MINISTERIO DE SALUD
Resolución 1693 - E/2016
Ciudad de Buenos Aires, 05/10/2016
VISTO el Expediente N° 1-2002- 27173-15-4 del registro de este
Ministerio, la Ley N° 24.788, su Decreto Reglamentario N° 149 del 3 de
marzo de 2009 y modificatorio, el Decreto Nº 114 de fecha 12 de enero
de 2016, la Resolución Ministerial N° 1170 del 1° de julio de 2010 y la
Decisión Administrativa Nº 498 del 19 de mayo del 2016, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 24.788 y sus Decretos Reglamentarios Nº 149 del 3 de
marzo de 2009 y Nº 688 del 10 de junio de 2009 en su Artículo 8º
establecen la creación del PROGRAMA NACIONAL DE PREVENCION Y LUCHA
CONTRA EL CONSUMO EXCESIVO DE ALCOHOL.
Que por la Resolución Ministerial Nº 1170 de fecha 1° de julio de 2010
se implementó el PROGRAMA NACIONAL DE PREVENCION Y LUCHA CONTRA EL
CONSUMO EXCESIVO DE ALCOHOL bajo dependencia directa de la DIRECCIÓN
NACIONAL DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES.
Que atento el cambio de autoridades en la DIRECCIÓN NACIONAL DE SALUD
MENTAL Y ADICCIONES y en virtud del Decreto Nº 114/2016 y de la
Decisión Administrativa Nº 498/2016 que aprobó la estructura
organizativa de este Ministerio de Salud, resulta imperioso modificar
el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 1170 de fecha 1° de
julio de 2010.
Que asimismo es pertinente modificar el artículo 3º de la mencionada
resolución ministerial a fin de designar en el cargo de Coordinador
General de dicho Programa al actual titular de la DIRECCIÓN DE SALUD
MENTAL Y ADICCIONES, y como Coordinador General Suplente al Lic. Juan
Pablo MONSERRAT (D.N.I. N° 22.195.248), a fin de cumplir con las
demandas que el área de salud adeuda frente a los requerimientos
sociales de la temática.
Que la SECRETARÍA DE PROMOCIÓN, PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD
COMUNITARIA y la SUBSECRETARIA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGO
prestaron conformidad al dictado de la presente medida.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad a lo establecido en la
Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y
modificatorios y complementarios.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Sustitúyase el artículo 2º de la Resolución Ministerial
Nº 1170 de fecha 1° de julio de 2010, el que quedará redactado de la
siguiente manera: “ARTÍCULO 2°.- La DIRECCIÓN NACIONAL DE SALUD MENTAL
Y ADICCIONES de la SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGO
dependiente de la SECRETARÍA DE PROMOCIÓN, PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD
COMUNITARIA, tendrá a su cargo la coordinación de las acciones que
demande el cumplimiento de los objetivos del PROGRAMA NACIONAL DE
PREVENCIÓN Y LUCHA CONTRA EL CONSUMO EXCESIVO DE ALCOHOL”.
ARTÍCULO 2° — Sustitúyase el artículo 3º de la Resolución Ministerial
Nº 1170 de fecha 1° de julio de 2010, el que quedará redactado de la
siguiente forma: “ARTÍCULO 3°.- Desígnase Coordinador General del
PROGRAMA NACIONAL DE PREVENCION Y LUCHA CONTRA EL CONSUMO EXCESIVO DE
ALCOHOL al titular de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SALUD MENTAL Y
ADICCIONES, Dr. Andre Santiago BLAKE, (D.N.I. Nº 17.931.197) o a quien
en el futuro lo reemplace, y como Coordinador General Suplente al Lic.
Juan Pablo MONSERRAT, (D.N.I. Nº 22.195.248), sin perjuicio de las
funciones que se le asignaran mediante el artículo 4° de la presente
resolución ministerial”.
ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — JORGE DANIEL LEMUS,
Ministro, Ministerio de Salud.
e. 11/10/2016 N° 75096/16 v. 11/10/2016