MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA
SECRETARÍA DE MERCADOS AGROINDUSTRIALES
Resolución 59 - E/2016
Ciudad de Buenos Aires, 11/10/2016
VISTO el Expediente N° EX-2016-01457193- -APN-DDYME#MA del Registro del
MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Resolución N° 1.169 de fecha 17 de
noviembre de 2004 de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA
Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y sus
modificatorias, la Resolución N° 22 del 25 de abril de 2016 de la
SECRETARÍA DE MERCADOS AGROINDUSTRIALES dependiente del MINISTERIO DE
AGROINDUSTRIA, el Memorándum de Entendimiento como resultado de la
RONDA URUGUAY de las negociaciones de acceso a los mercados sobre
agricultura entre los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y la REPÚBLICA
ARGENTINA, firmado en la Ciudad de Ginebra (CONFEDERACIÓN SUIZA) con
fecha 24 de agosto de 1994 en el marco del ACUERDO GENERAL SOBRE
TARIFAS Y COMERCIO (GATT), y
CONSIDERANDO:
Que en virtud del Memorándum de Entendimiento de fecha 24 de agosto de
1994, como resultado de la RONDA URUGUAY, los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
asignaron a la REPÚBLICA ARGENTINA un cupo tarifario anual de Maní de
CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTAS UNA TONELADAS (43.901 t).
Que por la Resolución N° 1.169 de fecha 17 de noviembre de 2004 de la
ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y sus modificatorias, se creó el
Registro para las Empresas Exportadoras de Maní para aquellas
interesadas en acceder a dicho cupo.
Que por la Resolución N° 22 del 25 de abril de 2016 de la SECRETARÍA DE
MERCADOS AGROINDUSTRIALES dependiente del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA,
se procedió, excepcionalmente, a la apertura del Registro para las
Empresas Exportadoras de Maní por el período de TREINTA (30) días
contados a partir de la publicación de dicha medida en el Boletín
Oficial, para las empresas interesadas en la exportación del mencionado
producto a los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, para el cupo tarifario
comprendido entre el 1 de abril de 2016 y el 31 de marzo de 2017.
Que conforme surge de la mentada Resolución N° 22/16, dicha extensión
en el plazo de inscripción se realizó a los efectos de que —evaluando
las condiciones del mercado norteamericano en lo referente a la demanda
y precio del producto— los exportadores pudieran generar oportunidades
de negocios con potenciales importadores, lo que redundará en un mayor
ingreso de divisas en el país, y en la recuperación de los niveles de
cumplimiento obtenidos en cuotas anteriores.
Que en esta instancia, corresponde proceder a la apertura del Registro
para las Empresas Exportadoras de Maní para el cupo tarifario
comprendido entre el 1 de abril de 2017 y el 31 de marzo de 2018, de
acuerdo a lo previsto en el Artículo 1° de la citada Resolución N°
1.169/04.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para el dictado del presente acto en
virtud de las facultades que le otorga el Decreto N° 357 de fecha 21 de
febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios.
Por ello,
LA SECRETARIA DE MERCADOS AGROINDUSTRIALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Procédase a la apertura del Registro para las Empresas
Exportadoras de Maní durante el periodo comprendido entre el 1 y el 31
de octubre de 2016 para las empresas interesadas en la exportación del
mencionado producto a los Estados Unidos de América, para el cupo
tarifario comprendido entre el 1 de abril de 2017 y el 31 de marzo de
2018, por un total de CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTAS UNA TONELADAS
(43.901 t), en el marco de las disposiciones que establece la
Resolución N° 1.169 de fecha 17 de noviembre de 2004 de la
ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y sus modificatorias.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — DELIA MARISA BIRCHER, Secretaria,
Secretaría de Mercados Agroindustriales, Ministerio de Agroindustria.
e. 13/10/2016 N° 76246/16 v. 13/10/2016