MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Decisión Administrativa 1270/2016
Desígnase Director Nacional de Programación Económica.
Buenos Aires, 07/11/2016
VISTO el Expediente Nº 1.711.709/16 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 27.198, los Decretos Nº
227 de fecha 20 de enero de 2016 y Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de
2008 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 7º de la Ley N° 27.198 se estableció que las
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán
cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su
sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo
decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER
EJECUTIVO NACIONAL de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10
de la citada ley.
Que mediante el Decreto Nº 227/16 se estableció, entre otras
cuestiones, que toda designación, asignación de funciones, promoción y
reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública
Nacional centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía
inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su
planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios,
correspondiente a los cargos vacantes y financiados con la
correspondiente partida presupuestaria de conformidad a las estructuras
jurisdiccionales aprobadas será efectuada por el señor Jefe de Gabinete
de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL solicita la
cobertura transitoria del cargo vacante financiado de Director Nacional
de Programación Económica de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE LA
SEGURIDAD SOCIAL dependiente de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL,
Nivel A - Grado 0, con Función Ejecutiva Nivel I del Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2.098/08 y sus
modificatorios.
Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a la mencionada Secretaría.
Que a los efectos de implementar la referida cobertura transitoria
resulta necesario designar a la persona que se propone con carácter de
excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley N° 27.198.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le
compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, del
artículo 7º de la Ley N° 27.198, y del artículo 1º del Decreto Nº
227/16.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1° — Desígnase transitoriamente, a partir del 1 de marzo de
2016 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados
desde la fecha de la presente medida, al Sr. Roberto Víctor GOMEZ (M.I.
Nº 22.824.484), en el cargo de Director Nacional de Programación
Económica de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
dependiente de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Nivel A - Grado 0 del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2.098/08 y sus
modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función
Ejecutiva Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), con
autorización excepcional por no cumplir los requisitos mínimos
establecidos en el artículo 14 del mencionado Convenio Colectivo, y con
carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N°
27.198.
ARTÍCULO 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los
requisitos y sistemas de selección vigentes, según lo establecido,
respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2.098/08 y sus
modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir de la fecha de la presente medida.
ARTÍCULO 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 75 -
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Alberto J. Triaca.