ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución 601/2016
Buenos Aires, 21/11/2016
VISTO el Expediente ENRE 47.300/2016, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA N° 196-E de fecha 27
de septiembre de 2016 se instruyó al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA
ELECTRICIDAD (ENRE) para que lleve a cabo todos los actos que fueran
necesarios a efectos de proceder a la Revisión Tarifaria Integral (RTI)
de las Empresas Transportistas de Energía Eléctrica, la que deberá
entrar en vigencia antes del 31 de enero del año 2017.
Que la Revisión Tarifaria Integral (RTI) de la Empresa Concesionaria
del Servicio Público de Transporte de Energía Eléctrica en Extra Alta
Tensión se enmarca en el ACTA ACUERDO DE RENEGOCIACIÓN CONTRACTUAL
suscripta entre la UNIDAD DE RENEGOCIACIÓN Y ANÁLISIS DE CONTRATOS DE
SERVICIOS PÚBLICOS (UNIREN) y la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA
ELÉCTRICA EN ALTA TENSIÓN TRANSENER SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSENER S.A.),
ratificada por Decreto N° 1462 de fecha 28 de noviembre de 2005 y los
posteriores Acuerdo Instrumental y Convenios de Renovación de tal
Acuerdo Instrumental.
Que con el objeto de cumplir con la instrucción impartida por el
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, el ENRE, mediante su Resolución N° 524
de fecha de 28 de septiembre 2016, aprobó el Programa para la Revisión
Tarifaria del Transporte de Energía Eléctrica en el año 2016, que
establece los criterios y la metodología para el proceso de la Revisión
Tarifaria Integral (RTI) y el consecuente plan de trabajo.
Que, asimismo, por Resolución ENRE N° 552 de fecha 22 de octubre de
2016 y su rectificatoria N° 580 de fecha 09 de noviembre de 2016, el
ENRE aprobó el régimen de afectación de sanciones por calidad objetivo,
que será aplicado para el cálculo de las sanciones por incumplimiento a
las obligaciones previstas en el régimen de calidad de servicio y
sanciones del Sistema de Transporte, tanto en Alta Tensión como por
Distribución Troncal, así como el cálculo para la aplicación de
sanciones en la supervisión de la operación y el mantenimiento del
equipamiento de sus transportistas independientes.
Que, a su vez, por Resolución ENRE N° 553 de fecha 26 de octubre de
2016 el Ente resolvió aprobar la tasa de rentabilidad en términos
reales y después de impuestos que las transportistas deberán tener en
cuenta para la determinación de sus ingresos.
Que, teniendo en consideración los “Criterios para la Presentación de
la Propuesta Tarifaria” aludidos en los Considerandos precedentes, la
empresa concesionaria TRANSENER S.A. mediante Nota de Entrada N°
235.358, de fecha 1 de noviembre de 2016, y Nota de Entrada N° 236.100,
de fecha 16 de noviembre de 2016 y complementarias, ha presentado su
respectiva propuesta tarifaria.
Que, habiéndose cumplido las etapas previstas en el plan de trabajo
establecido por Resolución ENRE N° 524/2016, resulta procedente
convocar a la realización de una Audiencia Pública a los efectos de dar
tratamiento a la Propuesta Tarifaria para la Revisión Tarifaria
Integral presentada por TRANSENER S.A., para el próximo período
quinquenal.
Que, por otra parte, por el Artículo 2 de la citada Resolución
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA N° 196-E, se instruyó al ENRE a
incorporar al objeto de las audiencias públicas a realizarse en el
marco de la Revisión Tarifaria Integral del servicio de transporte, de
alcance nacional, el tratamiento de la determinación de los Precios de
referencia estacionales de la potencia y energía en el Mercado
Eléctrico Mayorista (MEM), los valores resultantes y su evolución
proyectada para los próximos años, a fin de ampliar la difusión de la
información respectiva y facilitar una mayor participación de los
usuarios del servicio eléctrico de las distintas jurisdicciones en el
tratamiento de dicha materia, de competencia de dicho Ministerio.
Que, asimismo, el Artículo 3° de dicha resolución dispuso que el objeto
de la audiencia incluirá, además, el tratamiento de los criterios
utilizados para la implementación del Plan Estímulo al ahorro de
energía eléctrica, con incidencia en una disminución del precio
estacional mayorista y para la definición del volumen de energía de los
Agentes Prestadores del Servicio Público de Distribución de
electricidad a un precio caracterizado como de Tarifa Social.
Que, como consecuencia de ello, corresponde adicionar al objeto de la
Audiencia Pública a llevarse a cabo para poner en conocimiento la
Propuesta Tarifaria presentada por TRANSENER S.A., para el próximo
período quinquenal, los temas instruidos en la referida resolución
ministerial.
Que, siendo ello así, cabe tener en cuenta que dicha resolución
ministerial en su Artículo 4° textualmente establece: “Para el
tratamiento de los precios de referencia estacionales de la potencia y
energía en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), en los términos del
artículo 2° de la presente, así como para el tratamiento de los
aspectos referidos en el artículo 3° de la presente, la autoridad a
cargo, a los fines del Artículo 7° del Anexo I del Decreto N° 1.172 de
fecha 3 de diciembre de 2003, será el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.”
Que dicha Audiencia Pública se regirá por el procedimiento establecido
por Decreto N° 1172 de fecha 3 de diciembre de 2003, receptado por la
Resolución ENRE N° 30 de fecha 15 de enero de 2004.
Que, en efecto, por Resolución ENRE N° 30/2004 el Ente resolvió adoptar
como Reglamento de Audiencias Públicas el “Reglamento General de
Audiencias Públicas para el Poder Ejecutivo Nacional” y el “Formulario
de inscripción para Audiencias Públicas del Poder Ejecutivo Nacional”
que, como Anexos I y II, forman parte integrante del Decreto N°
1172/2003.
Que se ha emitido el dictamen jurídico correspondiente en los términos
dispuestos en el Inciso d) del Artículo 7 de la Ley Nacional de
Procedimientos Administrativos N° 19.549 (texto ordenado 1991).
Que el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) se encuentra
facultado para el dictado del presente acto de conformidad con lo
dispuesto en los Incisos a), j) y s) del Artículos 56, en los Incisos
a) y g) del Artículo 63 y Artículo 74 de la Ley N° 24.065.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Convocar a Audiencia Pública a fin de poner en
conocimiento y escuchar opiniones sobre: a) el tratamiento de la
determinación de los precios de referencia estacionales de la potencia
y energía en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), los valores
resultantes y su evolución proyectada para los próximos años; b) el
tratamiento de los criterios utilizados para la implementación del Plan
Estímulo al ahorro de energía eléctrica, con incidencia en una
disminución del precio estacional mayorista y para la definición del
volumen de energía de los Agentes Prestadores del Servicio Público de
Distribución de electricidad a un precio caracterizado como de Tarifa
Social, y c) la Propuesta Tarifaria presentada por la COMPAÑÍA DE
TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN ALTA TENSIÓN TRANSENER SOCIEDAD
ANÓNIMA (TRANSENER S.A.) para el próximo período quinquenal; ello
dentro del Proceso de Revisión Tarifaria Integral (RTI) y, con carácter
previo a definir la tarifa de la referida Concesionaria en dicho
quinquenio.
ARTÍCULO 2° — La Audiencia Pública se llevará a cabo en el Teatro de la
Ribera, sito en Av. Pedro de Mendoza 1821, CABA., el día 14 de
diciembre de 2016, a las 9 horas y su procedimiento se regirá por el
Reglamento de Audiencias Públicas del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA
ELECTRICIDAD (ENRE), aprobado por Resolución ENRE N° 30 de fecha 15 de
enero de 2004.
