023/01.

2.2.- LOS AGENTES Y FUNCIONARIOS DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL Y LAS EMPRESAS EN LAS CUALES AQUÉLLOS TUVIEREN UNA PARTICIPACIÓN SUFICIENTE PARA FORMAR LA VOLUNTAD SOCIAL, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LA LEY DE ÉTICA PÚBLICA N° 25.188.

2.3.- LOS CONDENADOS POR DELITOS DOLOSOS, POR UN LAPSO IGUAL AL DOBLE DE LA CONDENA.

2.4.- LAS PERSONAS QUE SE ENCONTRAREN PROCESADAS POR DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD, O CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, O CONTRA LA FE PÚBLICA O POR DELITOS COMPRENDIDOS EN LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA LA CORRUPCIÓN.

2.5.- LAS PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS QUE NO HUBIERAN CUMPLIDO CON SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y PREVISIONALES, DE ACUERDO CON LO QUE ESTABLEZCA LA REGLAMENTACIÓN.

2.6.- LAS PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS QUE NO HUBIEREN CUMPLIDO EN TIEMPO OPORTUNO CON LAS EXIGENCIAS ESTABLECIDAS POR EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 8° DE LA LEY N° 24.156.

2.7.- LOS EMPLEADORES INCLUIDOS EN EL REGISTRO PÚBLICO DE EMPLEADORES CON SANCIONES LABORALES (REPSAL) DURANTE EL TIEMPO QUE PERMANEZCAN EN DICHO REGISTRO.

3. DECLARO BAJO JURAMENTO QUE LOS DATOS CONSIGNADOS EN EL PRESENTE FORMULARIO SON CORRECTOS Y ME COMPROMETO A PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN QUE PERMITA SU VERIFICACIÓN EN CASO DE RESULTAR CALIFICADO EN LA LICITACIÓN DE REFERENCIA, DENTRO DEL PLAZO DE DOS (2) DÍAS A CONTAR DE LA PUBLICACIÓN DE LA CALIFICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL.

4. DECLARO BAJO JURAMENTO APORTAR AL ORGANISMO CONTRATANTE, CUANDO ME SEA SOLICITADA, TODA LA INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN RESPALDATORIA QUE LA ACREDITE, EN UN TODO DE CONFORMIDAD CON EL ALCANCE Y LA EXTENSIÓN ESTABLECIDAS EN EL ARTÍCULO 234 DEL ANEXO DEL DECRETO N° 893/12 PARA SU INCLUSIÓN EN EL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE PROVEEDORES (SIPRO).

5. DECLARO BAJO JURAMENTO APORTAR EN TIEMPO ÚTIL CUANDO ME SEA SOLICITADA LA INFORMACIÓN QUE REQUIERA LA SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN (SIGEN) A LOS EFECTOS DE DETERMINAR EL PRECIO TESTIGO PARA UNA CONTRATACIÓN DETERMINADA.

6. DECLARO BAJO JURAMENTO CONOCER Y ACEPTAR TODAS Y CADA UNA DE LAS CLÁUSULAS QUE CONFORMAN EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, SUS NOTAS ACLARATORIAS Y CUADROS ANEXOS OBLIGÁNDOME A RESPETAR CADA UNA DE SUS ESTIPULACIONES TANTO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA CUANTO PARA LA EJECUCIÓN DE SU EVENTUAL CONTRATACIÓN.

7. DECLARO BAJO JURAMENTO NO ESTAR INCURSO EN NINGUNA DE LAS CAUSALES DE INELEGIBILIDAD PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 86 DEL ANEXO DEL DECRETO N° 893/12, HASTA TANTO SE DECLARE BAJO JURAMENTO LO CONTRARIO.

FECHA: _________/_________/_________

FIRMA Y ACLARACIÓN DEL OFERENTE

Tipo y N° de Documento: ...................................................... Cargo: ………….................................

ANEXO III - Declaración Jurada de Cumplimiento de Legislación Laboral Vigente



ANEXO IV - Declaración Jurada de cumplimiento del Decreto N° 312/10 y la Disposición ONC N° 21/2015



ANEXO V - Declaración Jurada Ley 25.551 “Compre Trabajo Argentino”

N° DE CUIT: ...........................................................................

N° DE INGRESOS BRUTOS ................................................

DENOMINACIÓN: ....................................................................................................................................

CALLE ......................................................... N° ..................... PISO .............................. DPTO ..............

TE …………..................................... LOCALIDAD .................................................................................

CÓDIGO POSTAL …….......................... PROVINCIA. .......................................................................

Declaro bajo juramento que los bienes/servicios ofertados por la Firma se encuentran comprendidos dentro de la Ley N° 25.551 (Compre Trabajo Argentino) y su reglamentación Decreto N° 1.600 de fecha 28 de agosto de 2002 y que la oferta presentada para la presente contratación debe ser considerada nacional en los términos de lo dispuesto en el Artículo 70 inciso g) apartado 3) del Anexo al Decreto N° 893/2012.

