MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
Disposición 40 - E/2016
Buenos Aires, 30/08/2016
VISTO el Expediente N° 1.724.562/16 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 24.013, la Ley N° 14.250
(t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley
N° 25.877, y
CONSIDERANDO:
Que la firma SAS AUTOMOTRIZ ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA celebra un
acuerdo directo con el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE
AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, obrante a fojas 5/6 del Expediente
N° 1.724.562/16 el cual es ratificado por las partes a fojas 9, 56 y 57
de autos y solicitan su homologación.
Que si bien se encuentra vigente lo regulado en la ley 24.013 y el
Decreto N° 265/02 que impone la obligación de iniciar un Procedimiento
de Crisis con carácter previo al despido o suspensión de personal,
atento al consentimiento prestado por la entidad sindical en el acuerdo
bajo análisis, se estima que ha mediado un reconocimiento tácito a la
situación de crisis que afecta a la empresa, resultando la exigencia
del cumplimiento de los requisitos legales un dispendio de actividad.
Que a fojas 7/8 obra la nómina del personal afectado.
Que en dicho texto las partes acuerdan suspensiones para el personal.
Que los sectores intervinientes acreditan la representación que invisten con la documentación adjunta en autos.
Que en razón de lo expuesto, procede la homologación del mismo, el que
será considerado como acuerdo marco de carácter colectivo, sin
perjuicio del derecho individual del personal afectado.
Que por último, deberá hacérsele saber que de requerir cualquiera de
las partes la homologación administrativa en el marco del Artículo 15
de la Ley N° 20.744, es necesario que los trabajadores manifiesten su
conformidad en forma personal y ello deberá tramitar ante la Autoridad
Administrativa competente.
Que la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis toma la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
186/2016.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Declárese homologado el Acuerdo y nómina del personal
afectado, suscripto entre la firma SAS AUTOMOTRIZ ARGENTINA SOCIEDAD
ANONIMA y el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR
DE LA REPUBLICA ARGENTINA, obrante a fojas 5/6 y 7/8 del Expediente N°
1.724.562/16 el cual es ratificado por las partes a fojas 9,56 y 57 de
autos.
ARTÍCULO 2° — Gírese la presente Disposición al Departamento Despacho
dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido ello, pase a
la Dirección de Negociación Colectiva a fin que registre el Acuerdo y
nómina del personal afectado, obrante a fojas 5/6 y 7/8 del Expediente
N° 1.724.562/16 el cual es ratificado por las partes a fojas 9,56 y 57
de autos.
ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5°
de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5° — Establécese que la homologación del acuerdo marco
colectivo que se dispone por el Artículo 1° de la presente Resolución,
lo es sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores
comprendidos por el mismo.
ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — SARA GRACIELA SOSA, Directora Nacional,
Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo.
Expediente N° 1.724.562/16
Buenos Aires, 07 de septiembre de 2016
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT N° 40/16 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 5/6, 7/8, 9, 56 y 57 del
expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1021/16. —
Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento
Coordinación - D.N.R.T.
ACTA ACUERDO
En General Pacheco a los 29 días del mes de mayo de 2.016, se reúnen
los representantes de la empresa SAS AUTOMOTRIZ S.A., en adelante “LA
EMPRESA”, con domicilio en la Avda. Henry Ford 2972 Gral. Pacheco,
Partido de Tigre, Provincia de Buenos Aires, representada en este acto
por María Clara Stafforini, Gerente de Recursos Humanos, por una parte
y por la otra los Representantes del Sindicato de Mecánicos y Afines
del Transporte Automotor de la República Argentina y los delegados de
la planta de General Pacheco, en adelante, “EL SMATA”, con domicilio en
la Avda. Belgrano 665 de la Capital Federal, representado en este acto
por: Ricardo Desimone, secretario gremial, Sergio Pignanelli,
subsecretario gremial, Herrera Roberto, delegado general, y en su
carácter de delegada lo hace Laura Avalos, conjuntamente denominadas
“Las Partes”, quienes acuerdan lo siguiente:
Y CONSIDERANDO: (i) que Volkswagen Argentina S.A. ha notificado la
suspensión de la producción de los días 06.06.2016; 13.06.2016 y
27.06.2016 (ii) que los días 06.06.2016; 13.06.2016 y 27.06.2016 SAS
Automotriz Argentina (en adelante SAS) no cuenta con tareas para
asignarle a todo su personal; (iii) que por tal motivo se acuerda una
suspensión para los trabajadores de dicha empresa según cronograma
detallado en Anexo I, y el pago de una asignación no remunerativa
durante esos días.
En virtud de las razones aquí enunciadas, LAS PARTES acuerdan lo siguiente:
Primero: Que SAS AUTOMOTRIZ ARGENTINA S.A. procederá a suspender al
personal los días 06; 13 y 27 de junio de 2016, según cronograma
detallado en el Anexo I del presente.
Segundo: Se conviene que durante el período de suspensión, cada
trabajador percibirá un subsidio por suspensión en los términos del
art. 223 bis de la L.C.T., el que tendrá carácter no remunerativo,
equivalente al 70% del salario básico bruto que le corresponde percibir
a cada trabajador en dicho periodo. SAS garantizara el valor
correspondiente a la contribución patronal y el aporte correspondiente
al trabajador con destino al régimen de obras sociales y aportes
sindicales, evitando afectar la cobertura medico asistencial en la
coyuntura definida.
