ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución 539/2016

Acta N° 1446

Expediente ENRE N° 42.633/2014

Buenos Aires, 11/10/2016

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la solicitud de Acceso a la Capacidad de Transporte Existente presentada por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA (TRANSBA S.A.) requerida por la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA para su CENTRAL NUCLEAR PROTOTIPO CAREM de 25 MW de potencia nominal, así como el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la solicitud de Ampliación de la capacidad de transporte existente presentada por TRANSBA S.A. para las obras consistentes en la construcción de la nueva ET CAREM, la construcción de la LAT de 132 kV Carem-Las Palmas y la ampliación de la ET LAS PALMAS. 2.- Publicar dicha solicitud mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio, por el plazo de CINCO (5) días; también se publicará por DOS (2) días en un diario de amplia difusión del lugar en que la obra vaya a realizarse o pueda afectar eléctricamente, advirtiéndose en dichas publicaciones que se otorga un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos desde la última publicación para que, quien considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE o, en el caso del Acceso, presente un proyecto alternativo. 3.- Establecer que, en caso de que existan presentaciones fundadas comunes entre distintos usuarios o, respecto del Acceso, se presentare un proyecto alternativo, se convocará a Audiencia Pública para analizarlas, recibir las oposiciones y permitir al solicitante contestar las mismas y exponer sus argumentos. 4.- Disponer que, en caso de que no hubiera presentación fundada alguna, vencido el plazo señalado, se considerará autorizado el Acceso así como, en su caso, emitido el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la Ampliación referida en el Artículo 1. 5.- El Solicitante deberá cumplimentar con todas las observaciones realizadas por CAMMESA y por TRANSBA S.A. a efectos de garantizar el funcionamiento del Mercado Eléctrico Mayorista. 6.- Notificar a TRANSBA S.A., a la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA, a CAMMESA y a la SECRETARIA DE ENERGÍA ELÉCTRICA. Firmado: Vocal Tercero Ing. Ricardo Sericano - Vocal Primero Ing. Carlos Manuel Bastos - Vicepresidente Dra. Marta Roscardi - Presidente Ing. Ricardo Martínez Leone.
Dra. MA. GRACIELA ANDINA SILVA DE ALFANO, Secretaria del Directorio, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.

e. 12/10/2016 N° 76071/16 v. 12/10/2016