MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS
Resolución 20/2016
Buenos Aires, 07/11/2016
VISTO el Expediente S04:0041769/2016 del registro de la AGENCIA
NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS, organismo descentralizado en el
ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, la Ley Nº 27.192,
el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios,
mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP); la
Decisión Administrativa N° 479 del 17 de mayo de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que a través del artículo 1º de la Ley Nº 27.192, se creó la AGENCIA
NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS, ente descentralizado en el ámbito
del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, con autarquía económica
financiera, personería jurídica propia y capacidad de actuación en el
ámbito del derecho público y privado.
Que por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 479/16 se
procedió a aprobar la estructura organizativa de primer nivel operativo
de la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS.
Que por el Artículo 5º de la norma precitada se facultó al Director
Ejecutivo de la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS (ANMaC) a
aprobar, previa intervención de la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION DE
EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE EMPLEO PUBLICO del MINISTERIO DE
MODERNIZACION, la estructura organizativa de nivel inferior a la
aprobada por la citada Decisión Administrativa.
Que por tal motivo resulta necesario diseñar y proponer una
conformación organizativa para el segundo nivel operativo, con el
objeto de cumplir con los objetivos estratégicos, funciones y
atribuciones señalados por la Ley N° 27.192.
Que a partir del dictado de la Decisión Administrativa ya referenciada,
las responsabilidades que eran propias de las Direcciones que componían
el ex REGISTRO NACIONAL DE ARMAS son absorbidas en su totalidad y
ampliadas por las unidades de primer nivel correspondientes.
Que en consecuencia y dada la directa vinculación del accionar de las
referidas unidades con las competencias de la DIRECTORA EJECUTIVA DE LA
AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS resulta ineludible dar
sustento técnico a las áreas mencionadas, dotándolas de la organización
necesaria para su funcionamiento, fortaleciendo de esta manera aspectos
estratégicos.
Que, por otra parte, deviene menester incorporar y derogar diversas
unidades pertenecientes a la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS
en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de dicho Organismo.
Que han tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS
del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y la SUBSECRETARÍA DE
PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO DE LA SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO DEL
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 17 del Decreto Nº 1545/94 y el artículo 5º de la
Decisión administrativa N° 479/16.
Por ello,
LA DIRECTORA EJECUTIVA DE LA AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase la estructura organizativa de segundo nivel
operativo de la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS, organismo
descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS, de acuerdo a los Organigramas y Acciones que como Anexos I y
II forman parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º — Apruébanse las Coordinaciones que se detallan, de acuerdo
al listado y Acciones que, como Anexos III y IV, forman parte
integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 3º — Incorpóranse, y deróganse en el Nomenclador de Funciones
Ejecutivas los cargos pertenecientes a la AGENCIA NACIONAL DE
MATERIALES CONTROLADOS, organismo descentralizado en la órbita del
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, según el detalle obrante en
Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte integrante de
la presente Resolución.
ARTÍCULO 4º — Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las
áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las
aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las aprobadas
por la presente medida, las que transitoriamente mantendrán las
acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles,
grados de revista previstas en el Decreto Nº 2098/08 y modificatorios.
