Resolución 99/2016
Buenos Aires, 11/11/2016
VISTO el Expediente N° 112/2013 y su agregado por cuerda el Expediente
N° 159/2016 ambos del Registro del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA
NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), los Decretos Nros. 375 de fecha 24 de
abril de 1997, 500 de fecha 2 de junio de 1997, ambos ratificados por
el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 842 de fecha 27 de agosto de
1997, los Decretos Nros. 163 de fecha 11 de febrero de 1998, 1799 de
fecha 4 de diciembre de 2007, las Resoluciones Nros. 12 de fecha 22 de
marzo de 2006, 10 de fecha 30 enero de 2009, 46 de fecha 30 de junio de
2009 y 168 de fecha 20 de noviembre de 2015, todas ellas de este
Organismo Regulador, y
CONSIDERANDO:
Que en las actuaciones citadas en el Visto tramita la aplicación del
Cuadro Tarifario aprobado por la Resolución N° 168 de fecha 20 de
noviembre de 2015 de este Organismo Regulador en el Aeropuerto
Internacional “PRESIDENTE PERÓN” de la Ciudad del NEUQUÉN, PROVINCIA
DEL NEUQUÉN, integrante del SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA).
Que cabe considerar que por la referida medida se aprobó el Cuadro
Tarifario a aplicarse en los aeropuertos que integran el SISTEMA
NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA) difiriendo la entrada en vigencia del
Cuadro Tarifario para los Aeropuertos: “ALMIRANTE ZAR” de la Ciudad de
TRELEW, PROVINCIA DEL CHUBUT; “COMANDANTE ESPORA” de la Ciudad de BAHÍA
BLANCA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES; “EL CALAFATE” de la Ciudad de EL
CALAFATE de la PROVINCIA DE SANTA CRUZ; “MALVINAS ARGENTINAS”, de la
Ciudad de USHUAIA de la PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E
ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR; “PRESIDENTE PERÓN” de la Ciudad del NEUQUÉN de
la PROVINCIA DEL NEUQUÉN, en función de las tasas que estos perciban,
teniendo en cuenta sus respectivos contratos, dado que dichas
concesiones se rigen por un marco normativo particular continúan
aplicando las tasas vigentes hasta tanto los Concesionarios y las
respectivas Autoridades de Aplicación, en forma conjunta con el
ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA),
analicen las implicancias del Cuadro Tarifario en sus respectivos
marcos normativos.
Que el Concesionario AEROPUERTOS DEL NEUQUÉN SOCIEDAD ANÓNIMA, por Nota
de fecha 30 de diciembre de 2015, y el MINISTRO DE ENERGÍA, SERVICIOS
PÚBLICOS Y RECURSOS NATURALES de la PROVINCIA DEL NEUQUÉN, por Nota de
fecha 25 de enero de 2016, solicitan la aplicación del Cuadro Tarifario
aprobado por la Resolución ORSNA N° 168/15.
Que en ese contexto el Concesionario AEROPUERTOS DEL NEUQUÉN SOCIEDAD
ANÓNIMA y la PROVINCIA DEL NEUQUÉN remiten a este Organismo Regulador
la información contable, económica, de precios vigentes y de evolución
de tráfico de pasajeros correspondientes a la concesión del Aeropuerto
Internacional “PRESIDENTE PERÓN”.
Que la GERENCIA DE REGULACIÓN ECONÓMICA Y FINANCIERA (Providencia GREF
N° 244/16) recuerda que la administración, operación y explotación del
Aeropuerto Internacional “PRESIDENTE PERÓN” de la Ciudad del NEUQUÉN
fue concesionada por la PROVINCIA DEL NEUQUÉN, mediante Decreto
Provincial N° 1833/01, a la firma AEROPUERTOS DEL NEUQUÉN SOCIEDAD
ANÓNIMA por un plazo de VEINTE (20) años, venciendo en octubre del año
2021, contemplando la posibilidad de una prórroga de CINCO (5) años.
Que en función de ello, el Concesionario percibe las siguientes tasas
aeronáuticas: TASA DE ATERRIZAJE, TASA DE ESTACIONAMIENTO DE AERONAVES,
TASA DE USO DE PASARELA TELESCÓPICAS y la TASA DE USO DE AEROSTACIÓN DE
CABOTAJE E INTERNACIONAL.
Que la GERENCIA DE REGULACIÓN ECONÓMICA Y FINANCIERA manifiesta que
actualmente, los pasajeros que inician su vuelo en el aeropuerto en
cuestión abonan una TASA DE USO DE AEROSTACIÓN DE CABOTAJE (TUA) de
PESOS CATORCE CON 50/100 ($ 14,50) más Impuesto al Valor Agregado (IVA)
y una TASA DE USO DE AEROSTACIÓN INTERNACIONAL (TUAI) de DÓLARES
ESTADOUNIDENSES VEINTINUEVE (U$S 29) valores que entraron en vigencia
con la Resolución N° 46 de fecha 30 de junio de 2009 de este Organismo
Regulador por la cual se dispuso la entrada en vigencia del Cuadro
Tarifario oportunamente aprobado por Resolución N° 10 de fecha 30 de
enero de 2009 también de este Organismo Regulador.
