MINISTERIO DE TRANSPORTE

Resolución 345 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 11/10/2016

VISTO el Expediente N° S02:0100312/2014 del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, Expediente original N° S01:0148480/2014 del Registro del Ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, Expediente N° ANC: 0008983/2015 del Registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 2549 de fecha 6 de noviembre de 2015 del Ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE se convocó a la Licitación Pública Nacional de etapa única para la contratación de la Obra “PROYECTO EJECUTIVO Y CONSTRUCCIÓN DEL EDIFICIO SERVICIO DE SALVAMENTO Y EXTINCIÓN DE INCENDIO, INFRAESTRUCTURA DE NEXO Y PAVIMENTO EN EL AEROPUERTO AVIADOR CARLOS CAMPOS, SAN MARTÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DE NEUQUÉN”, y se aprobaron el Pliego de Condiciones Generales para la Licitación y Contratación de Obras Públicas, el Pliego de Condiciones Especiales y el Pliego de Especificaciones Técnicas, respectivos y su Presupuesto Oficial por la suma de PESOS VEINTISIETE MILLONES SETECIENTOS VEINTIOCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES ($ 27.728.493).

Que habiéndose cumplido con las normas de publicidad y difusión que rigen la presente contratación, retiraron pliego las Empresas, HOGAR CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-69922109-7); RIVA SOCIEDAD ANÓNIMA, INMOBILIARIA, INDUSTRIAL, COMERCIAL, FINANCIERA y AGROPECUARIA (CUIT N° 30-51891712-5); TECSA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-50555291-8); CPC SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-59865201-1); HORMICON SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT N° 30-70808672-6); CODAM SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-67273254-5); FILIP SOCIEDAD ANÓNIMA (30-70826809-3); BEBANATO SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-70759090-0); CONSTRUCTORA PREMART SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT N° 30-70933103-1); TECCO SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-71206693-4); NIRO CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 33-58817197-9); PJ SERVICIOS INTEGRALES (CUIT N° 20-12136808-1); ADANTI SOLAZZI Y COMPAÑÍA SOCIEDAD ANÓNIMA, COMERCIAL Y FINANCIERA (CUIT N° 30-52244753-6).

Que con fecha 3 de febrero de 2016 se realizó el Acto de Apertura de las propuestas presentadas por las Empresas ADANTI SOLAZZI Y COMPAÑÍA SOCIEDAD ANÓNIMA, COMERCIAL Y FINANCIERA; TECSA SOCIEDAD ANÓNIMA y CODAM SOCIEDAD ANÓNIMA.

Que abiertas las propuestas, las actuaciones quedaron a disposición de los proponentes por el plazo de TRES (3) días hábiles administrativos, habiendo tomado vista los representantes de la Firma ADANTI SOLAZZI Y COMPAÑÍA SOCIEDAD ANÓNIMA, COMERCIAL Y FINANCIERA.

Que con fecha 10 de febrero de 2016, la Firma ADANTI SOLAZZI Y COMPAÑÍA SOCIEDAD ANÓNIMA, COMERCIAL Y FINANCIERA presenta nota con observaciones respecto de la Firma CODAM SOCIEDAD ANÓNIMA.

Que con fecha 11 de febrero de 2016 el expediente de la referencia fue remitido a la Comisión Evaluadora de Ofertas.

Que no habiéndose designado mediante un Acto Administrativo la nómina de integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas, se remiten nuevamente los actuados a la Dirección de Compras y Administración de Bienes dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL solicitó a la Dirección de Compras y Administración de Bienes remita el presente expediente a efectos de realizar un análisis de las Especificaciones Técnicas.

Que con fecha 26 de febrero de 2016 la Dirección de Compras y Administración de Bienes de la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL remite el expediente a la Dirección General mencionada en el párrafo precedentemente.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL solicitó a la Dirección de Compras y Administración de Bienes de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, mediante Nota DGIySA N° 63/2016 de fecha 4 de marzo de 2016 deje sin efecto el procedimiento licitatorio en cuestión, puesto que se procederá a confeccionar nuevas Especificaciones Técnicas para este tipo de Edificios Operativos.

Que el artículo 20 segundo párrafo del Decreto Delegado Nº 1023 del 13 de agosto de 2001, establece que las jurisdicciones o entidades podrán dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin lugar a indemnización alguna en favor de los interesados u oferentes.

Que por su parte, el artículo 11 inciso g) de dicho decreto prevé que la determinación de dejar sin efecto el procedimiento deberá realizarse mediante el dictado del acto administrativo respectivo, con los requisitos establecidos en el artículo 7° de la Ley N° 19.549 y sus modificatorias.

Que el artículo 23 del Pliego de Condiciones Especiales, aprobado por la citada Resolución Nº 2549/2015 del Ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, dispone: “El Licitante adjudicará la licitación a la oferta admisible que resulte más conveniente. Sin embargo, podrá dejarse sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin lugar a indemnización alguna en favor de los interesados o proponentes...”.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 375 de fecha 18 de febrero de 2016.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Déjese sin efecto la Resolución N° 2549 dictada el día 6 de noviembre de 2015 por el entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, por la que se convocó a la Licitación Pública Nacional de Etapa Única para la contratación de la Obra: “PROYECTO EJECUTIVO Y CONSTRUCCIÓN DEL EDIFICIO SERVICIO DE SALVAMENTO Y EXTINCIÓN DE INCENDIO, INFRAESTRUCTURA DE NEXO Y PAVIMENTOS EN EL AEROPUERTO AVIADOR CARLOS CAMPOS, SAN MARTÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DE NEUQUÉN”; y se aprobó la documentación licitatoria y el Presupuesto Oficial de la Obra por la suma de PESOS VEINTISIETE MILLONES SETECIENTOS VEINTIOCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES ($ 27.728.493).

ARTÍCULO 2° — Desaféctese el crédito previsto para la ejecución de la presente obra.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, a efectos de que proceda a notificar a todos los oferentes la presente resolución.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — GUILLERMO JAVIER DIETRICH, Ministro, Ministerio de Transporte.

e. 14/10/2016 N° 76110/16 v. 14/10/2016