INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA
Resolución 133/2016
Buenos Aires, 14/10/2016
VISTO el Expediente 114/2016/INAMU, la Ley N° 26.801, la Resolución N° 08/15/INAMU, y;
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 26.801 se crea el INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA.
Que mediante la Resolución N° 114/2016/INAMU, el INSTITUTO NACIONAL DE
LA MÚSICA llamó a la “CONVOCATORIA: SUBSIDIOS REGIONALES. AÑO 2016”, a
aquellos músicos nacionales registrados de las regiones NEA, NOA,
CENTRO, METROPOLITANA, NUEVO CUYO y PATAGÓNICA, que acrediten 2 (dos)
años de trayectoria en la actividad musical, que cuenten con un
proyecto artístico musical, a los fines del otorgamiento de los
subsidios regionales.
Que mediante la Resolución N° 115/2016/INAMU, el INSTITUTO NACIONAL DE
LA MÚSICA llamó a la “CONVOCATORIA - DISCOS TERMINADOS - 2016” en las
sedes NEA, NOA, CENTRO, METROPOLITANA, NUEVO CUYO y PATAGÓNICA, a
aquellos músicos nacionales independientes debidamente registrados ante
el INAMU, con antecedentes o sin antecedentes, que cuenten con
proyectos cuyo disco o el master del proyecto discográfico se encuentre
finalizado.
Que los proyectos que se presenten en el marco de las convocatorias
mencionadas en los párrafos precedentes, deben ser evaluados por el
Consejo Regional de Músicos conforme las previsiones de la Resolución
N° 8/2015/INAMU, la cual fuera aprobada oportunamente por la Asamblea
Federal el 22 de marzo de 2016.
Que el artículo 26 de la Resolución N° 8/2015/INAMU, prevé la
existencia de un Consejo Regional de Músicos integrado por el
Coordinador Regional y los representantes de las Organizaciones de
Músicos regionales. Dicho Consejo organizará la participación de los
representantes de las asociaciones civiles de músicos y de los
sindicatos de músicos.
Que el artículo 28 prevé que el Directorio nombrará a los
representantes propuestos por las asociaciones civiles de músicos que
cuenten con personería jurídica otorgada por alguna de las provincias
que conforman la región cultural en la que se postulen a participar
para integrar el Consejo Regional.
Que asimismo, el Directorio nombrará a los representantes propuestos
por los sindicatos de músicos que cuenten con personería gremial
otorgada para alguna de las provincias que integren la región cultural
en la que se postulen a participar para integrar dicho Consejo.
Que los representantes nombrados por el Directorio ejercerán sus
funciones ad honorem y les está vedado presentar proyectos para obtener
subsidios, créditos, vales de producción y difusión, como persona
física o jurídica, por sí mismos o por interpósita persona.
Que la Dirección General de Asuntos Técnicos Legales ha tomado intervención en el marco de sus competencias.
Que la facultad para el dictado de la presente surge de la Ley N° 26.801.
Que corresponde dictar Resolución al respecto.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Invítase a las Asociaciones Civiles de músicos que
cuenten con personería jurídica otorgada por alguna de las provincias
que conforman la región cultural en la que se postulen a participar
para integrar el Consejo Regional; y a los Sindicatos de músicos que
con personería jurídica y gremial otorgada para alguna de las
provincias que integren la región cultural en la que se postulen a
participar para integrar dicho Consejo, que representen en forma
exclusiva a un colectivo de músicos para que en el plazo perentorio de
10 (diez) días corridos confeccionen y pongan a disposición del
INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA las propuestas de 1 (UNA) persona en
carácter de representante por cada asociación civil de músicos o
sindicato de músicos para integrar los Consejos Regionales.
Las propuestas podrán ser presentadas por correo electrónico a
info@inamu.gob.ar, en forma personal o remitidas vía postal a la sede
regional que le corresponda a la entidad.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 145/2016
del Instituto Nacional de la Música B.O. 16/11/2016 se prorroga por el
termino de 10 (diez) días corridos, el plazo previsto en el artículo 1°
de la resolución 133/16/INAMU, por medio de la cual se invitó a las
asociaciones de músicos y los sindicatos de músicos a efectuar la
propuesta de candidatos para integrar el Consejo Regional).
ARTÍCULO 2° — Se deja expresa constancia que las entidades que
propongan miembros para integrar los Consejos Regionales, deberán
adjuntar al momento de efectuar la propuesta:
1) Copia certificada del Estatuto y sus modificaciones, debidamente
inscripto en la Inspección General de Justicia o en el Registro
provincial que corresponda, además de actas o Asambleas de donde surja
la designación de sus autoridades y la distribución de sus cargos. En
el caso de los Sindicatos, deberán adjuntar personería jurídica y
gremial expedida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la
Nación. Para el caso de las cooperativas, deberán acompañar el
certificado de vigencia de matrícula expedido por el I.N.A.E.S.
2) Constancia de inscripción ante la AFIP (CUIT).
3) Para el caso que el firmante no se trate del representante legal de
la Sociedad, deberá adjuntarse un poder con mandato suficiente
debidamente certificado.
ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — DIEGO BORIS MACCIOCCO,
Presidente, Instituto Nacional de la Música. — CELSA MEL GOWLAND,
Vicepresidente, Instituto Nacional de la Música.
e. 03/11/2016 N° 83111/16 v. 03/11/2016