Que asimismo, cabe recordar que por Resolución N° 12 de fecha 22 de
marzo de 2006 de este Organismo Regulador se aprobó la contribución por
mejoras denominada por la PROVINCIA DEL NEUQUÉN “SOBRETASA PARA EL
MEJORAMIENTO Y DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA” a ser abonado por los
pasajeros de vuelos de cabotaje, cuyo valor asciende a la suma de PESOS
SEIS CON 53/100 ($ 6,53) más el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Que informa el área técnica que la adecuación normativa implica que la
TASA DE USO DE AEROSTACIÓN DE CABOTAJE (TUA) pasaría a tener un valor
de PESOS VEINTINUEVE CON 73/100 ($ 29,73) y la TASA DE USO DE
AEROSTACIÓN INTERNACIONAL (TUAI) de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CINCUENTA Y
SIETE (U$S 57).
Que por otra parte, el Cuadro Tarifario aprobado por Resolución ORSNA
N° 168/15 dispuso la creación de una nueva categoría tarifaria
correspondiente a las aeronaves cuyo peso máximo de despegue resulta
ser de hasta DOCE (12) toneladas.
Que habiendo efectuado el análisis correspondiente, la GERENCIA DE
REGULACIÓN ECONÓMICO Y FINANCIERA manifiesta que corresponde hacer
extensivo al Aeropuerto Internacional “PRESIDENTE PERÓN” de la Ciudad
del NEUQUÉN de la PROVINCIA DEL NEUQUÉN el Cuadro Tarifario aprobado
por la Resolución ORSNA N° 168/15.
Que cabe tener presente que por el Decreto N° 375 de fecha 24 de abril
de 1997, se creó el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE
AEROPUERTOS (ORSNA) y el SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA),
llamándose a licitación internacional para la explotación,
administración y funcionamiento del Grupo “A” de Aeropuertos del
SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA).
Que de acuerdo a lo dispuesto por el citado decreto, este Organismo
Regulador posee entre sus principios y objetivos de gestión, entre
otros el de: “Asegurar que las tarifas que se apliquen por los
servicios aeroportuarios prestados sean justas, razonables y
competitivas” (Artículo 14, Inciso b) como así también el de:
“Propender a la obtención de la infraestructura aeroportuaria adecuada
para satisfacer las necesidades de la actividad aeronáutica y asegurar
su eficiente explotación” (Artículo 14, Inciso e); como así también:
“Establecer las normas, sistemas y procedimientos técnicos requeridos
para administrar, operar, conservar y mantener los aeropuertos
integrantes del SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (SNA) y controlar su
cumplimiento” (Artículo 17, Inciso 1).
Que asimismo una de las funciones específicas atribuidas al Organismo
Regulador para el ejercicio de sus objetivos en su norma de creación,
es la de: “Establecer las bases y criterios para el cálculo de las
tasas y aprobar los correspondientes cuadros tarifarios para lo cual
tomará las medidas necesarias a fin de determinar las metodologías de
asignación de costos e ingresos que permitan evaluar la razonabilidad
de las tarifas a aplicar” (Artículo 17, Inciso 7).
Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS, ha tomado la debida intervención.
Que el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA)
es competente para el dictado de la presente, conforme lo dispone el
Artículo 3° de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N°
19.549 y demás normativa citada precedentemente.
Que en Reunión Abierta de Directorio de fecha 11 de noviembre de 2016
se ha considerado el asunto, facultándose al suscripto a dictar la
presente medida.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Disponer la aplicación del Cuadro Tarifario aprobado por
la Resolución N° 168 de fecha 20 de noviembre de 2015 del ORGANISMO
REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) en el Aeropuerto
Internacional “PRESIDENTE PERÓN” de la Ciudad del NEUQUÉN, PROVINCIA
DEL NEUQUÉN, el cual regirá a partir del 1° de enero de 2017.
ARTÍCULO 2° — Regístrese, notifíquese a la PROVINCIA DEL NEUQUÉN, al
Concesionario AEROPUERTOS DEL NEUQUÉN SOCIEDAD ANÓNIMA, publíquese,
dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido,
archívese. — Lic. PATRICIO DI STEFANO, Presidente, Organismo Regulador
del Sistema Nacional de Aeropuertos, O.R.S.N.A.
e. 17/11/2016 N° 87163/16 v. 17/11/2016