PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 1204/2016
Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional vigente para el Ejercicio 2016.
Buenos Aires, 28/10/2016
VISTO el Expediente Nº S02:0059172/2016 del Registro del MINISTERIO DEL
INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, la Ley N° 27.198 de Presupuesto
General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016 y la
Decisión Administrativa N° 10 de fecha 19 de enero de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que en atención a las nuevas necesidades que debe encarar el ESTADO
NACIONAL, el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 modificó la
Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto 438/92) y sus
modificaciones y estableció las competencias del MINISTERIO DE
TRANSPORTE.
Que por el Decreto N° 8 de fecha 4 de enero de 2016 se aprobó la
conformación organizativa del MINISTERIO DE TRANSPORTE incluyendo en su
administración descentralizada a la Dirección Nacional de Vialidad.
Que a fin de lograr consistencia en la nueva estructura organizativa
del MINISTERIO DE TRANSPORTE y para que éste se adecúe a las políticas
fijadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, se torna indispensable
readecuar las acciones asignadas a otras jurisdicciones de la
Administración Pública Nacional, sobre la base de distribución de
competencias que surgen del Decreto N° 13/15.
Que en el Artículo 21 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por
Decreto 438/92) y sus modificaciones se determinaron las competencias
del MINISTERIO DE TRANSPORTE, estableciendo en su inciso 2 la de
“Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su
competencia…”.
Que existen programas viales de crédito internacional que corresponden
al ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE que aún permanecen en las
jurisdicciones originales.
Que en virtud del Estatuto Orgánico aprobado por el Decreto - Ley N°
505 de fecha 16 de enero de 1958, la Dirección Nacional de Vialidad
tiene a su cargo el estudio, construcción, conservación, mejoramiento y
modificaciones del sistema troncal de caminos nacionales y de sus obras
complementarias, con más la cooperación en la construcción,
modificación o conservación de obras ejecutadas en extraña jurisdicción
ya sea provincial o municipal.
Que en razón de las funciones asignadas al organismo vial por su
estatuto precedentemente mencionado, los programas viales con
financiamiento externo de la UNIDAD DE COORDINACIÓN DE PROGRAMAS Y
PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO (UCPyPFE) del ex MINISTERIO DE
PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS deben ser
transferidos a la Dirección Nacional de Vialidad, organismo
descentralizado del MINISTERIO DE TRANSPORTE, junto con las partidas
presupuestarias, recursos humanos y materiales.
Que el Artículo 37 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y
de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, sustituido por
el Artículo 1° de la Ley N° 26.124, faculta al Jefe de Gabinete de
Ministros a disponer las reestructuraciones presupuestarias que
considere necesarias dentro del total aprobado por cada ley de
presupuesto, quedando comprendidas las modificaciones que involucren a
gastos corrientes, gastos de capital, aplicaciones financieras y
distribución de finalidades.
Que corresponde transferir los siguientes programas viales con
financiamiento externo del ámbito de la UNIDAD DE COORDINACIÓN DE
PROGRAMAS Y PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO (UCPyPFE) a la órbita
de la Dirección Nacional de Vialidad: del Programa de Desarrollo de la
Infraestructura Productiva (BID N° 2185/OC-AR, N° 2929/OC-AR, N°
2655/OC-AR, N° S/N y CAF N° 7352, N° 8026, N° 8653 y S/N) las
actividades: Acciones de Infraestructura Vial Productiva (BID N°
2185/OC-AR), Acciones para el Desarrollo Vial Regional (CAF N°
7352/2011), Ejecución de Obras de Infraestructura Vial Productiva II
(BID N° 2655/OC-AR), Ejecución de Obras de Infraestructura Vial
Regional Etapa II (CAF N° 8026), Ejecución de Obras de Infraestructura
Vial Productiva Etapa III (BID S/N), Ejecución de Obras de
Infraestructura Vial Regional Etapa III (CAF N° 8653) y Ejecución de
Obras de Infraestructura Vial Regional Etapa IV (CAF S/N); del Programa
de Acciones para el Desarrollo Integrador del Norte Grande (BID N°
1843/OC-AR, N° 1851/OC-AR, N° 2776/OC-AR, Ampliación N° 2698/OC-AR y N°
3050/OC-AR, CAF N° 7864, N° 8028, N° 8593, N° 8640 y N° S/N y BIRF N°
7991, N° 7992, N° 8032 y N° S/N), las actividades: Conducción y
Administración, Emprendimientos Viales del Norte Grande (BID N°
1851/OC-AR), Ejecución de Obras de Infraestructura Vial del Norte
Grande (BIRF N° 7991), Desarrollo de Obras de Infraestructura Vial (BID
Ampliación N° 2698/OC-AR), Ejecución de Obras de Infraestructura Vial
en el Norte Grande Etapa III (BID N° 3050/OC-AR), Ejecución de Obras de
Pavimentación, Recuperación y Mantenimiento de Rutas Provinciales (BIRF
S/N), Refuncionalización de Accesos al Puerto de Barranqueras (CAF S/N)
y Acciones de Desarrollo Urbano de la Ciudad de Resistencia (CAF S/N);
y del Programa de Asistencia Financiera para Obras Públicas en
Provincias, la actividad: Programa de Infraestructura Vial Provincial
(BIRF N° 7301-AR y N° 7833-AR), con las partidas presupuestarias,
recursos humanos y materiales.
Que la modificación propiciada está amparada en las disposiciones del
Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de
Control del Sector Público Nacional N° 24.156.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1° — Modifícase el Presupuesto General de la Administración
Nacional vigente para el Ejercicio 2016, conforme con el detalle
obrante en las Planillas Anexas (IF-2016-01336660-APN-SSP#MH), al
presente artículo que forman parte integrante del mismo.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Alfonso de Prat Gay.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y
también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección
Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)