MINISTERIO DE TRANSPORTE
SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE
Resolución 68 - E/2016
Ciudad de Buenos Aires, 07/10/2016
VISTO el Expediente N° S02:0043988/2016 del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución N° 52 de fecha 8 de septiembre de 2016 de
esta SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE, se dispuso aclarar algunos
aspectos de la Resolución Nº 25 de fecha 28 de junio de 2016 de esta
SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE, entendiéndose que los plazos de
implementación a los que la misma hace referencia, comienzán a correr a
partir del día siguiente a la fecha de sus vencimientos y hasta las
fechas límites específicamente determinadas en la citada resolución.
Que en el artículo 2° de la citada Resolución N° 52/16 se ha advertido
la existencia de un error material en virtud de omitirse
involuntariamente disponer la publicación del acto administrativo en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
Que cabe recordar, que el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos
Administrativos faculta a la Administración a rectificar errores
materiales o de hecho, y los aritméticos, siempre que la enmienda no
altere lo sustancial del acto administrativo.
Que asimismo, para plantearse la rectificación de un error no se
estipula plazo alguno, siendo procedente en todas las etapas del
procedimiento.
Que en consecuencia, corresponde rectificar el error material en cuestión.
Que la presente se dicta en uso de las facultades emanadas del artículo
101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos (Decreto N° 1759
T.O. 1991) y el Decreto N° 8 de fecha 4 de enero de 2016.
Por ello,
EL SECRETARIO DE GESTIÓN DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Rectifícase el artículo 2° de la Resolución N° 52 de
fecha 8 de septiembre de 2016 de esta SECRETARÍA DE GESTIÓN DE
TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE el que quedará redactado de la
siguiente manera:
“ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese”.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — HECTOR GUILLERMO KRANTZER, Secretario,
Secretaría de Gestión de Transporte, Ministerio de Transporte.
e. 19/10/2016 N° 77693/16 v. 19/10/2016