MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Resolución 640 - E/2016

Buenos Aires, 26/08/2016

VISTO el Expediente Nº 1.593.446/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 197/201 y Anexos de fojas 202/203 y Acta Complementaria de fojas 273/287 luce un acuerdo celebrado por el SINDICATO ARGENTINO DE TELEVISIÓN, SERVICIOS AUDIOVISUALES, INTERACTIVOS Y DE DATOS por la parte sindical, y la empresa COMPAÑÍA DE MEDIOS DIGITALES SOCIEDAD ANÓNIMA por la parte empresaria, articulado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 634/11, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en el acuerdo se establecen condiciones de trabajo y escalas salariales con vigencia desde enero de 2014.

Que las partes celebrantes han acreditado su personería y facultades para convencionar colectivamente con las constancias que obran en autos y ratificaron su contenido.

Que los delegados de personal intervinieron de acuerdo a lo contemplado en el Artículo 17 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresario firmante y las entidades sindicales signatarias, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la legislación laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que posteriormente deberán remitirse las actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo para que en orden a su competencia determine si resulta pertinente elaborar el Proyecto Base Promedio y Tope Indemnizatorio de conformidad con lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1974) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO ARGENTINO DE TELEVISIÓN, SERVICIOS AUDIOVISUALES, INTERACTIVOS Y DE DATOS, por la parte sindical, y la empresa COMPAÑÍA DE MEDIOS DIGITALES SOCIEDAD ANÓNIMA por la parte empresaria, que luce a fojas 197/201 y Anexos de fojas 202/203 y Acta Complementaria de fojas 273/287 del Expediente N° 1.593.446/13.

ARTÍCULO 2° — Gírese la presente Resolución a la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la Subsecretaría de Coordinación. Cumplido pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que el Departamento Coordinación registre el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa obrante a fojas 197/201 y anexos de fojas 202/203 y Acta Complementaria de fojas 273/287 del Expediente N° 1.593.446/13.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente deberán remitirse las actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo para que en orden a su competencia determine si resulta pertinente elaborar el Proyecto Base Promedio y Tope Indemnizatorio de conformidad con lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1974) y sus modificatorias.- Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — SILVIA JULIA SQUIRE, Subsecretaria, Subsecretaría de Relaciones Laborales.´

Expediente N° 1.593.446/13

Buenos Aires. 05 de septiembre de 2016

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 640/16 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 197/201, 202/203 y 273/287 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 996/16. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T

En la Ciudad A. de Buenos Aires, a los 19 días del mes de noviembre de 2013, entre una parte, el SINDICATO ARGENTINO DE TELEVISION, SERVICIOS AUDIOVISUALES, INTERACTIVOS Y DE DATOS (en adelante, indistintamente, el “SATSAID” o el “Sindicato”), con personería gremial N° 317 y domicilio en la calle Quintino Bocayuva N° 50, de la Ciudad A. de Buenos Aires, representada por los Sres. Carlos Horacio ARRECEYGOR, Gustavo BELLINGERI, Gerardo GONZALEZ, Horacio DRI, y Julio BARRIOS, todos miembros del CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL; y por la otra parte, la empresa COMPAÑÍA DE MEDIOS DIGITALES (CMD) S.A. (en adelante la “Empresa”), CUIT N° 30-70918629-5, con domicilio en la calle Colonia 170 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por la Sra. Violeta C. MANDEL, en su carácter de Gerente de Recursos Humanos y Apoderada, Alberto D. ROSSI y Marcelo LIBERINI ambos apoderados, quienes celebran el presente acuerdo colectivo (en adelante el “Acuerdo”), articulado con el CCT 634/11 conforme a las cláusulas que a continuación se detallan.

Artículo 1° - Vigencia y ámbito de aplicación

El presente Acuerdo tendrá vigencia entre el 1° de Enero de 2014 y el 31 de Diciembre 2015, y será de aplicación a todos los trabajadores de la empresa bajo el ámbito de representación del SATSAID en todo el territorio nacional, de conformidad a lo establecido por el CCT 634/11.

Artículo 2° - Articulación Convencional

Este Acuerdo se articula con el Convenio Colectivo de Trabajo 634/11, por lo tanto, todo aquello no contemplado en el presente acuerdo se regirá por dicha convención colectiva, o por aquella norma que en el futuro la reemplace.

Artículo 3°- Jornada de Trabajo

La jornada diaria de trabajo del personal administrativo, será de siete horas treinta minutos de lunes a viernes, es decir de treinta y siete horas y media semanales de labor con sábado y domingo franco. La jornada diaria de trabajo del personal técnico y/u operativo, será de siete horas de lunes a viernes, con sábado y domingo franco, es decir treinta y cinco horas semanales de labor.

Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, las partes podrán acordar otros sistemas de distribución de jornadas y francos, como asi también regímenes con turnos y/o francos rotativos.

Artículo 4° - Remuneraciones

El salario básico de los trabajadores comprendidos en el presente Acuerdo, se regirá conforme a la escala salarial que se encuentra detallada en el “Anexo A” que se adjunta al presente Acuerdo y que forma parte integrante del mismo.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, a partir del 1° de octubre de 2014 las remuneraciones se regirán conforme lo establecen las escalas salariales correspondientes al CCT 634/11.

Artículo 5° - Retribución por horas extras

Se consideran horas extraordinarias todas aquellas horas trabajadas en exceso a la jornada convencional establecida en el artículo 3° del presente Acuerdo.

Todas las horas trabajadas a continuación de la jornada establecida en el artículo 3°, se liquidaran con un cincuenta por ciento (50%) de recargo.

Todas las horas trabajadas en días franco, feriados, y días no laborables se liquidaran con un 100% de recargo, y se otorgará además su correspondiente franco compensatorio. Salvo que corresponda a un día normal y habitual de trabajo.

Artículo 6° - Nuevas Funciones

Las funciones del Personal serán categorizadas, definidas y agrupadas salarialmente conforme lo establecen los CCT N° 634/11 y 131/75. Las funciones que se enuncian a continuación, serán agrupadas salarialmente conforme lo establece este artículo.

FUNCION GRUPOS SALARIALES
Especialista Arquitectura “A” Grupo Salarial 1
Publisher Video Juegos “A” Grupo Salarial 1
Administrador de BD “A” Grupo Salarial 2
Administrador de Infraestructura “A” Grupo Salarial 2
Analista Funcional IT “A” Grupo Salarial 2
Desarrollador “A” Grupo Salarial 2
Especialista Arquitectura “B” Grupo Salarial 2
Game Desinger “A” Grupo Salarial 2
Integrador HTML “A” Grupo Salarial 2
Publisher Video Juegos “B” Grupo Salarial 2
Administrador de BD “B” Grupo Salarial 3
Administrador de Infraestructura “B” Grupo Salarial 3
Analista Administrativo “A” Grupo Salarial 3
Analista Comercial “A” Grupo Salarial 3
Analista de Producción Grupo Salarial 3
Analista Funcional IT “B” Grupo Salarial 3
Analista Marketing Offline “A” Grupo Salarial 3
Analista Marketing Online “A” Grupo Salarial 3
Analista producto “A” Grupo Salarial 3
Community Manager “A” Grupo Salarial 3
Comprador “A” Grupo Salarial 3
Desarrollador “B” Grupo Salarial 3
Diseñador “A” Grupo Salarial 3
Especialista Arquitectura “C” Grupo Salarial 3
Game Desinger “B” Grupo Salarial 3
Integrador HTML “B” Grupo Salarial 3
Media Buyer “A” Grupo Salarial 3
Publisher Video Juegos “C” Grupo Salarial 3
QA “A” Grupo Salarial 3
Soporte IT “A” Grupo Salarial 3
Traffiker “A” Grupo Salarial 3
Administrador de BD “C” Grupo Salarial 4
Administrador de Infraestructura “C” Grupo Salarial 4
Analista Funcional IT “C” Grupo Salarial 4
Desarrollador “C” Grupo Salarial 4
Game Desinger “C” Grupo Salarial 4
Integrador HTML “C” Grupo Salarial 4
Administrador de Infraestructura Ingresante Grupo Salarial 5
Analista Administrativo “B” Grupo Salarial 5
Analista Comercial “B” Grupo Salarial 5
Analista Funcional IT Ingresante Grupo Salarial 5
Analista Marketing Offline “B” Grupo Salarial 5
Analista Marketing Online “B” Grupo Salarial 5
Analista producto “B” Grupo Salarial 5
Community Manager “B” Grupo Salarial 5
Comprador “B” Grupo Salarial 5
Desarrollador Ingresante Grupo Salarial 5
Diseñador “B” Grupo Salarial 5
Media Buyer “B” Grupo Salarial 5
QA “B” Grupo Salarial 5
Soporte IT “B” Grupo Salarial 5
Traffiker “B” Grupo Salarial 5
Asistente de Producción Grupo Salarial 6
Analista Administrativo “C” Grupo Salarial 7
Analista Comercial “C” Grupo Salarial 7
Analista Marketing Offline “C” Grupo Salarial 7
Analista Marketing Online “C” Grupo Salarial 7
Analista producto “C” Grupo Salarial 7
Analista SEM Grupo Salarial 7
Community Manager “C” Grupo Salarial 7
Comprador “C” Grupo Salarial 7
Diseñador “C” Grupo Salarial 7
Ejecutivo de Cuentas “A” Grupo Salarial 7
Media Buyer “C” Grupo Salarial 7
QA “C” Grupo Salarial 7
Soporte IT “C” Grupo Salarial 7
Traffiker “C” Grupo Salarial 7
Ejecutivo de Cuentas “B” Grupo Salarial 8
Analista Administrativo Ingresante Grupo Salarial 9
Analista Comercial Ingresante Grupo Salarial 9
Analista Marketing Offline Ingresante Grupo Salarial 9
Analista Marketing Online Ingresante Grupo Salarial 9
Analista producto lngresante Grupo Salarial 9
Atención al Cliente Grupo Salarial 9
Community Manager Ingresante Grupo Salarial 9
Comprador Ingresante Grupo Salarial 9
Data Manager Grupo Salarial 9
Diseñador Ingresante Grupo Salarial 9
Ejecutivo de Cuentas “C” Grupo Salarial 9
Mantenimiento General Grupo Salarial 9
Media Buyer ingresante Grupo Salarial 9
Moderador Grupo Salarial 9
Soporte Comercial Grupo Salarial 9
Televentas Grupo Salarial 9
Traffiker Ingresante Grupo Salarial 9
Auxiliar de depósito Grupo Salarial 11
Cadete Grupo Salarial 11

Artículo 7° - Descripción de Funciones

Las partes se comprometen a que en un plazo no mayor a 180 días, adjuntarán las descripciones de las funciones establecidas en el artículo anterior, con el procedimiento correspondiente para la cobertura de vacantes y el plan de ascensos según corresponda.

Artículo 8° - Ingresantes - Categorización

Las partes acuerdan establecer la función de ingresante, exclusivamente para las funciones descriptas en el artículo 6to del presente acuerdo, y deberán ser ubicadas en el grupo salarial dispuesto en dicho artículo, conforme a la función que el trabajador desempeñe. Sin perjuicio de ello, el personal ingresante será recategorizado en forma automática a los dieciocho meses desde su ingreso, pasando a revestir en el grupo salarial que corresponda a la categoría “C” de la función desempeñada.

Asimismo las partes acuerdan en forma excepcional y transitoria que, con el objetivo de adecuar en forma paulatina el encuadramiento de las funciones a la escala salarial dispuesta en el artículo 6to del presente acuerdo, el personal encuadrado como ingresante previo a la firma del presente, será recategorizado a la categoría “C” una vez cumplido el plazo estipulado en el párrafo anterior a partir de la fecha de vigencia del mismo.

Asimismo las partes se comprometen a establecer de mutuo acuerdo y en un lapso no mayor a 180 días, las condiciones necesarias para determinar los métodos de ascenso a categoría “B” y “A” según corresponda.

Artículo 9° - Nueva Conformación Salarial - Implementación

Las partes acuerdan que con la liquidación de los sueldos devengados en el mes de enero de 2014, la Empresa cambiará la estructura salarial y en consecuencia la liquidación de haberes del Personal, para adaptar dicha estructura salarial y liquidación, a los nuevos rubros y/o conceptos establecidos por este Acuerdo. En razón de ello, se re-imputará la remuneración percibida por el Personal, y los nuevos conceptos establecidos en este Acuerdo, absorberán hasta su concurrencia los conceptos anteriores reemplazando los mismos.

Para aquellos Trabajadores que perciban una remuneración mayor a la establecida por este Acuerdo, y como consecuencia de la re-imputación exista un excedente, dicha diferencia se liquidara bajo el concepto “A Cuenta de Futuros Aumentos”, razón por la cual, ningún trabajador percibirá un salario bruto inferior al que percibía con anterioridad a la firma del presente Acuerdo. Asimismo, las partes acuerdan que el concepto “A Cuenta de Futuros Aumentos” podrá absorber aquellos incrementos que se generen producto de la aplicación de la escala salarial dispuesta en el primer párrafo del artículo 4° del presente acuerdo.

Artículo 10° - Comisión Permanente de Interpretación, Actualización y Seguimiento (C.P.I.)

Las partes constituyen una Comisión Permanente de Interpretación, Actualización y Seguimiento del Acuerdo (en adelante la “Comisión”), que estará integrada por tres miembros por cada parte.

A tales fines, serán representantes del SATSAID en la Comisión los Señores, Gerardo GONZALEZ, Horacio DRI, y Julio BARRIOS, y los miembros integrantes de la Comisión en representación de la Empresa serán los Sres. Violeta MANDEL, Alberto ROSSI y Marcelo LIBERINI respectivamente. Cualquier modificación que las partes introduzcan en la conformación de su representación, deberá ser notificada a la otra en forma escrita. La Comisión se reunirá cada vez que cualquiera de las partes lo requiera, mediante comunicación fehaciente, con un mínimo de tres días hábiles de anticipación, la que deberá fijar: fecha, hora, lugar de reunión y temario. A los efectos de preparar los argumentos para la reunión, las Partes se comprometen a intercambiar la información relativa a los temas previstos en el temario, en base a los principios de buena fe negociadora y bajo compromiso de mutua confidencialidad.

Las resoluciones de la Comisión se adoptarán de manera unánime, labrándose acta circunstanciada de los puntos sometidos a debate y/o las posiciones de cada parte o de la interpretación consensuada.

La Comisión tendrá las atribuciones conferidas por el artículo 15° de la ley 14.250, así como las que a continuación se detallan:

Fomentar el respeto, la cooperación y el progreso de la Empresa y de los trabajadores que se desenvuelvan en ella.

Intervenir en toda diferencia y/o controversia que pudiera suscitarse en torno a la interpretación, aplicación, revisión y/o actualización del Acuerdo. A tales efectos, esta Comisión tendrá 5 días hábiles para resolver los temas planteados o el tiempo que de común acuerdo se pacte. Vencido dicho plazo sin haberse arribado a una interpretación consensuada, las Partes quedarán en libertad para accionar por las vías que legalmente tengan disponibles a efectos de defender sus derechos.

Discutir, revisar y modificar con acuerdo de partes cualquier cuestión referida al Acuerdo, incluido los aspectos relativos a salarios.

Llevar un registro de aquellos aspectos del Acuerdo que dieron lugar a controversias de interpretación o a dificultades de implementación, de manera de tenerlo en cuenta al momento de la renegociación del Convenio y con el objetivo de mejorar su redacción o contenido.

Analizar y tomar decisiones en los casos en que la Empresa plantee modificaciones tecnológicas y/u organizativas que, por su importancia, afecten o pudieran afectar a los trabajadores, considerando el nivel de empleo, condiciones de trabajo, etc.

Promover acciones de prevención, reducción y eliminación de riesgos laborales, analizando alternativas técnica y económicamente viables para tal fin.

Definir medidas de mejoramiento de las condiciones de trabajo, en concordancia con lo dispuesto en la Ley 24.557.

Atender en todo lo vinculado al desarrollo profesional y en particular, asesorar a la Empresa en materia de capacitación y desarrollo de los trabajadores comprendidos en este Acuerdo, pudiendo sugerir programas de estudios, de exámenes y procedimientos y sistemas para el cubrimiento de vacantes,

Cualquier otra circunstancia que, con acuerdo de las Partes, se estime de interés resolver a través de esta Comisión.

Artículo 11° - Contribución Solidaria

De conformidad con lo establecido por el artículo 9° de la ley 14.250, se instituye una contribución solidaria por cada trabajador no afiliado, representado por el Sindicato en la Empresa, equivalente al 2% de las remuneraciones brutas que por todo concepto perciba cada trabajador comprendido. A tales efectos y con los alcances del artículo 38 de la Ley de Asociaciones Sindicales la Empresa se erigirá en agente de retención del presente aporte debiendo liquidarlo bajo el concepto “Aporte Solidario” y depositar los montos retenidos a la orden del Sindicato en la cuenta N° 96575/46 del Banco de la Nación Argentina, Sucursal Congreso, o donde el Sindicato lo indique en forma fehaciente.

