Resolución 412 - E/2016
Ciudad de Buenos Aires, 31/10/2016
VISTO el Expediente N° S02:0063903/2016 del registro del MINISTERIO DE INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA; y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 3° del Decreto N° 98 de fecha 6 de febrero de 2007
se modificó el artículo 2° del Decreto N° 1488 de fecha 26 de octubre
de 2004 y sus modificatorios, facultando a la entonces SECRETARÍA DE
TRANSPORTE del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN
PÚBLICA Y SERVICIOS a disponer el uso de la Reserva de Liquidez hasta
un SIETE POR CIENTO (7%) que en concepto de Impuesto sobre el Gasoil
ingresen al SISTEMA DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE (SIT), a fin de
afectar dichos recursos como refuerzo de las compensaciones tarifarias
a las empresas no incluidas en los artículos 1° y 6° del Decreto N° 678
de fecha 30 de mayo de 2006, dando origen de esa manera a la
COMPENSACIÓN COMPLEMENTARIA PROVINCIAL (CCP).
Que por la Resolución N° 52 de fecha 7 de abril de 2016 del MINISTERIO
DE TRANSPORTE se aprobaron los montos de las compensaciones tarifarias
a distribuir entre los beneficiarios de la COMPENSACIÓN COMPLEMENTARIA
PROVINCIAL (CCP), vigentes a partir de enero de 2016.
Que con fecha 27 de abril de 2016 se suscribió el Protocolo de
Entendimiento entre esta Cartera de Estado, el MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la UNIÓN TRANVIARIOS AUTOMOTOR (UTA) y la
FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRANSPORTADORES POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS
(FATAP), mediante el cual se reconoce las compensaciones tarifarias a
percibir por las empresas entre el 1° de abril de 2016 y el 31 de marzo
de 2017.
Que con fechas 5 de mayo de 2016 y 20 de mayo de 2016, la UNIÓN
TRANVIARIOS AUTOMOTOR (UTA) suscribió con las entidades representativas
de las empresas prestatarias de los Servicios Urbanos y Suburbanos de
transporte automotor de pasajeros del interior del país, las Actas
Acuerdo de renegociación salarial y la Addenda a los documentos
aludidos, respectivamente, que modifican los niveles salariales con
retroactividad al mes de abril de 2016.
Que los fondos necesarios para transferir las compensaciones tarifarias
requeridas, tienen su origen en los recursos provenientes del impuesto
sobre la transferencia a título oneroso o gratuito, o importación, de
gasoil o cualquier otro combustible líquido que lo sustituya en el
futuro, creado por la Ley N° 26.028, con las modificaciones
introducidas por las leyes N° 26.325 y N° 26.454, para el SISTEMA
INTEGRADO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SISTAU) y, complementariamente, en
fondos del TESORO NACIONAL.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE
TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
los Decretos N° 1488 de fecha 26 de octubre de 2004, N° 98 de fecha 6
de febrero de 2007 y N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Establécense los montos de las compensaciones tarifarias
a distribuir entre los beneficiarios de la COMPENSACIÓN COMPLEMENTARIA
PROVINCIAL (CCP), a las que se refiere el artículo 2° del Decreto N°
1488 de fecha 26 de octubre de 2004 y sus modificatorios, de acuerdo al
ANEXO IF-2016-02774024-APN-MTR, el cual forma parte integrante de la
presente resolución.
ARTÍCULO 2° — Los importes que se determinan en la presente resolución,
serán abonados con recursos del SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE
AUTOMOTOR (SISTAU) y el RÉGIMEN DE COMPENSACIÓN COMPLEMENTARIA
PROVINCIAL (CCP), según corresponda, de acuerdo a los ingresos del
SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SISTAU).
ARTÍCULO 3° — Notifíquese la presente medida a la COMISIÓN NACIONAL DE
REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, ente autárquico actuante en jurisdicción de
este Ministerio, y a las Entidades Representativas del Transporte
Automotor de Pasajeros, para su conocimiento.
ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — GUILLERMO JAVIER DIETRICH, Ministro,
Ministerio de Transporte.
ANEXO I
Compensación Complementaria Provincial (CCP)
Total a Distribuir |
En $ |
Abril 2016 |
$ 930.849.729 |
Mayo 2016 |
$ 930.849.729 |
Junio 2016 |
$ 980.095.982 |
Julio 2016 |
$ 980.095.982 |
Agosto 2016 |
$ 1.030.197.482 |
Septiembre 2016 |
$ 1.030.197.482 |
Octubre 2016 |
$ 1.030.197.482 |
Noviembre 2016 |
$ 1.030.197.482 |
Diciembre 2016 |
$ 1.122.531.203 |
IF-2016-02774024-APN-MTR
e. 04/11/2016 N° 82627/16 v. 04/11/2016