ARTÍCULO 5º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con los créditos asignados a la jurisdicción 40 -
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dra. NATALIA GAMBARO, Directora
Ejecutiva, Agencia Nacional de Materiales Controlados.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 3°
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS
INCORPORACIONES
Unidad organizativa |
Nivel |
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO Y DELEGACIONES |
|
DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN, GESTIÓN REGISTRAL Y DELEGACIONES |
III |
COORDINACIÓN DE EXPLOSIVOS, PÓLVORAS Y AFINES |
IV |
COORDINACIÓN DE AUTORIZACIONES ESPECIALES |
IV |
COORDINACIÓN DE OPERACIONES |
IV |
COORDINACIÓN DE DELEGACIONES Y AGENCIAS REGISTRALES |
IV |
COORDINACIÓN DE CONTROL REGISTRAL |
IV |
|
|
DIRECCIÓN NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN, ASUNTOS JURÍDICOS Y MODERNIZACIÓN |
|
DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS |
III |
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN |
III |
COORDINACIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS |
IV |
COORDINACIÓN DE RECURSOS HUMANOS |
IV |
COORDINACIÓN DE INFORMÁTICA |
IV |
|
|
DIRECCIÓN NACIONAL DE FISCALIZACIÓN, RESGUARDO Y DESTRUCCIÓN DE MATERIALES CONTROLADOS |
|
DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN |
III |
COORDINACIÓN DE CONTROL TÉCNICO Y ENSAYOS |
IV |
COORDINACIÓN DE INSPECCIONES |
IV |
COORDINACIÓN DE LOGÍSTICA, RESGUARDO Y DESTRUCCIÓN |
IV |
|
|
DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA, PREVENCIÓN CIUDADANA Y COOPERACIÓN INSTITUCIONAL |
|
DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA |
III |
COORDINACIÓN DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA Y PREVENCIÓN CIUDADANA |
IV |
COORDINACIÓN DE COOPERACIÓN INSTITUCIONAL |
IV |
COORDINACIÓN DE CONTROL DE GESTIÓN Y ACCESO A LA INFORMACIÓN |
IV |
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DEROGACIONES
Unidad organizativa |
Nivel |
EX RENAR |
|
Dirección Técnico Registral |
II |
Dirección de Fiscalización y Control de Gestión |
II |
Delegación Técnico Administrativa |
III |
ANEXO I
ANEXO II
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO Y DELEGACIONES
DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN, GESTIÓN REGISTRAL Y DELEGACIONES
ACCIONES:
1. Entender en la registración, permisos y habilitaciones sobre los
materiales controlados regidos por la Ley N° 20.429 y sus Decretos
Reglamentarios Nros. 395/75 y 302/83.
2. Entender en la registración como Legítimos Usuarios, de las personas
físicas y jurídicas previstas por la Ley N° 20.429 y sus Decretos
Reglamentarios Nros. 395/75 y 302/83, para realizar actos con los
materiales controlados.
3. Implementar reglas de gestión de calidad y mejoramiento continuo en la actividad registral.
4. Supervisar el funcionamiento logístico y operativo de las
Delegaciones y Agencias dependientes de la ANMaC, asistiendo al
Director Nacional en la implementación de planes de funcionamiento y
optimización del sistema registral y de modernización de las mismos.
5. Coordinar la implementación de programas de capacitación sobre las
temáticas que resulten de incumbencia de la Dirección Nacional,
dirigidos al personal de la Agencia, usuarios y a la comunidad en
general.
6. Organizar y supervisar el funcionamiento de la Mesa General de Entradas, Salidas, y Archivo.
DIRECCIÓN NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN, ASUNTOS JURÍDICOS Y MODERNIZACIÓN
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
ACCIONES:
1. Proyectar, formular y ejecutar el presupuesto de la Agencia Nacional
de Materiales Controlados, en coordinación con las demás áreas e
Instituciones, cumplimentando las políticas y lineamientos que, en
materia presupuestaria, establezcan las autoridades.
2. Ejercer la dirección de los actos vinculados con la gestión
contable, económica, financiera, impositiva y patrimonial, conforme con
las decisiones que adopte la Dirección Ejecutiva de la ANMaC.
3. Entender en la administración de políticas de personal, su
capacitación y desarrollo, las relaciones laborales y la planificación
y diseño organizacional.
4. Entender en las solicitudes y gestión de contrataciones, compras y locaciones de bienes y servicios.
5. Entender y coordinar con las distintas áreas de la ANMaC, los
trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos
humanos, materiales, equipamiento y todo otro insumo necesario para el
cumplimiento de los objetivos y metas del organismo.
6. Entender en las tareas de mantenimiento, conservación y equipamiento de las instalaciones de la ANMaC.
DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS
ACCIONES:
1. Coordinar y entender en los aspectos jurídicos de la actividad de la Agencia.
2. Ejercer la representación del Estado Nacional que le sea delegada
por la Dirección Ejecutiva, en todos aquellos procesos que se
desarrollen ante tribunales judiciales o arbitrales, o ante organismos
con facultades jurisdiccionales en los que se debatan asuntos de
competencia de la Agencia Nacional de Materiales Controlados.
3. Analizar, investigar y proponer sanciones administrativas en las
conductas de los legítimos usuarios contrarias —prima facie— a la
normativa vigente.
4. Dictaminar en cada caso puntual la procedencia de las peticiones formuladas por terceros al amparo de la norma vigente.
5. Elaborar proyectos de normas de alcance general y particular que le
sean requeridos por la Dirección Ejecutiva o que demanden los trámites
sometidos a su consideración.