Artículo 12° - Homologación

Las Partes en forma conjunta solicitarán al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación la homologación de este Acuerdo.

En prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

ANEXO A

CONDICIONES SALARIALES GENERALES - COMPAÑÍA DE MEDIOS DIGITALES S.A.





TEXTO PARA ANEXAR AL EXPTE. 1.597.446/2013

ACUERDO SATTSAID -COMPAÑÍA DE MEDIOS DIGITALES SA (CMD) 19-11-2013

Artículo 1 - Ascensos de Categoría - Condiciones Generales

Para poder solicitar el ascenso de categoría se deberán reunir las siguientes condiciones:

a) Para solicitar el ascenso de Categoría C a Categoría B, se deben haber cumplido 12 meses de trabajo en la categoría C;

b) Para solicitar el ascenso de Categoría B a Categoría A, se deben haber cumplido 12 meses de trabajo en la categoría B.

1.1 Cumplidos los requisitos establecidos en el artículo 1° incisos a), y b) el trabajador se encontrará habilitado para solicitar el ascenso a la categoría que le correspondiere.

Dichos ascensos estarán sujetos al acuerdo entre la representación empresarial y la representación gremial: a fines de establecer dicho acuerdo se tomarán en cuenta la formación y experiencia de el o la solicitante. De no existir acuerdo entre las partes se realizará un examen a fines de establecer si la trabajadora o trabajador solicitante cumplen los estándares que se acuerden entre las partes para ascender de categoría.

Los ascensos se efectivizarán en dos oportunidades por año calendario, es decir a partir del 1° de Mayo o del 1° de Enero de cada año.

Se deja expresamente aclarado que, si vencidos los plazos establecidos en los artículos 1° inciso a) y b) en el 1.1 del presente, la empresa no hubiere cumplido en tiempo y forma con la ejecución de los correspondientes exámenes previstos, no será causa imputable al trabajador para no otorgarle su ascenso, razón por la cual se considerará exclusivamente para el ascenso de categoría el cumplimiento de la antigüedad solicitada y el ascenso se hará efectivo a partir de los plazos que hubieran correspondido de mediar acuerdo u examen.

Artículo 2° - Exámenes Conceptos generales

La representación gremial y la representación empresarial acordarán conjuntamente los temarios a evaluar en cada examen.

Con 30 días de antelación a la realización del examen se otorgará a los trabajadores y trabajadoras un programa con los temarios a evaluar y de ser pertinente bibliografía de referencia.

El acto de toma de examen es formal, debe hacerse en un ámbito cerrado, libre de interferencias para garantizar que quienes los rinden puedan concentrarse y que se pueda controlar su realización. Podrán tomarse diferentes exámenes en el mismo acto; esto significa que una misma trabajadora o trabajador puede rendir varios exámenes, y que los trabajadores y trabajadoras presentes pueden rendir diferentes exámenes entre sí.

Los exámenes son individuales, quienes los rinden no pueden consultar a otras personas ni tener material escrito de ayuda. La copia invalidará el resultado (se considerará desaprobado).

Para cada examen se contará con al menos 2 temas (A y B), para poder alternar entre trabajadoras y trabajadores contiguos en la toma del mismo.
Exámenes

Los exámenes se aprueban de forma presencial.

Un veedor del SATSAID deberá presenciar los exámenes para corroborar que los mismos se efectúen conforme las partes lo hubieran pactado, así como para informarse de todos los aspectos relacionados a los mismos.

Con el objetivo de dar cumplimiento a lo dispuesto en el párrafo anterior, la empresa deberá notificar a la representación del SATSAID las fechas de examen previstas, con una antelación no menor a 5 días del llamado a examen.

En caso que la empresa habiendo notificado en tiempo y forma a la representación del SATSAID, y el veedor no participe del examen por una causa ajena a la responsabilidad de la empresa, no será causa para que el SATSAID invalide el examen en cuestión,

Corrección de exámenes

Mayormente se utilizará la metodología de examen tipo múltiple choice, consta de 3 o 4 opciones por pregunta y solo una de ellas es la respuesta correcta (más de una respuesta marcada se considerará inválida).

Si se corrige o tacha, debe quedar aclarado cuál es la respuesta definitiva.

El examen es puntuado, cada respuesta correcta vale 1 (un) Punto, en blanco 0 (cero) Punto, incorrecta resta 0.25 (un cuarto) Punto. El máximo es 10 (diez) Puntos, con 10 preguntas correctas, se aprueba con 6 Puntos.

Eventualmente se utilizará la metodología de examen combinado, compuesto por preguntas múltiple choice y preguntas a completar con respuestas cortas (no más de 2 renglones con letra normal). De modo excepcional, si por la naturaleza de alguna tarea una trabajadora o trabajador requiriera una metodología diferente de evaluación, la misma será establecida por escrito y con antelación, de mutuo acuerdo, entre la representación gremial y la representación empresarial.

La revisión del examen la puede pedir formalmente la trabajadora o trabajador ya sea, a través de la representación del SATSAID, directamente al Instructor o a través del supervisor. Se concertará una entrevista con los evaluadores para recibir la devolución y ampliación de los temas que resultaron dificultosos para el técnico. Si aún subsistieran dudas por parte del técnico, éste podrá solicitar a CMD una copia del examen la cual será entregada, firmando previamente un compromiso de confidencialidad respecto de las preguntas y respuestas del examen.

