MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Resolución 661 - E/2016

Buenos Aires, 01/09/2016

VISTO el Expediente N° 1.712.014/16 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 21/22 (Anexos 2 y 3) y Acta de Ratificación de fs. 23 del Expediente N° 1.712.014/16 obra el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE LOS HIPÓDROMOS, AGENCIAS, APUESTAS Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y por la parte empresaria la CÁMARA ARGENTINA DE AGENCIAS DE TURF, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho Acuerdo las precitadas partes pactaron otorgar un Incremento salarial a partir del mes de Abril de 2016. Las partes son signatarias del Convenio Colectivo de Trabajo N° 604/10.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que cabe aclarar que las escalas salariales obrantes a fs. 17/20 (Anexo I) corresponden a Abril de 2015/Marzo de 2016, es por ello que no quedan sujetas a la homologación del presente.

Que por último correspondería que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar el cálculo del tope previsto por el Art. 245 de la Ley Nro. 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Declárese homologado el acuerdo celebrado entre la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE LOS HIPÓDROMOS, AGENCIAS, APUESTAS Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y por la parte empresaria la CÁMARA ARGENTINA DE AGENCIAS DE TURF, que luce a fs. 21/22 (Anexos 2 y 3) y Acta de Ratificación de fs. 23, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2° — Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 21/22 (Anexos 2 y 3) y Acta de Ratificación de fs. 23, del Expediente N° 1.712.014/16.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el Art. 245 de la ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N° 604/10.

ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del registro Oficial y archívese. — SILVIA JULIA SQUIRE, Subsecretaria, Subsecretaría de Relaciones Laborales.

Expediente N° 1.712.014/16

Buenos Aires, 07 de septiembre de 2016

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCIÓN SSRL N° 661/16 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 21/22 y 23 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1029/16. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ANEXO 2

2016

CONVENIO DE LA ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE LOS HIPÓDROMOS, AGENCIAS, APUESTAS Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA con CÁMARA ARGENTINA DE AGENCIAS DE TURF - C.C.T. N° 604/10

PAUTA SALARIAL 1° DE ABRIL DE 2016 al 30 DE JUNIO 2016

1° ETAPA:

1° DE ABRIL 2016 al 30 DE JUNIO 2016

(Incremento 10% sobre Sueldo Básico - MARZO 2016)

(Incremento Falla de Caja de $ 700 a $ 840)

(Incremento Adicional Tareas Complementarias de $ 700 a $ 840)

CATEGORÍA BÁSICO PUNTUALIDAD PRESENTISMO ANTIGÜEDAD FALLA DE CAJA ADICIONAL TAREAS COMPLEMENTARIAS TOTAL
                 OPERATIVA
SUPERVISOR 6955,85 695,59 695,59

840,00 9187,02
CAJERO 6492,10 649,21 649,21
840,00
8630,52
OPERADOR VENTA-PAGO FIJO 5811,97 581,20 581,20
840,00
7814,36
OPERADOR VENTA-PAGO INGRESANTE 5750,15 575,02 575,02
840,00
7740,18
OPERADOR VENTA-PAGO MÓVIL 5811,97 581,20 581,20
840,00
7814,36
PORTERO / BOLETERO 5688,32 568,83 568,83
840,00
7665,98
PIZARRERO 5688,32 568,83 568,83

840,00 7665,98
             NO OPERATIVA
TESORERO 6955,85 695,59 695,59
840,00
9187,02
ADMINISTRATIVO 6028,40 602,84 602,84

840,00 8074,08
OSTESS 5688,32 568,83 568,83

840,00 7665,98
MANTENIMIENTO 5811,97 581,20 581,20

840,00 7814,36
MANTENIMIENTO INGRESANTE 5750,15 575,02 575,02

840,00 7740,18
MAYORDOMO 5750,15 575,02 575,02

840,00 7740,18
LIMPIEZA 5688,32 568,83 568,83

840,00 7665,98
SEGURIDAD Y VIGILANCIA 5750,15 575,02 575,02

840,00 7740,18
VALET-PARKING 5688,32 568,83 568,83

840,00 7665,98
GUARDARROPAS 5688,32 568,83 568,83

840,00 7665,98
CAMARERO 5688,32 568,83 568,83

840,00 7665,98

2° ETAPA:

1° DE JULIO 2016 al 30 DE SEPTIEMBRE 2016

(Incremento 10% sobre Sueldo Básico - MARZO 2016)

CATEGORÍA BÁSICO PUNTUALIDAD PRESENTISMO ANTIGÜEDAD FALLA DE CAJA ADICIONAL TAREAS COMPLEMENTARIAS TOTAL
                   OPERATIVA
SUPERVISOR 7588,20 758,82 758,82

840,00 9945,84
CAJERO 7082,11 708,21 708,21
840,00
9338,53
OPERADOR VENTA-PAGO FIJO 6340,33 634,03 634,03
840,00
8448,40
OPERADOR VENTA-PAGO INGRESANTE 6272,89 627,29 627,29
840,00
8367,47
OPERADOR VENTA-PAGO MÓVIL 6340,33 634,03 634,03
840,00
8448,40
PORTERO / BOLETERO 6205,44 620,54 620,54
840,00
8286,53
PIZARRERO 6205,44 620,54 620,54

840,00 8286,53
            NO OPERATIVA
TESORERO 7588,20 758,82 758,82
840,00
9945,84
ADMINISTRATIVO 6576,43 657,64 657,64