FECHA: _________/_________/_________

FIRMA Y ACLARACIÓN DEL OFERENTE

ANEXO VI: Declaración Jurada de Importaciones y Balanza Comercial



FECHA: _________/_________/_________

FIRMA

(DEL OFERENTE, APODERADO O REPRESENTANTE LEGAL.)

ANEXO VII



ANEXO VIII - Constitución Domicilio Especial

N° DE CUIT: ………………………………..……………………………........……………………………….

DENOMINACIÓN: ……….....………………….......……………………………………………………………

CALLE: ………...………..…….....……………N° …….……..… PISO ……..…. DPTO …………..…………..

LOCALIDAD ………………...…………….....………… PROVINCIA...........................................................

CÓDIGO POSTAL ………………….............……………………………….…………………………………..

FECHA: _________/_________/_________

FIRMA Y ACLARACIÓN DEL OFERENTE

ANEXO IX- Datos Complementarios - LEY COMPRE MIPYME

OFERENTE:

N° DE CUIT:

AÑO MONTO DE VENTAS TOTALES ANUALES

$

$

$

FIRMA

(DEL OFERENTE, APODERADO O REPRESENTANTE LEGAL)

ANEXO X - Declaración Jurada de Libre Deuda Previsional

Quien suscribe ………………………………………………………………………, en carácter de ……………….. de la firma …………………………….., declaro bajo juramento que la mencionada firma no cuenta con ninguna deuda previsional exigible a la fecha, ello en el marco de la Ley N° 17.250, artículo 4°.

FIRMA: ……………………………………………..

ACLARACIÓN: ………………………….………...

En …………….................………………, a los ………. días del mes de ………………. de 20……….

ANEXO XI

CERTIFICADO DE VISITA OBILGATORIA A LOS EDIFICIOS

Por la presente se deja constancia que el Señor ……………………………………………………, DNI ………………….., perteneciente a la firma …………………………………….., con relación a la LICITACIÓN PÚBLICA N° ………………………. Expediente N° 20989/2016 por contratación de un servicio de limpieza general para las distintas dependencias del Ministerio de Transporte, ha visitado los edificios que más abajo se detallan:

DEPENDENCIA FECHA DE VISITA FIRMA DEPENDENCIA ACLARACIÓN

















































________________________________________________________________________
Autorización de la Dirección de Organización y Racionalización de Espacios Físicos

ANEXO XII - DECLARACION JURADA DE LEGISLACION LABORAL Y DE QUE LOS PRODUCTOS A UTILIZAR NO CONTIENEN SUSTANCIAS PROHIBIDAS Y/O RESTRINGIDAS.

Quien suscribe la presente declara bajo juramento que cumple con la legislación sobre protección de medio ambiente vigente.

Se declara que ninguno de los productos a utilizar contiene sustancias prohibidas y/o restringidas y se compromete a que los productos de limpieza a utilizar deben estar formulados en la medida de lo posible de forma tal que sean biodegradables de manera aeróbica.

El que suscribe se compromete a presentar un listado de productos a utilizar en donde figure el nombre del mismo, empresa fabricante, uso al que se destina y certificado de que dichos productos se encuentran vigentes en el registro de ANMAT.

FECHA: …………./…………./……...…….

FIRMA Y ACLARACIÓN DEL OFERENTE

ANEXO XIII - ESTRUCTURA DE COSTOS

En dicho Anexo deberán discriminarse los porcentajes asignados a cada uno de los ítems detallados:


Ver Anexo I A - Detalle Estructura de Costos, se traslada el valor total al Anexo IA.

(*) Se aclara que para la presentación de la oferta, deberá completarse la totalidad de los datos indicados en el cuadro precedente, y ampliarlos de resultar necesario.


ANEXO XIV - DETALLE DE ESTRUCTURA DE COSTOS:

En dicho cuadro deberán discriminarse los valores y porcentajes asignados a cada uno de los ítems detallados, relacionados con los salarios del personal que prestarán servicios de limpieza en este Ministerio:


(**) Se deberá presentar detalle de las contribuciones en porcentaje (%)

FIRMA y ACLARACIÓN DEL OFERENTE:

TIPO y N° DE DOCUMENTO:

CARGO:

ANEXO XV - PLANILLA DE EQUIPOS, MAQUINAS Y HERRAMIENTAS.


NOTA: Se deja constancia que las cantidades y tipo de maquinaria solicitadas, responden al mínimo requerido para brindar un servicio óptimo, pudiendo la oferente proponer cualquier otro tipo de maquinaria que amplíe y/o mejore las cantidades previstas. Para ello podrá utilizarse la cantidad de planillas que resulten necesarias.


FIRMA y ACLARACIÓN DEL OFERENTE:

TIPO y N° DE DOCUMENTO:

CARGO:

ANEXO XVI - MATRIZ DE EVALUACION




Donde:

P(f) define el total de puntuación obtenida por el oferente.

F(I) corresponde al total de puntuación obtenida para el Factor I de evaluación.

F(II) corresponde al total de puntuación obtenida para el Factor II de evaluación.

F(III) corresponde al total de puntuación obtenida para el Factor III de evaluación.

ANEXO XVII - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.