Para los trabajadores o trabajadoras que no aprueben el mismo, existirá dentro del plazo de 60 días posteriores a la fecha del examen la oportunidad de dar un examen recuperatorio.

DESCRIPCIÓN DE PUESTOS

1. FUNCIÓN: ESPECIALISTA EN ARQUITECTURA

Responsable del diseño e implementación de la arquitectura técnica en la empresa, respondiendo a las necesidades actuales y promoviendo mejoras ante nuevas tecnologías o diseños óptimos. Debe asegurar la integridad de dicho diseño, en términos de abordar adecuadamente las necesidades del negocio. Realiza diagramas, organiza flujos de datos, analiza el sistema.

RESPONSABILIDADES:

Especialista en Arquitectura B: Implementa la arquitectura técnica en la empresa, que fue diseñada por el Especialista en Arquitectura A.

Especialista en Arquitectura A: Diseña la arquitectura técnica en la empresa, respondiendo a las necesidades actuales planteadas por la jefatura y promoviendo mejoras ante nuevas tecnologías o diseños óptimos. Debe asegurar la integridad de dicho diseño, en términos de abordar adecuadamente las necesidades del negocio. Realiza diagramas, organiza flujos de datos, analiza el sistema.

2. FUNCIÓN: PUBLISHER DE VIDEOJUEGOS

Es responsable de comercializar un producto, estar al tanto de las tendencias del mercado, contactar nuevos clientes o socios, analizar los negocios vigentes y potenciales de la empresa y la industria, y encontrar nuevas oportunidades comerciales.

RESPONSABILIDADES:

Publisher de Videojuegos C: Comercializa los productos de la compañía.

Publisher de Videojuegos B: Además de las responsabilidades del Publisher de Videojuegos C, contacta nuevos clientes para comercializar productos.

Publisher de Videojuegos A: Es responsable de analizar y encontrar nuevas propuestas y oportunidades comerciales.

3. FUNCIÓN: ADMINISTRADOR DE BASE DE DATOS: Es responsable de la administración, soporte, backup, integridad, disponibilidad, y performance de los motores de base de datos de la empresa. Es responsable de brindar herramientas para poder manejar reportes de datos,

RESPONSABILIDADES:

Administrador Base de Datos C: Planifica y monitorea tareas de backup y recuperación de bases asignadas por el Administrador A. Monitorea y optimiza la performance de las distintas bases de datos. Da soporte operativo sobre aplicaciones existentes y por implementar.

Administrador Base de Datos B: Además de las responsabilidades de la categoría C, es responsable de testear y ejecutar implementaciones en los distintos ambientes de trabajo de la empresa bajo la supervisión del Administrador A. Revisa el diseño de modelos complejos de datos.

Administrador Base de Datos A: Además de las responsabilidades de las categorías B y C, es responsable de definir y ejecutar políticas de desarrollo, seguridad y administración sobre bases de datos. Definir, planificar y ejecutar migraciones de datos y de modelos de datos.

4. FUNCIÓN: ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURA: Es responsable del mantenimiento, la configuración y el funcionamiento fiable de los sistemas informáticos en distintos sistemas operativos; especialmente los servidores y equipos de red, según el hardware disponible.

RESPONSABILIDADES:

Administrador de Infraestructura C: Procura que el tiempo de actividad, rendimiento, recursos, y seguridad de las computadoras satisfagan las necesidades de los usuarios y de los software que se ejecutan en sus equipos.

Administrador de Infraestructura B: Además de las responsabilidades de la categoría C, es responsable de testear que el diseño de red, performance y seguridad de la infraestructura sea la adecuada para el requerimiento de la empresa.

Administrador de Infraestructura A: Además de las responsabilidades de la categoría C y B, es responsable de planificar cómo deber ser el diseño de red, performance y seguridad de la infraestructura según el proyecto.

5. FUNCIÓN: ANALISTA FUNCIONAL IT

Es el responsable de interpretar, documentar y coordinar los requerimientos de los usuarios de software. Revisan diagramas generales.

RESPONSABILIDADES:

Analista Funcional IT C: Es responsable de proponer soluciones o caminos para mejorar los circuitos y sistemas de software ya implementados por la empresa.

Analista Funcional IT B: Además de las responsabilidades de la categoría C, es responsable de validar el desarrollo funcional de los nuevos proyectos.

Analista Funcional IT A: Además de las responsabilidades de la categoría C y B, debe validar que la solución planteada corresponda con la necesidad inicial por la jefatura.

6. FUNCIÓN: DESARROLLADOR WEB

Es responsable por desarrollar el software, sitios web, o crear nuevas funcionalidades que precisan los productos. Deberá programar en PHP, JAVA, y otros, según cual fuere el lenguaje principal de programación de cada proyecto.

RESPONSABILIDADES:

Desarrollador C: Responsable de la codificación y documentación de código nuevo o modificaciones al código existente, hojas de estilo, efectos, diseño.

Desarrollador B: Además de las responsabilidades de la categoría C, es responsable de verificar que la calidad del código esté acorde a las especificaciones técnicas y funcionales requeridas para el proyecto.

Desarrollador A: Además de las responsabilidades de la categoría C y B, es responsable de brindar soporte a otros desarrolladores, gestionar API, programación orientada a objetos, e interfaces de pago ligadas a juegos.

7. FUNCIÓN: DISEÑADOR DE JUEGOS (GAME DESIGNER)

Es responsable por generar el contenido y la historia de un juego.

RESPONSABILIDADES:

Diseñador de Juegos C: Debe diseñar los niveles de juego y balancear la dificultad de los mismos.

Diseñador de Juegos B: Además de las responsabilidades de la categoría C, adapta los características del juego para que respete las directivas del documento de diseño y los requerimientos del productor.

