MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 608 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 04/10/2016

VISTO el Expediente Nº 1-217-308.372/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3/4 del Expediente Nº 1-217-308.372/16 obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DEL GAS (TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN) Y AFINES ZONA CUYO y la empresa GAS DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA, ratificado a fojas 5 y 19, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en el mentado Acuerdo los agentes negociadores convienen un incremento salarial y el pago de una suma no remunerativa para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1436/15 “E”, del cual son las mismas partes signatarias, conforme a los términos y condiciones del texto pactado.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que la Asesoría Técnico Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el Acuerdo de referencia, por intermedio de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo se procederá a evaluar la procedencia de efectuar el cálculo de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, a fin de dar cumplimiento a lo prescrito en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 48/15.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE LA INDUSTRIA DEL GAS (TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN) Y AFINES ZONA CUYO y la empresa GAS DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA, que luce a fojas 3/4 del Expediente Nº 1-27-308.372/16, ratificado a fojas 5 y 19, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2° — Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 3/4 del Expediente Nº 308.372/16.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el cálculo de la Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1436/15 “E”.

ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — EZEQUIEL SABOR, Secretario, Secretaría de Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente N° 308.372/16

Buenos Aires, 11 de octubre de 2016

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 608/16 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3/4 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1240/16. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO CONVENCIONAL COMPLEMENTARIA DEL CCT 1436/2015 “E”

En la Ciudad de Mendoza, a los 02 días del mes de Junio de 2016, entre la Empresa Gas del Sur S.A. (Sub-Distribuidora de gas), (en adelante LA EMPRESA), con domicilio en J. B. Alberdi 1061 Guaymallén - Mendoza, representada en este acto por los Sres. José Luis N. Frasson DNI 16.992.015 y José Luis Astorga DNI 8.150.121 y el Sindicato del Personal de la Industria del Gas (en adelante S.P.I.G), con domicilio en Rioja 2029 Ciudad - Mendoza, representada en este acto por los Sres. Gerardo F. Ponce DNI 18.584.094, Vicente A. Carratalá DNI 8.158.223 y Juan Domingo Gordillo DNI 10.272.525, en representación del personal legitimado a representar conforme a su personería gremial, acuerdan lo siguiente:

PRIMERO: Abonar a los trabajadores representados por la entidad gremial, un incremento salarial del 20% sobre las remuneraciones básicas a partir de los sueldos que correspondan al mes de Mayo de 2016 y el 5% adicional sobre los sueldos básicos a partir de los sueldos que correspondan al mes de Setiembre de 2016 no acumulable, es decir sobre remuneraciones básicas vigentes al 30 Abril de 2016. Cabe aclarar que dichos importes como así también adicionales y bonificaciones se adjuntan a la presente, como ANEXO I.

SEGUNDO: Abonar una suma por única vez, no remunerativa, con los haberes correspondiente a Mayo de 2016 de $ 1.200.- (pesos un mil docientos) y con los haberes del mes de setiembre de 2016 de 1200 (pesos un mil doscientos).

TERCERO: Los porcentajes y montos de este acuerdo tendrán vigencia hasta el 30/10/2016.

En muestra de conformidad, se firman tres ejemplares de un solo tenor y a un mismo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.

ANEXO I

ADICIONAL GUARDIA TÉCNICO - OPERATIVO AL 30/04/2016 Vigencia del 01/05/2016 al 30/10/2016
POR SEMANA DE GUARDIA: PRINCIPAL $ 1000 1300
PASIVA $ 250 325
POR DIA DE GUARDIA: PROPORCIONAL RESPECTO AL VALOR ESTABLECIDO POR SEMANA.-
ADICIONAL POR ANTIGÜEDAD
POR CADA AÑO: $ 85 104
BONIFICACION GAS
DE CARÁCTER MENSUAL $ 120 156
FALLO DE CAJA
DE CARÁCTER MENSUAL $ 425 550

REMUNERACIONES:

AREA CATEGORIA REMUNERACIÓN BÁSICA
AL 30/04/2016
REMUNERACIÓN BÁSICA
del 01/05/2016 al 30/08/2016
REMUNERACIÓN BÁSICA
01/09/2016 al 30/10/2016
ADMINISTRATIVA: Administrativo A $ 9088 $ 10906 $ 11360
Administrativo B $ 9843 $ 11812 $ 12304
Administrativo C $ 11443 $ 13732 $ 14304
Administrativo D $ 11968 $ 14362 $ 14960
Administrativo E $ 12736 $ 15283 $ 15920
Auxiliar Admin. A $ 8474 $ 10168 $ 10592
Auxiliar Admin. B $ 8864 $ 10637 $ 11080
Auxiliar Admin. C $ 9388 $ 11265 $ 11734
Auxiliar Admin. D $ 9883 $ 11859 $ 12354
Auxiliar Admin. E $ 10368 $ 12442 $ 12960
TÉCNICA Técnico A $ 9088 $ 10906 $ 11360
Técnico B $ 9843 $ 11812 $ 12304
Técnico C $ 10624 $ 12749 $ 13280
Técnico D $ 11712 $ 14054 $ 14640
Técnico E $ 12749 $ 15299 $ 15936
Técnico F $ 13568 $ 16282 $ 16960
Auxiliar Técnico A $ 8576 $ 10291 $ 10720
Auxiliar Técnico B $ 9472 $ 11366 $ 11840
Auxiliar Técnico C $ 10432 $ 12518 $ 13040
Auxiliar Técnico D $ 11533 $ 13839 $ 14416
Auxiliar Técnico E $ 12518 $ 15022 $ 15648
Auxiliar Técnico F $ 12928 $ 15514 $ 16160

NOTAS: 1.- TODAS LAS REMUNERACIONES BÁSICAS ESTARAN SUJETAS A LOS DESCUENTOS DE LEY QUE CORRESPONDAN.-

2.- VIGENCIA DE LOS MONTOS ESTABLECIDOS SEGÚN ACTA ACUERDO HASTA 30/10/2016.-

3.- SUMA FIJA NO REMUNERATIVA TOTAL, DE $ 2.400.- (PESOS DOS MIL CUATROCIENTOS) PAGADEROS $ 1,200,- CON LOS HABERES DE MAYO/2016 Y $ 1.200,- CON LOS HABERES DE SETIEMBRE/2016.-