DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
Disposición 5 - E/2016
Avisos previo pago. Adecuación.
Buenos Aires, 08/11/2016
VISTO la Resolución S.L. y T. N° 114 - E/16 y
CONSIDERANDO
Que la citada Resolución que se encuentra en plena vigencia establece
el cuadro tarifario para los servicios que presta el Boletín Oficial de
la República Argentina.
Que para aquellos avisos que requieren previo pago es importante que el
mismo se efectivice previo a su publicación a fin de no tener
inconvenientes posteriores para gestionar su cobro.
Que para ello resulta necesario adecuar los procedimientos relativos a la cobranza de los avisos previo pago.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — A partir de la firma de la presente los avisos previo
pago cuya publicación se requiera para cualquiera de las secciones del
Boletín Oficial de la República Argentina en todas sus modalidades,
serán publicados una vez verificada la acreditación de los fondos
afectados al pago de dicho aviso.
ARTÍCULO 2° — Regístrese, publíquese, comuníquese y oportunamente, archívese. — Ricardo A. Sarinelli.