Diseñador de Juegos A: Además de las responsabilidades de la categoría C y B, planifica el juego en su totalidad. Debe desarrollar en profundidad los detalles del documento de diseño y mantenerlo actualizado con los cambios y decisiones que se van tomando durante el desarrollo del producto.

8. FUNCIÓN: INTEGRADOR HTML

Ensambla piezas de HTML para lograr una maqueta final. Integra los diseños y los adapta al proyecto HTML.

RESPONSABILIDADES:

Integrador HTML C: Es responsable del maquetado y confección final de la pieza.

Integrador HTML B: Además de las responsabilidades de la categoría C, debe verificar la calidad y una experiencia de usuario adecuada a los requerimientos previos del producto final.

Integrador HTML A: Además de las responsabilidades de la categoría C y B, es responsable de planificar los requerimientos que debe cumplir el producto final.

9. FUNCIÓN: ANALISTA ADMINISTRATIVO

Es el responsable de realizar tareas administrativas-contables correspondientes a su área. Debe facturar, conciliar y emitir el pago a los proveedores y clientes internos. Confecciona órdenes de pago, facturas, notas de débito y/o crédito internas. Debe tener conocimiento generales que lo capaciten para contabilizar impuestos e inventarios, efectuando las imputaciones y asientos diarios de acuerdo con documentación recibida. Realiza el control y contabilización de las facturas y contratos de proveedores. Debe estar capacitado para interpretar balances, estados financieros, movimientos bancarios y conciliaciones de cuenta. Debe tener conocimientos referentes a la contabilización, pago y conciliaciones de seguros de bienes de la empresa.

RESPONSABILIDADES:

Analista Administrativo C: Es de su responsabilidad la realización de tareas administrativas contables de planteo simple correspondiente a su área. Tiene a su cargo el archivo de la sección. Realiza el tipeo de órdenes de pago, facturas, notas de débito y/o créditos internos.

Analista Administrativo B: Además de las responsabilidades de la categoría C, debe estar capacitado para encarar tareas de conciliación de cuentas y movimiento bancario. Tiene a su cargo el control y contabilización de las facturas de proveedores.

Analista Administrativo A: además de las responsabilidades de las categorías C y B, realiza todas las tareas administrativas-contables de su área, debiendo tener los conocimientos teóricos prácticos que aseguren el correcto cumplimiento de las labores que le encomienden.

10. FUNCIÓN: ANALISTA COMERCIAL

Análisis y seguimiento de Indicadores Comerciales. Procesamiento y consolidación de relevamientos de mercado. Inteligencia Comercial, análisis de información y detección de oportunidades, Gestión de Inventario. Sus funciones principales son: Analizar la información relacionada a altas de artículos, modificaciones de costes y precios de venta, colaborar en los proyectos que requieran modificaciones masivas y tengan alto impacto en el negocio. Analizar las herramientas y procesos existentes y proponer mejoras en los mismos, reflejando las decisiones comerciales en tiempo y forma.

RESPONSABILIDADES:

Analista Comercial C: Se trata de un aprendiz de las tareas a realizar, que necesita supervisión del Analista Comercial A y explicación sobre los lineamientos del producto o servicio para el que trabajo.

Analista Comercial B: Además de las responsabilidades del Analista Comercial C, planifica procesos y procedimientos comerciales.

Analista Comercial A: Además de las responsabilidades del Analista Comercial C y B, es responsable del análisis y seguimiento de Indicadores Comerciales. Procesamiento y consolidación de relevamientos de mercado. Inteligencia Comercial, análisis de información y detección de oportunidades. Gestión de Inventario

11. FUNCIÓN: ANALISTA DE PRODUCCIÓN

RESPONSABILIDADES:

Es responsable por definir las especificaciones del producto en función de los requerimientos del cliente o las necesidades del mercado así como también mantener la comunicación con todos los actores clave internos y externos. Puede trabajar bajo la metodología Scrum u otras. Gestiona el trabajo necesario en cuanto a comunicación y organización para llevar adelante los requerimientos del producto, asigna las prioridades de trabajo que se realiza en cada interacción de producción. Y asegura la calidad y funcionalidad del producto.

12. ANALISTA DE MARKETING OFFLINE

Asiste en las actividades de marketing y comunicación que tienen como soporte eventos o contenidos gráficos o audiovisuales (radio, tv, revistas, etc.).

RESPONSABILIDADES:

Analista de marketing offline C: Genera reportes de resultados de acciones de marketing para clientes internos y externos. Prepara material POP o merchandasing, coordina con el diseñador la realización de piezas destinadas a medios gráficos y audiovisuales, mantiene contacto con agencias de publicidad, promoción (BTL) y proveedores.

Analista de marketing offline B: Además de las responsabilidades de la categoría C, es responsable de asegurar que todas las acciones de marketing sean acordes a las especificadas para un producto y propone mejoras en el plan de marketing.

Analista de marketing offline A: Además de las responsabilidades de la categoría C y B. Elabora el Plan de Marketing Offline de un producto o marca. Investiga y se mantiene actualizada sobre las acciones de la competencia y tendencias de marketing offline. Optimiza permanentemente el plan de marketing, adoptando cambios y mejoras.

13. FUNCIÓN; ANALISTA DE MARKETING ONLINE

Asiste en las actividades de marketing y comunicación que tienen como soporte eventos o contenidos digitales.

RESPONSABILIDADES:

Analista de marketing online C: Genera reportes de resultados de acciones de marketing para clientes internos y externos. Prepara banners, newsletters y piezas digitales, coordina con el diseñador la realización de banners, imágenes y sitios web, mantiene contacto con agencias de publicidad, y proveedores.

Analista de marketing online B: Además de las responsabilidades de la categoría C, es responsable de asegurar que todas las acciones de marketing sean acordes a las especificadas para un producto y propone mejoras en el plan de marketing.

