MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA

SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Resolución 385 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 27/10/2016

VISTO el Expediente Nº EX-2016-01474181-APN-DDYME#MEM, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 258 de fecha 26 de enero de 2016 se instruyó al MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA a llevar a cabo los actos necesarios para poner en práctica el proceso de Convocatoria Abierta para la selección de los integrantes del Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, en los términos del Artículo 58 de la Ley N° 24.065 y su reglamentación, aprobada por el Decreto N° 1.398 de fecha 6 de agosto de 1992 y a elevar, oportunamente, las propuestas de designación para los cargos cuya postulación corresponde al MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, juntamente con las que surjan a propuesta del CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA, dependiente de la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

Que mediante Resolución Nº 204 de fecha 29 de septiembre de 2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA (RESOL-2016-204-E-APN-MEM) se dispuso el llamado a Concurso Abierto de Antecedentes para la cobertura de los cargos de Presidente, Vicepresidente y Vocal Primero del Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo autárquico creado por la Ley Nº 24.065.

Que por dicha resolución se dispuso que, a los efectos de una adecuada y eficiente coordinación del procedimiento de selección, resulta conveniente que la responsabilidad primaria del trámite se encuentre en cabeza de esta SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA.

Que, a su vez, se instruyó a esta SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA a requerir del CONSEJO FEDERAL DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA la presentación de la terna de “Candidatos Elegibles” por ese Consejo, a los efectos de la cobertura de los cargos de Vocal Segundo y Vocal Tercero del Directorio del ENRE, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 58 del Decreto Nº 1.398/1992.

Que, asimismo, a través de la resolución ministerial mencionada se aprobaron las condiciones requeridas para la presentación de las postulaciones a los cargos indicados en el llamado a Concurso Abierto de Antecedentes y se establecieron las pautas para la presentación de antecedentes que, como Anexo (IF-2016-01771434-APN-DDYME#MEM), forma parte integrante de dicha medida.

Que a los efectos de la difusión de la convocatoria abierta, la resolución ministerial instruye, además, la publicación de su Anexo en el Boletín Oficial de la República Argentina, en el sitio web del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA y en DOS (2) diarios de circulación nacional y masiva.

Que, adicionalmente, a través de la Resolución Nº 204/2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA se aprobó el procedimiento de selección correspondiente, a efectos de cumplimentar lo dispuesto por el Decreto Nº 258/2016.

Que la Resolución Nº 204/2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA dispone que esta SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA ha de llevar adelante aquellos actos que resulten necesarios para que el mencionado concurso se lleve a cabo.

Que en esa inteligencia, resulta oportuno encomendar a la Coordinación Legal de esta Secretaría la conformación del grupo de profesionales que realizará el análisis inicial de las postulaciones recibidas, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 6 de la Resolución Nº 204/2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

Que con el objetivo de dotar de mayor celeridad al proceso de selección aprobado, resulta conveniente aprobar el formulario de inscripción al concurso que deberán completar los postulantes y que, como Anexo II (IF-2016-02443236-APN-SECEE#MEM), forma parte de la presente medida.

Que conforme lo establecido por el apartado B, punto 3), del Anexo de la Resolución Nº 204/2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, los postulantes al cargo deberán manifestar el compromiso respecto del cumplimiento de los requerimientos legales para el caso de ser designados, previstos en el Capítulo V de la Ley Nº 25.188 y su reglamentación.

Que sin perjuicio de lo expuesto en el considerando precedente, corresponde además que dichos postulantes manifiesten, con carácter de declaración jurada, que no son propietarios ni tienen interés alguno, directo ni indirecto, en empresas reconocidas como actores del mercado eléctrico, ni en sus controladas o controlantes, conforme lo dispuesto por el Artículo 60 de la Ley Nº 24.065.