ESPECIFICACIONES TECNICAS PARA EL SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DIARIA DE LOS EDIFICIONES Y LOCACIONES DEL MINISTERIO DE TRANPORTE DE LA NACION

1. OBJETO

Por la contratación de un servicio integral de limpieza destinado a las locaciones dependiente del Ministerio de Transporte, por un período de DOCE (12) meses, con opción a prórroga por un plazo igual o fracción menor.

2. PARA LA EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD E IDONEIDAD, LOS OFERENTES DEBERÁN:

• Acreditar un sistema de calidad de gestión aplicado al rubro limpieza, de acuerdo a los lineamientos establecidos por la Norma ISO 9001, certificado y vigente a la fecha de apertura de las ofertas, requisitos sin el cual no se considerará la oferta.

• Acreditar antigüedad en el rubro y en la constitución de la empresa, no menor a 4 (CUATRO) años, requisito sin el cual no se considerará la oferta.

• Presentar una carpeta de referencias mediante la que se acredite la prestación de servicios en el rubro limpieza, en empresas u otros Organismo. Dentro de la misma, deberá incluirse: denominación del servicio, duración y periodo de ejecución de los trabajos, cantidad de personal afectado, monto contratado, empresa u organismo contratante, contacto, dirección y teléfono. Asimismo, deberá presentarse documentación respaldatoria que acredite los antecedentes informados, requisito sin el cual no será considerada la oferta.

• Certificados emitidos por otras empresas u organismos contratantes en los cuales consta la evaluación de la prestación brindada.

• El oferente deberá reflejar su situación financiera con sus correspondientes índices de liquidez, demostrando la factibilidad de pago de los sueldos y las cargas sociales correspondientes.

Dicha documentación deberá encontrarse firmada por el representante legal y certificada por Contador Público, cuya firma deberá encontrarse certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.

• Se ponderará a aquellos oferentes que posean y acrediten un Sistema de Gestión Ambiental que actúe bajo la Norma ISO 14001, aplicado a las actividades objeto de la presente licitación.

• Se ponderará a aquellos oferentes que posean y acrediten un Sistema de Gestión de Salud y Seguridad Ocupacional que actúe bajo la Norma O.H.S.A.S. 18001, aplicado a las actividades objeto de la presente licitación.

3. PERSONAL

El personal debe ser idóneo y contar con buenos antecedentes, presencia, conducta y educación, actuando con la mayor discreción posible en el desempeño de las tareas, observando expresamente el trato con agentes, funcionarios y/o visitantes del Organismo.

La totalidad del personal está bajo exclusivo cargo y responsabilidad de la Adjudicataria, como así también los sueldos, cagas sociales, seguros, beneficios, y otras obligaciones que existan o pudieran surgir durante la vigencia del contrato. Los mismos deberán registrar su ingreso y egreso a diario en sistema de control de acceso del Organismo.

La Adjudicataria se responsabiliza por los reclamos de cualquier naturaleza que pudieran generarse con motivo de la prestación del servicio, manteniendo indemne a este Organismo por responsabilidades y/o requerimientos que se relacionen directa o indirectamente con la prestación del servicio cuya contratación se licita.

Asimismo, la Adjudicataria se obliga a reponer y/o reparar todo elemento de propiedad del Organismo que resultare dañado o destruido por acción u omisión del personal actuante, debidamente comprobado, durante su permanencia en esta.

4. ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL A PROVEER:

- Ropa de trabajo con logo de la empresa

- Botines de seguridad

- Botas de goma

- Protección facial y auditivo (Barbijos, etc.)

- Anteojos

- Cascos

- Guantes

- Delantal protector

El uniforme adecuado para la totalidad del personal con membrete de la empresa, previamente aprobado por el Departamento de Servicios generales, deberá ser provisto por la Adjudicataria al inicio de la prestación y conservarse el mismo en perfecto estado durante la duración del respectivo contrato (se estima que se necesitarán mínimamente TRES (3) mudas al año, distinguiéndose entre verano e invierno para todo el personal afectado). Se entiende por uniformes completos, chaquetas o remeras, pantalón, buzo y camperas en invierno, botas para baldeo, zapatos de seguridad, si corresponde, entre otros. En caso de que los uniformes se encuentren deteriorados deberán ser reemplazados, caso contrario, el operario no podrá prestar servicios.

Deberá implementarse la identificación personal con carteles legibles, con etiquetas inalterables con el membrete de la Empresa y el nombre del operario. El personal asignado para tareas en el sector exterior, debe contar con ropa adecuada para trabajos en la intemperie, con detalles en flúo reactivos, zapatos de seguridad, etcétera.

Está a cargo de la Adjudicataria la provisión, según la normativa legal vigente, de los elementos de protección personal de acuerdo a la tarea desarrollada (botas, calzado de seguridad, barbijos, etcétera) y la capacitación en su uso continuo y correcto. La no utilización de dichos elementos da lugar a la no prestación del servicio.