ARTÍCULO 3° — La Audiencia Pública será presidida por el Señor
Presidente del Directorio del ENRE, Ingeniero Ricardo Alejandro
MARTÍNEZ LEONE (DNI N° 10.378.337) y por la Doctora Liliana GORZELANY
(DNI N° 17.364.427), quienes serán asistidos por la Ingeniera Gabriela
Mariana JAWORSKI (DNI N° 22.580.344) y por el Licenciado Marcelo Angel
BIACH (DNI N° 16.763.562).
ARTÍCULO 4° — Designar como Instructores a los responsables de las
Áreas de Análisis Regulatorio y Estudios Especiales y de Secretaría de
Directorio.
ARTÍCULO 5° — La implementación, coordinación y organización de la
Audiencia Pública estará a cargo de las Áreas de Análisis Regulatorio y
Estudios Especiales, de Aplicación y Administración de Normas
Regulatorias, de Asesoría Jurídica, de Secretaría del Directorio y del
Departamento Administrativo, las que requerirán la participación de las
restantes unidades organizativas del ENRE.
ARTÍCULO 6° — Podrá participar en la Audiencia Pública toda persona
física o jurídica, pública o privada, que invoque un derecho subjetivo,
interés simple o derecho de incidencia colectiva, conforme los
requisitos previstos en el procedimiento de Audiencia Pública aprobados
por la Resolución ENRE N° 30/2004.
Las personas jurídicas, organismos o entidades interesadas podrán
participar por medio de sus representantes, acreditando personería
mediante el instrumento legal correspondiente, debidamente certificado,
admitiéndose la intervención de un solo orador en su nombre.
A tales fines deberán inscribirse personalmente y en forma previa, en
el correspondiente Registro de Participantes. Se entregará la
respectiva constancia de inscripción. No se habilitará la inscripción
por página Web.
ARTÍCULO 7° — Habilitar, a partir del día 25 de noviembre de 2016 y
hasta las DOS (2) primeras horas del día 12 de diciembre de 2016, es
decir las 11 horas de dicho día, el Registro de Participantes que
funcionará en la sede del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
(ENRE), sito en Av. Eduardo Madero 1020, piso 7°, CABA., en el horario
de 9 hs. a 17 hs.
ARTÍCULO 8° — Habilitar, a los efectos del Artículo 1 incisos a) y b)
del presente acto, a partir del día 25 de noviembre de 2016 y hasta las
DOS (2) primeras horas del día 12 de diciembre de 2016, según el
horario que en cada caso se especifica, el Registro de Participantes
que funcionará en:
a) Sede del ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES, sito en 3 de Febrero 3115, Mar del Plata, Buenos
Aires, en el horario de 9 hs. a 16 hs. y hasta las DOS (2) primeras
horas del día 12 de diciembre de 2016, es decir las 11 horas de dicho
día,
b) Sede del ENTE REGULADOR DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS DE FORMOSA,
sito en Av. Napoleón Uriburu 57 Este, Formosa, Provincia de Formosa, en
el horario de 8 hs. a 12 hs. y de 17:30 hs. a 20 hs., y hasta las DOS
(2) primeras horas del día 12 de diciembre de 2016, es decir las 10
horas de dicho día;
c) Sede del ENTE REGULADOR DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE SANTIAGO DEL ESTERO,
sito en Independencia 56, 3° piso, Santiago del Estero, Provincia de
Santiago del Estero en el horario de 7 hs. a 14 hs. y hasta las DOS (2)
primeras horas del día 12 de diciembre de 2016, es decir las 9 horas de
dicho día;
d) Sede del ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE MENDOZA, sito en San Martín
285, Mendoza, Provincia de Mendoza, en el horario de 8 hs. a 14 hs. y
hasta el las DOS (2) primeras horas del día 12 de diciembre de 2016, es
decir las 10 horas de dicho día;
e) Sede de la DIRECCION PROVINCIAL DE REGULACION Y TARIFAS DEL
MINISTERIO DE ENERGIA Y SERVICIOS PUBLICOS Y RECURSOS NATURALES, sito
en Rioja 645, piso 1, Neuquén, Provincia de Neuquén, en el horario de 9
hs. a 14 hs. y hasta las DOS (2) primeras horas del día 12 de diciembre
de 2016, es decir las 11 horas de dicho día, y
f) En la sede del ORGANISMO MUNICIPAL REGULADOR DE LOS SERVICIOS
PÚBLICOS DE TRELEW, A. P. Bell 120, Trelew, Provincia de Chubut, en el
horario de 8 hs. a 14 hs. y hasta las DOS (2) primeras horas del día 12
de diciembre de 2016, es decir las 10 horas de dicho día.