Que con el objetivo de simplificar el trámite de presentación de los postulantes y contar así con la mayor participación posible, resulta conveniente aprobar el modelo de compromiso respecto del cumplimiento del Capítulo V de la Ley Nº 25.188 y el modelo de Declaración Jurada en cumplimiento del Artículo 60 de la Ley Nº 24.065 que, como Anexos III (IF-2016-02443350-APN-SECEE#MEM) y IV (IF-2016-02443430-APN-SECEE#MEM), respectivamente, forman parte integrante de la presente medida.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA se encuentra facultada para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 1.398 de fecha 6 de agosto de 1992, por las Resoluciones Nros. 25 de fecha 16 de marzo de 2016 y 204 de fecha 16 de marzo de 2016, ambas del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina, en el sitio web del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA y en DOS (2) diarios de circulación nacional y masiva, el llamado a Concurso Abierto de Antecedentes y las Condiciones requeridas para la presentación de las postulaciones aprobadas mediante el IF-2016-01771434-APN-DDYME#MEM de la Resolución Nº 204 de fecha 29 de septiembre de 2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA (RESOL-2016-204-E-APN-MEM) y que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente medida. En dichas publicaciones deberá dejarse constancia de que el formulario de inscripción y los modelos de Declaración Jurada y Compromiso requeridos se encuentran publicados en el sitio web del Ministerio y que los interesados deberán presentarlos junto con sus antecedentes completos dentro de los QUINCE (15) días hábiles de la publicación de la Convocatoria a Concurso en el Boletín Oficial de la República Argentina, en CUATRO (4) ejemplares idénticos, todos en original y debidamente firmados en cada una de sus fojas y en soporte digital. Las presentaciones deberán realizarse ante la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, sita en Avenida Paseo Colón Nº 171, Piso 8º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes, en el horario de 10 a 17 horas.

ARTÍCULO 2° — Delégase en la Coordinación Legal de la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA, la conformación del grupo de profesionales que realizará el análisis inicial de las postulaciones recibidas, en cumplimiento con lo dispuesto por el Artículo 6 de la Resolución Nº 204/2016 del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

ARTÍCULO 3° — Apruébese el Modelo de Formulario de Inscripción al Concurso Abierto de Antecedentes que, como Anexo II (IF-2016-02443236-APN-SECEE#MEM), forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 4° — Apruébese el Modelo de Compromiso respecto del cumplimiento del Capítulo V de la Ley Nº 25.188 que, como Anexo III (IF-2016-02443350-APN-SECEE#MEM), forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 5° — Apruébese el Modelo de Declaración Jurada en cumplimiento del Artículo 60 de la Ley Nº 24.065 que, como Anexo IV (IF-2016-02443430-APN-SECEE#MEM), forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — ALEJANDRO VALERIO SRUOGA, Secretario, Secretaría de Energía Eléctrica, Ministerio de Energía y Minería.

ANEXO

Concurso Abierto de Antecedentes para la Selección de Presidente, Vicepresidente y Vocales del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE).

A) REQUISITOS

Los postulantes deberán ser argentinos nativos, por opción o naturalizados, contar con aptitud psicofísica para el cargo y no encontrarse incurso en los impedimentos previstos en los incisos a), b), c), d), e), g), h) e i) del Artículo 5º del Anexo de la Ley Nº 25.164.

Cumplidos los requisitos precedentes, se evaluará en el Concurso, respecto de cada postulante:

1) Los antecedentes técnicos y/o profesionales en cuestiones atinentes a la industria de la energía eléctrica y su regulación.

2) Los antecedentes académicos vinculados al sector energético.

3) La antigüedad en el sector y los cargos desempeñados.

4) Las habilidades de gerenciamiento comprobables teniendo en cuenta los resultados obtenidos en las tareas desarrolladas.

B) PRESENTACIÓN

Los interesados deberán presentar sus antecedentes completos dentro de los QUINCE (15) días hábiles de la publicación de la Convocatoria a Concurso en el Boletín Oficial de la República Argentina, en CUATRO (4) ejemplares idénticos, todos en original y debidamente firmados en cada una de sus fojas, y en soporte digital los que deberán contener:

1) Domicilio constituido a los efectos del concurso y correo electrónico donde se tendrán por válidas las comunicaciones atinentes al proceso de selección.

2) Las constancias que acrediten el cumplimiento de los puntos 1), 2), 3) y 4) del apartado A).

3) El compromiso respecto del cumplimiento de los requerimientos legales, para el caso de ser designados, previstos en el Capítulo V de la Ley Nº 25.188 y su reglamentación y el Artículo 56 de la Ley Nº 24.065.

En tal oportunidad, deberá indicarse el cargo para el que se postula: Presidente: mandato de CINCO (5) años, Vicepresidente: mandato de CUATRO (4) años, y Vocal Primero: mandato de TRES (3) años, aceptando en el mismo acto los términos y condiciones del Concurso y el alcance de los mandatos correspondientes.

