MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 689 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 07/10/2016

VISTO: la Ley de Ministerios N° 22.520 y el Decreto N° 13/15, la Decisión Administrativa N° 213/16, y los Expedientes Nros. 5779/16 y 6835/16 del Registro del Ministerio de Cultura, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente N° 5.779/16 tramita el Convenio de Colaboración entre la FUNDACIÓN CIDADE DA CULTURA DE GALICIA (REINO DE ESPAÑA), la MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE CÓRDOBA, PROVINCIA DE CÓRDOBA, y este MINISTERIO que propicia las acciones conjuntas entre las tres partes, que posibilitarán la celebración de una edición del evento “ENCONTRO DE ARTISTAS NOVOS” en la Ciudad de Córdoba, Argentina.

Que como antecedente del caso, cabe destacar que la FUNDACIÓN CIDADE DA CULTURA DE GALICIA promueve, dentro de su programa anual de actividades, el denominado ENCONTRO DE ARTISTAS NOVOS bajo marca registrada ENCONTRO DE ARTISTAS NOVOS “CIDADE DA CULTURA DE GALICIA”, y la CIDADE DA CULTURA DE GALICIA se convierte, cada año, en un espacio de encuentro en el que creadores emergentes tienen la oportunidad de dar a conocer sus trabajos y debatir alrededor del arte contemporáneo durante cuatro/cinco días de convivencia e intercambio de conocimientos e ideas con otros agentes culturales.

Que siguiendo el formato descripto, la Edición en la República Argentina del ENCONTRO DE ARTISTAS NOVOS “CIDADE DA CULTURA”, busca favorecer la convivencia entre artistas emergentes residentes en Argentina y en España, además de poner en contacto a los participantes con otros agentes del sector cultural como críticos, curadores o seguidores de arte.

Que por otra parte, conforme surge del Decreto N° 13/15, compete al MINISTERIO DE CULTURA asistir al PRESIDENTE DE LA NACIÓN y al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, en orden a sus competencias, en todo lo inherente a la cultura y, en particular, entre otras cosas, promover políticas de integración e intercambio cultural entre las jurisdicciones del país y hacia el exterior y, asimismo, la Decisión Administrativa N° 213/16 establece que la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN EXTERIOR DE LA CULTURA, que funciona en la órbita de la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN FEDERAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL del MINISTERIO, tiene como responsabilidad primaria “promover la proyección de la cultura nacional en el exterior internacionalizando las industrias culturales y artistas argentinos”, y entre sus acciones, la de “promover la internacionalización de las industrias culturales y el arte argentino”.

Que, en tal sentido, la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN EXTERIOR DE LA CULTURA promueve todo tipo de iniciativas tendientes al fomento de la oferta y desarrollo cultural de LA REPÚBLICA ARGENTINA, poniendo especial énfasis en impulsar todas aquellas políticas que permitan dar a conocer el potencial cultural argentino a nivel mundial; y realiza actuaciones tendientes a la dinamización del sistema cultural argentino, promoviendo la difusión y conservación de su cultura, y la formación de una comunidad artística vibrante, atendiendo tanto a autores de referencia como a nuevos talentos o la cultura de base.

Que vistos los resultados obtenidos a partir de la celebración de ediciones previas del “ENCONTRO ARTISTAS NOVOS”, las cuales se han llevado a cabo tanto en la COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA, REINO DE ESPAÑA, como también en la REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN EXTERIOR DE LA CULTURA entiende que la celebración de tal evento en la REPÚBLICA ARGENTINA, redundará en beneficio de todo el país, contribuyendo a la consecución de los objetivos del MINISTERIO.

Que a fin de posibilitar la celebración de tal evento, surge la necesidad de crear un Programa específico en el cual se encuadrarán las acciones de implementación y que, en función de sus competencias, tal Programa funcionará en la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN EXTERIOR DE LA CULTURA.

Que en el marco del Programa, se llevará a cabo una Convocatoria abierta destinada al otorgamiento de becas a diversos referentes de las artes visuales y otras disciplinas relacionadas con las performances y el arte sonoro, y cada participante tendrá la posibilidad de realizar, en el marco de un Foro Abierto, una presentación pública centrada en su trabajo y proyecto creativo personal, sirviendo de plataforma y escaparate de sus creaciones.

Que a los fines de garantizar la transparencia en la selección de los participantes, el MINISTERIO DE CULTURA determinará un jurado experto para llevar a cabo la evaluación de los postulantes y la posterior atribución de las becas correspondientes.

Que a su vez, para implementar las actividades mencionadas, es necesario crear el marco normativo que reglamente la participación de todas las partes involucradas en el Programa y determine las bases y condiciones generales para la selección de los becarios.

Que a dichos efectos, el MINISTERIO DE CULTURA destinará los recursos económicos necesarios para afrontar el gasto que demande la realización del programa.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la debida intervención.

Que la presente medida se dicta de acuerdo con lo dispuesto por los Decretos N° 101/85 y 11/15.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Créase en el ámbito de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN EXTERIOR DE LA CULTURA de la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN FEDERAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL de este MINISTERIO, el Programa ENCONTRO DE ARTISTAS NOVOS “CIDADE DA CULTURA DE GALICIA” en ARGENTINA.

ARTÍCULO 2° — Apruébase el Reglamento de Bases y Condiciones del Programa ENCONTRO DE ARTISTAS NOVOS “CIDADE DA CULTURA DE GALICIA” en ARGENTINA que como ANEXO I (IF-2016-02011410-APN-SSCCU#MC) forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3° — Apruébase el llamado a Convocatoria, conforme las Bases Generales de Participación establecidas en el ANEXO II (IF-2016-02011405-APN-SSCCU#MC) de la presente medida.

ARTÍCULO 4° — Autorízase la afectación de los recursos económicos necesarios para afrontar el gasto que demande la realización del Programa. El gasto que demande lo dispuesto en la presente Resolución será imputado a los créditos otorgados por el Presupuesto 2016, partidas presupuestarias correspondientes al PROGRAMA 43.

ARTÍCULO 5° — Regístrese, comuníquese a la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN FEDERAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL y a la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, a sus efectos. Dése al Boletín Oficial para su publicación. Oportunamente, archívese. — ALEJANDRO PABLO AVELLUTO, Ministro, Ministerio de Cultura.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 14/10/2016 N° 76773/16 v. 14/10/2016

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII).