MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES
Resolución 574 - E/2016
Buenos Aires, 10/08/2016
VISTO el Expediente Nº 1.704.400/15 el Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a foja 2 del Expediente N° 1.704.400/15 obra el Acuerdo celebrado
entre la ASOCIACIÓN DE PERSONAL JERÁRQUICO DE LA INDUSTRIA DEL GAS
NATURAL DERIVADOS Y AFINES y la firma GAS NATURAL BAN SOCIEDAD ANÓNIMA
por el sector empleador, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250
(t.o. 2004).
Que en el mismo, las partes convienen un ajuste en el importe del
concepto denominado BONIFICACIÓN GAS que se le abona a los trabajadores
de dicha empresa, conforme a los términos y condiciones del texto
pactado.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando la personería y facultades para negociar
colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.
Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la
correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector
empleador firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su
personería gremial.
Que los Delegados del Personal tomaron la intervención que les compete
en los términos del Artículo 17 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le
compete.
Que se encuentra cumplido el procedimiento negocial previsto en la Ley N° 23.546.
Que así también se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que por último, corresponde que una vez dictado el acto administrativo
homologatorio del Acuerdo de referencia, se remitan estas actuaciones a
la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la
procedencia de elaborar el cálculo del tope previsto por el Artículo
245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
53/15.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre la
ASOCIACIÓN DE PERSONAL JERÁRQUICO DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL
DERIVADOS Y AFINES y la firma GAS NATURAL BAN SOCIEDAD ANÓNIMA por el
sector empleador, obrante a foja 2 del Expediente N° 1.704.400/15,
conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación
registre el Acuerdo obrante a foja 2 del Expediente N° 1.704.400/15.
ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de
evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a
la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — SILVIA JULIA SQUIRE, Subsecretaria,
Subsecretaría de Relaciones Laborales.
Expediente N° 1.704.400/15
Buenos Aires, 17 de agosto de 2016
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 574/16 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 888/16. — Lic. ALEJANDRO
INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
SUMINISTRO DE GAS
En la ciudad de Buenos Aires a los 11 días del mes de noviembre de
2015, se reúnen por una parte los señores Omar Payero y Mariano
Guaglianone, en representación de GAS NATURAL BAN, S.A., en adelante
denominada “La Empresa” y por la otra los señores Rubén Ruíz, Ximena
Rattoni y Carlos Coronel, en representación de la Asociación del
Personal Jerárquico de la Industria del Gas Natural, Derivados y
Afines, en adelante denominada “APJGAS”, quienes acuerdan la firma del
presente en los términos que se exponen seguidamente:
PRIMERO: De acuerdo a lo estipulado en los artículos 1° y 7° del acta
suscripta entre las partes signatarias el día 22 de agosto de 2005, el
valor correspondiente al consumo de 1.500m3 de gas natural o su
equivalente en gas licuado, sería ajustado en aquellos casos en que la
Autoridad de Aplicación —ENARGAS— autorizara una revisión de tarifa
para esta licenciataria en la misma proporción y respetando el tope de
metros cúbicos indicados.
SEGUNDO: Que mediante Resolución N° I 3350 del 5 de junio del
corriente, el ENARGAS aprobó cuadros tarifarios para el área de Gas
Natural BAN, S.A. que reflejan los cambios verificados en la tarifa de
transporte. Que en consecuencia, se estima conducente ajustar el
importe en concepto de BONIFICACION GAS en función del Anexo I c de la
citada Resolución, considerando también del cargo Decreto N° 2067/2008
con el Subsidio al Consumo previsto en la Resolución ENARGAS N°
1982/2011 y los demás conceptos que integran las facturas, excluidas
las tasas municipales. La BONIFICACION GAS para los trabajadores será
la siguiente: $ 232,55 mensuales, a partir de junio de 2015.
TERCERO: Las partes ratifican el acta suscripta el 22 de agosto de 2005
en todo aquello que no sea de modificación mediante el presente
instrumento.
CUARTO: Las partes convienen en solicitar la homologación del presente
acuerdo ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la
Nación.
En prueba de conformidad se firman tres ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha arriba indicados.