6. Atender la aplicación de la normativa vigente en las solicitudes y
presentaciones efectuadas por otras direcciones del organismo.
7. Atender la aplicación de la normativa vigente derivada de las
distintas actas de inspección realizadas por este Organismo y demás
autoridades locales de aplicación, emitiendo opinión fundada en todo
aspecto jurídico en punto a la continuidad de las tramitaciones
presentadas por el Organismo.
8. Investigar y proponer las medidas correctivas y las sanciones
administrativas de toda conducta presuntamente contrataría a la
normativa vigente, o bien proponer la intervención de la Unidad Fiscal
de Investigación, en caso de detectarse la posible comisión de delitos
de acción pública.
9. Labrar las actuaciones administrativas conforme el procedimiento
establecido por la Ley Nº 20.429, sus decretos reglamentarios y demás
procedimientos correspondientes.
10. Elaborar proyectos de dictámenes en el marco de su competencia
especifica confeccionando el proyecto de acto administrativo pertinente
cuando ello corresponda.
11. Brindar —en nombre y representación del organismo— la información
requerida por las autoridades judiciales y administrativas competentes
vinculadas a las actuaciones en trámite bajo se respectiva jurisdicción.
12. Disponer el registro en el Banco Nacional Informatizado de Datos de
la ANMaC de los secuestros e inhabilitaciones que se dispongan.
13. Asentar en el Banco Nacional Informatizado de Datos los pedidos de
secuestros e inhabilitaciones solicitados por los usuarios u ordenados
por autoridad competente.
DIRECCION NACIONAL DE FISCALIZACION, RESGUARDO Y DESTRUCCION DE MATERIALES CONTROLADOS
DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN
ACCIONES:
1. Impartir directivas para el funcionamiento logístico de las
inspecciones y verificaciones que debe realizar la ANMaC, respecto de
todo tipo de materiales controlados, usuarios, instalaciones, lugares
de guarda y almacenamiento, en todo el territorio nacional.
2. Supervisar el cumplimiento de las medidas destinadas a la guarda
efectiva de los materiales controlados que por cualquier razón, fueran
depositados en dependencias de la Agencia.
3. Entender en la administración del Banco Nacional de Materiales Controlados y depósitos que formen parte del mismo.
4. Proponer la implementación de medidas de trazabilidad de Materiales Controlados.
5. Entender en la implementación de procedimientos para certificar la
idoneidad técnica de armas de fuego, municiones, componentes
principales de las mismas, pólvoras, explosivos y afines, materiales de
usos especiales, pirotecnia y otros materiales controlados.
6. Asistir al Director Nacional en la implementación de planes de
agilización en la gestión de destrucción de Materiales controlados, así
como en la optimización de los procesos administrativos, técnicos y
logísticos del área.
7. Desarrollar y actualizar el Nomenclador Técnico Oficial (NTO) de armas de fuego y municiones.
DIRECCION NACIONAL DE PLANIFICACION ESTRATEGICA, PREVENCION CIUDADANA Y COOPERACION INSTITUCIONAL
DIRECCION DE PLANIFICACIÓN ESTRATEGICA
ACCIONES:
1. Supervisar el cumplimiento de las políticas que se formulen en el
marco del Plan Estratégico y el Plan de Acción de Prevención de la
Violencia Armada de la Agencia Nacional de Materiales Controlados
previstos por la Ley N° 27.192.
2. Ejecutar programas de concientización y sensibilización sobre
desarme, control de la proliferación de armas de fuego en la sociedad y
violencia de género, que promuevan la cultura de la no violencia y la
resolución pacífica de los conflictos.
3. Cooperar con otros organismos nacionales e internacionales en la
investigación, persecución penal y prevención de los delitos relativos
a las armas de fuego, municiones y explosivos.
4. Entender en las relaciones institucionales del organismo, proyectos
internacionales y en las cuestiones de política criminal de su
competencia.
5. Asistir en la investigación y persecución penal de los delitos
relacionados con las armas de fuego, municiones y demás materiales
controlados.
6. Coordinar la elaboración informes estadísticos, proyectos de investigación y actividades de capacitación.
ANEXO III
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO Y DELEGACIONES
DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN, GESTIÓN REGISTRAL Y DELEGACIONES
- COORDINACIÓN DE EXPLOSIVOS, PÓLVORAS Y AFINES
- COORDINACIÓN DE AUTORIZACIONES ESPECIALES
- COORDINACIÓN DE OPERACIONES
- COORDINACIÓN DE DELEGACIONES Y AGENCIAS REGISTRALES
- COORDINACIÓN DE CONTROL REGISTRAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN, ASUNTOS JURÍDICOS Y MODERNIZACIÓN
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
- COORDINACIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS
- COORDINACIÓN DE RECURSOS HUMANOS
- COORDINACIÓN DE INFORMÁTICA
DIRECCIÓN NACIONAL DE FISCALIZACIÓN, RESGUARDO Y DESTRUCCIÓN DE MATERIALES CONTROLADOS
DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN
- COORDINACIÓN DE CONTROL TÉCNICO Y ENSAYOS
- COORDINACIÓN DE INSPECCIONES
- COORDINACIÓN DE LOGÍSTICA, RESGUARDO Y DESTRUCCIÓN
DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA, PREVENCIÓN CIUDADANA Y COOPERACIÓN INSTITUCIONAL
DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA
- COORDINACIÓN DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA Y PREVENCIÓN CIUDADANA
- COORDINACIÓN DE COOPERACIÓN INSTITUCIONAL
- COORDINACIÓN DE CONTROL DE GESTIÓN Y ACCESO A LA INFORMACIÓN
ANEXO IV
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO Y DELEGACIONES
DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN, GESTIÓN REGISTRAL Y DELEGACIONES
COORDINACIÓN DE EXPLOSIVOS, PÓLVORAS Y AFINES
ACCIONES:
1. Coordinar y desarrollar propuestas atinentes al funcionamiento
operativo de la ANMaC, en los aspectos vinculados a la registración de
explosivos, pirotecnia y sustancias químicas controladas y sus usuarios.
2. Elaborar verificaciones técnicas en colaboración con otras áreas de
la ANMaC, con el objetivo de fiscalizar las instalaciones, procesos y
aptitud de materiales explosivos y sustancias químicas controladas.
3. Mantener fluida comunicación con las otras Coordinaciones del
Organismo, informando los cambios de naturaleza operativa o técnica que
se produzcan.
4. Asignar el personal que requiera la Coordinación de Inspecciones para apoyo técnico.
COORDINACIÓN DE AUTORIZACIONES ESPECIALES
ACCIONES:
1. Coordinar y elaborar propuestas atinentes al funcionamiento de los
trámites especiales de la ANMaC, en los aspectos vinculados a ingreso y
egreso de armas de fuego, municiones y materiales de usos especiales al
territorio nacional.
2. Supervisar los trámites relacionados con Funcionarios, Embajadas,
Personal de Fuerzas Armadas y de Seguridad, Secretaria de Inteligencia,
Organismos oficiales, Entidades e instructores de tiro.
3. Aprobar u observar las solicitudes de credenciales en las que interviene la Coordinación de Autorizaciones especiales.
4. Evaluar, analizar y resolver aquellos casos en los que exista un
impedimento registral operativo para la prosecución del trámite.
COORDINACIÓN DE OPERACIONES
ACCIONES:
1. Coordinar y elaborar propuestas atinentes al funcionamiento
operativo de la ANMaC, en los aspectos vinculados a armas de fuego,
municiones y materiales de usos especiales.
2. Coordinar los aspectos vinculados al correcto funcionamiento de los
circuitos y plazos establecidos para las tramitaciones de usuarios
individuales, colectivos y comerciales de armas de fuego, municiones y
materiales de usos especiales.
3. Verificar el procesamiento y registración de las solicitudes de
agencias de seguridad, transportadoras de caudales, bancos, entidades
financieras y organismos oficiales.
4. Proponer a la Dirección Nacional la realización de inspecciones
cursándose las comunicaciones pertinentes a la Coordinación de
Inspecciones.
COORDINACIÓN DE DELEGACIONES Y AGENCIAS REGISTRALES
ACCIONES:
1. Coordinar aspectos vinculados al funcionamiento de las Delegaciones
y Agencias Registrales en materia de recursos humanos, materiales,
equipamiento e insumos necesarios para su correcto funcionamiento.
2. Organizar y ejecutar las tareas necesarias para la correcta
verificación de los trámites procesados por las Delegaciones y Agencias
Registrales.
3. Proponer a la Dirección Nacional la implementación de planes de
modernización de gestión de trámites de las Delegaciones y Agencias
Registrales.
4. Planificar y ejecutar reportes periódicos vinculados a la gestión de las reparticiones bajo órbita de la coordinación.
