MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS
Resolución 70 - E/2016
Ciudad de Buenos Aires, 20/10/2016
VISTO, las Leyes N° 26.160, N° 26.554, N° 26.894, el Decreto
Reglamentario N° 1.122/07, el Decreto N° 700/10, las Resoluciones INAI
N° 587/07, N° 456/11 y N° 369/12, el Expediente N° E-INAI-50267-2015, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el VISTO tramitó el relevamiento
técnico, jurídico y catastral de acuerdo a lo establecido en la Ley N°
26.160, reglamentaria y modificatorias, en la Comunidad Indígena
Diaguita Calchaquí de Jasimana, ubicada en la localidad de Jasimaná,
provincia de Salta, Personería Jurídica otorgada por la Resolución
Ministerial N° 298/91 de la Inspección General de Personas Jurídicas
dependiente del Ministerio de Gobierno de la provincia de Salta.
Que mediante Ley N° 26.160 se declara la emergencia en materia de
posesión y propiedad de las tierras tradicionalmente ocupadas por las
Comunidades Indígenas, cuyo plazo se prorrogó mediante Leyes N° 26.554
y N° 26.894.
Que el Decreto N° 1.122/07 designó al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas como autoridad de aplicación de la mencionada Ley.
Que por Resolución INAI N° 587/07 se crea el Programa Nacional de
Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas - Ejecución de la Ley
N° 26.160, con el objeto de determinar los mecanismos para demarcar y
relevar el territorio que ocupan las Comunidades Indígenas en forma
actual, tradicional y pública.
Que el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas en el marco del
relevamiento territorial celebró un Convenio de Cooperación con el
Ministerio de Desarrollo Humano de la provincia de Salta, aprobado por
Resolución INAI N° 456/11.
Que posteriormente a fin de relevar los territorios ocupados en forma
actual, tradicional y pública por las Comunidades Indígenas de la
provincia de Salta, las partes suscribieron un Convenio Específico,
aprobado por Resolución INAI N° 369/12.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo
Social de la Nación ha procedido a realizar el control preventivo de
legalidad del acto administrativo.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente
en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas
modificatorias y complementarias, Ley N° 23.302 y su Decreto
Reglamentario N° 155/89, Decreto N° 357/02 y modificatorios, Decreto N°
12/16 y N° 284/16.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Dese por cumplido el relevamiento técnico, jurídico y
catastral en la Comunidad Indígena Diaguita Calchaquí de Jasimana,
ubicada en la localidad de Jasimaná, provincia de Salta, Personería
Jurídica otorgada por la Resolución Ministerial N° 298/91 de la
Inspección General de Personas Jurídicas dependiente del Ministerio de
Gobierno de la provincia de Salta, en virtud de la Ley N° 26.160 y sus
prórrogas N° 26.554 y N° 26.894, los Decretos N° 1.122/2007 y
Resolución N° 587/2007 del Registro del Instituto Nacional de Asuntos
Indígenas.
ARTÍCULO 2° — Reconócese la ocupación actual, tradicional y pública de
la Comunidad Indígena Diaguita Calchaquí de Jasimana, respecto de la
superficie georreferenciada que figura como Anexo I
(IF-2016-02419763-APN-INAI#MJ).
ARTÍCULO 3° — Notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y
oportunamente archívese. — RAÚL EDUARDO RUIDIAZ, Representante Titular,
Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)
e. 18/11/2016 N° 87394/16 v. 18/11/2016