Analista de marketing online A: Además de las responsabilidades de la categoría C y B. Elabora el Plan de Marketing Online de un producto o marca. Investiga y se mantiene actualizada sobre las acciones de la competencia y tendencias de marketing online. Optimiza permanentemente el plan de marketing, adoptando cambios y mejoras.

14. FUNCIÓN: ANALISTA DE PRODUCTO

Supervisa, coordina y lleva adelante el desarrollo de un producto. Analiza el mercado, la competencia, y los canales de ventas. Detecta oportunidades de mejora, propone planes de acción y los ejecuta. Controla los resultados y eleva informes. Realiza propuestas de asociación a otras empresas.

Analista de Producto C: Es un aprendiz de las tareas de su cargo, se maneja con supervisión ejecutando tareas operativas cotidianas.

Analista de Producto B: Además de las responsabilidades de la categoría C, es responsable de asegurar que todas las acciones sean acordes a las especificadas para un producto. Requiere supervisión de Analista de Producto A.

Analista de Producto A: Además de las responsabilidades de la categoría C y B, investiga y se mantiene actualizada sobre las acciones de la competencia y tendencias del mercado o servicios y productos, adoptando cambios y mejoras.

15. FUNCIÓN: COMMUNITY MANAGER

Es responsable de redactar y publicar contenido en redes sociales y sitios web de la empresa/producto/marca. Monitoriza las estadísticas de las publicaciones, optimiza contenidos, modera y genera acciones para fidelizar a la comunidad de fans/seguidores online.

RESPONSABILIDADES:

Community Manager C: Crea contenidos y los publica en redes sociales.

Community Manager B: Además de las responsabilidades de la categoría C, controla que todas las publicaciones sigan la línea comunicacional establecida para el producto.

Community Manager A: Además de las responsabilidades de la categoría C y B, desarrolla una estrategia completa de redes sociales dentro de un plan comunicacional integral determinado por la jefatura para una empresa/marca/producto. Debe controlar que todas las publicaciones sigan esa línea. Investiga la competencia y tendencias de Social Media.

16. FUNCIÓN: COMPRADOR

Asegura el abastecimiento en tiempo y forma de bienes y servicios requeridos por las diferentes Unidades de Negocio, asegurando los estándares de calidad existentes y en cumplimiento con las políticas y valores de la compañía. Identifica, selecciona y contacta fuentes de abastecimiento mediante la utilización de herramientas y sistemas especializados para esta tarea. Identifica oportunidades de mejora tanto en servicio como en costos de la cartera de proveedores existentes. Negociación de contratos en colaboración con el Departamento de Legales para asegurar el cumplimento de las normas internas y legales. Monitorear el cumplimiento de los estándares de Calidad de las Compras.

RESPONSABILIDADES:

Comprador C: Es un aprendiz de las tarea que desempeña, dedicandose especialmente a tareas operativas cotidianas, bajo la supervisión del Comprador A.

Comprador B: Además de las responsabilidades de la Categoría C, es responsable de contactar nuevos proveedores.

Comprador A: Además de las responsabilidades de la Categoría C y B, planifica a largo plazo las compras de las unidades de negocio o proyectos que están a su cargo. Supervisa a las categorías B y C.

17. FUNCIÓN: DISEÑADOR GRÁFICO

Es responsable de generar piezas de diseño para comunicar ideas y productos en sitios web y medios digitales, o en medios gráficos. Debe saber utilizar herramientas de diseño.

RESPONSABILIDADES:

Diseñador C: Es responsable del diseño de piezas gráficas.

Diseñador B: Además de las responsabilidades de la categoría C, así como también de verificar que los lineamientos artísticos y estéticos de determinado producto sean respetados en las mismas.

Diseñador A: Además de las responsabilidades de la categoría C y B, determina lineamientos estéticos y artísticos de los productos, diseñando su imagen artística desde el principio.

18. FUNCIÓN: MEDIA BUYER /COMPRADOR DE ESPACIOS PUBLICITARIOS

Responsable por la compra de espacios publicitarios en medios de comunicación convencionales y no convencionales. Requiere conocimiento de medios de comunicación, audiencias, y software específico de planificación de medios.

RESPONSABILIDADES:

Media Buyer C: Reserva y/o contrata espacios publicitarios según el plan de medios, gestiona y controla que la misma sea emitida.

Media Buyer B: Además de las responsabilidades de la categoría C y B, supervisa las compras de medios y los resultados, verificando que se ajusten al plan de medios.

Media Buyer A: Además de las responsabilidades de la categoría C y B, es responsable de la planificación estratégica y definición de la estrategia de medios según contenidos y el target de destino de las publicidades. Debe mantenerse actualizado de las tendencias de la industria publicitaria, de las audiencias de medios y soportes.

19. FUNCIÓN: QA/TESTEADOR DE CALIDAD

Es responsable de determinar la calidad de sitios y aplicaciones web, mobile, y software mediante la puesta a pruebas de las mismas.

RESPONSABILIDADES:

QA C: Lleva a cabo el testeo de calidad, a través de diversas pruebas de entornos. Es responsable del Reporte de defectos, mejoras e indefiniciones funcionales.

QA B: Además de las responsabilidades de la categoría C, es responsable de verificar que la calidad de las pruebas realizadas sea acorde a las planteadas según el proyecto.

QA A: Además de las responsabilidades de la categoría C y B, es responsable de definir qué estrategias, tipos y técnicas de prueba serán utilizadas para testear la calidad de un producto.

20. FUNCIÓN: SOPORTE IT

Es responsable de monitorear y garantizar el correcto funcionamiento de los sistemas.