COORDINACIÓN DE CONTROL REGISTRAL
ACCIONES:
1. Diseñar, administrar, evaluar y monitorear los procesos de control
operativo sobre los movimientos comerciales de materiales controlados
desde el ingreso al circuito registral hasta su salida definitiva.
2. Entender en el proceso de bajas registrales. Proponer modificaciones
a los procesos vigentes con el fin de lograr la minimización de errores.
3. Entender en las definiciones, procedimientos y actos concernientes a
la fabricación y registro de productos, armas de fuego, municiones,
componentes principales de las mismas y demás materiales controlados y
de usos especiales contenidos en las Leyes números 20.429, 25.938,
26.216, sus prórrogas y modificatorias.
4. Establecer controles detectivos en materia de movimientos
comerciales, asignaciones de Código Único de Identificación de
Materiales controlados (C.U.I.M) y vencimientos de usuarios.
5. Efectuar controles sobre la documentación de respaldo utilizada para
el otorgamiento de autorizaciones de importación/exportación,
fabricación, guarda, distribución y venta de materiales controlados con
el fin de verificar el cumplimiento de las normas vigentes.
6. Evaluar y controlar las asignaciones de Código Único de Identificación de Materiales controlados (C.U.I.M).
7. Efectuar un seguimiento de los vencimientos de Legajos, con el
objetivo de prevenir situaciones irregulares y procurar la
regularización registral de los usuarios, materiales e instalaciones
que se encontraren vencidos.
8. Realizar la trazabilidad del origen registral de los materiales controlados.
9. Administrar y controlar las bajas registrales.
10. Colaborar en la definición de los puntos de control de los procesos del Organismo.
11. Proponer validaciones en los sistemas informáticos y aplicaciones del Organismo.
DIRECCIÓN NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN, ASUNTOS JURÍDICOS Y MODERNIZACIÓN
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
COORDINACIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS
ACCIONES:
1. Gestionar y coordinar todo lo relacionado con la formulación,
ejecución y rendición de cuentas del presupuesto nacional asignado al
organismo.
2. Impulsar la gestión económica, presupuestaria, financiera, contable e impositiva del organismo.
3. Entender en los procesos que impacten en la obtención de recursos,
formular flujos de fondos e implementar políticas de eficiencia en la
aplicación de los mismos.
4. Entender en la registración de los bienes patrimoniales.
5. Efectuar adelante los procesos de gestión de contrataciones, compras y locaciones de bienes y servicios que se requieran.
COORDINACIÓN DE RECURSOS HUMANOS
ACCIONES:
1. Implementar, controlar y ejecutar los sistemas de selección,
adiestramiento, capacitación, y empleo de recursos humanos asignados al
organismo.
2. Entender en la administración de los recursos humanos del organismo y de las relaciones laborales.
3. Impulsar los procesos de liquidación de haberes necesarios para el
correcto cumplimiento de las responsabilidades del organismo en la
materia.
4. Instrumentar los sumarios administrativos que deban implementarse a solicitud de las autoridades del organismo.
5. Controlar los sistemas de horarios, ausentismos, licencias, horas
extras y todo lo relacionado al cumplimiento de las tareas del personal
del organismo, como así también lo relacionado a las coberturas de
riesgo de trabajo.
6. Ejecutar y controlar el sistema de evaluación de personal en el cumplimiento de sus tareas.
7. Conformar y resguardar los legajos individuales del personal que presta servicios en el organismo.
8. Producir información gerencial de haberes y recursos humanos.
9. Ejecutar los sistemas de asistencia y apoyo médico al personal del organismo.
COORDINACIÓN DE INFORMÁTICA
ACCIONES:
1. Planificar y dirigir la actividad de la Coordinación de Informática
siguiendo políticas, lineamientos y necesidades planteadas por la
Dirección Nacional.
2. Establecer y controlar el cumplimiento de planes estratégicos para el aérea y objetivos primarios.
3. Supervisar el funcionamiento de los recursos informáticos y definir los plazos de actualización.
4. Supervisar el desarrollo de sistemas informáticos y definir los plazos de actualización.
5. Ordenar auditorias de sistemas y establecer y supervisar las políticas de seguridad informática.
6. Evaluar y proponer nuevas tecnologías a incorporar, establecer las
pautas en la contratación de servicios externos de proveedores y
controlar su prestación.