ARTÍCULO 9° — Poner a disposición de los interesados los Formularios
necesarios para la inscripción en el Registro de Participantes en la
Mesa de Entradas y en la página Web del ENRE (www.enre.gov.ar). En
oportunidad de la Inscripción, quien solicite participar como expositor
en la Audiencia Pública deberá manifestarlo expresamente en el
Formulario de Inscripción, realizando en su parte pertinente un resumen
que refleje el contenido de la exposición; pudiendo adjuntar un informe
escrito de la exposición a realizar, así como toda otra documentación
y/o propuesta relativa al objeto de la Audiencia Pública.
ARTÍCULO 10. — Habilitar una comunicación audiovisual para facilitar la
participación virtual de los interesados que se hayan inscripto en las
sedes indicadas en el Artículo 8 precedente, con interés de intervenir
en las materias objeto de la Audiencia Pública indicadas en los incisos
a) y b) del Artículo 1 de este acto, debiendo las presentaciones
realizadas por este medio ser debidamente consideradas en oportunidad
del informe de cierre previsto en el Artículo 36 del Procedimiento de
Audiencia Pública reglado en el Anexo I del Decreto N° 1172 de fecha 3
de diciembre de 2003.
La participación de los interesados por esta vía, se extenderá hasta la
finalización de los temas objeto de Audiencia Pública aludidos en los
Incisos a) y b) del Artículo 1 de este acto, y se realizará:
a) Para los inscriptos en el lugar indicado en el Inciso a) del
Artículo 8 precedente, desde el Estadio José María Minella, sito en
Ortiz de Zárate y Av. de las Olimpíadas (Ingreso por estacionamiento),
ciudad de Mar del Plata, Provincia de BUENOS AIRES.
b) Para los inscriptos en el lugar indicado en el Inciso b) del
Artículo 8 precedente, desde el Salón Dorado del Hotel Internacional de
Turismo, sito en San Martín 759, 2° Piso, Formosa, Provincia de FORMOSA.
c) Para los inscriptos en el lugar indicado en el Inciso c) del
Artículo 8 precedente, desde en el Salón Azul del Hotel Casino Carlos
V, sito en Av. Independencia 110, Santiago del Estero, Provincia de
SANTIAGO DEL ESTERO.
d) Para los inscriptos en el lugar indicado en el Inciso d) del
Artículo 8 precedente, desde el Auditorio Angel Bustelo, sito en Av.
Pelltier 611, Mendoza Capital, Provincia de MENDOZA.
e) Para los inscriptos en el lugar indicado en el Inciso e) del
Artículo 8 precedente, desde el Centro Patagónico de Eventos y
Convenciones - espacio Duam - ubicado en el acceso al Aeropuerto de la
Ciudad de Neuquén, altura San Martín 5901, Ciudad de Neuquén, Provincia
del NEUQUEN.
f) Para los inscriptos en el lugar indicado en el Inciso f) del
Artículo 8 precedente, desde el Salón Rojo del Hotel Rayentray sito en
Belgrano 397, esquina San Martín 101, Trelew, Provincia de CHUBUT.
ARTÍCULO 11. — En la Audiencia Pública, las personas físicas que se
hayan inscripto como participantes tendrán derecho a UNA (1)
intervención oral de CINCO (5) minutos y los representantes de las
personas jurídicas, organismos o entidades interesadas que se hayan
inscripto como participantes, tendrán derecho a UNA (1) intervención
oral de DIEZ (10) minutos.
ARTÍCULO 12. — La Audiencia Pública comenzará con el tratamiento de los
temas indicados en los incisos a) y b) del Artículo 1 de este acto, los
que se transmitirán en la forma indicada en el Artículo 10 precedente.