840,00 8731,72
HOSTESS 6025,44 602,54 602,54

840,00 8070,53
MANTENIMIENTO 6340,33 634,03 634,03

840,00 8448,40
MANTENIMIENTO INGRESANTE 6272,89 627,29 627,29

840,00 8367,47
MAYORDOMO 6272,89 627,29 627,29

840,00 8367,47
LIMPIEZA 6205,44 620,54 620,54

840,00 8286,53
SEGURIDAD Y VIGILANCIA 6272,89 627,29 627,29

840,00 8367,47
VALET-PARKING 6205,44 620,54 620,54

840,00 8286,53
GUARDARROPAS 6205,44 620,54 620,54

840,00 8286,53
CAMARERO 6205,44 620,54 620,54

840,00 8286,53

* 20% Sobre sueldo Básico en 2 etapas de 10% y 10% sobre básico Marzo 2016.

* 20% Sobre conceptos: Falla de Caja y Adicional Tareas Complementarias, sobre Marzo 2016.

* Las partes se comprometen a reunirse durante el mes de Septiembre de 2016 a efectos de analizar los niveles salariales pactados en el presente acuerdo en el marco general de la situación económica y acordar los sueldos básicos para el período que va desde el 1° de Octubre de 2016 al 31 de Marzo de 2017.


ANEXO 3

CONVENIO DE LA ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE LOS HIPÓDROMOS, AGENCIAS, APUESTAS Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA con CÁMARA ARGENTINA DE AGENCIAS DE TURF - C.C.T. N° 604/10

PAUTA SALARIAL 1° DE ABRIL DE 2016 al 31 DE MARZO 2017

1° ETAPA:

1° DE ABRIL 2016 al 30 DE JUNIO 2016

(Incremento 10% sobre Sueldo Básico - MARZO 2016)

(Incremento Falla de Caja de $ 27 a $ 29,70)

(Incremento Adicional Tareas Complementarias de $ 27 a $ 29,70)

CATEGORÍA BÁSICO PUNTUALIDAD PRESENTISMO ANTIGÜEDAD FALLA DE CAJA ADICIONAL TAREAS COMPLEMENTARIAS TOTAL
                        OPERATIVA
AUXILIAR POLIVALENTE c/FALLA DE CAJA 321,15 32,12 32,12
29,70
415,08
AUXILIAR POLIVALENTE c/AD. TAREAS COMPLEMENTARIAS 321,15 32,12 32,12

29,70 415,08

2° ETAPA:

1° DE JULIO 2016 al 30 DE SEPTIEMBRE 2016

(Incremento 10% sobre Sueldo Básico - MARZO 2016)

CATEGORÍA BÁSICO PUNTUALIDAD PRESENTISMO ANTIGÜEDAD FALLA DE CAJA ADICIONAL TAREAS COMPLEMENTARIAS TOTAL
                       OPERATIVA
AUXILIAR POLIVALENTE c/FALLA DE CAJA 350,34 35,03 35,03
29,70
450,11
AUXILIAR POLIVALENTE c/AD. TAREAS COMPLEMENTARIAS 350,34 35,03 35,03

29,70 450,11

Expediente N° 1.712.014/16

En la ciudad de Buenos Aires, a los cinco días del mes de mayo de dos mil dieciséis, siendo las 12.30 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, ante mí, Ricardo D’OTTAVIO, Secretario de Relaciones Laborales del Departamento N° 3, los señores Justo José RODRIGUEZ, D.N.I. N° 24.156.994, Héctor Rubén MALDONADO, D.N.I. N° 23.711.918, Lorena Andrea ORELLANA, D.N.I. N° 25.983.404, Mariano STUPENENGO, D.N.I. N° 23.864.916 y Mónica SCHIAVI, D.N.I. N° 16.709.785, Miembros de la Comisión Directiva de la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE LOS HIPÓDROMOS, AGENCIAS, APUESTAS Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por una parte, y por la otra lo hace el señor Horacio Ramón GUTIERREZ, D.N.I. N° 13.410.232, en su carácter de apoderado de la CÁMARA ARGENTINA DE AGENCIAS DE TURF, carácter que acredita con Poder original que exhibe y retira adjuntando copia para el expediente, quienes concurren a la audiencia fijada para el día de la fecha.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante y concedida que les fue la palabra a la representación empleadora, dice: Que exhibe y retira Estatuto de la Cámara, dejando copia para el expediente. Que, en el término de cinco (5) días acompañará nómina de miembros para integrar la comisión negociadora y copia del acta de asamblea de designación de autoridades.

En uso de la palabra la representación sindical, dice: Que los presentes han sido designados como miembros para integrar la Comisión Negociadora para tratar los salarios del C.C.T. N° 604/10, lo que será convalidado dentro del término de cinco días mediante la agregación de nota suscripta por el representante legal de la Entidad.

En este estado ambas partes, ambas partes, de mutuo y común acuerdo, dicen: Que han arribado a un acuerdo para establecer los salarios de la actividad, a tenor del instrumento que en seis fojas acompañan, ratificando el mismo en todas y cada una de sus partes y reconociendo como propias las firmas allí insertas. Que, cumplidos los requisitos precedentemente comprometidos, solicitan se eleven las actuaciones a la Superioridad a los efectos de su homologación en los términos de ley.

Con lo que terminó el acto, siendo las 13.30 horas, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación para constancia ante mí que certifico.