7. Desarrollar, implementar y controlar planes de evaluación de
desempeño del personal del aérea de Sistemas, en función de los
parámetros que establezca la Dirección Nacional.
8. Administrar las cuentas y derechos de acceso de los usuarios de
todos los recursos informáticos en forma lógica y el acceso físico a
las aéreas informáticas sensibles y al centro de procesamiento de datos
CPD.
9. Desarrollar, implementar y mantener un plan de contingencias ante
posibles fallas físicas y/o lógicas de los recursos y los
procedimientos de seguridad necesarios para garantizar el continuo
funcionamiento seguro de los sistemas informáticos.
10. Realizar auditorías de sistemas en forma regular y establecer planes de acción según los resultados.
11. Controlar el uso del software autorizado por el área de sistemas e
informar las acciones necesarias en caso de hallar fallas.
12. Realizar controles periódicos de los dispositivos de seguridad
física de integridad y de intrusión del centro de procesamiento de
datos.
13. Realizar controles periódicos de vulnerabilidades de los sistemas e
informar las acciones necesarias en caso de hallar fallas.
14. Supervisar, controlar e instalar los recursos del hardware para el
aérea de sistemas. Desarrollar y controlar los planes de mantenimiento
de los recursos administrados.
15. Asistir y asesorar a los usuarios de sistemas informáticos para
garantizar el correcto funcionamiento del software y el hardware de las
estaciones de trabajo.
16. Garantizar la continuidad de las telecomunicaciones.
17. Garantizar el correcto y continuo funcionamiento del software y
hardware instalado en los servidores centrales y en las estaciones de
trabajo.
18. Garantizar la integridad y coherencia de la información contenida en el Banco Nacional Informatizado de Datos (BNID).
DIRECCIÓN NACIONAL DE FISCALIZACIÓN, RESGUARDO Y DESTRUCCIÓN DE MATERIALES CONTROLADOS
DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN
COORDINACIÓN DE CONTROL TÉCNICO Y ENSAYOS
ACCIONES:
1. Asistir en la verificación técnica de armas de fuego, municiones y
componentes principales de las mismas regulados por la Ley N° 20.429
sus normas reglamentarias y modificatorias.
2. Asistir en los procedimientos técnicos respecto de las
autorizaciones para la fabricación, importación e introducción al país
de armas de fuego, municiones, componentes principales y sus
respectivos registros de productos.
3. Desarrollar y coordinar la integración de criterios técnicos con las
distintas áreas de la Agencia, como así también con otros Organismos
Nacionales e Internacionales a fin de garantizar la fiabilidad de los
datos en cuanto a la identificación y rastreo de los materiales
controlados.
4. Implementar pruebas de aptitud técnica sobre productos homologados y
efectuar asimismo análisis de calidad de productos explosivos,
pirotecnia, sustancias químicas y demás materiales controlados, en
coordinación con otras áreas de la Agencia.
5. Realizar ensayos de material y productos respecto de los cuales la ANMaC resulte autoridad de contralor.
COORDINACIÓN DE INSPECCIONES
ACCIONES:
1. Coordinar el funcionamiento logístico de las inspecciones y
verificaciones que debe realizar la Agencia, en los aspectos vinculados
a la fiscalización, registración y control de todo tipo de usuarios,
materiales controlados por la Ley Nº 20.429, Delegaciones y Agencias
Registrales.
2. Coordinar toda verificación con personal de Aduana, la autoridad local de fiscalización y el importador / exportador.
3. Supervisar la calidad de los informes realizados por el personal
interviniente en inspecciones y/o verificaciones, a los fines de
análisis de la Dirección Nacional o de la Coordinación solicitante.
4. Desarrollar e implementar planificaciones destinadas a la
programación regional de inspecciones y verificaciones en todo el país,
en interacción con otras áreas de la ANMaC.
5. Promover planes de capacitación y especialización del plantel de
Inspectores, para optimizar los objetivos propuestos por la Dirección
Nacional.
COORDINACIÓN DE LOGÍSTICA, RESGUARDO Y DESTRUCCIÓN
ACCIONES:
1. Coordinar los procesos técnicos y logísticos de destrucción de
materiales controlados por la Ley N° 20.429 sus normas reglamentarias,
complementarias y modificatorias.
2. Coordinar los procedimientos para la recepción, resguardo,
restitución y traslados, de los materiales controlados secuestrados,
incautados o decomisados por las autoridades competentes.