5. SUPERVISOR

La Supervisión general del personal destacado en cada uno de los sectores de trabajo. Objeto de la presente, será por cuenta de la empresa Adjudicataria, pudiendo el Ministerio de Transporte requerir la presencia del Supervisor ante una eventual necesidad del mismo.

El o los supervisores generales deben permanecer en forma exclusiva durante todo el tiempo que se encuentre el personal de la firma, siendo los referentes principales ante el Organismo y los edificios en los que preste servicio. Los mismos deberán registrar su ingreso y egreso a diario en sistema de control de acceso del Organismo. La distribución de los supervisores queda a criterio de la Adjudicataria, siendo comunicada fehacientemente al Departamento de Servicios Generales, la que a su vez verificará la presencia en los edificios. Si por algún motivo el o los supervisores generales deben ausentarse, deben ser reemplazados por personal externo de la Adjudicataria, debidamente autorizado por el Departamento de Servicios, no pudiendo ser suplidos por ningún operario, ni encargado asignado a este Organismo. Dicho supervisor contará con la suficiente idoneidad, autoridad y facultad para cumplir de inmediato cualquier requerimiento que se le formule referente a las tareas o al personal. Además, deberá contar con la correspondiente autorización de la empresa para notificarse de las indicaciones que se le impartan en la ejecución del servicio.

Asimismo y además de los días previstos, el Supervisor podrá desplazarse a cada uno de los lugares incluidos en la presente Especificación Técnica, toda vez que considere necesario y en el horario que lo considere oportuno, para el control de su personal y tareas, debiendo en cada uno de los casos notificar de su presencia al Responsable en Servicios Generales.

El Departamento de Servicios Generales podrá solicitar al Supervisor disponer del personal para el movimiento de muebles u otros elementos para la limpieza de lugares ocultos (pisos, zócalos, estanterías, etc.) o para el mejoramiento de los sectores.

Presentará como mínimo CINCO (5) DIAS hábiles antes de iniciar las actividades como Adjudicataria del Ministerio de Transporte, la NOMINA DEL PERSONAL ACTUALIZADO que designará para los edificios incluidos en la presente Especificación Técnica.

En el caso de alguna anormalidad o incumplimiento en los servicios prestados por la Adjudicataria, se confeccionará un Acta para dejar constancia de lo sucedido.

6. EQUIPOS, MAQUINAS, HERRAMIENTAS Y ELEMENTOS A PROVEER:

La Adjudicataria deberá prever y proveer la totalidad de los elementos necesarios para la eficiente ejecución de las tareas contratadas (exigidos por la Ley 19.587 “HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO” y sus modificatorios), principalmente: máquinas aspiradoras, aspiradoras de mano, máquinas lustradoras - enceradoras industriales, hidrolavadora, letrero piso mojado, carro para elementos de limpieza, alargues, escalera, plumeros, palas, baldes, escobillones, recipientes para fluidos, escobas, cepillos, trapos para piso, mopas, esponjas, trapos rejillas, franelas, secador de vidrios, bolsas de residuos normales y tipo consorcio, dispositivo surtidor de alcohol en gel, silleta, soga para arnés, juego de arnés (para la limpieza de vidrios en el exterior), y todo aquella herramienta o maquinaria necesaria para el correcto desempeño del servicio.

Además, queda a cargo de la Adjudicataria los elementos de limpieza necesarios, para la eficiente ejecución de las tareas contratadas, principalmente: alcohol en gel, lustrador tipo “BLEM”, quitasarro, detergente, pastilla para baño, lavandina liquida y en gel, desinfectante para pisos, multiuso para muebles, limpiador tipo “CIF”, jabón líquido para manos, desodorante de ambientes y todo aquel elemento de limpieza necesario para el correcto desempeño del servicio.

Los equipos deberán encontrarse en perfecto estado de conservación y funcionamiento. En caso de desperfecto deberán ser reemplazados por equipos de iguales características. Asimismo, la Adjudicataria porveerá y repondrá de manera constante la totalidad de los dispensers (de jabón líquido, papel higiénico, toallas de papel, protector higiénico descartable para inodoros y alcohol en gel) ubicados en cada uno de los baños.

Del relevamiento que se realice a la visita de cada uno de los distritos y locaciones surgirá la oferta.

7. UBICACIÓN DE LOS EDIFICIOS

Maipú 255 CABA, pisos: PB; 2 B; 12; 15; 16 A y B; 20

Bouchard 547 CABA pisos: 5; 6 y 7

Esmeralda 117 CABA, pisos: PB, 1 y 2

España 2221, CABA Edificio completo

Alférez y Lavaisse 1600, CABA

Av. Belgrano y 27 de Febrero, Rosario, Santa Fe

Liniers 395, Paraná, Entre Ríos

San Martin 1301, Corrientes

Jordana 748, Concepción del Uruguay, Entre Ríos

Calle 507 y 520, Quequen, Buenos Aires

Av. Salustio S/N, Bahía Blanca, Buenos Aires

San Juan 777 CABA, piso 3

Av. Paseo Colón 315, CABA

8. HORARIOS DEL PERSONAL

Se propondrá la cantidad MÍNIMA de personal que se requiere para abarcar tareas de limpieza general y su mantenimiento. Mediante la visita a las instalaciones por parte del oferente se detallará la función de los operarios, respondiendo a las necesidades particulares de las locaciones.

