MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES

Disposición 1175/2016

San Carlos de Bariloche, 09/11/2016

VISTO las medidas tendientes a la conservación de Merganetta armata (pato de los torrentes) implementadas por esta Unidad de Conservación en el sector del río Manso medio, entre el lago Hess y la tercera Cascada, establecidas por Disposición N° 104/2014 y N° 682/2015, cuyas actuaciones han recaído en el Expediente N° 245/2015 (N° Original 845/2006), y

CONSIDERANDO:

Que en razón de la implementación del registro de descenso del río Manso medio en los tramos mencionados, esta Administración obtuvo información acerca de la magnitud y flujo de la actividad de la práctica del deporte de aguas blancas durante el período 2015-2016.

Que sin embargo, dicha información resulta insuficiente como para tomar decisiones definitivas de manejo, siendo necesario continuar con la toma de datos estadísticos en los próximos años.

Que los deportistas han demostrado cumplir con lo dispuesto para el registro de bajadas de acuerdo a lo manifestado por los Guardaparques.

Que la continuidad de esta actividad por un nuevo período, aportará más información relativa al impacto de las actividades de flotación en la población de Merganetta armata, en particular en lo relacionado la re-colonización y/o colonización de territorios reproductivos.

Que no obstante las modificaciones propuestas, la División Conservación del Departamento de Conservación y Educación Ambiental continuará con el estudio intensivo y monitoreo de Merganetta armata (pato de los torrentes) en el mencionado sector del río Manso medio.

Que los Departamentos Conservación y Educación Ambiental, Uso Público, Guarda parques Nacionales, Legal y Técnica de esta Intendencia han tomado la debida intervención.

Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° 1375/96.

Por ello,

EL INTENDENTE DEL PARQUE NACIONAL NAHUEL HUAPI

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — RENOVAR la Disposición N° 682/2015 en los mismos términos, por el plazo de UN (1) año contado a partir de la fecha de la presente, durante el cual se permitirá el uso de medios de superficie para flotar en todas sus modalidades (botes, balsas, kayaks, canoas, tablas, belly-boats, etc.) única y exclusivamente en los sectores comprendidos entre el “lago Hess y el punto denominado “la isla” o Población Carrasco (incluido en el mencionado sector el rápido denominado “olita”), y el sector comprendido “desde los 500 m aguas abajo de la primera cascada denominada “Cascada Los Alerces” hasta el lago Steffen.

ARTÍCULO 2° — ESTABLECER que los interesados que realicen la actividad deberán registrarse previamente y en forma obligatoria a través del formulario que se aprueba como ANEXO I de la presente y/o a través de la página Web del Parque Nacional Nahuel Huapi (www.nahuelhuapi.gov.ar).

ARTÍCULO 3° — El formulario que se aprueba, deberá ser entregado antes del inicio de la actividad en la Oficina de Informes del Parque Nacional Nahuel Huapi ubicada en jurisdicción de la Seccional Mascardi (ingresando por la RN 40 Sur, acceso a Cerro Tronador/Cascada Los Alerces) y/o en la Seccional de Guardaparques en Lago Roca (oficina/vivienda del Guardaparque). En caso que el interesado opte por el registro a través de la página Web, éste deberá imprimir el formulario y depositarlo en las dependencias mencionadas.

ARTÍCULO 4° — ESTABLECER que el incumplimiento de la presente Disposición constituirá una infracción administrativa y representará para el infractor una multa equivalente a TREINTA (30) Derechos de Acceso al Parque Nacional Nahuel Huapi, tarifa general, para mayores no residentes.

ARTÍCULO 5° — REGÍSTRESE. Tomen conocimiento los Departamentos de Guardaparques Nacionales, de Conservación y Educación Ambiental, Legal y Técnica y Uso Público y la Unidad Operativa Sur. Publíquese por UN (1) día en la Dirección Nacional del Registro Oficial - BOLETÍN DE LA REPÚBLICA ARGENTINA. Hecho y con las debidas constancias, archívese. — Gpque. DAMIAN H. MUJICA, Intendente A/C, Parque Nacional Nahuel Huapi.

ANEXO I

PARQUE NACIONAL NAHUEL HUAPI

FORMULARIO DE REGISTRO DE DESCENSO DEL RÍO MANSO MEDIO PARA EMBARCACIONES DE AGUAS BLANCAS



e. 11/11/2016 N° 85728/16 v. 11/11/2016