ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución 539/2016
Acta N° 1446
Expediente ENRE N° 42.633/2014
Buenos Aires, 11/10/2016
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha
resuelto: 1.- Dar a publicidad la solicitud de Acceso a la Capacidad de
Transporte Existente presentada por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA
ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
SOCIEDAD ANONIMA (TRANSBA S.A.) requerida por la COMISIÓN NACIONAL DE
ENERGÍA ATÓMICA para su CENTRAL NUCLEAR PROTOTIPO CAREM de 25 MW de
potencia nominal, así como el Certificado de Conveniencia y Necesidad
Pública para la solicitud de Ampliación de la capacidad de transporte
existente presentada por TRANSBA S.A. para las obras consistentes en la
construcción de la nueva ET CAREM, la construcción de la LAT de 132 kV
Carem-Las Palmas y la ampliación de la ET LAS PALMAS. 2.- Publicar
dicha solicitud mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL
REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y solicitar a la COMPAÑÍA
ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA
(CAMMESA) que haga lo propio, por el plazo de CINCO (5) días; también
se publicará por DOS (2) días en un diario de amplia difusión del lugar
en que la obra vaya a realizarse o pueda afectar eléctricamente,
advirtiéndose en dichas publicaciones que se otorga un plazo de DIEZ
(10) días hábiles administrativos desde la última publicación para que,
quien considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las
prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee
su oposición fundada por escrito ante el ENRE o, en el caso del Acceso,
presente un proyecto alternativo. 3.- Establecer que, en caso de que
existan presentaciones fundadas comunes entre distintos usuarios o,
respecto del Acceso, se presentare un proyecto alternativo, se
convocará a Audiencia Pública para analizarlas, recibir las oposiciones
y permitir al solicitante contestar las mismas y exponer sus
argumentos. 4.- Disponer que, en caso de que no hubiera presentación
fundada alguna, vencido el plazo señalado, se considerará autorizado el
Acceso así como, en su caso, emitido el Certificado de Conveniencia y
Necesidad Pública para la Ampliación referida en el Artículo 1. 5.- El
Solicitante deberá cumplimentar con todas las observaciones realizadas
por CAMMESA y por TRANSBA S.A. a efectos de garantizar el
funcionamiento del Mercado Eléctrico Mayorista. 6.- Notificar a TRANSBA
S.A., a la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA, a CAMMESA y a la
SECRETARIA DE ENERGÍA ELÉCTRICA. Firmado: Vocal Tercero Ing. Ricardo
Sericano - Vocal Primero Ing. Carlos Manuel Bastos - Vicepresidente
Dra. Marta Roscardi - Presidente Ing. Ricardo Martínez Leone.
Dra. MA. GRACIELA ANDINA SILVA DE ALFANO, Secretaria del Directorio, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.
e. 12/10/2016 N° 76071/16 v. 12/10/2016