3. Entender en el resguardo de los materiales controlados que hayan
sido recepcionados en el marco del Programa Nacional de Entrega
Voluntaria de Armas de Fuego, todo ello en conjunto con el área
responsable de la recepción de los mismos.
4. Mantener una comunicación eficiente con las autoridades judiciales,
jurisdiccionales y demás Coordinaciones del Organismo, a los fines de
la correcta aplicación de las Leyes 20.429, 25.938 y 26.216, sus
prórrogas, modificatorias y reglamentaciones.
DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA, PREVENCIÓN CIUDADANA Y COOPERACIÓN INSTITUCIONAL
DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA
COORDINACIÓN DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA Y PREVENCIÓN CIUDADANA
ACCIONES:
1. Proponer el Plan Estratégico de Acción del organismo tomando en
consideración los aportes y observaciones realizados por las áreas
integrantes de las distintas Direcciones Nacionales.
2. Diseñar, dentro del Plan Estratégico de Acción, un proyecto de regularización de usuarios y materiales controlados.
3. Proponer en forma coordinada con los demás sectores de la Dirección
Nacional de Administración, Asuntos Jurídicos y Modernización, el Plan
de Acción de Prevención de la Violencia Armada.
4. Diseñar en el marco del Plan de Acción de Prevención de la Violencia
Armada, programas de concientización y sensibilización sobre desarme,
control de la proliferación de armas de fuego en la sociedad y
violencia de género.
5. Proponer campañas de comunicación que aseguren la eficiencia en los
canales de comunicación, con un alcance efectivo en la población de las
políticas implementadas por el organismo.
COORDINACIÓN DE COOPERACIÓN INSTITUCIONAL
ACCIONES:
1. Recepcionar y dar curso a las notificaciones institucionales de las
diferentes organizaciones internacionales, organismos del sector
público nacional, provincial, municipal y organizaciones civiles y
empresariales.
2. Formular convenios de cooperación y asistencia con distintos
organismos e instituciones públicas y privadas y organizaciones de la
sociedad civil en el marco de las acciones formuladas por la Dirección
Nacional en la Ley Nº 27.192.
3. Establecer mecanismos de enlace con los distintos Poderes del Estado
Nacional y Provincial para el control, retiro, depósito y destrucción
de los materiales controlados.
4. Redactar proyectos de cooperación Internacional, vinculados con las competencias de la Agencia.
5. Asistir a las autoridades, que determine la Dirección, en la
investigación y persecución penal de los delitos relacionados con las
armas de fuego, municiones y demás materiales controlados.
6. Realizar propuestas de política criminal, dentro de las competencias
del organismo, que se integren a las llevadas a cabo por el MINISTERIO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
COORDINACIÓN DE CONTROL DE GESTIÓN Y ACCESO A LA INFORMACIÓN
ACCIONES:
1. Realizar el monitoreo de la ejecución del Plan Estratégico de Acción
del Organismo y del Plan de Acción de Prevención de la Violencia
Armada, proponiendo a la Dirección Nacional las correcciones que
correspondieran.
2. Efectuar mediciones de resultados e impactos que surjan de la
implementación del Plan Estratégico de Acción del organismo y del Plan
de Acción de Prevención de la Violencia Armada, presentando dicha
información a la Dirección Nacional para su publicación oportuna.
3. Analizar los procedimientos del organismo proponiendo modificaciones
que coadyuven a facilitar el acceso de la ciudadanía a la información,
optimizando la transparencia de los procesos, la participación y el
control ciudadano.
4. Evaluar y analizar las normas que rigen en la materia y realizar
propuestas de modificaciones que hagan al control y la eficiencia de la
gestión.
5. Confeccionar manuales de procedimientos y compendio de normativas
que agilicen las acciones y faciliten los controles en un marco de
eficiencia y economicidad.
6. Diagramar e implementar una base de datos que permita mantener
información actualizada, relevante y confiable de acceso público que
surja de las actividades de prevención llevadas a cabo por el organismo.
7. Realizar informes estadísticos y proyectos de investigación para
elevar a las autoridades, sobre la información que surja de la base de
datos del organismo y de los datos primarios y secundarios de
diferentes entidades con incumbencia en la materia.
8. Diseñar e implementar actividades de capacitación en materia de
prevención de la violencia armada, tráfico ilícito de armas y demás
competencias del organismo.
e. 10/11/2016 N° 84569/16 v. 10/11/2016