La citada presentación deberá realizarse ante la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA sita en Avenida Paseo Colón Nº 171, Piso 8º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes en el horario de 10 a 17 horas.

IF-2016-01771434-APN-DDYME#MEM

ANEXO II

Formulario de Inscripción





IF-2016-02443236-APN-SECEE#MEM

ANEXO III

Compromiso sobre el cumplimiento del Capítulo V de la Ley Nº 25.188.

Por la presente, me comprometo al fiel y cabal cumplimiento de los requerimientos legales, en caso de ser designado, previstos en el Capítulo V de la Ley Nº 25.188 y su reglamentación, los cuales expresamente declaro conocer y transcribo a continuación:

“Capítulo V - Incompatibilidades y Conflicto de intereses

ARTICULO 13. — Es incompatible con el ejercicio de la función pública:

a) dirigir, administrar, representar, patrocinar, asesorar, o, de cualquier otra forma, prestar servicios a quien gestione o tenga una concesión o sea proveedor del Estado, o realice actividades reguladas por éste, siempre que el cargo público desempeñado tenga competencia funcional directa, respecto de la contratación, obtención, gestión o control de tales concesiones, beneficios o actividades;

b) ser proveedor por sí o por terceros de todo organismo del Estado en donde desempeñe sus funciones.

ARTICULO 14. — Aquellos funcionarios que hayan tenido intervención decisoria en la planificación, desarrollo y concreción de privatizaciones o concesiones de empresas o servicios públicos, tendrán vedada su actuación en los entes o comisiones reguladoras de esas empresas o servicios, durante TRES (3) años inmediatamente posteriores a la última adjudicación en la que hayan participado.

ARTICULO 15. — En el caso de que al momento de su designación el funcionario se encuentre alcanzado por alguna de las incompatibilidades previstas en el Artículo 13, deberá:

a) Renunciar a tales actividades como condición previa para asumir el cargo.

b) Abstenerse de tomar intervención, durante su gestión, en cuestiones particularmente relacionadas con las personas o asuntos a los cuales estuvo vinculado en los últimos TRES (3) años o tenga participación societaria.

ARTICULO 16. — Estas incompatibilidades se aplicarán sin perjuicio de las que estén determinadas en el régimen específico de cada función.

ARTICULO 17. — Cuando los actos emitidos por los sujetos del artículo 1º estén alcanzados por los supuestos de los artículos 13, 14 y 15, serán nulos de nulidad absoluta, sin perjuicio de los derechos de terceros de buena fe. Si se tratare del dictado de un acto administrativo, éste se encontrará viciado de nulidad absoluta en los términos del artículo 14 de la ley 19.549.

Las firmas contratantes o concesionarias serán solidariamente responsables por la reparación de los daños y perjuicios que por esos actos le ocasionen al Estado”.

Firma: ...........................................

Aclaración: ...........................................

D.N.I.: ...........................................

IF-2016-02443350-APN-SECEE#MEM

ANEXO IV

Declaración Jurada y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso

Declaro bajo juramento que:

a) no soy propietario ni tengo interés alguno, directo ni indirecto, en empresas reconocidas como actores del mercado eléctrico, ni en sus controladas o controlantes, conforme lo dispuesto por el Artículo 60 de la Ley 24.065;

b) los datos consignados en la presente solicitud y Formulario de Inscripción son completos, verdaderos y atinentes al perfil del puesto de trabajo o función a concursar;

c) los certificado, fotocopias y demás documentación entregada es auténtica o copia fiel de sus respectivos originales;

d) reúno los requisitos previstos en el Apartado A) del Anexo de la Resolución MEyM Nº 204/2016;

e) no me encuentro inmerso en los impedimentos previstos en los incisos a), b), c), d), e), g), h) e i) del Artículo 5º del Anexo de la Ley Nº 25.164;

f) conozco y acepto las Bases del Concurso en el que solicito inscribirme, tomando conocimiento de la metodología de selección y etapas del proceso, con los cambios que pudiera resolver el Comité de Selección a los efectos de mejor proveer, y que sean comunicados con la antelación suficiente;

g) acepto que las notificaciones a que dé lugar al desarrollo del proceso en el que solicito ser inscripto puedan ser efectuadas en las direcciones domiciliarias y electrónicas así como del teléfono que he comunicado en la presente solicitud.


IF-2016-02443430-APN-SECEE#MEM

e. 28/10/2016 N° 81531/16 v. 28/10/2016