MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES
INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA
Resolución 353 - E/2016
Buenos Aires, 05/09/2016
VISTO el Expediente 7263/12, el artículo 38 de la Ley de Educación
Nacional Nº 26.206, los artículos 22, 32, 33, 36, 38, 39, 42 inciso d),
43 incisos a), b) y e), 45 de la Ley de Educación Técnico Profesional
Nº 26.058, la Resolución CFCyE Nº 261/06, las Resoluciones CFE Nº
13/07, Nº 229/14, N° 15/07 (Anexo III y X), la Resolución INET 459/12 y
las Resoluciones Nº 1395/12 y Nº 1028/15 del Ministerio de Educación,
Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia del Chaco.
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Educación Técnico Profesional establece que el MINISTERIO
DE EDUCACIÓN, a través del INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA
y con participación jurisdiccional, garantizará el proceso de
homologación para los diferentes títulos y/o certificaciones
profesionales.
Que el INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA en virtud de las
atribuciones que le otorga la Ley de Educación Técnico Profesional
administra el Proceso de Homologación de Títulos y Certificados de
Educación Técnico Profesional.
Que el MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA
PROVINCIA DEL CHACO, por Resolución Nº 1395/12 aprueba, en su Anexo I,
la nómina de títulos técnicos, entre otros, el título de “Técnico
Aeronáutico” y el título de “Técnico Electrónico” y, en su Anexo VI, el
diseño curricular del “Técnico en Aeronáutica” y en su Anexo IV, el
diseño curricular del “Técnico Electrónico”.
Que la Resolución Nº 1028/15 del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA,
CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA PROVINCIA DEL CHACO establece la
modificación de la denominación del título de “Técnico Aeronáutico” y
del título de “Técnico Electrónico” que se mencionan en el Anexo I de
la Resolución 1395/12 por el de “Técnico en Aeronáutica” y el de
“Técnico en Electrónica”
Que dicha modificación no afecta ninguno de los componentes del diseño
curricular de esta tecnicatura que figuran en el Anexo VI y Anexo IV de
la Res. 1395/12, identificados como “Diseño Curricular del Técnico en
Aeronáutica” y como “Diseño Curricular del Técnico en Electrónica”
respectivamente, y que ambos fueron considerados en el proceso de
homologación aprobado por Resolución INET N° 459/12.
Que la Resolución INET Nº 459/12 en su Art. 1°, homologa, entre otros,
el título de “Técnico Aeronáutico”, basándose en la Resolución Nº
1395/12 del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de
la Provincia del Chaco, que aprueba su denominación en el Anexo I y su
diseño curricular en el anexo VI, al título de referencia “Técnico en
Aeronáutica” del Marco de Referencia del Sector Aeronáutico, aprobado
por Resolución CFE Nº 15/07 (Anexo X).
Que, a fin de evitar confusiones, resulta conveniente rectificar
parcialmente la Resolución INET Nº 459/12 en su Art. 1°, en consonancia
con la Resolución Nº 1028/15 del Ministerio de Educación, Cultura,
Ciencia y Tecnología de la Provincia del Chaco.
Que la Resolución INET Nº 459/12 en su Art. 1°, homologa, entre otros,
el título de “Técnico en Electrónica”, basándose en la Resolución Nº
1395/12 del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de
la Provincia del Chaco, que aprueba su diseño curricular en el anexo IV
con igual denominación, al título de referencia “Técnico en
Aeronáutica” del Marco de Referencia del Sector Electrónico, aprobado
por Resolución CFE Nº 15/07 (Anexo III), resultando innecesario ningún
cambio de redacción.
Que de acuerdo con los considerandos anteriores, en el caso de ambos
títulos no es posible ignorar la Resolución Nº 1028/15 del Ministerio
de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia del Chaco.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Modificar parcialmente el Artículo 1° de la Resolución
INET Nº 459/12, por las razones expuestas en los considerandos
precedentes, de la siguiente manera:
DONDE DICE: “Técnico Aeronáutico”,
DEBE DECIR: “Técnico en Aeronáutica”.
ARTÍCULO 2° — Establecer que los títulos de “Técnico en Aeronáutica” y
de “Técnico en Electrónica” que expida del Ministerio de Educación,
Cultura, Ciencia y Tecnología de la provincia del Chaco, según
Resolución N° 1395/2012 y su modificatoria, Resolución N° 1028/2015, se
considerarán homologados por la Resolución INET N° 459/12 y la presente
Resolución, debiendo hacerse referencia a dicha homologación con
mención de las dos últimas resoluciones.
ARTÍCULO 3° — Enviar las actuaciones realizadas a la Dirección de
Validez Nacional de Títulos y Estudios del Ministerio de Educación y
Deportes en virtud del ARTÍCULO 1° de la presente que habilita el
trámite de validez nacional de los títulos según Res. CFE Nro. 261/06.
ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — GABRIEL SANCHEZ ZINNY,
Director Ejecutivo, Instituto Nacional de Educación Tecnológica.
e. 17/10/2016 N° 76907/16 v. 17/10/2016