Terminadas las exposiciones, la Presidencia solicitará a los
Participantes que manifiesten si alguien más desea hacer algún
comentario sobre el particular a efectos de dar por concluido su
tratamiento y proceder al cierre de la transmisión audiovisual. A
continuación se iniciará el tratamiento del tema indicado en el inciso
c) del citado Artículo 1.
ARTÍCULO 13. — El resumen de la Audiencia Pública al que alude el
Artículo 36 del Decreto N° 1172/2003, será publicado mediante un aviso
en el Boletín Oficial y en la página Web del ENRE (www.enre.gov.ar).
ARTÍCULO 14. — Publicar la convocatoria por DOS (2) días consecutivos
en el Boletín Oficial; en por lo menos DOS (2) diarios de circulación
nacional y de circulación local en cada uno de los lugares indicados en
los Incisos a) a f) del Artículo 8 de este acto y en la página Web del
ENRE.
ARTÍCULO 15. — Poner en conocimiento que el desarrollo de la Audiencia
Pública que se convoca por el presente acto podrá seguirse en vivo por
el canal de youtube del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA identificado
como: http://bit.ly/youtube-MINEM.
ARTÍCULO 16. — Hacer constar en la publicación:
1.- el objeto de la Audiencia definido en el Artículo 1 de la presente Resolución;
2.- que el procedimiento se regirá por el Reglamento de Audiencias
Públicas aprobado por el Decreto N° 1172 de fecha 3 de diciembre de
2003, receptado por la Resolución ENRE N° 30 de fecha 15 de enero de
2004;
3.- la designación del Presidente y los Instructores dispuesta en los Artículos 3 y 4 precedentes;
4.- lugar, fecha y hora de realización de la Audiencia;
5.- que podrá tomarse vista de las actuaciones y obtenerse copia de las
mismas a cargo del solicitante, desde el día 25 de noviembre de 2016 y
hasta las DOS (2) primeras horas del 12 de diciembre de 2016, en el
horario de 9 hs a 17 hs, en la sede del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA
ELECTRICIDAD, sito en Av. Eduardo Madero 1020, piso 7°, CABA.
6.- que podrá participar toda persona física o jurídica, pública o
privada, que invoque un derecho subjetivo, interés simple o derecho de
incidencia colectiva, conforme los requisitos previstos en el
procedimiento de Audiencia Pública aprobado por Resolución ENRE N°
30/2004. Las personas jurídicas, organismos o entidades interesadas
podrán participar por medio de sus representantes, acreditando
personería mediante el instrumento legal correspondiente, debidamente
certificado, admitiéndose la intervención de un solo orador en su
nombre.
7.- que quienes deseen participar deberán inscribirse personalmente y
en forma previa, a partir del día 25 de noviembre de 2016 y hasta las
DOS (2) primeras horas del día 12 de diciembre de 2016, en el Registro
de Participantes, que funcionará en la sede del ENTE NACIONAL REGULADOR
DE LA ELECTRICIDAD, sito en Av. Eduardo Madero 1020, piso 7°, CABA., en
el horario de 9 hs. a 17 hs, es decir hasta las 11 hs del día 12 de
diciembre de 2016.
