Resolución 434 - E/2016
Ciudad de Buenos Aires, 08/11/2016
VISTO el Expediente N° S02:0021781/2013, del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDAS, y
CONSIDERANDO:
Que la SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES, dependiente de la
SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE
interviene en la elaboración, ejecución y control de las políticas, y
planes referidos al transporte fluvial y marítimo.
Que la “Remodelación y Ampliación Muelle Comandante Luis Piedra Buena”,
concluida durante el año 2004 respondió al objetivo de lograr el amarre
de los grandes cruceros en un muelle exclusivamente turístico, logrando
de esta forma una oferta portuaria que permite potenciar a la Patagonia
y a los “productos” Península Valdés, Punta Tombo y Valle del Río
Chubut reconocidos internacionalmente.
Que el proyecto “AMPLIACIÓN MUELLE COMANDANTE LUIS PIEDRA BUENA 2°
ETAPA - PROVINCIA DEL CHUBUT”, ubicado en la Provincia del CHUBUT,
consiste en la ampliación del muelle turístico siguiendo la tipología
estructural del muelle existente y manteniendo el ancho de la
superficie de operación actual.
Que el actual muelle turístico Comandante Luis Piedra Buena ha sido
proyectado con un buque de diseño tipo Cristal Harmony de DOSCIENTOS
CUARENTA Y UN METROS (241 m.) de eslora y VEINTINUEVE METROS CON
NOVENTA Y CUATRO CENTÍMETROS (29,94 cm.) de manga.
Que la tendencia que se evidencia en las grandes empresas de cruceros
turísticos, es hacia los barcos más grandes, con similares
características en cuanto al calado, razón por la cual, se considera
necesario ejecutar un proyecto de adecuación mínima y necesaria, para
una pronta puesta en funcionamiento y avanzar simultáneamente en un
proyecto de ampliación de mediano plazo, para adaptar el muelle
turístico a las nuevas tendencias que se han evidenciado en la
fabricación de cruceros turísticos.
Que la industria mundial de los cruceros turísticos registra un
crecimiento sostenido sustentado en la reducción de costos mediante la
utilización de naves cada vez mayores, que están haciendo accesibles
esta nueva forma de hacer turismo a un segmento de personas cada vez
más numeroso.
Que las rutas de Sudamérica han sido un reflejo del crecimiento de esta
industria a nivel mundial, siendo necesario desarrollar la
infraestructura portuaria que permita satisfacer los requerimientos de
estas nuevas naves y brindar servicios que demandan importante cantidad
de mano de obra.
Que la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES, en su calidad de
Área Técnica específica, ha elaborado la documentación licitatoria
correspondiente a la obra “AMPLIACIÓN MUELLE COMANDANTE LUÍS PIEDRA
BUENA 2° ETAPA - PROVINCIA DEL CHUBUT” ubicado en la provincia del
CHUBUT bajo el régimen de la Ley de Obras públicas N° 13.064, con un
Presupuesto Oficial de PESOS DOSCIENTOS NUEVE MILLONES SETECIENTOS
OCHENTA Y UN MIL TRESCENTOS VEINTINUEVE CON CUARENTA Y CINCO CENTAVOS
($209.781.329,45) Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido.
Que la licitación se regirá por el régimen previsto en la Ley de Obras
Públicas N° 13.064, por el sistema de Ajuste Alzado y Unidad de Medida,
de conformidad con la citada norma legal.
Que por lo expuesto corresponde encomendar a la DIRECCIÓN DE
COOPERACIÓN TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA DE OBRAS PÚBLICAS DE TRANSPORTE
dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE
TRANSPORTE, determinar la fecha, hora y lugar de las presentaciones y
apertura de las ofertas, así como todos los trámites necesarios para
llevar a cabo el procedimiento licitatorio.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SUBSECRETARÍA DE
CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE OBRAS ha propuesto a los integrantes de la
Comisión Evaluadora de ofertas que actuará específicamente en éste
procedimiento de selección de contratista correspondiendo, en
consecuencia, proceder a la designación de sus integrantes.
Que la SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES llevará a cabo las
acciones relacionadas con la evacuación de consultas previas a la
apertura de la licitación, la emisión de circulares y la dirección de
obra.
Que el gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será
imputado a las partidas presupuestarias correspondiente a los
ejercicios Financieros 2017 y de la formar que a continuación se
detalla: Jurisdicción 57, Programa 91, Subprograma 0, Proyecto 34, Obra
51, Partida 4.2.2, Fuente de Financiamiento 11, Ubicación Geográfica
26, Moneda 1, SAF 327.
