Decreto 1127/2016
Designación en la Dirección Nacional del Registro de Dominios de Internet.
Buenos Aires, 26/10/2016
VISTO el Expediente N° EX-2016-00069791- -APN-DRRHHYO#SLYT de la
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, la Ley N°
27.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el
Ejercicio 2016, los Decretos N° 78 de fecha 20 de enero de 2000 y sus
modificatorios, N° 227 de fecha 20 de enero de 2016 y lo solicitado por
la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.198 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.
Que por el artículo 7° de la citada Ley se estableció que las
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán
cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su
sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo
decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por el artículo 10 de la mencionada Ley N° 27.198 se dispuso que
las facultades otorgadas por dicha Ley al Jefe de Gabinete de Ministros
podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de
responsable político de la administración general del país y en función
de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL.
Que por el Decreto N° 78/00 y sus modificatorios, se aprobó la
estructura organizativa de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que conforme lo dispuesto por el Decreto N° 227/16 compete al señor
Presidente de la Nación efectuar las designaciones de personal en las
jurisdicciones y unidades organizativas dependientes de la PRESIDENCIA
DE LA NACIÓN.
Que, en el ámbito de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN se encuentra vacante el cargo de Jefe de la UNIDAD DE
REGISTRO de la DIRECCIÓN DE REGISTRO de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO DE DOMINIOS DE INTERNET de la SUBSECRETARÍA TÉCNICA de la
planta permanente, resultando necesario proceder a su inmediata
cobertura en virtud de la particular naturaleza de las tareas asignadas
a dicho Organismo, vinculadas directamente con el accionar del señor
Presidente de la Nación y del señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGALES de la
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,
por los artículos 7° y 10 de la Ley N° 27.198 y por lo dispuesto en el
artículo 2° del Decreto N° 227/16.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1° — Homológase en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas el
cargo perteneciente a la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA
DE LA NACIÓN, conforme al detalle obrante en Planilla Anexa
(IF-2016-02621970-APN-SST#SLYT) al presente artículo, que forma parte
integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2° — Desígnase con carácter transitorio, a partir del 15 de
septiembre de 2016 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles contados a partir del dictado del presente decreto en la Planta
Permanente de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN, a la señora Mónica Andrea CASTELLANOS MONTENEGRO (D.N.I. N°
19.037.129) en el cargo de Jefa de la UNIDAD DE REGISTRO de la
DIRECCIÓN DE REGISTRO de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO DE DOMINIOS
DE INTERNET de la SUBSECRETARÍA TÉCNICA de la SECRETARÍA LEGAL Y
TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Nivel B, Grado 0, F.E. Nivel IV
del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N°
2098/08 y sus modificatorios, autorizándose el pago de la Función
Ejecutiva Nivel IV, con carácter de excepción a lo establecido por el
artículo 14 del referido Convenio y a lo dispuesto por el artículo 7°
de la Ley N° 27.198.
ARTÍCULO 3° — El cargo involucrado en el artículo 2° deberá ser
cubierto conforme lo dispuesto en los Títulos II, Capítulos III, IV y
VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto
N° 2098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA
(180) días hábiles contados a partir de la fecha del dictado del
presente decreto.
ARTÍCULO 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas presupuestarias
específicas correspondientes a la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1°
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
HOMOLOGACIÓN
Unidad |
Nivel |
SUBSECRETARÍA TÉCNICA |
|
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO DE DOMINIOS DE INTERNET |
|
DIRECCIÓN DE REGISTRO |
|
UNIDAD DE REGISTRO |
IV |
(Ex Unidad de Registro, Documentación y Archivo) |
|
IF-2016-02621970-APN-SST#SLYT