Decreto 1168/2016
Desígnase Director de Informática.
Buenos Aires, 14/11/2016
VISTO el Expediente SLyT-DGA-477-2016 del registro de la SECRETARÍA
LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la Ley N° 27.198 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2016, los Decretos N° 78 de fecha 20 de enero de 2000 y sus
modificatorios y N° 227 de fecha 20 de enero de 2016 y lo solicitado
por la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.198 se aprobó el presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.
Que por el artículo 7° de la citada Ley se estableció que las
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán
cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su
sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo
decisión, fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por el artículo 10 de la mencionada Ley N° 27.198 se dispuso que
las facultades otorgadas por dicha Ley al Jefe de Gabinete de Ministros
podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de
responsable político de la administración general del país y en función
de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL.
Que por el Decreto N° 78/00 y sus modificatorios, se aprobó la
estructura organizativa de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que conforme lo dispuesto por el Decreto N° 227/16 compete al señor
Presidente de la Nación efectuar las designaciones de personal en las
jurisdicciones y unidades organizativas dependientes de la PRESIDENCIA
DE LA NACIÓN.
Que, en el ámbito de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN se encuentra vacante el cargo de planta permanente de
Director de Informática de la DIRECCIÓN GENERAL DE SISTEMAS
INFORMÁTICOS de la SUBSECRETARIA TÉCNICA de la citada Secretaría,
resultando necesario proceder a su inmediata cobertura en virtud de la
particular naturaleza de las tareas asignadas a la citada Secretaria,
vinculadas directamente con el accionar del señor Presidente de la
Nación y del señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Que el agente propuesto debe ser exceptuado del cumplimiento de los
requisitos mínimos previstos por el artículo 14 del Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO (SINEP).
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGALES de la
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,
por los artículos 7° y 10 de la Ley N° 27.198 y por lo dispuesto en el
artículo 2° del Decreto N° 227/16.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1° — Incorpórase al Nomenclador de Funciones Ejecutivas el
cargo perteneciente a la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA
DE LA NACIÓN, conforme al detalle obrante en el ANEXO I
(IF-2016-01350046-APN-SST#SLYT), que forma parte integrante de la
presente medida.
ARTÍCULO 2° — Desígnase con carácter transitorio, a partir del 1° de
junio de 2016 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir del dictado de la presente medida, en la Planta
Permanente de la SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN, a la persona consignada en el ANEXO II
(IF-2016-01350036-APN-SST#SLYT) que forma parte integrante del
presente, en la unidad organizativa, cargo, nivel y grado que allí se
detallan, autorizándose el pago a partir del dictado de la presente
medida de la Función Ejecutiva que allí se indica del CONVENIO
COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, y sus
modificatorios, con carácter de excepción a lo establecido por el
artículo 14 del referido Convenio, y a lo dispuesto por el artículo 7°
de la Ley N° 27.198.
ARTÍCULO 3° — El cargo involucrado en el artículo 2° deberá ser
cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes,
según lo establecido, en el Título II, Capítulos III, IV y VIII, y en
el Título IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL
DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el
Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles contados a partir del dictado del presente decreto.
ARTÍCULO 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas presupuestarias
específicas correspondientes a la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la
PRESIDENCIA DE LA NACION.
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña.
ANEXO I
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
INCORPORACION
Unidad Organizativa |
Nivel |
SUBSECRETARÍA TÉCNICA |
|
DIRECCIÓN GENERAL DE SISTEMAS INFORMÁTICOS |
|
DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA |
III |
IF-2016-01350046-APN-SST#SLYT
ANEXO II
SUBSECRETARÍA TÉCNICA
DIRECCIÓN GENERAL DE SISTEMAS INFORMÁTICOS
Apellido y Nombre |
Tipo y N° de Documento |
Cargo |
Nivel y Grado |
Nivel F.E. |
ROUAUX, Martín Federico |
DNI N°: 28.268.370 |
Director de Informática |
B-0 |
III |
IF-2016-01350036-APN-SST#SLYT