MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES
Resolución 678 - E/2016
Buenos Aires, 07/09/2016
VISTO el Expediente N° 1.705.541/16 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que se solicita la homologación del acuerdo y acta aclaratoria,
suscriptos entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA
ALIMENTACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y la firma GATE GOURMET
ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA que lucen a fojas 34/35
y 49 respectivamente, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación
Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que mediante dicho acuerdo las partes pactan el pago de una suma no
remunerativa, por única vez, de acuerdo a la cláusula 5ta del acuerdo
celebrado bajo el Expediente N° 1.662.372/15 homologado bajo la
Resolución S.T. N° 789/15, conforme los términos y condiciones del
texto pactado.
Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la
actividad principal de la entidad empresaria signataria y la
representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su
personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta
Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentado
Acuerdo.
Que se encuentra cumplido el procedimiento negocial previsto en la Ley N° 23.546.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
53/15.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el acuerdo y el acta aclaratoria
celebrados entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA
ALIMENTACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y la firma GATE GOURMET
ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA que lucen a fojas 34/35
y 49 respectivamente del Expediente N° 1.705.541/16, conforme a lo
dispuesto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2° — Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y
Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN.
Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el
Departamento Coordinación registre el presente acuerdo y el acta
aclaratoria, obrantes a fojas 34/35 y 49 respectivamente del Expediente
N° 1.705.541/16.
ARTÍCULO 3º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del acuerdo homologado, del acta aclaratoria y/o de
esta Resolución, las partes deberán proceder conforme a lo establecido
en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — SILVIA JULIA SQUIRE, Subsecretaria,
Subsecretaría de Relaciones Laborales.
Expediente N° 1.705.541/16
Buenos Aires, 15 de Septiembre de 2016
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCIÓN SSRL N° 678/16 se ha
tomado razón del acuerdo y acta aclaratoria obrantes a fojas 34/35 y 49
del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número
1070/16. — LUCIANA FERNANDA SALAZAR RIZZO, Registro de Convenios
Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
Expediente N° 1.705.541/16.-
En la ciudad de Buenos Aires a los 21 días de Enero de 2016, siendo las
15,00 horas comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL —DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO—, ante mí, Pablo
Marcelo GRECO, Secretario de Conciliación del Departamento de
Relaciones Laborales N° 1, en representación del SINDICATO DE
TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA ALIMENTACIÓN DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES, el Sr. Julio ESCALANTE en carácter de Secretario de
Juventud Gabriel ZACARIA en carácter de Vocal, y los Sres. Jorge
CORBALAN, Ramón FREDES, Marcelo Daniel RIOS, Eduardo HILLAR, Juan
CARRIZO, Claudio MONTIEL, Martín VALDEZ y Ariel Federico ABRAHAM en
carácter de delegados de empresa, por un lado, y por el otro, en
representación de la empresa GATE GOURMET ARGENTINA SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA, el Sr. Domingo Luis CALOS en carácter de
Presidente, el Sr. Héctor Rubén MOYANO en carácter de Gerente de
Relaciones Laborales, con el patrocinio del Dr. Walter MAÑKO.
Abierto el acto por el funcionario actuante, la PARTE EMPRESARIA
MANIFIESTA: Que en virtud del acuerdo de fecha 15 de abril de 2015,
mediante el cual las partes pactaron en la Cláusula 5 del Expediente
1.662.372/15 un compromiso de reunirse a efectos de analizar la
factibilidad de otorgar una suma fija, con carácter excepcional,
extraordinario y por única vez a los trabajadores de GATE GOURMET
ARGENTINA SRL, y en atención al período de conciliación obligatoria que
las partes se encuentran atravesando, en muestra de la buena fe que
debe primar en toda negociación colectiva, ofrece a la entidad gremial
la suma no remunerativa de PESOS TRES MIL, a pagarse en una cuota, para
todos los trabajadores. Asimismo, la Parte Empresaria manifiesta que en
caso que por ley, decreto, convenio y/o por cualquier otra fuente se
pactare un pago extraordinario cuya validez y vigencia refiera al año
2015, la suma ofrecida de PESOS TRES MIL podrá ser absorbida hasta su
concurrencia por GATE GOURMET ARGENTINA SRL.
Cedida la palabra a la Parte GREMIAL, EXPRESA: Que en atención a la
Asamblea celebrada el día 20 de enero de 2015, los trabajadores
representados han expresado su mandato, y por ello, aceptan el
ofrecimiento de PESOS TRES MIL, no remunerativos y en un único pago,
ofrecido por GATE GOURMET ARGENTINA SRL. Por Último se hace saber que
se da por concluido el conflicto de autos pactándose la paz social.
Acto seguido la parte sindical designa como miembros de la comisión
negociadora a Gabriel ZACARIA (M.I. N° 16.478.716), Jorge CORBALAN
(M.I. N° 22.481.737), Ramón FREDES (M.I. N° 17.834.648), Marcelo Daniel
RIOS (M.I. N° 27.534.464) y Viviana CORDOBA (M.I. N° 21.989.472) y por
la Empresa al Sr. Domingo Luis CALOS (M.I. N° 12.102.481) y al Sr.
Héctor Rubén MOYANO (M.I. N° 21.468.851). En atención a ello, las
PARTES en conjunto, solicitan al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACIÓN la HOMOLOGACIÓN del presente.
Con lo que se cerró el acto, siendo las 17.00 hs. labrándose la
presente que leída es firmada de conformidad y para constancia ante la
actuante que certifica.
Expediente N° 1.705.541/16.-
En la ciudad de Buenos Aires a los 26 días de mayo de 2016, siendo las
15,30 horas comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL —DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO—, ante mí, Pablo
Marcelo GRECO, Secretario de Conciliación del Departamento de
Relaciones Laborales N° 1, en representación del SINDICATO DE
TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA ALIMENTACIÓN DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES, el Sr. Julio ESCALANTE en carácter de Secretario de
Juventud, Gabriel ZACARIA en carácter de Vocal, y los Sres. Marcelo
Daniel RIOS, Alejandro Daniel RIVERO y Víctor Daniel RUIZ DIAZ en
carácter de delegados de empresa, todos en carácter de miembros
paritarios por un lado, y por el otro, en representación de la empresa
GATE GOURMET ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, el Dr.
Pablo PRINZO en carácter de apoderado y miembro paritario.
Abierto el acto por el funcionario actuante, ambas partes en conjunto,
en cumplimiento con la providencia resolutiva de fs. 44 que comparte el
Dictamen N° 1084 de fecha 11 de marzo de 2016, manifiestan que la suma
pactada en el Acta Acuerdo de fs. 34/35 ha sido abonada el día 22 de
enero de 2016 en carácter de adelanto y a cuenta de la homologación del
acuerdo citado precedentemente. Por consiguiente, habiendo subsanado la
observación a la que se ha hecho referencia precedentemente, solicitan
al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACIÓN la
pronta HOMOLOGACIÓN.
Con lo que se cerró el acto, siendo las 16.00 hs. labrándose la
presente que leída es firmada de conformidad y para constancia ante la
actuante que certifica.