El adjudicatario destinará para la cobertura del servicio, en los horarios que se especifican, la cantidad de personal que se detallen en cada caso:
MAIPÚ 255

Secretaría de gestión

Lunes a Viernes de 07:00 Hs. A 15:00 Hs.: CINCO (5) OPERARIOS

Lunes a Viernes de 12:00 Hs. A 20:00 Hs.: DOS (2) OPERARIOS

ACLARACIÓN: Los Operarios del turno mañana no deberán ser los mismos que los del turno tarde.

BOUCHARD 547

Secretaría de planeamiento

Lunes a Viernes de 06:00 a 14:00 Hs: TRES (3) OPERARIOS

Lunes a Viernes de 12:00 a 20:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS

Sábados de 06:00 a 14:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS

ACLARACIÓN: Los Operarios del turno mañana no deberán ser los mismos que los del turno tarde.

ESMERALDA 117

Instituto Argentino del Transporte

Lunes a Viernes de 08:00 a 14:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS

Lunes a Viernes de 14:00 a 20:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS

ESPAÑA 2221

Puertos y Vías Navegables

Lunes a Viernes de 06:00 a 10:00 Hs: DOCE (12) OPERARIOS

Lunes a Viernes de 10:00 a 16:00 Hs: SEIS (6) OPERARIOS

Lunes a Viernes de 16:00 a 20:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS

Sábados de 08:00 a 13:00 Hs: CUATRO (4) OPERARIOS (para tareas programadas no realizables en semana)

ACLARACIÓN: Los Operarios del turno mañana no deberán ser los mismos que los del turno tarde.

ALFÉREZ Y LAVAISSE 1600

Delegación Río de la Plata

Lunes a Viernes de 06:00 a 10:00 Hs: CUATRO (4) OPERARIOS

Lunes a Viernes de 10:00 a 16:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS

Sábados de 08:00 a 13:00 Hs: TRES (3) OPERARIOS

ACLARACIÓN: Los Operarios del turno mañana no deberán ser los mismos que los del turno tarde.

AV. BELGRANO Y 27 DE FEBRERO

Delegación Paraná Inferior

Lunes a Viernes de 06:00 a 10:00 Hs: SEIS (6) OPERARIOS

Lunes a Viernes de 10:00 a 16:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS

Sábados de 08:00 a 13:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS

ACLARACIÓN: Los Operarios del turno mañana no deberán ser los mismos que los del turno tarde.

LINIERS 395

Delegación Paraná Medio

Lunes a Viernes de 06:00 a 10:00 Hs: CUATRO (4) OPERARIOS

Lunes a Viernes de 10:00 a 16:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS

Sábados de 08:00 a 13:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS

ACLARACIÓN: Los Operarios del turno mañana no deberán ser los mismos que los del turno tarde.

SAN MARTÍN 1301

Delegación Paraná Superior

Lunes a Viernes de 06:00 a 10:00 Hs: SEIS (6) OPERARIOS

Lunes a Viernes de 10:00 a 16:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS

Sábados de 08:00 a 13:00 Hs: TRES (3) OPERARIOS

ACLARACIÓN: Los Operarios del turno mañana no deberán ser los mismos que los del turno tarde.

JORDANA 741

Delegación Río Uruguay

Lunes a Viernes de 06:00 a 10:00 Hs: SEIS (6) OPERARIOS

Lunes a Viernes de 10:00 a 16:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS

Sábados de 08:00 a 13:00 Hs: TRES (3) OPERARIOS

ACLARACIÓN: Los Operarios del turno mañana no deberán ser los mismos que los del turno tarde.

CALLE 520 Y 507

Delegación Quequen

Lunes a Viernes de 08:00 a 14:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS

Lunes a Viernes de 14:00 a 20:00 Hs: UN (1) OPERARIO

Sábados de 08:00 a 13:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS

ACLARACIÓN: Los Operarios del turno mañana no deberán ser los mismos que los del turno tarde.

AV. SALUSTIO S/N

Delegación Bahía Blanca

Lunes a Viernes de 08:00 a 14:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS

Lunes a Viernes de 14:00 a 20:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS

Sábados de 08:00 a 13:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS

ACLARACIÓN: Los Operarios del turno mañana no deberán ser los mismos que los del turno tarde.

SAN JUAN 777

Comisión Nacional de Seguridad de Transporte

Lunes a Viernes de 08:00 a 14:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS

Lunes a Viernes de 14:00 a 20:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS

ACLARACIÓN: Los Operarios del turno mañana no deberán ser los mismos que los del turno tarde.

AV. PASEO COLÓN 315

Secretaría de planeamiento

Lunes a Viernes de 06:00 a 14:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS

Lunes a Viernes de 12:00 a 20:00 Hs: UN (1) OPERARIO

Sábados de 06:00 a 14:00 Hs: DOS (2) OPERARIOS

ACLARACIÓN: Los Operarios del turno mañana no deberán ser los mismos que los del turno tarde.

