Resolución 145/2016
Buenos Aires, 11/11/2016
VISTO el Expediente 114/2016/INAMU, la Ley N° 26.801, la Resolución N° 08/15/INAMU, la Resolución N° 133/16/INAMU, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 26.801 se crea el INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA.
Que mediante la Resolución N° 114/2016/INAMU, el INSTITUTO NACIONAL DE
LA MÚSICA llamó a la “CONVOCATORIA: SUBSIDIOS REGIONALES. AÑO 2016”, a
aquellos músicos nacionales registrados de las regiones NEA, NOA,
CENTRO, METROPOLITANA, NUEVO CUYO y PATAGÓNICA, que acrediten 2 (dos)
años de trayectoria en la actividad musical, que cuenten con un
proyecto artístico musical, a los fines del otorgamiento de los
subsidios regionales.
Que mediante la Resolución N° 115/2016/INAMU, el INSTITUTO NACIONAL DE
LA MÚSICA llamó a la “CONVOCATORIA - DISCOS TERMINADOS - 2016” en las
sedes NEA, NOA, CENTRO, METROPOLITANA, NUEVO CUYO y PATAGÓNICA, a
aquellos músicos nacionales independientes debidamente registrados ante
el INAMU, con antecedentes o sin antecedentes, que cuenten con
proyectos cuyo disco o el master del proyecto discográfico se encuentre
finalizado.
Que mediante la Resolución N° 133/2016/INAMU, se invitó a las
asociaciones de músicos y a los sindicatos de músicos otorgándoles un
plazo de 10 (DIEZ) días de corridos para cumplir con lo dispuesto en
dicha resolución.
Que el Directorio estima pertinente conceder una prórroga de 10 (DIEZ)
días corridos a los fines de que las asociaciones de músicos y los
sindicatos de músicos puedan cumplimentar con la documentación requerida
Que la Dirección General de Asuntos Técnicos Legales ha tomado intervención en el marco de sus competencias.
Que la facultad para el dictado de la presente surge de la Ley N° 26.801.
Que corresponde dictar Resolución al respecto.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Prorrogase por el termino de 10 (diez) días corridos, el
plazo previsto en el artículo 1° de la resolución 133/16/INAMU, por
medio de la cual se invitó a las asociaciones de músicos y los
sindicatos de músicos a efectuar la propuesta de candidatos para
integrar el Consejo Regional.
ARTÍCULO 2° — Se deja expresa constancia que las entidades que
propongan miembros para integrar los Consejos Regionales, deberán
adjuntar al momento de efectuar la propuesta:
1) Fotocopia del Estatuto y sus modificaciones, debidamente inscripto
en la Inspección General de Justicia o en el Registro provincial que
corresponda, firmada por la máxima autoridad en todas sus hojas. En el
caso de los Sindicatos, deberán adjuntar personería jurídica y gremial
expedida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación.
Para el caso de las cooperativas, deberán acompañar el certificado de
vigencia de matrícula expedido por el I.N.A.E.S.
2) Copia certificada de actas o Asambleas de donde surja la designación de sus autoridades y la distribución de sus cargos.
3) Constancia de inscripción ante la AFIP (CUIT).
4) Para el caso que el firmante no se trate del representante legal de
la Sociedad, deberá adjuntarse un poder con mandato suficiente
debidamente certificado.
ARTÍCULO 3° — Vencido el plazo establecido en el artículo 1° de la
presente resolución, las entidades dispondrán de hasta 5 días de
corridos, una vez finalizado el plazo de la prórroga, a los fines de
cumplimentar la documentación solicitada en el artículo 2 bajo
apercibimiento de tener por decaída la propuesta.
ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — DIEGO BORIS MACCIOCCO,
Presidente, Instituto Nacional de la Música. — CELSA MEL GOWLAND,
Vicepresidente, Instituto Nacional de la Música.
e. 16/11/2016 N° 87031/16 v. 16/11/2016