MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DIRECCIÓN NACIONAL DE MEDIACIÓN Y MÉTODOS PARTICIPATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
Disposición 78 - E/2016
Ciudad de Buenos Aires, 03/10/2016
VISTO el Expediente N° Ex-2016-01598286-APN- DNMYMPRC#MJ, la Ley N°
26.589, el Decreto Reglamentario N° 1467 del 22 de septiembre de 2011 y
la Resolución M.J. y D.H. N° 1689 del 30 de agosto de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley mencionada en el Visto le corresponde a este Ministerio
la certificación de los profesionales que se desempeñan como
mediadores, en la resolución prejudicial de conflictos con carácter
obligatorio, para lo cual ha previsto en su artículo 11 inciso c) una
evaluación de idoneidad a quienes aspiren a serlo.
Que a través del dictado de la Resolución M.J. y D.H. N° 1689/12
también se consideró oportuno establecer complementariamente la
exigibilidad de un “Seminario Obligatorio”, como una instancia
formativa adicional y estableció como fecha límite de inscripción el 21
de setiembre de cada año.
Que se ha dictado la Resolución M. J. y D.H. N° 440 del 24 de junio de
2016, la cual prorroga la validez de los certificados de cursos de
Formación Básica y Pasantías.
Que en virtud lo avanzado del año, diversas Entidades Formadoras no han
podido completar su calendario de cursos con antelación al 21 de
setiembre y consecuentemente han solicitado una prórroga en tal sentido.
Que razones de oportunidad, mérito y conveniencia, hacen conveniente
diferir el dictado del “Seminario Obligatorio” y la instancia de
evaluación previstos en la Resolución M.J. y D.H. N° 1689/12, que debía
realizarse originalmente en el mes de noviembre del presente año y las
fechas correlativas para las distintas instancias.
Que mediante el artículo 6º, segundo párrafo, de la Resolución M.J. y
D.H. Nº 1689/2012, se ha facultado a la DIRECCIÓN NACIONAL DE MEDIACIÓN
Y MÉTODOS PARTICIPATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS a determinar las
fechas, lugares y horarios para la realización de las distintas etapas
de la evaluación de idoneidad.
Que se han adoptado las medidas necesarias para cumplimentar el dictado
del “Seminario Obligatorio” en el mes de marzo del año 2017.
Que es conveniente recordar que aquellos profesionales que hubieran
cursado durante los años anteriores el “Seminario Obligatorio” se
encontrarán habilitados para presentarse a la instancia evaluatoria.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el
artículos 6° y 7° de la Resolución M.J. y D.H. N° 1689 del 30 de agosto
de 2012.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE MEDIACIÓN Y MÉTODOS PARTICIPATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Determínase el día 28 de febrero de 2017, como fecha
límite para la inscripción, de los aspirantes a mediadores, en el
“Seminario Obligatorio en Mediación” previsto en el artículo 3° de la
Resolución M.J. y D. H. Nº 1689/12 y a la etapa de evaluación escrita
prevista en el artículo 5º inciso a) de la misma resolución.
ARTÍCULO 2° — Dase por verificado el cumplimiento del “Seminario
Obligatorio en Mediación” a todos aquellos profesionales que lo
hubieren cursado en los años anteriores.
ARTÍCULO 3° — Difiérase el dictado del “Seminario Obligatorio en
Mediación”, para el mes de marzo de 2017, según la oferta que
oportunamente realice la DIRECCIÓN NACIONAL DE MEDIACIÓN Y MÉTODOS
PARTICIPATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS.
ARTÍCULO 4° — Los listados de los aspirantes que hubieren aprobado el
“Seminario Obligatorio en Mediación” y se encuentren en condiciones de
realizar la evaluación escrita, serán publicados, en la página web del
organismo, a partir del día 31 de marzo del año 2017.
ARTÍCULO 5° — El examen de evaluación de idoneidad, establecido por el
artículo 5° de la Resolución M.J. y D.H. N° 1689/12, se realizará en
fecha a determinarse oportunamente, mediante Disposición de esta
Dirección, durante el mes de abril de 2017.
ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — RAQUEL MUNT, Director Nacional,
Dirección Nacional de Mediación y Métodos Participativos de Resolución
de Conflictos, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
e. 11/10/2016 N° 74962/16 v. 11/10/2016