RESPONSABILIDADES:

Soporte IT C: Es responsable de monitorear y gestionar las variables, indicadores, y alertas de status de los sistemas de software. Actúa preventivamente ante parámetros no usuales de las aplicaciones o sistemas. Brinda soporte en tecnología a otras áreas de la empresa.

Soporte IT B: Además de las responsabilidades de la categoría C, es responsable de documentar los casos, con sus soluciones aplicadas.

Soporte IT A: Además de las responsabilidades de la categoría C y B, es responsable del diseño de alertas para detectar fallas, bugs o pérdidas de performance de aplicaciones o sistemas, desarrollando políticas de soporte y estableciendo criterios de seguridad.

21. FUNCIÓN: TRAFFICKER / ANALISTA DE MÉTRICAS Y CAMPAÑAS:

Es el encargado de crear, monitorizar y mantener el correcto funcionamiento de campañas publicitarias online. Requiere conocimientos de los programas de servidores de publicidad, denominados “Adservers”. Mantiene contacto con los responsables de enviar las creatividades publicidades en caso de que se requiera.

RESPONSABILIDADES:

Trafficker C: Implementa campañas publicitarias y hace informes estadísticos sobre el funcionamiento de las mismas.

Trafficker B: Además de las responsabilidades de la categoría C, se encarga de optimizar la campaña con el fin de cumplir los objetivos y la estrategia de campaña planeada.

Trafficker A: Además de las responsabilidades de la categoría C y B, se encarga de fijar los objetivos y estrategias de la campaña y supervisar su cumplimiento.

22. FUNCIÓN: ASISTENTE DE PRODUCCIÓN

Idem CCT 131/75

23. FUNCIÓN: ANALISTA SEM

RESPONSABILIDADES:

Planificar, ejecutar, y optimizar las campañas de SEM de los proyectos o productos de la compañía con el objetivo de generar los resultados necesarios para alcanzar los planes establecidos para los mismos. Confección de reportes sobre resultados de manera regular.

24. FUNCIÓN: EJECUTIVO DE CUENTAS

Es responsable por el trato con clientes y proveedores. Comercializa productos y servicios de la compañía a otros comercios o empresas. Desarrolla propuestas comerciales, realiza el seguimiento de clientes, genera nuevas oportunidades de negocios.

RESPONSABILIDADES:

Ejecutivo de Cuentas C: Se trata de un ingresante que debe generar nuevos clientes y necesita supervisión e información sobre el producto. Suele manejar cuentas de menor importancia comercial.

Ejecutivo de cuentas B: Tiene conformada una cartera de clientes. Suele manejar cuentas de mediana importancia comercial.

Ejecutivo de Cuentas A: Suele manejar cuentas de mayor importancia comercial.

25. FUNCIÓN: ATENCIÓN AL CLIENTE

RESPONSABILIDADES:

Es responsable de responder consultas de los usuarios vía mail, chat y telefónicamente. Requiere buen nivel de redacción y paquete office. Genera reportes de los contactos.

26. FUNCIÓN: DATA MANAGER

RESPONSABILIDADES:

Un data manager es responsable de acceder, gestionar, y organizar los datos provenientes de bases de datos para relevar estadísticas y obtener indicadores relevantes para el negocio. Mejora la eficacia de herramientas y servicios de bases de datos. Verifica que todos los datos cumplen con las regulaciones legales vigentes y que la información está protegida. Monitorea la performance de bases de datos y es responsable de mejorar la tecnología utilizada. Monitorea procedimientos de entrada de datos. Es responsable de crear nuevas bases de datos.

27. FUNCIÓN: MANTENIMIENTO GENERAL:

RESPONSABILIDADES:

Es el encargado de mantenimiento de obras civiles y de servicios auxiliares e instalaciones. Es responsable por el mantenimiento diario de las herramientas y el lugar de trabajo. Realiza tareas correctivas y preventivas generales.

28. FUNCIÓN: MODERADOR

RESPONSABILIDADES:

Es responsable de moderar los comentarios de usuarios en foros o páginas web digitales, según las políticas de comunicación del producto establecidas por la jefatura, corrigiendo comportamientos negativos de los usuarios y generando un buen clima en la comunidad. Pueden aportar nuevos temas de discusión, y ordenar información ya existente en los fotos para que sea más accesible a los usuarios.

29. FUNCIÓN: SOPORTE COMERCIAL

RESPONSABILIDADES:

Es el responsable de ejecutar las operaciones administrativas y de rutina necesarias para la documentación, logística y facturación de cada proyecto/producto. Da de alta clientes o proveedores en los sistemas en donde se cargan las ofertas, carga ofertas, verificación de ofertas pre y post subida al sitio, reporte de errores y seguimiento con soporte y desarrollo. Es responsable de asegurar que todas las acciones sigan los lineamientos del proyecto o producto. Requiere supervisión. Planifica, ordena, y optimiza procedimientos o procesos.

30. FUNCIÓN: TELEVENTAS

RESPONSABILIDADES:

Es responsable de comercializar productos o servicios de manera telefónica a empresas o clientes directos, ya sea ofreciendo paquetes previamente armados o creando ofertas particulares según el cliente. Fidelización y retención de Clientes.

31. FUNCIÓN: AUXILIAR DE DEPÓSITO

RESPONSABILIDADES:

Recibe y controla la mercadería en el depósito. Realiza la entrega de los productos según la hoja de ruta diaria. Tiene a su cargo el traslado, carga, descarga, de materiales, y las tareas de limpieza del depósito a la que haya sido designado.

32. FUNCIÓN: CADETE

RESPONSABILIDADES:

Es responsable de realizar trámites administrativos simples en dependencias externas a la oficina: distribución de papeles y correspondencia, manejo de valores menores, y trámites bancarios simples.