FEDERACIÓN ARGENTINA DE CONSEJOS PROFESIONALES DE CIENCIAS ECONÓMICAS
Resolución Técnica 44/2016
Normas contables profesionales: Modificación de la Resolución Técnica N° 36 Balance Social.
24/06/2016
PRIMERA PARTE
Visto:
El proyecto N° 36 de Resolución Técnica sobre “Normas contables
profesionales: Modificación de la Resolución Técnica N° 36 Balance
Social” elevado por el CENCyA de esta Federación.
Y considerando:
a) Que las atribuciones de los Consejos Profesionales de Ciencias
Económicas incluyen el dictado de normas de ejercicio profesional;
b) que dichos Consejos han encargado a esta Federación la elaboración
de proyectos de normas técnicas para su posterior aprobación y puesta
en vigencia dentro de sus respectivas jurisdicciones;
c) que los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas de las
veinticuatro jurisdicciones han suscripto la denominada “Acta de
Tucumán”, en la que exteriorizaron explícitamente su compromiso de
participar activamente en la discusión previa, difusión y elaboración
de las normas contables, de auditoría y otras;
d) que en mayo de 2015 el GRI publicó la Versión GRI 4 (G4) de su Guía
para elaborar Memorias de Sostenibilidad, que incluye cambios tanto en
el proceso de elaboración como en el formato de las memorias;
e) que la versión G4 establece que todas las memorias que se vayan a
publicar después del 31 de diciembre de 2015 deben elaborarse “de
conformidad” con la Guía G4;
f) que la versión G4, incluye, entre otros, cambios relacionados con la
mayor importancia del concepto de materialidad, la desaparición de la
distinción entre indicadores principales y adicionales, el
establecimiento de dos opciones (esencial y exhaustiva) para la
elaboración de las memorias de sostenibilidad, que reemplazan los
niveles A, B y C y A+, B+ y C+ asociados al número de indicadores sobre
los que se reporta que contiene la versión 3.1;
g) que en sección C de la segunda parte de la Resolución Técnica n° 36,
se establece que la entidad incluirá en el Balance Social la indicación
de en qué nivel se ha aplicado el GRI, a través del sistema de niveles
de aplicación del GRI 3, situación que ha sido eliminada en la versión
G4 de la Guía para la elaboración de memorias de sustentabilidad del
GRI lo que genera la necesidad de adecuar la citada norma contable;
h) que periódicamente, basado en una actividad de mejora continua de
sus pronunciamientos, el GRI produce cambios en las Guías que emite;
i) que el enfoque utilizado al redactar la RT 36, segunda parte,
sección C, implica la necesidad de modificación de la misma cada vez
que un pronunciamiento del GRI genera una nueva versión que modifica la
forma de aplicar la Guía GRI;
j) que resulta conveniente establecer en la RT 36 un mecanismo que
evite la modificación de la misma cada vez que el GRI actualiza sus
Guías en aspectos que están detallados en la RT 36;
k) que el CENCyA analizó las observaciones recibidas durante el período de consulta del Proyecto N° 36 de Resolución Técnica;
I) que el CENCyA aprobó la nueva versión de las modificaciones a la
Resolución Técnica N° 36 en su reunión del 12 de mayo de 2016.
Por ello:
LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA FEDERACION ARGENTINA DE CONSEJOS PROFESIONALES DE CIENCIAS ECONOMICAS
Resuelve:
ARTÍCULO 1° — Aprobar la Resolución Técnica N° 44: “Normas Contables
Profesionales: Modificación de la Resolución Técnica N° 36 Balance
Social”.
ARTÍCULO 2° — Encomendar al CENCyA la publicación de las nuevas
versiones del GRI, en la página web de esta Federación, con una
introducción que explique los principales cambios entre la nueva
versión del GRI y la anterior versión, así como la fecha de vigencia
recomendada.
ARTÍCULO 3° — Recomendar a los Consejos Profesionales adheridos a esta Federación:
a) el tratamiento de esta Resolución de acuerdo con lo comprometido en
el Acta de Tucumán, firmada en la Junta de Gobierno del 4 de octubre de
2013;
b) establecer su vigencia para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2016;
c) la difusión de esta Resolución Técnica entre sus matriculados y los
organismos de control, educativos y empresariales de sus respectivas
jurisdicciones.
ARTÍCULO 4° — Registrar esta resolución técnica en el libro de
resoluciones, publicar la parte resolutiva en el Boletín Oficial de la
República Argentina y el texto completo en el sitio de internet de esta
Federación y comunicarla a los Consejos Profesionales y a los
organismos nacionales e internacionales a los que les pueda resultar de
interés las normas de contabilidad y auditoría de Argentina.
En la ciudad de La Rioja, a los 24 días del mes de junio de 2016.
SEGUNDA PARTE: Publicada en www.facpce.org.ar
Dr. JOSÉ LUIS ARNOLETTO, Presidente, Designado por Acta de Asamblea
General Ordinaria del 02/10/2015. — Dr. MARIO BIONDI, Secretario,
Designado por Acta de Asamblea General Ordinaria del 02/10/2015.
e. 23/11/2016 N° 88945/16 v. 23/11/2016