MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES
Resolución 720 - E/2016
Buenos Aires, 23/09/2016
VISTO el Expediente N° 1.710.056/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/3 del Expediente N° 1.710.056/16, obra el Acuerdo
celebrado entre la FEDERACION DE OBREROS, ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE
LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA REPUBLICA
ARGENTINA (F.O.E.E.S.I.T.R.A.), por la parte sindical, y la empresa
TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, ratificado a fojas 31,
conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250
(t.o. 2004).
Que bajo el mentado Acuerdo, los agentes negociadores establecen
condiciones de promoción de categoría para el personal del sector Back
Office, bajo los términos y lineamientos allí expuestos.
Que las partes firmantes se encuentran legitimadas para celebrar el
Acuerdo cuya homologación se persigue en el presente trámite, conforme
surge de los antecedentes obrantes en autos y han acreditado su
personería y facultades para convencionar colectivamente con las
constancias glosadas a los presentes actuados.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la
correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector
empresario firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su
personería gremial.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren
los principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo,
comúnmente denominado “orden público laboral”.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
53/15.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre la
FEDERACION DE OBREROS, ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E
INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA REPUBLICA ARGENTINA
(F.O.E.E.S.I.T.R.A.), por la parte sindical, y la empresa TELEFONICA DE
ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, que luce a fojas 2/3 del Expediente Nº
1.710.056/16, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación
Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2° — Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y
Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN.
Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el
Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 2/3 del
Expediente Nº 1.710.056/16.
ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — SILVIA JULIA SQUIRE, Subsecretaria,
Subsecretaría de Relaciones Laborales.
Expediente N° 1.710.056/16
Buenos Aires, 29 de septiembre de 2016
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 720/16 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 1153/16. — Lic.
ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento
Coordinación - D.N.R.T.
Fin de Prueba Piloto en BO Fija
En la ciudad de Buenos Aires a los 21 días del mes de Enero de 2016, se
reúnen por una parte los Sres. Daniel RODRIGUEZ y Alberto TELL en
representación de la FEDERACIÓN DE OBREROS, ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS
DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA REPUBLICA
ARGENTINA (en adelante FOEESITRA), y por la otra Ernesto Polotto y
Diego ROCA, en representación de TELEFONICA DE ARGENTINA S.A. (en
adelante TELEFONICA), quienes manifiestan:
Considerando:
- El acuerdo suscripto entre las partes con fecha 17 de febrero de 2015
por el cual se implementaba a modo de prueba piloto la incorporación de
nuevas funciones para el personal del Grupo Laboral Comercial - Back
Office,
Las partes acuerdan:
PRIMERO: Que habiéndose cumplido el plazo establecido para la prueba
piloto, las partes dan por finalizada dicha modalidad, pasando las
tareas allí incorporadas como permanentes.
SEGUNDO: Atento el compromiso asumido por los empleados del sector Back
Office durante el período de implementación de la modalidad prueba
piloto, y en cumplimiento de lo establecido en el punto TERCERO del
acta de fecha 17 de febrero de 2015, las partes acuerdan otorgar las
promociones de categoría indicadas en el ANEXO I, las que serán
otorgadas vigencia 01/12/2015, sin perjuicio de las promociones a
otorgar para este grupo laboral en el año 2016.
TERCERO: El proceso de otorgamiento de las promociones definidas en el
punto SEGUNDO se realizará, a modo de excepción, conforme a las
calificaciones de las Evaluaciones de Desempeño del 2014.
Las partes solicitarán la homologación del presente acuerdo al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.
En prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor.
ANEXO I