Las inscripciones para el Artículo 1 incisos a) y b) también podrán
realizarse en los lugares y horarios que se especifican a continuación:
a) Sede del ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES, sito en 3 de Febrero 3115, Mar del Plata, Buenos
Aires, en el horario de 9 hs. a 16 hs. y hasta las DOS (2) primeras
horas del día 12 de diciembre de 2016, es decir las 11 horas de dicho
día,
b) Sede del ENTE REGULADOR DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS DE FORMOSA,
sito en Av. Napoleón Uriburu 57 Este, Formosa, Provincia de Formosa, en
el horario de 8 hs. a 12 hs. y de 17:30 hs. a 20 hs., y hasta las DOS
(2) primeras horas del día 12 de diciembre de 2016, es decir las 10
horas de dicho día;
c) Sede del ENTE REGULADOR DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE SANTIAGO DEL ESTERO,
sito en Independencia 56, 3° piso, Santiago del Estero, Provincia de
Santiago del Estero en el horario de 7 hs. a 14 hs. y hasta las DOS (2)
primeras horas del día 12 de diciembre de 2016, es decir las 9 horas de
dicho día;
d) Sede del ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE MENDOZA, sito en San Martín
285, Mendoza, Provincia de Mendoza, en el horario de 8 hs. a 14 hs. y
hasta el las DOS (2) primeras horas del día 12 de diciembre de 2016, es
decir las 10 horas de dicho día;
e) Sede de la DIRECCION PROVINCIAL DE REGULACION Y TARIFAS DEL
MINISTERIO DE ENERGÍA Y SERVICIOS PUBLICOS Y RECURSOS NATURALES, sito
en Rioja 645, piso 1, Neuquén, Provincia de Neuquén, en el horario de 9
hs. a 14 hs. y hasta las DOS (2) primeras horas del día 12 de diciembre
de 2016, es decir las 11 horas de dicho día, y
f) En la sede del ORGANISMO MUNICIPAL REGULADOR DE LOS SERVICIOS
PÚBLICOS DE TRELEW, A. P. Bell 120, Trelew, Provincia de Chubut, en el
horario de 8 hs. a 14 hs. y hasta las DOS (2) primeras horas del día 12
de diciembre de 2016, es decir las 10 horas de dicho día.
En oportunidad de la Inscripción, quien solicite participar como
expositor en la Audiencia Pública deberá manifestarlo expresamente en
el Formulario de Inscripción, realizando en su parte pertinente un
resumen que refleje el contenido de la exposición; pudiendo adjuntar un
informe escrito de la exposición a realizar, así como toda otra
documentación y/o propuesta relativa al objeto de la Audiencia Pública.
8.- Poner en conocimiento que el desarrollo de la Audiencia Pública que
se convoca por el presente acto podrá seguirse en vivo por el canal de
youtube del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA identificado como:
http://bit.ly/youtube-MINEM.
9.- Que el resumen de la audiencia pública al que alude el Artículo 36
del Decreto 1172/2003, será publicado mediante un aviso en el Boletín
Oficial y en la página Web del ENRE (www.enre.gov.ar).
10.- los medios por los cuales se difundirá la presente Convocatoria.
ARTÍCULO 17. — Notifíquese al MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, a la
COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN ALTA TENSIÓN TRANSENER
SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSENER S.A.), a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL
MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), a la Asociación
de Transportistas de Energía Eléctrica de la República Argentina
(ATEERA), Asociación de Generadores de Energía Eléctrica de la
República Argentina (AGEERA), Asociación de Grandes Usuarios de Energía
Eléctrica de la República Argentina (AGUERA), Asociación de
Distribuidores de Energía Eléctrica de la República Argentina (ADEERA)
y a las Asociaciones de Usuarios registradas en el Registro Nacional de
Asociaciones de Consumidores de la Subsecretaría de Defensa del
Consumidor (R.N.A.C.).
ARTÍCULO 18. — Comuníquese la presente Resolución a la Defensoría del
Pueblo de la Nación y a la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor.
ARTÍCULO 19. — Invítese a participar a la Autoridad Sectorial de cada
una de las Provincias que integran la REPÚBLICA ARGENTINA, así como a
las Defensorías del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de la
Provincia de Buenos Aires y de cada una de las jurisdicciones
provinciales correspondientes.
ARTÍCULO 20. — Comuníquese, regístrese, publíquese por DOS (2) días
consecutivos, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — RICARDO A. MARTINEZ LEONE, Presidente, Ente Nacional
Regulador de la Electricidad. — Dra. MARTA I. ROSCARDI, Vicepresidente,
Ente Nacional Regulador de la Electricidad. — Ing. RICARDO H. SERICANO,
Director, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.
e. 23/11/2016 N° 89288/16 v. 24/11/2016