MINISTERIO DE TRANSPORTE
Decisión Administrativa 1184/2016
Desígnase Director Nacional Técnico de Transporte Ferroviario.
Buenos Aires, 26/10/2016
VISTO el Expediente N° S02:0037933/2016 del Registro del MINISTERIO DEL
INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, la Ley N° 27.198, los Decretos
Nros. 2.098 del 3 de diciembre de 2008, N° 13 del 10 de diciembre de
2015, N° 8 del 4 de enero de 2016 y N° 227 de fecha 20 de enero de 2016
y la Decisión Administrativa N° 212 del 21 de marzo de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.198 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2016.
Que por el Artículo 7° de la citada Ley se dispuso el congelamiento de
los cargos vacantes financiados, existentes a la fecha de la sanción de
la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración
Nacional y los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión
fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus
modificatorios y complementarios, se homologó el Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP).
Que por el Decreto N° 2678/12, prorrogado en último término por su
similar N° 461/15, se designó transitoriamente al Ing. Hugo Marcelo
VALLONE, en el entonces cargo de Director Nacional de Transporte
Ferroviario de la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO de la
entonces SECRETARÍA DE TRANSPORTE del ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y
TRANSPORTE.
Que habiendo vencido dicha designación transitoria resulta necesario prorrogarla hasta el 20 de marzo de 2016.
Que mediante el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se
sustituyeron el Artículo 10 y el Título V de la Ley de Ministerios
(texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias,
incorporándose el MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que por su parte el Decreto N° 8 de fecha 4 de enero de 2016 aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que a través del Decreto N° 227 de fecha 20 de enero de 2016, se
delimitaron las competencias de los señores Jefe de Gabinete de
Ministros, Ministros y Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que el decreto mencionado en el considerando precedente, en su Artículo
1° estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción
y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración
Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y
jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la
dotación de su planta permanente y transitoria y cargos
extraescalafonarios, correspondiente a los cargos vacantes y
financiados con la correspondiente partida presupuestaria de
conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas será efectuada
por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la
Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que por la Decisión Administrativa N° 212 de fecha 21 de marzo de 2016,
se aprobaron las unidades organizativas de primer nivel operativo y sus
respectivas responsabilidades primarias y acciones habiéndose
homologado en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del SINEP la
entonces DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE FERROVIARIO con la actual
DIRECCIÓN NACIONAL TÉCNICA DE TRANSPORTE FERROVIARIO del MINISTERIO DE
TRANSPORTE.
Que el MINISTERIO DE TRANSPORTE solicita la designación transitoria del
Ingeniero Hugo Marcelo VALLONE (D.N.I. N° 22.606.017) en el cargo de
DIRECTOR NACIONAL TÉCNICO DE TRANSPORTE FERROVIARIO (Nivel A -Grado 0,
Función Ejecutiva Nivel I) dependiente de la SUBSECRETARÍA DE
TRANSPORTE FERROVIARIO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del
MINISTERIO DE TRANSPORTE, a efectos de asegurar el normal
desenvolvimiento de la mencionada dependencia.
Que asimismo corresponde autorizar el pago de la Función Ejecutiva
correspondiente, de acuerdo con lo normado en el Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP)
homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008.
Que el cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y
sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente,
en los Título II, Capítulos III, IV, y VIII, y en el Título IV del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098
de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios,
en el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de
la presente medida.
Que la presente medida no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE
TRANSPORTE, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente decisión administrativa se dicta en virtud de lo
dispuesto por los Artículos 100, inciso 3, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,
7° de la ley N° 27.198 y 10 del Decreto N° 227 de fecha 20 de enero de
2016.
Por ello,
El JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1° — Prorrógase a partir del 18 de diciembre de 2015 y hasta
el 20 de marzo de 2016, la designación transitoria del Ingeniero Hugo
Marcelo VALLONE (D.N.I. N° 22.606.017), en el entonces cargo de
DIRECTOR NACIONAL DE TRANSPORTE FERROVIARIO (Nivel A - Grado 0, Función
Ejecutiva Nivel II del SINEP) dependiente de la SUBSECRETARÍA DE
TRANSPORTE FERROVIARIO de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE del MINISTERIO
DE TRANSPORTE, oportunamente dispuesta por el Decreto N° 2678 de fecha
27 de diciembre de 2012 prorrogada por sus similares N° 254 de fecha 5
de marzo de 2014 y N° 461 de fecha 26 de marzo de 2015.
ARTÍCULO 2° — Desígnase a partir del 21 de marzo de 2016 con carácter
transitorio y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, en
el cargo de DIRECTOR NACIONAL TÉCNICO DE TRANSPORTE FERROVIARIO (Nivel
A - Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I) dependiente de la SUBSECRETARÍA
DE TRANSPORTE FERROVIARIO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del
MINISTERIO DE TRANSPORTE, al Ingeniero Hugo Marcelo VALLONE (D.N.I. N°
22.606.017). La mencionada designación se dispone con carácter de
excepción a lo dispuesto por el Artículo 7° de la Ley N° 27.198,
autorizándose el pago de la Función Ejecutiva Nivel I.
ARTÍCULO 3° — El cargo consignado en el artículo precedente de la
presente medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas
de selección vigentes, según lo establecido, respectivamente, en los
Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial para el Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098/08 y sus
modificatorios dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir del 21 de marzo de 2016.
ARTÍCULO 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas del
presupuesto vigente de la Jurisdicción 57 - MINISTERIO DE TRANSPORTE.
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Guillermo J. Dietrich.