MINISTERIO DE TRANSPORTE
Resolución 345 - E/2016
Ciudad de Buenos Aires, 11/10/2016
VISTO el Expediente N° S02:0100312/2014 del Registro del MINISTERIO DEL
INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, Expediente original N°
S01:0148480/2014 del Registro del Ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN
FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, Expediente N° ANC: 0008983/2015
del Registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 2549 de fecha 6 de noviembre de 2015 del Ex
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE se convocó a la Licitación Pública
Nacional de etapa única para la contratación de la Obra “PROYECTO
EJECUTIVO Y CONSTRUCCIÓN DEL EDIFICIO SERVICIO DE SALVAMENTO Y
EXTINCIÓN DE INCENDIO, INFRAESTRUCTURA DE NEXO Y PAVIMENTO EN EL
AEROPUERTO AVIADOR CARLOS CAMPOS, SAN MARTÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DE
NEUQUÉN”, y se aprobaron el Pliego de Condiciones Generales para la
Licitación y Contratación de Obras Públicas, el Pliego de Condiciones
Especiales y el Pliego de Especificaciones Técnicas, respectivos y su
Presupuesto Oficial por la suma de PESOS VEINTISIETE MILLONES
SETECIENTOS VEINTIOCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES ($ 27.728.493).
Que habiéndose cumplido con las normas de publicidad y difusión que
rigen la presente contratación, retiraron pliego las Empresas, HOGAR
CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-69922109-7); RIVA SOCIEDAD
ANÓNIMA, INMOBILIARIA, INDUSTRIAL, COMERCIAL, FINANCIERA y AGROPECUARIA
(CUIT N° 30-51891712-5); TECSA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N°
30-50555291-8); CPC SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-59865201-1); HORMICON
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT N° 30-70808672-6); CODAM
SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-67273254-5); FILIP SOCIEDAD ANÓNIMA
(30-70826809-3); BEBANATO SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-70759090-0);
CONSTRUCTORA PREMART SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT N°
30-70933103-1); TECCO SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-71206693-4); NIRO
CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 33-58817197-9); PJ SERVICIOS
INTEGRALES (CUIT N° 20-12136808-1); ADANTI SOLAZZI Y COMPAÑÍA SOCIEDAD
ANÓNIMA, COMERCIAL Y FINANCIERA (CUIT N° 30-52244753-6).
Que con fecha 3 de febrero de 2016 se realizó el Acto de Apertura de
las propuestas presentadas por las Empresas ADANTI SOLAZZI Y COMPAÑÍA
SOCIEDAD ANÓNIMA, COMERCIAL Y FINANCIERA; TECSA SOCIEDAD ANÓNIMA y
CODAM SOCIEDAD ANÓNIMA.
Que abiertas las propuestas, las actuaciones quedaron a disposición de
los proponentes por el plazo de TRES (3) días hábiles administrativos,
habiendo tomado vista los representantes de la Firma ADANTI SOLAZZI Y
COMPAÑÍA SOCIEDAD ANÓNIMA, COMERCIAL Y FINANCIERA.
Que con fecha 10 de febrero de 2016, la Firma ADANTI SOLAZZI Y COMPAÑÍA
SOCIEDAD ANÓNIMA, COMERCIAL Y FINANCIERA presenta nota con
observaciones respecto de la Firma CODAM SOCIEDAD ANÓNIMA.
Que con fecha 11 de febrero de 2016 el expediente de la referencia fue remitido a la Comisión Evaluadora de Ofertas.
Que no habiéndose designado mediante un Acto Administrativo la nómina
de integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas, se remiten
nuevamente los actuados a la Dirección de Compras y Administración de
Bienes dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y
ADMINISTRATIVA de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS
de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL solicitó a la Dirección
de Compras y Administración de Bienes remita el presente expediente a
efectos de realizar un análisis de las Especificaciones Técnicas.
Que con fecha 26 de febrero de 2016 la Dirección de Compras y
Administración de Bienes de la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y
ADMINISTRATIVA de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL remite
el expediente a la Dirección General mencionada en el párrafo
precedentemente.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS
de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL solicitó a la Dirección
de Compras y Administración de Bienes de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE
AVIACIÓN CIVIL, mediante Nota DGIySA N° 63/2016 de fecha 4 de marzo de
2016 deje sin efecto el procedimiento licitatorio en cuestión, puesto
que se procederá a confeccionar nuevas Especificaciones Técnicas para
este tipo de Edificios Operativos.
Que el artículo 20 segundo párrafo del Decreto Delegado Nº 1023 del 13
de agosto de 2001, establece que las jurisdicciones o entidades podrán
dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento
anterior al perfeccionamiento del contrato, sin lugar a indemnización
alguna en favor de los interesados u oferentes.
Que por su parte, el artículo 11 inciso g) de dicho decreto prevé que
la determinación de dejar sin efecto el procedimiento deberá realizarse
mediante el dictado del acto administrativo respectivo, con los
requisitos establecidos en el artículo 7° de la Ley N° 19.549 y sus
modificatorias.
Que el artículo 23 del Pliego de Condiciones Especiales, aprobado por
la citada Resolución Nº 2549/2015 del Ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y
TRANSPORTE, dispone: “El Licitante adjudicará la licitación a la oferta
admisible que resulte más conveniente. Sin embargo, podrá dejarse sin
efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior
al perfeccionamiento del contrato, sin lugar a indemnización alguna en
favor de los interesados o proponentes...”.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, ha tomado la
intervención que le compete.
Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 375 de fecha 18 de febrero de 2016.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Déjese sin efecto la Resolución N° 2549 dictada el día 6
de noviembre de 2015 por el entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y
TRANSPORTE, por la que se convocó a la Licitación Pública Nacional de
Etapa Única para la contratación de la Obra: “PROYECTO EJECUTIVO Y
CONSTRUCCIÓN DEL EDIFICIO SERVICIO DE SALVAMENTO Y EXTINCIÓN DE
INCENDIO, INFRAESTRUCTURA DE NEXO Y PAVIMENTOS EN EL AEROPUERTO AVIADOR
CARLOS CAMPOS, SAN MARTÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DE NEUQUÉN”; y se
aprobó la documentación licitatoria y el Presupuesto Oficial de la Obra
por la suma de PESOS VEINTISIETE MILLONES SETECIENTOS VEINTIOCHO MIL
CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES ($ 27.728.493).
ARTÍCULO 2° — Desaféctese el crédito previsto para la ejecución de la presente obra.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN
CIVIL, a efectos de que proceda a notificar a todos los oferentes la
presente resolución.
ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — GUILLERMO JAVIER DIETRICH, Ministro,
Ministerio de Transporte.
e. 14/10/2016 N° 76110/16 v. 14/10/2016