Que la SECRETARÍA DE OBRAS DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención correspondiente.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la
intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emanadas de la
Ley N° 13.064, el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 y el
Decreto N° 375 de fecha 18 de febrero de 2016.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el
Pliego de Cláusulas Particulares, los pliegos de Especificaciones
Técnicas Generales y de Especificaciones Técnicas Particulares, Planos,
Memoria Descriptiva y demás documentación licitatoria que, como ANEXOS
(PLIEG-2016-03085280-APN-MTR; PLIEG-2016-03085504-APN-MTR;
IF-2016-03085604-APN-MTR y PLANO-2016-03085767-APN-MTR), forman parte
integrante de la presente resolución, para el procedimiento de
selección relativo a la obra “AMPLIACIÓN MUELLE COMANDANTE LUÍS PIEDRA
BUENA 2° ETAPA -PROVINCIA DEL CHUBUT” ubicado en la Provincia del
CHUBUT”.
ARTÍCULO 2° — Autorizar a la Dirección de Cooperación Técnica y
Administrativa de Obras Públicas de Transporte a realizar el llamado a
Licitación Pública Nacional de la obra “AMPLIACIÓN MUELLE COMANDANTE
LUÍS PIEDRA BUENA 2° ETAPA - PROVINCIA DEL CHUBUT” ubicado en la
Provincia del CHUBUT, bajo el régimen de la Ley de Obras Públicas N°
13.064, por el sistema de Ajuste Alzado y Unidad de Medida.
ARTÍCULO 3° — Apruébase el Presupuesto Oficial de PESOS DOSCIENTOS
NUEVE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL TRESCIENTOS VEINTINUEVE CON
CUARENTA Y CINCO CENTAVOS ($209.781.329,45) Impuesto al Valor Agregado
(IVA) incluido, para la ejecución de la obra descripta en el artículo
1° de la presente resolución.
ARTÍCULO 4° — Los Pliegos de Bases y Condiciones podrán ser consultados
y obtenidos en forma gratuita de acuerdo a lo que disponga en la
respectiva convocatoria la DIRECCIÓN DE COOPERACIÓN TÉCNICA Y
ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
ARTÍCULO 5° — Encomiéndase a la DIRECCIÓN DE COOPERACIÓN TÉCNICA Y
ADMINISTRATIVA DE OBRAS PÚBLICAS DE TRANSPORTE dependiente de la
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DE LA SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÒN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, determinar la
fecha, hora y lugar de las presentaciones y apertura de las ofertas,
así como todos los trámites necesarios para llevar a cabo el
procedimiento licitatorio.
ARTÍCULO 6° — Confórmase la Comisión de Evaluación de Ofertas que
actuará en la presente licitación, la que será integrada por el
Ingeniero Juan Carlos Granada (D.N.I. N° 14.274.004), la Contadora
María Soledad LAFITTE (D.N.I. N° 25.557.779) y el Doctor Mauro Daniel
STAGNANI (D.N.I. N° 29.664.289) como miembros titulares, y por el
Arquitecto Federico Eduardo GIACHETTI (D.N.I. N° 13.465.161), al Dr.
Pedro José SACON (D.N.I. N° 33.018.119) y a la Contadora Verónica
Lorena RETAMAL (D.N.I. N° 24.406.552) como miembros suplentes.
ARTÍCULO 7° — Encomiéndase a la SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS
NAVEGABLES dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del
MINISTERIO DE TRANSPORTE, en su calidad de Área Técnica específica, las
acciones relacionadas con la evacuación de consultas previas a la
apertura de licitación, la emisión de circulares, con y sin consulta, y
la dirección de obra.
ARTÍCULO 8° — Impútese el gasto que demande el cumplimiento de la
presente medida, a las partidas presupuestarias correspondientes al
Ejercicio Financiero 2017 de la forma que a continuación se detalla:
Jurisdicción 57, Programa 91, Subprograma 0, Proyecto 34, Obra 51,
Partida 4.2.2, Fuente de Financiamiento 11, Ubicación Geográfica 26,
Moneda 1, SAF 327.
ARTÍCULO 9° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — GUILLERMO JAVIER DIETRICH, Ministro,
Ministerio de Transporte.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 10/11/2016 N° 85383/16 v. 10/11/2016
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexo-Parte1, Anexo-Parte2, Anexo-Parte3, Anexo-Parte4).