9. RESPONSABILIDAD DE HORARIOS.

El adjudicatario será responsable del cumplimiento del horario y asistencia de su personal destacado en las distintas áreas de trabajo, respondiendo por sus llegadas tarde y/o ausencias imprevistas o no por distintas causas, en cuyo caso deberá prever el o los reemplazos necesarios y permanentes para cubrir esas circunstancias, reemplazos que deberán presentarse en el/los lugares de trabajo dentro de las DOS (2) HORAS de producida la novedad de ausencia del personal fijo. Para ello el adjudicatario deberá proveer lista de personal designado a dicho reemplazo.

El Adjudicatario proporcionará por su exclusiva cuenta y riesgo los medios de traslado a su personal, a fin de dar cumplimiento con los trabajos contratados, aún en días de huelga o paro de actividades de cualquier sector o actividad, teniendo en cuenta que el Ministerio de Transporte mantiene una actividad continua las VEINTICUATRO (24) HORAS DE TODOS LOS DIAS DEL AÑO.

Si por falta de personal, maquinarias, materiales u otras causas, no se efectuara el servicio en la forma que estipule la orden de compra, este Ministerio se reserva el derecho a rescindir el contrato con la aplicación de penalidades correspondientes.

10. DETALLE DE LAS TAREAS A REALIZAR.

Oficinas y locales de trabajo.

Diariamente se efectuará la limpieza general de las oficinas, locales de trabajo, cocinas de piso, baños, patios, comedores, pasillos, escaleras, terraza, vereda, etc.; teniendo en cuenta que la gran mayoría del personal del Ministerio de Transporte desempeña sus tareas de 09:00 a 17:00 Hs., tales tareas se realizarán dentro de ese horario (en especial las oficinas), mientras que en horas de la tarde se procederá a realizar la limpieza de los espacios comunes.

La limpieza de los cestos de papeles se realizará cada vez que se efectúe la limpieza de las oficinas ó locales, con recambio de la bolsa de residuos (toda vez que sea necesario), especialmente, en las cocinas de piso, baños, y en todo otro local que expresamente se indique.

El último día hábil de cada semana y especialmente, sábados y feriados, deberá realizarse una limpieza en forma profunda en todos los espacios comunes.

Paredes y cielorrasos.

Se mantendrán perfectamente limpios empleando plumeros y otros elementos sin recurrir a aquellos que dañen la pintura, empapelados o revestimientos en general, realizando las tareas que sean necesarias para que en todo momento, tanto paredes como cielorrasos se encuentren limpias de polvo, telarañas, etc.

Lámparas de oficina, puertas, ventanas, zócalos, persianas, ventiluces y revestimientos de madera.

Diariamente se repasarán con gamuzas y aspiradoras. Semanalmente se limpiarán todas las superficies con esponja humedecida con agua jabonosa empleando productos no corrosivos.

Pisos de madera, goma y tipo flexiplast.

Se lustrará dos (2) veces por semana. Bimestralmente se removerá la cera acumulada, volviendo a encerar y lustrar.

Pisos de mosaico granítico.

Diariamente se efectuará el barrido de todas sus superficies sacando las manchas que pudieran tener y luego se realizará el lustrado con máquinas.

Semanalmente se lavarán, eliminando los residuos de cera y manchas, se encerará y lustrará debidamente con productos y máquinas adecuadas. Este trabajo se realizará el último día hábil de cada semana.

Alfombras.

Diariamente se procederá al aspirado de todas las superficies empleando máquinas aspiradoras industriales y quitando todas las manchas que hubiere en las mismas.

Bimestralmente o cada vez que sea necesario, se limpiarán con espuma a seco el total de las superficies, empleando productos químicos adecuados que eviten la decoloración o encogimiento.

Escaleras.

Diariamente se limpiarán los escalones, descansos, zócalos, barandas, empleando detergente o productos adecuados antideslizantes.
Vidrios y cristales.

Diariamente se repasarán las cubiertas vítreas ubicados sobre mesas y escritorios, asimismo se repasarán los vidrios y cristales de todas las puertas del edificio.

Diariamente se repasarán los vidrios correspondientes de mamparas divisorias y muebles (armarios, vitrinas, etc.).

Semanalmente se lavarán todos los vidrios correspondientes al lado interior de las ventanas y cerramientos todos los edificios.

Trimestralmente se lavarán todos los vidrios correspondientes al lado exterior de las ventanas, frente y contra frente y la de todos los patios internos. Para la limpieza de los vidrios exterior de todos los edificios del Ministerio de Transporte en Capital Federal.

Cortinas.

Diariamente se repasarán con plumero para eliminar el polvillo. Mensualmente se repasarán las de tipo venecianas, con trapo rejilla húmedo para eliminar posibles manchas que pudieran quedar.

Todas las cortinas de tela del organismo, serán retiradas, lavadas y planchadas una vez cada tres meses o toda vez que ante un acto o ceremonia de importancia, el Ministerio de Transporte considere oportuno realizarlo.

Muebles en general.

