ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

Resolución 1028/2016

Buenos Aires, 16/11/2016

VISTO el Expediente N° ANC:0035090/2015 del Registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, la Resolución N° 225 de fecha 4 de diciembre de 2009 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente citado en el Visto, tramita la aprobación del proyecto de Parte 154, bajo el título “DISEÑO DE AERÓDROMOS”, elaborado por la Dirección de Aeródromos, dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS (DGIySA) de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), para su incorporación al cuerpo de REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC).

Que conforme lo establecido en la Resolución N° 225 de fecha 4 de diciembre de 2009 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, es función de la Dirección de Aeródromos dependiente de la DGIySA de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, proponer la adopción y modificaciones de las normas y reglamentaciones para el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Convenio de Aviación Civil Internacional (Chicago, 1944) y sus Anexos Técnicos.

Que la norma propiciada abarca, entre otros, temas referentes a los datos de los aeródromos, sus características físicas, la restricción y eliminación de obstáculos en los mismos, las ayudas visuales para la navegación y los sistemas eléctricos en los aeródromos, requisitos de calidad de los datos aeronáuticos, especificaciones para aeródromos de uso exclusivo para globos libres tripulados y especificaciones complementarias para pistas en el entorno antártico, compilando regulaciones dispersas y ampliando, sin contraponerse, las especificaciones contenidas en el “MANUAL DE AERÓDROMOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA - VOLUMEN I - AERÓDROMOS, (2° EDICIÓN, AÑO 2013).”.

Que el proyecto elaborado tiene origen en la necesidad de ordenar en un solo cuerpo normativo, todo lo referido al diseño de aeródromos y forma parte del programa de reforma normativa iniciado por la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL tendiente a lograr la armonización de la reglamentación aeronáutica de la REPÚBLICA ARGENTINA con el Reglamento Aeronáutico Latinoamericano, conforme el espíritu plasmado en la Resolución N° 46 de fecha 27 de enero de 2014 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL.

Que como parte del proceso de elaboración del proyecto normativo referido, se dio cumplimiento al Decreto N° 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003 “Reglamento General para la Elaboración Participativa de Normas”, mediante la Resolución N° 993 de fecha 9 de diciembre de 2015 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, luego del cual, se tuvieron en cuenta las opiniones competentes de los usuarios del sector aeronáutico.

Que las dependencias con competencia técnica en la materia, se han expedido en forma favorable a la aprobación del proyecto reseñado.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL ha tenido la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el Decreto N° 1.770, de fecha 29 de noviembre de 2007.

Por ello;

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACION CIVIL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el texto de la Parte 154 de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC), bajo el título “DISEÑO DE AERÓDROMOS”, que como Anexo adjunto, forma parte de la presente resolución, la cual será de aplicación a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 2° — Derogase el texto del “MANUAL DE AERÓDROMOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA - VOLUMEN I - AERÓDROMOS, (2° EDICIÓN, AÑO 2013)”, aprobado mediante Resolución N° 950 de fecha 25 de octubre de 2013 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), concordante con la RAAC 154, partir de la fecha referida en el Artículo 1° precedente.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial, dese intervención a la Unidad de Planificación y Control de Gestión de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, difúndase mediante las publicaciones de información aeronáutica y sitio web oficial de la ANAC. Cumplido, archívese. — Ing. JUAN PEDRO IRIGOIN, Administrador Nacional de Aviación Civil.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en www.anac.gob.ar sección normativa.

e. 21/11/2016 N° 87798/16 v. 21/11/2016