Tercero: LAS PARTES se comprometen a preservar un marco de paz social y
armonía laboral durante cada una de las instancias que involucra el
presente acuerdo.- La presente acta se elevara por ante el Ministerio
de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, para su
homologación.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 29 días del mes de mayo de
2.016, se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo
efecto.-
SAS Automotriz Argentina S.A.
Anexo I
Suspensiones Junio 2016
EXPEDIENTE N° 1724562/16
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 11 días del mes de julio
de 2016, siendo las 11:30 horas, comparecen en el MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Secretaria de
Conciliación del Departamento Relaciones Laborales N° 2, Lic. Natalia
VILLALBA LASTRA; en representación de SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES
DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA (SMATA), con
domicilio en Avda. Belgrano 665, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el
Sr. Claudio SANCHEZ (DNI: 22.844.400), miembro del CDN, acompañado por
la Sra. Laura Mónica ÁVALOS (DNI 21.937.495), delegada de personal de
la Empresa.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, previa vista a
las partes de todo lo actuado, y cedida la palabra a los
comparecientes, en forma conjunta y de común acuerdo, manifiestan que:
acompañan y ratifican íntegramente el acuerdo de partes arribado en
forma directa el día 29 de mayo de 2016 y acreditado a fojas 5/8 del
expediente de referencia, del que reconocen como propias las firmas
allí insertas, y manifiestan su solicitud de homologación. Asimismo,
declaran bajo juramento que da cumplimiento a lo previsto en el
artículo 1° de la Ley N° 26.574 (cupo femenino).
Oído lo manifestado precedentemente, la funcionaria actuante COMUNICA a
la representación sindical que el acuerdo, en el plazo de DIEZ (10)
días, deberá ser ratificado por el Secretario General, Adjunto y/o
Gremial y por la representación empleadora. Cumplido ello, será elevado
a la Superioridad, quedando sujeto al control de legalidad previsto en
la Ley N° 14250. En este estado y no siendo para más, a las 12:00
horas, se da por finalizado el acto firmando los comparecientes al pie
de la presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su
manifestación, ante mí, que CERTIFICO.
EXPEDIENTE N° 1724562/16
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 11 días del mes de julio
de 2016, siendo las 13:30 horas, comparecen en el MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Secretaria de
Conciliación del Departamento Relaciones Laborales N° 2, Lic. Natalia
VILLALBA LASTRA; en representación de la EMPRESA SAS AUTOMOTRIZ
ARGENTINA S.A., con domicilio constituido en San Martín 881, 5° piso
“I”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Dr. Ezequiel BRITOS (DNI
30.183.136) en calidad de apoderado, condición que acredita mediante
copia simple de poder que firma ante mí, juramentando su validez.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, previa vista de
todo lo actuado, y cedida la palabra al compareciente, manifiesta que:
ratifica íntegramente el acuerdo de partes arribado en forma directa el
día 29 de mayo de 2016 y acreditado a fojas 5/8 del expediente de
referencia, del que reconocen como propias las firmas allí insertas, y
manifiestan su solicitud de homologación.
Oído lo manifestado precedentemente, la funcionaria actuante COMUNICA a
la representación empleadora que el acuerdo, en el plazo de DIEZ (10)
días, deberá ser ratificado por el Secretario General, Adjunto y/o
Gremial de SMATA. Cumplido ello, será elevado a la Superioridad,
quedando sujeto al control de legalidad previsto en la Ley N° 14250. En
este estado y no siendo para más, a las 14:00 horas, se da por
finalizado el acto firmando el compareciente al pie de la presente,
previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación,
ante mí, que CERTIFICO.
Expediente N° 1724562/16
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 19 días del mes de julio
de 2016, siendo las 11:05 horas, comparece espontáneamente en el
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional
de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la
Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales N° 2,
Lic. Natalia VILLALBA LASTRA; en representación del SINDICATO DE
MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA,
con domicilio en Avda. Belgrano 665, Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
el Sr. Ricardo DE SIMONE (DNI 11.460.260), Secretario Gremial.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, previa vista de
todo lo actuado, y cedida la palabra al compareciente manifiesta que:
toma conocimiento y ratifica íntegramente el acuerdo de partes
celebrado el día 29 de mayo de 2016 con la Empresa Sas Automotriz
Argentina S.A. y acreditado a fojas 5/8 del expediente de referencia,
solicitando su homologación. Asimismo, declara bajo juramento que dan
cumplimiento a lo previsto en el artículo 1° de la Ley N° 26.574 (cupo
femenino).
Oído lo manifestado precedentemente, la funcionaria actuante COMUNICA
que las actuaciones serán elevadas a la Superioridad, quedando el
acuerdo sujeto al control de legalidad previsto en la Ley N° 14250. En
este estado y no siendo para más, a las 11:10 horas, se da por
finalizado el acto firmando el compareciente al pie de la presente,
previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación,
ante mí, que CERTIFICO.