Diariamente se limpiarán todos los escritorios, mesas, sillas, sillones, armarios, archivos, bibliotecas, etc., con trapo rejilla humedecido con agua jabonosa o productos adecuados para cada caso, repasando luego con franela seca (incluyéndose la totalidad de los muebles existentes en el edificio).

Se procederá a repasar para eliminar el polvo utilizando paño humedecido o usando productos adecuados en: Teléfonos, máquinas de calcular, de escribir, intercomunicadores, computadoras, impresoras, con conocimiento o bajo la supervisión de personal responsable de cada oficina o lugar de trabajo, teniendo la precaución que aquellos equipos que funcionen con corriente eléctrica, deberán desenchufarse para que se efectúe la limpieza correspondiente.

Semanalmente se procederá a la limpieza profunda de todas las sillas, sillones, sofás, etc. (Tapizados en cuero ó cuerina, u alguna otra tela) con productos que no afecten y/o deterioren los mismos.

Diariamente se limpiará la parte interior de todos aquellos armarios que en forma permanente o circunstancial, tengan sus puertas abiertas, estanterías (desocupadas parcial o totalmente), pero respetando siempre toda documentación archivada, la cual bajo ningún concepto podrá ser tocada por el personal de limpieza, solicitando autorización al personal más antiguo de la oficina.

Artefactos de iluminación.

Los artefactos de iluminación instalados en techos y paredes, serán repasados conforme lo determinado para paredes y cielorrasos, manteniéndolos limpios, eliminando el polvo y manchas que pudieran tener.
Hall de entrada.

Diariamente se procederán a limpiar todo el sector, incluyendo pisos, zócalos, paredes, techos, vidrios internos y externos, columnas, puertas de ascensores, sector de vigilancia, etc.

Semanalmente o cada vez que sea necesario, se procederá al lustrado con productos especiales, de las plaquetas de bronce instaladas sobre las paredes, al igual que tapas y otros elementos metálicos del lugar.

Baños.

Diariamente se procederá a una limpieza profunda de todos los baños del edificio, plumereando las paredes, cielorrasos, puertas, ventanas, artefactos de iluminación y además lavado de artefactos sanitarios, pisos y revestimientos con productos desinfectantes, empleando una solución de agua con un 3% de lavandina pura (IRAM/ ISO, etc.).

Se mantendrá en forma permanente pastillas desodorantes en artefactos sanitarios (inodoros y mingitorios), siendo estos elementos provistos por la Adjudicataria.

Ascensores.

Diariamente se limpiarán con materiales y elementos adecuados los pisos, cielorrasos y revestimientos de paredes.

Semanalmente se limpiarán los aparatos de iluminación.

Subsuelo.

Quincenalmente se efectuará el limpiado y lavado de pisos y escaleras, como así también la limpieza de paredes, cielorrasos, cañerías, tableros y muebles en general.

Revestimiento de mármol y granito.

Diariamente se efectuará el plumereado de todas las superficies y posteriormente se lustrar con una franela seca o máquina especial de mano.
Semanalmente serán lavados con agua jabonosa y posterior a su secado, se realizará el lustrado correspondiente.

Elementos de contra - incendio.

Diariamente se repasarán con trapos humedecidos en agua jabonosa los elementos destinados a la lucha contra incendios (matafuegos, baldes, etc.).

Terraza.

Semanalmente se efectuará el barrido y lavado de los pisos, plumereado de las paredes y cielorrasos de las galerías y se retirarán todos los elementos sueltos que puedan obstruir las bocas de los desagües.

Vestuarios.

El Ministerio de Transporte pondrá a disposición de la Empresa un lugar para uso como vestuario, oficina y depósito de elementos y herramientas de propiedad de la Adjudicataria.

El lugar mencionado deberá permanecer en perfectas condiciones de uso, limpieza y pintado, como así también el mobiliario cedido por el Ministerio de Transporte, en calidad de préstamo, el cual será devuelto en las mismas condiciones al finalizar el Contrato o a requerimiento del Ministerio de Transporte.

Patios y pasillo central.

Diariamente se efectuará el barrido completo de los mismos.

Semanalmente se lavarán todos los patios (internos y externos, pasillos y galerías), empleando agua jabonosa y desinfectantes líquidos.
Veredas de exterior.

Se limpiarán de lunes a viernes. Se efectuará el barrido y lavado de las veredas empleando agua jabonosa. Se procederá al secado de las mismas por medio de secadores de goma. Las aguas servidas serán arrojadas sobre el 1er. metro de la calzada junto al cordón, y con escobas se procederá al barrido de los residuos que se juntaren, colocándose luego en bolsas de residuos.

Bibliotecas.

Durante todos los días hábiles, entre las 09:00 y las 17:00 Hs, un (1) operario realizará las tareas de limpieza integral (repaso de alfombras, muebles, sillas, estanterías, paredes, limpieza de libros, limpieza de baño, etc.) e inclusive las que el personal encargado del sector o del Departamento Servicios pueda indicar. El personal afectado deberá concurrir con barbijo y guantes descartables.

Se utilizará máquina aspiradora de polvo de mano, para el aspirado diario de los libros.

Departamento Comunicaciones y Pronósticos

Diariamente a primera hora (entre las 07:00 y 08:00 Hs.), se procederá a la limpieza de todas las oficinas en las que se efectúan tareas durante la noche, retirando la totalidad de los papeles y residuos de las mismas.

Sala de archivo.

Diariamente, un (1) operario realizará la limpieza integral en el horario en el cual se encuentre trabajando personal de esa dependencia, que consistirá en repaso de muebles, sillas, armarios, estanterías, paredes, limpieza del material archivado, limpieza de baño e inclusive las que el personal encargado del sector o del Dpto. Servicios pueda indicar al respecto. Se utilizarán máquinas aspiradoras de polvo, para el aspirado diario del material en Archivo.

Cocinas de piso.

Diariamente se limpiarán profundamente los revestimientos, pisos, zócalos, piletas y alacenas usando productos adecuados y desinfectantes no tóxicos para seres humanos. Se retirará diariamente y cada vez que sea necesario toda la basura existente del lugar con el recambio de bolsas correspondientes.

Techos.

Una (1) vez por semana se efectuará un barrido general para evitar la obstrucción de las bocas de desagüe, para eso el adjudicatario designara un (1) personal masculino para realizar dichas tareas.

Estacionamiento.

Se deberá barrer y lavar cada 72 Hs, despeje de basura, elementos de acumulación que entorpezcan el tránsito.

Vidrios de Altura:

La limpieza de los mismos deberá realizarse por personal especializado para trabajos en altura, contando con los certificados emitidos por la Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART), en el cual figure la certificación de la capacitación recibida para efectuar este tipo de trabajos.

La limpieza de los vidrios de altura exteriores e interiores (plumones) debe efectuarse manteniéndose una rutina de periodicidad establecida entre el Área Servicios Generales y la empresa Adjudicataria; excepto que la Dirección Técnica Operativa establezca alguna normativa relacionada con la diagramación y realización de tareas en función de las necesidades operativas de cada edificio.

De acuerdo a la acción del clima y en caso de ser requerido, podrá ser modificada la periodicidad de ejecución del servicio.

La Adjudicataria deberá contar con el equipo adecuado para los trabajos en altura como ser silletas, arnés, soga, etc., cumpliendo con las normas de seguridad y la legislación correspondiente, la cual podrá ser verificada por la Coordinación de Higiene y Seguridad en el Trabajo de este Ministerio. Asimismo, deberá adjuntar la metodología operativa que se desarrollará para la prevención de riesgos y accidentes personales, así como certificados de capacitación de trabajos en altura.

Tareas de repaso (en horario diurno).

Consistirán de repaso de los muebles, pisos, alfombras, baños, etc., en despacho de jefatura y demás despachos de funcionarios.

Los sábados, previo al encerado, se efectuará limpieza y/o rasqueteado si fuera necesario en los pisos de madera y el lavado de los pisos del tipo mosaico granítico.

MAIPÚ 255, CABA.

Planificación de Movilidad


BOUCHARD 547, CABA.

Movilidad urbana


ESMERALDA 117, CABA.

Instituto Argentino del Transporte


ESPAÑA 2221, CABA.

Puertos y Vías Navegables


ALFÉRES LAVAISSE 1600, CABA.

Delegación Río de la Plata


AV. BELGRANO Y 27 DE FEBRERO, Rosario, Pcia. Santa Fe.

Delegación Paraná Inferior


LINIERS 395, Paraná, Pcia. Entre Ríos.

Delegación Paraná Medio


SAN MARTÍN 1301, Corrientes.

Delegación Paraná Superior


JORDANA 741, Concepción del Uruguay, Pcia. Entre Ríos.

Delegación Río Uruguay


CALLE 520 Y 507, Ququén, Pcia. Buenos Aires.

Delegación Quequen


AV. SALUSTIO S/N, Bahía Blanca, Pcia. Buenos Aires.

Delegación Bahía Blanca


SAN JUAN 777, CABA.

Comisión Nacional de Seguridad de Transporte


AV. PASEO COLÓN 315

Secretaría de planeamiento


11. CONTROL DEL SERVICIO

El control del servicio será establecido por el Ministerio de Transporte. El mismo consta de tres ejes:

• Registro de asistencia: Se definirá por cada edificio, el registro de asistencia del personal que asigne el prestador, teniendo en cuenta los horarios dispuestos para cada uno de los diferentes sitios.

• Calidad de insumos: Serán utilizados solamente productos de limpieza de primera calidad, como “CIF”, “AYUDIN”, “BLEM”, etc.

• Auditorias: Las auditorias serán implementadas por el Ministerio de Transporte, con el fin de controlar la calidad del proceso de limpieza en cada uno de los sitios.

Se emitirán dos copias de un formulario de control que deberán ser firmadas, una por el Adjudicatario y otra copia por el Ministerio de Transporte, para evaluar con puntajes el nivel de prestación de los tres ejes.

PLIEG-2016-01828275-APN-SSCA#MTR

e. 06/10/2016 N° 74034/16 v. 06/10/2016